Aprueban modificación del Reglamento de Organización y Funciones - ROF de la Universidad Nacional de Cañete

UNIVERSIDAD NACIONAL

DE CAÑETE

RESOLUCIÓN DE COMISIÓN ORGANIZADORA

Nº 210-2025-UNDC/CO

Cañete, 23 de mayo de 2025

LA COMISIÓN ORGANIZADORA DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE CAÑETE

VISTOS:

El Acuerdo de Sesión Ordinaria de Comisión Organizadora de fecha 22 de mayo de 2025; PROVEÍDO N° 707352-2025 de fecha 15 de mayo de 2025 emitido por la Presidencia de Comisión Organizadora; INFORME LEGAL N° 172- 2025-UNDC/OAJ-JLOC de fecha 05 de mayo de 2025 emitido por la Oficina de Asesoría Jurídica; INFORME N° 468-2025-UNDC/PCO/OPP de fecha 29 de abril de 2025 emitido por la Oficina de Planeamiento y Presupuesto; INFORME N° 055-2025-UNDC/OPP/UPPM/SJJJ de fecha 28 de abril de 2025 emitido por el Especialista en Planeamiento; MEMORANDUM N°209-2025-UNDC/CO/AOM-P de fecha 28 de abril de 2025 emitido por la Presidencia de la Comisión Organizadora; y, demás documentos que escoltan el expediente administrativo; y,

CONSIDERANDO:

Que, la Constitución Política del Perú en su artículo 18º prevé que cada Universidad es autónoma en su régimen normativo, de gobierno, académico, administrativo y económico, y el artículo 8º de la Ley Nº 30220, Ley Universitaria, establece que la referida autonomía inherente a las Universidades, se ejerce de conformidad con la Constitución y las Leyes de la República e implica las organizaciones de su sistema académico, económico y administrativo, así como la administración de sus bienes y rentas, elaborar su presupuesto y aplicar sus fondos con la responsabilidad que impone la Ley;

Que, de conformidad con la Ley N° 29488 de 22.11.2009, se creó la Universidad Nacional de Cañete, la misma que fue modificado por la Ley Nº 30515, cuyo artículo 1º dispone: “Créase la Universidad Nacional de Cañete con domicilio en la provincia de Cañete, Departamento de Lima”. Asimismo, a través de la Resolución del Consejo Directivo N° 116-2018-SUNEDU/CD, el Concejo Directivo de la SUNEDU, le otorgó la Licencia Institucional a la Universidad Nacional de Cañete;

Que, el artículo 29° de la Ley Universitaria, Ley N° 30220, establece que, aprobada la ley de creación de una universidad pública, el Ministerio de Educación (MINEDU), constituye una Comisión Organizadora integrada por tres (3) académicos de reconocido prestigio, que cumplan los mismos requisitos para ser Rector (…). Esta Comisión tiene a su cargo la aprobación del estatuto, reglamentos y documentos de gestión académica y administrativa de la universidad, formulados en los instrumentos de planeamiento, así como su conducción y dirección hasta que se constituyan los órganos de gobierno que, de acuerdo a la presente Ley, le correspondan”;

Que, mediante Resoluciones Viceministeriales Nº 069-2022-MINEDU y N° 055-2024-MINEDU, se reconformó la Comisión Organizadora de la Universidad Nacional de Cañete, integrada por los académicos: Dr. Arnulfo Ortega Mallqui, como Presidente de la Comisión Organizadora; Dra. Marcia Adriana Iberico Diaz, como Vicepresidenta Académica y Dra. Janett Karina Vásquez Pérez, como Vicepresidenta de Investigación;

Que, el artículo 58° de la Ley Universitaria, Ley Nº 30220, concordado con el artículo 25º del Estatuto de la Universidad Nacional de Cañete, aprobado con Resolución de Comisión Organizadora Nº 143-2022-CO/UNDC y sus modificatorias, establecen que el Consejo Universitario es el máximo órgano de gestión, dirección y ejecución académica y administrativa de la universidad. En el caso de la Universidad Nacional de Cañete, dada su condición y naturaleza, corresponde ejercer dicha atribución a la Comisión Organizadora quien hace las veces de Consejo Universitario, disposición relacionada con la Resolución Viceministerial N° 244-2021-MINEDU y sus modificatorias;

Que, a través de la Resolución Ministerial N°588-2019-MINEDU de fecha 02.12.2019, se aprobó los Lineamientos para la Formulación del Reglamento de Organización y Funciones - ROF de las universidades públicas, con el objetivo de establecer criterios y reglas, especiales y flexibles, para la formulación del Reglamento de Organización y Funciones de las universidades públicas, a fin que desarrollen sus estructuras orgánicas; así como las funciones generales y específicas de cada uno de sus unidades de organización que la componen, a fin que contribuyan en el desarrollo de los objetivos y las estrategias de la universidad pública;

Que, mediante Resolución de Comisión Organizadora N° 183-2022-CO/UNDC de fecha 12.10.2022, se aprobó el Reglamento de Organización y Funciones - ROF de la Universidad Nacional de Cañete;

Que, el Reglamento de Organización y Funciones (ROF), es un instrumento técnico normativo de gestión institucional que define la naturaleza, finalidad, estructura orgánica y funciones de la de la Universidad Nacional de Cañete, así como de los órganos que la conforman en concordancia con la Ley Universitaria, Ley N°30220 y Estatuto Universitaria;

Que, durante el proceso de implementación de lo dispuesto en el Reglamento de Organización y Funciones de la Universidad Nacional de Cañete, se han identificado necesidades de mejora en algunos articulados, por lo que, el Presidente de la Comisión Organizadora, presenta la propuesta para modificar el inciso g) del artículo 10° del ROF de la Universidad Nacional de Cañete, esto en marco del literal b) del numeral 46.1 del artículo 46º de los Lineamientos para la Formulación del Reglamento de Organización y Funciones - ROF de las universidades públicas que señala que se requiere la modificación de un Reglamento de Organización y Funciones, entre otros supuestos, por modificación parcial que conlleva por la reasignación o modificación de funciones entre unidades de organización sin que se afecte la estructura orgánica o cuando la afectación de la estructura orgánica se debe a una disminución del número de unidades de organización por nivel organizacional;

Que, mediante Informe N° 468-2025-UNDC/PCO/OPP de fecha 29.04.2025, el Jefe de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto, sustentándose en el Informe N° 055-2025-UNDC/OPP/UPPM/SJJJ del Especialista en Planeamiento, informa que respecto a la revisión de la propuesta para modificar el inciso g) del artículo 10° del Reglamento de Organización y Funciones de la Universidad Nacional de Cañete, se encuentra conforme para su trámite de aprobación; asimismo, solicita su publicación de acuerdo a lo señalado en el Decreto Supremo 054-2018-PCM;

Que, a través de Informe Legal N° 172-2025-UNDC/OAJ-JLOC de fecha 29.04.2025, el Jefe de la Oficina de Asesoría Jurídica indica que teniendo en cuenta la solicitud para modificar el inciso g) del artículo 10° del Reglamento de Organización y Funciones de la Universidad Nacional de Cañete, propuesto por Presidente de la Comisión Organizadora, esta se encuentra conforme ya que no contraviene con ninguna norma jurídica; por lo que, resulta legalmente procedente que se apruebe, de conformidad con la Ley N° 30220, Ley Universitaria, la Resolución Viceministerial N° 244-2021-MINEDU y sus modificatorias y los Lineamientos para la Formulación del Reglamento de Organización y Funciones - ROF de las universidades públicas;

Que, en virtud a lo expuesto la Presidencia de la Comisión Organizadora con Proveído N° 707352-2025 de fecha 15.05.2025, traslada el presente expediente a Secretaría General, para ser visto en Sesión Ordinaria de fecha 22 de mayo de 2025;

Que, se ha establecido como atribución de la Comisión Organizadora de la UNDC, la facultad de dictar el reglamento general de la universidad, el reglamento de elecciones y otros reglamentos internos especiales, así como vigilar su cumplimiento, por lo que en mérito al pedido del Presidente de la Comisión Organizadora y debatido el caso en Sesión Ordinaria de fecha 22 de mayo de 2025, se acordó por unanimidad los acuerdos contenidos en la parte resolutiva de la presente Resolución;

Que, mediante Resolución Presidencial N° 131-2025-UNDC-CO/P de fecha 22.05.2025, se encargó el despacho de la Presidencia de Comisión Organizadora de la Universidad Nacional de Cañete, a la Dra. Marcia Adriana Iberico Diaz, Vicepresidenta Académica, para que ejerza las funciones y atribuciones correspondientes en ausencia del Presidente de la Comisión Organizadora, para el día 23 de mayo de 2025;

Que, estando a lo expuesto y de conformidad a las facultades y atribuciones conferidas en el artículo 18° de la Constitución Política del Perú; la Ley N° 30220, Ley Universitaria; el Documento Normativo denominado: “Disposiciones para la Constitución y Funcionamiento de las Comisiones Organizadoras de las Universidades Públicas en proceso de Constitución”, aprobado mediante la Resolución Viceministerial N° 244-2021-MINEDU y sus modificatorias; Resoluciones Viceministeriales Nº 069-2022-MINEDU y N° 055-2024-MINEDU, así como en el Estatuto de la Universidad Nacional de Cañete y demás normas concordantes;

SE RESUELVE:

Artículo Primero.- APROBAR, la modificación del inciso g) del artículo 10° del Reglamento de Organización y Funciones - ROF de la Universidad Nacional de Cañete, aprobado con Resolución de Comisión Organizadora Nº 183-2022-UNDC/CO, debiendo quedar en los siguientes términos:

Artículo 10.- Funciones del Consejo Universitario

(…)

g) Designar al Director General de Administración y al Secretario General a propuesta del Rectorado.

Artículo Segundo.- DISPONER, que la Resolución a emitirse formará parte integrante de la citada Resolución de Comisión Organizadora Nº 183-2022-UNDC/CO de fecha 12.10.2022.

Artículo Tercero.- El Reglamento de Organización y Funciones - ROF de la Universidad Nacional de Cañete, consta de 2 Títulos, 7 Capítulos, 92 Artículos y 1 Anexo y que en 57 folios se anexa y forma parte integrante de la presente Resolución.

Artículo Cuarto.- ENCARGAR, a la Presidencia de la Comisión Organizadora, para que en un plazo de dos (2) días hábiles de haber sido publicada la presente Resolución, pueda ser remitida a la Dirección de Coordinación y Promoción de la Calidad de la Educación Superior Universitaria (DICOPRO) del Ministerio de Educación, para su conocimiento y demás fines de Ley.

Artículo Quinto.- NOTIFICAR, la presente Resolución a todas las instancias y dependencias administrativas y académicas de la Universidad Nacional de Cañete, para su conocimiento, cumplimiento y demás fines pertinentes.

Artículo Sexto.- DISPONER, a la Oficina de Comunicación e Imagen Institucional la publicación en el Diario Oficial “El Peruano” y a la Oficina de Tecnologías de la Información realizar la publicación de la presente Resolución en el Portal del Estado Peruano (www.gob.pe) y en el Portal Institucional (www.undc.edu.pe).

Regístrese, comuníquese, cúmplase y archívese.

MARCIA ADRIANA IBERICO DIAZ

Presidenta (E) de la Comisión Organizadora

KEVIN YUVER CHIHUAN QUISPE

Jefe de Secretaría General

NOTA. La Universidad Nacional de Cañete ha solicitado precisar que los Anexos de la Resolución de la Comisión Organizadora N° 210-2025-UNDC/CO, se visualizarán en la siguiente página web: https://www.gob.pe/institucion/unicanete/normas-legales/6804443-210-2025-undc

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