Autorizan viaje de docente y alumnos de la Universidad Nacional de San Antonio Abad del Cusco en visita de estudios a Brasil

UNIVERSIDAD NACIONAL

DE SAN ANTONIO ABAD DEL CUSCO

RESOLUCIÓN

Nº R-676-2025-UNSAAC

Cusco, 2 de junio de 2025

EL RECTOR DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE SAN ANTONIO ABAD DEL CUSCO

VISTO, el Oficio Nro. 221-2025-VRAC-UNSAAC registrado con el Expediente Nro. 834653, presentado por la DRA. PAULINA TACO LLAVE, Vicerrectora Académica, elevando realizado por el DR. ERWIC FLORES CAPARO, Profesor Principal a Dedicación Exclusiva, en el Departamento Académico de Arquitectura y Urbanismo de la Facultad de Arquitectura y Artes Plásticas de la Institución, solicitando declaratoria en Comisión de Servicio, autorización de viaje y apoyo económico a favor de estudiantes: y,

CONSIDERANDO.

Que, mediante expediente de Visto, la Vicerrectora Académica de la Institución, en atención al Oficio Nro. 73-2025-FAAP-UNSAAAC remitido por el Decano de la Facultad de Arquitectura y Artes Plásticas, hace de conocimiento que el Dr. Erwic Flores Caparó, Profesor Principal a Dedicación Exclusiva en el Departamento Arquitectura y Urbanismo y se constituirá en las ciudades de Brasilia, Bahía, Belo Horizonte y Rio de Janeiro de la República Federativa de Brasil del 9 al 13 de junio de 2025, conjuntamente que una delegación compuesta por veintiocho (28) alumnos de la Escuela Profesional de Arquitectura de la citada Facultad, matriculados en la asignatura de AR206AAT CENTROS, SITIOS Y PAISAJES CULTURALES, en el Semestre Académico 2025-I, de conformidad a la programación del Sílabo. Cuya finalidad es el estudio reflexivo y crítico de los centros y sitios históricos que forman parte de los asentamientos urbanos, así como los paisajes culturales comprendidos dentro de ámbitos territoriales inmersos en la dinámica del desarrollo socio económico y del desarrollo sostenible de una región. Se fundamenta en el análisis de las expresiones físicas compuestas por tejidos históricos y sociales, que junto con los valores arquitectónicos y estéticos forman parte de la herencia cultural de un pueblo o nación, constituyéndose en realidades generadoras de identidad;

Que, asimismo comprende la conceptualización de los centros históricos, sitios y paisajes culturales, así como la teorización de los procesos metodológicos de conservación y rehabilitación de los tejidos históricos. Involucra el estudio de la historia de la conservación de los centros históricos, los procesos de conservación de los mismos dentro de la legislación nacional e internacional pertinente; el análisis de casos en el ámbito mundial, latinoamericano y nacional, así como el estudio de los lineamientos de gestión;

Que, por tal motivo con opinión favorable el Vicerrectorado Académico, solicita se emita la resolución respectiva declarando en Comisión de Servicios al Dr. Erwic Flores Caparó, Profesor Principal a Dedicación Exclusiva en el Departamento Arquitectura y Urbanismo, y se otorgue subvención económica a favor de veintiocho (28) alumnos de la Escuela Profesional de Arquitectura de la citada Facultad, quienes se constituirán en las ciudades de Brasilia, Bahía, Belo Horizonte y Rio de Janeiro de la República Federativa de Brasil del 9 al 13 de junio de 2025, conforme al detalle que aparece en la parte resolutiva de la presente resolución;

Que, el Director de la Escuela Profesional de Arquitectura de la Facultad de Arquitectura y Artes Plásticas, con Carta S/N, solicita se declare en Comisión de Servicio y se autorice el viaje de estudios, conjuntamente que veintiocho (28) alumnos de la referida Escuela Profesional, matriculados en la asignatura de AR206AAT CENTROS, SITIOS Y PAISAJES CULTURALES, en el Semestre Académico 2025-I;

Que, al respecto el Director de la Unidad del Centro de Cómputo, con el Informe Nro. 111-2017-UCC-DSI-UNSAAC, indica que revisada la Base de Datos de dicha Unidad los alumnos de la Escuela Profesional de Arquitectura se encuentran matriculados en el Semestre Académico 2025-I;

Que, conforme a lo señalado el Jefe de la Unidad de Planeamiento y Presupuesto de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto expide la Certificación de Crédito Presupuestario Nota Nro. 0000001294-2025, indicando la afectación presupuestal para atender lo solicitado, conforme al anexo que forma parte de la presente Resolución;

Que, de igual forma con Informe de Disponibilidad de Crédito Presupuestario Nro. 818-2025, el Jefe de la Unidad de Planeamiento y Presupuesto de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto, señala que la presente certificación es requisito para financiar y ejecutar única y exclusivamente lo solicitado, por lo que es pertinente el acto administrativo correspondiente. Asimismo, de acuerdo a Directiva Nro. 01-2020-UF/DIGA-UNSAAC, aprobada por Resolución Nro. CU-309-2020-UNSAAC, Art. 6 Inciso 6.2 Comisiones de Servicios al Exterior del País, refiere lo siguiente: “Los viajes en el ámbito internacional por Comisión de Servicios...serán autorizados por el Consejo Universitario y estarán sujetos a lo establecido en la Ley Nro.27619 “Ley que regula la Autorización de Viajes al Exterior de Servidores y Funcionarios Públicos”. Debiendo publicarse antes del viaje la Resolución que lo autoriza, en el Diario Oficial “El Peruano”. Por lo que, en cumplimiento a la referida Directiva, el presente Informe de Disponibilidad de Crédito Presupuestario, está sujeta a la aprobación del Consejo Universitario, dado que la sola disponibilidad presupuestal no convalida acciones que no se enmarquen en la normatividad vigente. LA DISPONIBILIDAD PRESUPUESTAL NO CONVALIDA LOS ACTOS O ACCIONES QUE SE REALICEN CON INOBSERVANCIA DE LOS REQUISITOS ESENCIALES Y FORMALIDADES IMPUESTAS POR LAS NORMAS LEGALES, CONFORME A LA NORMATIVA VIGENTE;

Que, asimismo el Artículo 1º de la Ley Nro. 27619, ordena expresamente que los viajes al exterior de servidores de las Universidades Públicas, se autorizan mediante Resolución de la más alta autoridad de la UNSAAC. Por otro lado, el Artículo 11º del D. S. Nro. 047-2002-PCM, prescribe que, en caso de viajes al exterior para concurrir a Asambleas, Conferencias, Seminarios, Cursos de Capacitación o que se realicen por cualquier otro motivo, siempre que no ocasionen ningún tipo de gasto al Estado serán autorizados mediante Resolución del Titular de la Entidad correspondiente. Si esto es así debe interpretarse que constituye gasto al Estado aquello proveniente del Tesoro Público. En el presente caso los gastos que origine el viaje a las ciudades de Brasilia, Bahía, Belo Horizonte y Rio de Janeiro de la República Federativa de Brasil del 9 al 13 de junio de 2025; en consecuencia, es viable legalmente autorizar el viaje solicitado; asimismo la parte final del Artículo 11º del D. S. Nro. 047-2002-PCM, señala que no son de obligatoria publicación las autorizaciones a que se refiere el presente Artículo;

Que, la Autoridad Universitaria a tomado conocimiento del expediente y ha dispuesto la emisión de la resolución correspondiente con cargo a dar cuenta al Consejo Universitario;

Estando a lo solicitado Ley Nro. 32185 Ley que Aprueba el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2025, y en uso de las atribuciones conferidas a este Rectorado por la Ley y el Estatuto Universitario;

RESUELVE:

Primero.- DECLARAR EN COMISIÓN DE SERVICIO al DR. ERWIC FLORES CAPARO, Profesor Principal a Dedicación Exclusiva, en el Departamento Académico de Arquitectura y Urbanismo de la Facultad de Arquitectura y Artes Plásticas de la Institución, a partir del 9 al 13 de junio de 2025, y por el término de cinco (5) días, quien se constituirá en las ciudades de Brasilia, Bahía, Belo Horizonte y Rio de Janeiro de la República Federativa de Brasil, conjuntamente que veintiocho (28) alumnos de la Escuela Profesional de Arquitectura de la citada Facultad, matriculados en la asignatura de AR206AAT CENTROS, SITIOS Y PAISAJES CULTURALES, en el Semestre Académico 2025-I, en mérito a los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución.

Segundo.- AUTORIZAR el Viaje de Estudios de veintiocho (28) alumnos de la Escuela Profesional de Arquitectura de la citada facultad, matriculados en la asignatura de AR206AAT CENTROS, SITIOS Y PAISAJES CULTURALES, en el Semestre Académico 2025-I, bajo responsabilidad del DR. ERWIC FLORES CAPARO, a las ciudades de Brasilia, Bahía, Belo Horizonte y Rio de Janeiro de la República Federativa de Brasil, a partir del 9 al 13 de junio de 2025, conforme al anexo que forma parte de la presente resolución

Tercero.- DISPONER que la Dirección General de Administración otorgue a favor del comisionado y estudiantes lo siguiente:

DR. ERWIC FLORES CAPARO:

- Viáticos por cinco (05) días en el importe de S/ 6,724.75 ($ 1,850.00 =T.C. 3.635 a la fecha 12/05/2025 SUNAT)

- Pasajes aéreos Cusco-Lima- Brasilia, Bahía, Belo Horizonte y Rio de Janeiro-Lima- Cusco.

PARA CADA UNO DE LOS VEINTIOCHO (28) ALUMNOS:

- Subvención Económica en el importe de S/ 2,300.00 soles para cada uno (Alimentación, Hospedaje y Movilidad Local)

- Pasajes aéreos Cusco-Lima- Brasilia, Bahía, Belo Horizonte y Rio de Janeiro-Lima- Cusco.

Cuarto.- EL EGRESO que se origine por la aplicación de la presente Resolución se atenderá con cargo a la Certificación de Crédito Presupuestario Nota Nro. 0000001294-2025, y Disponibilidad de Crédito Presupuestario Nro. 818-2025, de acuerdo a los anexos que forman parte de la presente resolución.

Quinto.- DECLARAR que los gastos que se genere por concepto de seguro de viaje y publicación en el Diario Oficial el Peruano, estarán a cargo de la Universidad Nacional de San Antonio Abad del Cusco.

Sexto.- DISPONER, que la Unidad de Abastecimiento de la Dirección General de Administración, proceda a la publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial “El Peruano”, de conformidad con lo establecido en el Art. 3º de la Ley 27619.

Sétimo.- DEJAR ESTABLECIDA la obligación del comisionado de presentar ante la Dirección General de Administración, el Formato Nro. 1 Declaración de Compromiso, asimismo, está en la obligación de presentar ante la Dirección General de Administración, la rendición de cuenta documentada con los comprobantes de pago que constituya la sustentación de gasto (Facturas, Boletas de Venta y/o Electrónica, Tickets, Boletos de viaje y Declaración Jurada de Gastos realizados solamente por movilidad local en el lugar de la comisión de servicios hasta por el 30% del monto total y el 70% deberá de sustentarse con alimentación y alojamiento; caso de no adjuntar gastos de alojamiento se tomará hasta un 40% en alimentación), debidamente girados a nombre de la Universidad Nacional de San Antonio Abad del Cusco, “UNSAAC”, por concepto de ALIMENTACIÓN, ALOJAMIENTO Y/O MOVILIDAD LOCAL; rendición de cuentas que debe ser presentada en el plazo máximo de (10) días hábiles, computados desde su retorno a la ciudad del Cusco, perdiendo el derecho luego del citado periodo y el Formato Nro. 3 que deberá ser remitido de manera virtual al correo electrónico institucional área.integracióncontable@unsaac.edu.pe. el mismo día de la presentación de la documentación física, con el tenor “RENDICIÓN DE CUENTAS-RESOLUCIÓN Nro…. NOMBRE DEL BENEFICIARIO”, para cuyo efecto presentará los formatos Nros. 02, 03 y 04 aprobados mediante Resolución Nro. CU-0309-2020-UNSAAC de fecha 10 de septiembre de 2020, proporcionados por la Subunidad de Tesorería de la Dirección General de Administración, asimismo, informe del viaje de estudios ante el Despacho Rectoral y Consejo Universitario.

Octavo.- DISPONER que al vencimiento del plazo establecido, la Dirección General de Administración, deberá comunicar el incumplimiento a la Unidad de Recursos Humanos para la correspondiente retención en Planilla Única de Pagos y demás acciones contempladas en el Numeral 7.1.6.3 de la DIRECTIVA PARA AUTORIZACIÓN DE VIAJES Y OTORGAMIENTO DE VIÁTICOS POR COMISIÓN DE SERVICIO DENTRO Y FUERA DEL PAÍS, de la Universidad Nacional de San Antonio Abad del Cusco, aprobada por Resolución Nro. CU–309-2020-UNSAAC

Noveno.- DEJAR ESTABLECIDA la obligación de los veintiocho (28) estudiantes beneficiarios de presentar ante la Dirección General de Administración, la rendición de cuenta documentada con los comprobantes de pago girados a nombre de la Universidad Nacional de San Antonio Abad del Cusco, que constituya la sustentación de gasto. El estudiante de manera excepcional puede presentar Declaración Jurada que no exceda el 10% de una Unidad Impositiva Tributaria (UIT), en el término de 10 días de retorno a nuestra ciudad, perdiendo el derecho luego del mismo. Asimismo presentará informe ante el Decanato de la Facultad de Arquitectura y Artes Plásticas

Décimo.- DISPONER que la Unidad de Red de Comunicaciones de la Institución, publique la presente resolución en la página web de la UNSAAC: www.unsaac.edu.pe.

La Dirección General de Administración, adoptará las medidas complementarias del caso, para el cumplimiento de la presente Resolución.

Regístrese, comuníquese y archívese.

ELEAZAR CRUCINTA UGARTE

Rector

LISTADO DE ALUMNOS

Nro.

Alumno

Nombre

Escuela Profesional

Créditos Acumulados

Ranking Académico

Matriculado 2025-1

Reserva 2025-1

1

211116

ALTAMIRANO-SINCHE-CÉSAR YAMIL

ARQUITECTURA

156

NINGUNO

SI

NO

2

161784

AQUINO-CUTIPA WALTER

ARQUITECTURA

173

NINGUNO

SI

NO

3

215492

ARQQUE-CAMARGO-GREGORY KENJI

ARQUITECTURA

154

DECIMO SUPERIOR

SI

NO

4

215493

CACERES-MARTINEZ-ANA MARIA

ARQUITECTURA

133

MEDIO SUPERIOR

SI

NO

5

214980

CAMPOS-MALPARTIDA-ITALO JOSUE

ARQUITECTURA

151

NINGUNO

SI

NO

6

193888

CCANA-RAIME-ZARAI LUCERO

ARQUITECTURA

154

NINGUNO

SI

NO

7

170288

CHACON-HANCCO-DAYANA BETSAIDA

ARQUITECTURA

171

TERCIO SUPERIOR

SI

NO

8

204481

CHAICO-GRANEROS ALEXANDRA

ARQUITECTURA

157

NINGUNO

SI

NO

9

192924

CHUTA-ESPINOZA-YESICA PAOLA

ARQUITECTURA

184

NINGUNO

SI

NO

10

155002

CONDE-PADIN-KATIA LIBERTAD

ARQUITECTURA

204

NINGUNO

SI

NO

11

210641

FLOREZ-QUISPITUPA-YOSEF

ARQUITECTURA

175

MEDIO SUPERIOR

SI

NO

12

211971

FUENTES-CASTILLA-LUZ KARINA

ARQUITECTURA

154

DECIMO SUPERIOR

SI

NO

13

215495

GUZMAN-CANCHARI-MARCELO JUNIOR

ARQUITECTURA

153

TERCIO SUPERIOR

SI

NO

14

211629

HANCCO-PUMA-JORGE LUIS

ARQUITECTURA

151

NINGUNO

SI

NO

15

150132

HUAYTA-OBLITAS-JUAN LEONIDAS

ARQUITECTURA

184

NINGUNO

SI

NO

16

164352

LOPEZ-BECERRA-ALEX HUGO

ARQUITECTURA

192

QUINTO SUPERIOR

SI

NO

17

215497

MAMANI-AYMACHOQUE-ROGELIO

ARQUITECTURA

154

TERCIO SUPERIOR

SI

NO

18

193836

MERCADO-SILVA-XIOMARA SHARMELY

ARQUITECTURA

166

TERCIO SUPERIOR

SI

NO

19

210643

OLIVERA-BORDA-JOSE CLAUDIO

ARQUITECTURA

125

NINGUNO

SI

NO

20

210644

OVIEDO-MAMANI-LEONARDO

ARQUITECTURA

142

NINGUNO

SI

NO

21

193845

PUMA-YUCRA-HEIDY MARGARETH

ARQUITECTURA

194

MEDIO SUPERIOR

SI

NO

22

204928

ROMERO-ALLENDE-SANTIAGO BENJAMIN

ARQUITECTURA

155

QUINTO SUPERIOR

SI

NO

23

192973

SARMIENTO SARMIENTO-AYAR AUQUI

ARQUITECTURA

156

QUINTO SUPERIOR

SI

NO

24

214987

SORIA-PILLCO-ANGELLA DALETTE

ARQUITECTURA

155

DECIMO SUPERIOR

SI

NO

25

211124

UGARTE-FERNANDEZ-JEAN FRANCO

ARQUITECTURA

162

QUINTO SUPERIOR

SI

NO

26

184670

VALLEJOS-CUADROS-PABEL FELIPINO

ARQUITECTURA

159

DECIMO SUPERIOR

SI

NO

2405539-1