Delegan determinadas facultades y atribuciones a diversos funcionarios del INDECI para el Año Fiscal 2025
RESOLUCIÓN JEFATURAL
Nº 000071-2025-INDECI/JEF INDECI
San Isidro, 2 de junio del 2025
VISTOS: el Informe Legal Nº 000147-2025-INDECI/OGAJ, de fecha 30 de mayo de 2025, de la Oficina de Asesoría Jurídica, y;
CONSIDERANDO:
Que, mediante la Ley Nº 29664, modificado por el Decreto Legislativo Nº 1587, se creó el Sistema Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres (SINAGERD), como sistema interinstitucional, sinérgico, descentralizado, transversal y participativo, con la finalidad de identificar los riesgos asociados a peligros, priorizar la prevención para evitar la generación de nuevos riesgos, reducir o minimizar sus efectos, así como, la preparación y respuesta ante situaciones de emergencia o desastre mediante el establecimiento de principios, lineamientos de política, componentes, procesos e instrumentos de la Gestión del Riesgo de Desastres;
Que, el artículo 43 de los Lineamientos de Organización del Estado, aprobados por Decreto Supremo Nº 054-2018-PCM y modificatorias establece que, el Reglamento de Organización y Funciones de una entidad es el documento técnico normativo de gestión organizacional, que formaliza la estructura orgánica de la entidad, contiene las competencias y funciones generales de la misma, las funciones específicas de sus unidades de organización, así como sus relaciones de dependencia;
Que, mediante Decreto Supremo Nº 002-2025-DE, se aprueba la Sección Primera del Reglamento de Organización y Funciones del Instituto Nacional de Defensa Civil; siendo que, la Sexta Disposición Complementaria Final determina que, su vigencia se encuentra condicionada a partir del día de la publicación de la Resolución Jefatural, que aprueba la Sección Segunda del Reglamento de Organización y Funciones del Instituto Nacional de Defensa Civil - INDECI;
Que, mediante Resolución Jefatural Nº 000058-2025-INDECI/JEF INDECI, publicada en el Diario Oficial El Peruano el día 21 de mayo de 2025, se aprueba la Sección Segunda del Reglamento de Organización y Funciones del Instituto Nacional de Defensa Civil;
Que, de conformidad con la Tercera Disposición Complementaria y Final del citado Decreto Supremo Nº 002-2025-DE, el Instituto Nacional de Defensa Civil - INDECI adecúa sus documentos de gestión en un plazo no mayor de seis (06) meses, contados a partir de la entrada en vigencia del citado Decreto Supremo;
Que, mediante Resolución Jefatural Nº 000061-2025-INDECI/JEF INDECI, de fecha 27 de mayo de 2024, se aprobó el “Cuadro de Equivalencias de sus unidades de organización y siglas correspondientes del Instituto Nacional de Defensa Civil - INDECI”;
Que, de conformidad con el citado “Cuadro de Equivalencias de sus unidades de organización y siglas correspondientes del Instituto Nacional de Defensa Civil - INDECI”, corresponde a la Secretaría General, Oficina General de Administración, Oficina General de Asesoría Jurídica y Oficina de Recursos Humanos, respectivamente, las denominaciones de Gerencia General, Oficina de Administración, Oficina de Asesoría Jurídica y Unidad de Recursos Humanos;
Que, mediante Resolución Jefatural Nº 000211-2024-INDECI/JEF INDECI, de fecha 30 de diciembre de 2024, se resolvió delegar en los funcionarios a cargo de la Secretaría General, de la Oficina General de Administración, de la Oficina General de Asesoría Jurídica del INDECI y de la Oficina de Recursos Humanos, diversas facultades para el Año Fiscal 2025;
Que, en atención a lo expuesto, corresponde adecuar las mencionadas denominaciones de Secretaría General, Oficina General de Administración, Oficina General de Asesoría Jurídica y Oficina de Recursos Humanos del INDECI previstas en la Resolución Jefatural Nº 000211-2024-INDECI/JEF, a las nuevas denominaciones de Gerencia General, Oficina de Administración, Oficina de Asesoría Jurídica y Unidad de Recursos Humanos, respectivamente, conforme lo dispone la Tercera Disposición Complementaria y Final del citado Decreto Supremo Nº 002-2025-DE;
Que, resulta necesario adecuar la Resolución Jefatural Nº 000211-2024-INDECI/JEF INDECI, al Reglamento de Organización y Funciones del INDECI, aprobado por el Decreto Supremo Nº 002-2025-DE y a la Ley Nº 32069, Ley General de Contrataciones Públicas y su Reglamento, aprobado por el Decreto Supremo Nº 009-2025-EF; y, asimismo, dejar sin efecto los numerales 2.2 del artículo 2 y artículo 3 de la Resolución Jefatural, con eficacia anticipada a partir del 22 de abril de 2025;
Que, atendiendo al marco legal expuesto, mediante el Informe Legal de Vistos, la Oficina de Asesoría Jurídica emite opinión favorable a la emisión del acto resolutivo correspondiente;
Con las visaciones del Gerente General, del Jefe de la Oficina de Administración y del Jefe de la Oficina de Asesoría Jurídica;
De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 29664 y su modificatoria, Ley que crea el Sistema Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres – SINAGERD; su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 048-2011-PCM y su modificatoria; y, el Reglamento de Organización y Funciones del INDECI, aprobado por el Decreto Supremo Nº 002-2025-DE;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- DEJAR SIN EFECTO la Resolución Jefatural Nº 000211-2024-INDECI/JEF INDECI.
Artículo 2.- APROBAR la delegación de las siguientes facultades y atribuciones para el Año Fiscal 2025, de los siguientes funcionarios del INDECI:
2.1 Delegación de facultades a la Gerencia General
Delegar en el funcionario a cargo de la Gerencia General del INDECI, las siguientes facultades y atribuciones para el Año Fiscal 2025:
2.1.1 Facultades de índole presupuestal:
a. Aprobar la formalización de las modificaciones presupuestarias en el Nivel Funcional Programático, a propuesta de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto.
b. Aprobar las transferencias de fondos del Pliego Nº 006: Instituto Nacional de Defensa Civil al CAFAE.
c. Aprobar el Expediente Técnico para ejecución de obras.
2.1.2 Facultades de representación, para lo siguiente:
a) Conformar Comisiones, Comités y Grupos de Trabajo al interior de la entidad, distintos de los regulados por la Ley General de Contrataciones Públicas y su Reglamento.
b) Designar a los titulares y suplentes de las cuentas bancarias de la Unidad Ejecutora del INDECI de acuerdo a la normatividad aprobada por la Dirección General de Endeudamiento y Tesoro Público.
c) Aprobar las solicitudes sobre los actos administrativos de disposición respecto de los bienes inmuebles de propiedad del INDECI.
d) Suscribir, Acuerdos, Memorándums de Entendimiento, Convenios de Cooperación Interinstitucional nacionales o internacionales, y, Convenios de Gestión, así como disponer su modificación, ampliación y resolución.
e) Aprobar y modificar el horario laboral o jornada de prestación de servicios.
f) Actualizar los montos referenciales del Expediente Técnico para ejecución de Obras.
2.1.3 Facultades que se ejercen de conformidad con el Decreto Legislativo Nº 276 - Ley de Bases de la Carrera Administrativa y de Remuneraciones del Sector Público; el Decreto Legislativo Nº 1057 que regula el Régimen Laboral Especial de Contratación Administrativa de Servicios y su Reglamento; y, la Ley Nº 29849 - Ley que Establece la Eliminación Progresiva del Régimen especial del Decreto Legislativo Nº 1057 y otorga Derechos Laborales, Ley 30057 Ley del Servicio Civil para lo siguiente:
a) Aprobar el requerimiento de contratación de personal sujeto al Régimen Laboral Especial de Contratación Administrativa de Servicios - CAS.
b) Aprobar la cancelación de los procesos de contratación de personal sujeto al Régimen Laboral Especial de Contratación Administrativa de Servicios - CAS.
c) Disponer acciones de movilidad funcional de personal sujeto al Régimen Laboral Especial de Contratación Administrativa de Servicios – CAS, de conformidad con el artículo 11 del Decreto Supremo Nº 075-2008-PCM, modificado por el Artículo 1 del Decreto Supremo Nº 065-2011-PCM.
d) Aprobar y autorizar el desplazamiento del personal.
2.2 Delegación de facultades a la Oficina de Administración.
Delegar en el funcionario a cargo de la Oficina de Administración del INDECI, las siguientes facultades y atribuciones para el Año Fiscal 2025:
2.2.1 Facultades de representación para lo siguiente:
a) Representar al INDECI ante el Organismo Especializado para las Contrataciones Públicas Eficientes (OECE); la Oficina de Normalización Previsional - ONP; la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria - SUNAT; el Servicio de Administración Tributaria - SAT; el Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual-– INDECOPI; la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos - SUNARP; el Seguro Social de Salud - ESSALUD; las Administradoras de Fondo de Pensiones - AFPs; las Empresas de Seguros; así como, ante cualquier Entidad de la Administración Pública, sea del nivel del Gobierno Central o de Instancias Descentralizadas y personas jurídicas de derecho privado que prestan servicios públicos o ejerzan función administrativa, por concesión, delegación o autorización del Estado, para iniciar y proseguir procedimientos, formular solicitudes y/o presentar escritos de carácter administrativo, desistirse, participar en cualquier otro tipo de audiencias administrativas e interponer recursos administrativos de impugnación.
b) Aperturar y cerrar cuentas bancarias y financieras de la Entidad.
c) Atender y dar cumplimiento a los mandatos judiciales, en los términos del artículo 4 del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, Decreto Supremo Nº 017-93-JUS; así como de los mandatos y/o pronunciamientos expedidos por el fuero arbitral o por los tribunales administrativos.
2.3 Delegación de facultades a la Unidad de Recursos Humanos de la Oficina de Administración.
Delegar en el funcionario a cargo de la Unidad de Recursos Humanos del INDECI, las siguientes facultades y atribuciones para el Año Fiscal 2025:
2.3.1 Facultades que se ejercen de conformidad con el Decreto Legislativo Nº 276 - Ley de Bases de la Carrera Administrativa y Remuneraciones del Sector Público y su Reglamento; Decreto Legislativo Nº 1057 que regula el Régimen Laboral Especial de Contratación Administrativa de Servicios y su Reglamento; la Ley Nº 29849 - Ley que Establece la Eliminación Progresiva del Régimen especial del Decreto Legislativo Nº 1057 y otorga Derechos Laborales, y Ley 30057 Ley del Servicio Civil, para lo siguiente:
a) Suscribir convenios de Prácticas Pre Profesionales y Profesionales.
b) Aprobar el reconocimiento de derechos, beneficios, bonificaciones, remuneraciones, obligaciones sociales, deberes, bienestar e incentivos de los trabajadores.
c) Aprobar las liquidaciones de beneficios sociales.
d) Aprobar el desplazamiento de personal: asignación, rotación, reasignación, destaque, permuta, comisión de servicios y transferencia, en coordinación con la Oficina de Administración.
e) Aprobar la Reposición del Personal.
f) Aprobar el rol anual de vacaciones de los trabajadores de la Entidad.
g) Aprobar licencias y/o permisos del personal.
h) Aprobar el descanso pre y post natal.
i) Aprobar la convocatoria de los Concursos Públicos para la contratación de personal.
j) Suscribir, ampliar, prorrogar y renovar los contratos que se celebren al amparo del Decreto Legislativo Nº 1057 que regula el Régimen Laboral de Contratación Administrativa de Servicios, su modificatoria y su Reglamento, y la Ley 30057 Ley del Servicio Civil.
k) Término de Servicios: aceptación de renuncia, excepto los cargos de confianza, cese por fallecimiento, cese definitivo por límite de edad, rescisión o resolución de contrato del personal; comunicar la decisión unilateral de la entidad para extinguir el contrato, extinguir el contrato administrativo de servicios por mutuo disenso. l) Aprobar el proceso de evaluación de desempeño del personal.
m) Aprobar las solicitudes de suspensión de las obligaciones con y sin contraprestación del personal contratado al amparo del régimen del Contrato Administrativo de Servicios y la Ley 30057 Ley del Servicio Civil.
2.4 Delegación de facultades a la Oficina de Asesoría Jurídica.
Delegar en el funcionario a cargo de la Oficina de Asesoría Jurídica del INDECI, las facultades y atribuciones para el Año Fiscal 2025 de, absolver consultas, requerimientos de información y la remisión de documentación de carácter legal que solicite la Procuraduría Pública del Ministerio de Defensa, las demás Procuradurías Públicas a cargo de los asuntos jurídicos de las Entidades, el Poder Judicial, el Ministerio Público, el Tribunal Constitucional, la Policía Nacional del Perú, los Tribunales Administrativos y Tribunales Arbitrales; suscribiendo para dicho fin la documentación de atención de dichos pedidos, dando cuenta al Gerente General.
Artículo 3.- DISPONER la observancia de los requisitos legales. La delegación de facultades, así como la asignación de responsabilidades a que se refiere la presente resolución, comprende igualmente las atribuciones de pronunciarse y/o resolver, sin eximir de la obligación de cumplir con los requisitos y procedimientos legales establecidos para cada caso en concreto.
Artículo 4.- DISPONER las obligaciones de dar cuenta por parte de los Órganos a los que se les delega facultades, los que deberán informar mensualmente al Titular de la Entidad, los actos que emitan como producto de la presente resolución.
Artículo 5.- PUBLICACION
Disponer la publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial El Peruano así como en la página Web e intranet Institucional.
Artículo 6.- NOTIFICACION
Disponer que la Gerencia General remita copia a la Gerencia General, y a todos los órganos del Instituto Nacional de Defensa Civil para su conocimiento y fines pertinentes.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
JUAN CARLOS URCARIEGUI REYES
Jefe del Instituto Nacional de Defensa Civil
2405126-1