Autorizan viaje de Viceministro de Hacienda a Francia, en comisión de servicios
resolución ministerial
N° 264-2025-EF/43
Lima, 30 de mayo del 2025
CONSIDERANDO:
Que, mediante documento OF. RE (OCD) N° 2-5/16 de la Embajadora, Alta Representante del Perú para el proceso de adhesión a la OCDE del Ministerio de Relaciones Exteriores, se remite al Ministerio de Economía y Finanzas la Carta MC/2025.023.cb del Secretario General de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos (OCDE) y el presidente de la República de Costa Rica, quienes cursan invitación para participar en la reunión del Consejo a nivel Ministerial (MCM 2025) de la OCDE 2025, los días 3 y 4 de junio de 2025, en la ciudad de París, República Francesa. Así también, participará en reuniones conexas previas el día 2 de junio de 2025;
Que, en ese sentido, resulta relevante la participación del señor Erick Wilfredo Lahura Serrano, Viceministro de Hacienda del Ministerio de Economía y Finanzas en los mencionados eventos, toda vez que es relevante para los intereses nacionales y de este Ministerio, dado que está en línea con el objetivo de consolidar el desarrollo y la estabilidad del sistema financiero y económico nacional, mediante la armonización de políticas, la transparencia, la promoción de inversiones, la inclusión financiera y la prevalencia del enfoque macroprudencial. Asimismo, la intervención en las citadas reuniones permitirá que los acuerdos que se adopten se encuentren en concordancia con los lineamientos de política económica de nuestro país y los compromisos adoptados en el marco de todos los procesos de integración económica en los que participa el Perú como la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos (OCDE) y la Alianza del Pacífico (AP);
Que, en consecuencia y siendo de interés nacional e institucional, resulta pertinente autorizar el mencionado viaje, cuyos gastos son financiados con cargo al presupuesto del Ministerio de Economía y Finanzas;
Que, el numeral 10.1 del artículo 10 de la Ley N° 32185, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2025, dispone que los viajes al exterior de los servidores o funcionarios públicos y representantes del Estado con cargo a recursos públicos deben realizarse en categoría económica, pudiendo exceptuarse a los funcionarios señalados en el artículo 52 de la Ley N° 30057, Ley del Servicio Civil, siempre que el tiempo de viaje sea mayor a ocho (8) horas o cuando la estancia sea menor a cuarenta y ocho (48) horas; así también se establece que la autorización para viajes al exterior se aprueba conforme a lo establecido en la Ley N° 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, y sus normas reglamentarias; y,
De conformidad con lo dispuesto en el numeral 10.1 del artículo 10 de la Ley N° 32185, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2025; en la Ley N° 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; en el Decreto Supremo N° 047-2002-PCM y su modificatoria el Decreto Supremo N° 056-2013-PCM, que aprueban las normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; en la Directiva N° 002-2024-EF/43.06, Disposiciones y Procedimientos para la autorización de viajes en comisión de servicios al exterior del país del Ministerio de Economía y Finanzas, aprobada con Resolución Ministerial N° 131-2024-EF/43;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Autorizar el viaje, en comisión de servicios, del señor Erick Wilfredo Lahura Serrano, Viceministro de Hacienda del Ministerio de Economía y Finanzas, del 31 de mayo al 5 de junio de 2025, a la ciudad de París, República Francesa, para los fines expuestos en la parte considerativa de la presente resolución.
Artículo 2.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente resolución son con cargo a la Unidad Ejecutora 001 - Administración General del Pliego Ministerio de Economía y Finanzas, de acuerdo con el siguiente detalle:
Pasajes aéreos : US $ 4 916,40
Viáticos (3 + 1) : US $ 2 160,00
Artículo 3.- Dentro de los quince (15) días calendario siguientes de efectuado el viaje, el citado comisionado debe presentar ante el Titular de la Entidad un informe detallado, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado.
Artículo 4.- La presente Resolución Ministerial no otorga derecho a exoneración o liberación de impuestos de aduana de cualquier clase o denominación a favor del comisionado cuyo viaje se autoriza.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
RAÚL PÉREZ REYES ESPEJO
Ministro de Economía y Finanzas
2405049-1