Aprueban Presupuesto Analítico de Personal 2025 de la Unidad Ejecutora: Centros Juveniles
RESOLUCIÓN MINISTERIAL
Nº 0190-2025-JUS
Lima, 30 de mayo de 2025
VISTOS, la Opinión Favorable PAP Nº 000430-2025, de la Dirección General de Gestión Fiscal de los Recursos Humanos del Ministerio de Economía y Finanzas; el Oficio Nº 000151-2025-PRONACEJ/UGRH, de la Unidad de Gestión de Recursos Humanos del Programa Nacional de Centros Juveniles - PRONACEJ; el Informe Nº 862-2025-OGRRHH-OGEC-NLR, de la Oficina de Gestión del Empleo y Compensación; el Informe Nº 163-2025-JUS-OGRRHH, de la Oficina General de Recursos Humanos; y, el Informe Nº 703-2025-JUS/OGAJ, de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y,
CONSIDERANDO:
Que, la Ley Nº 29809, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos establece que esta entidad es un organismo del Poder Ejecutivo que tiene personería jurídica de derecho público y constituye pliego presupuestal; siendo competente entre otras, en materia de reinserción social de las y los adolescentes en conflicto con la Ley Penal;
Que, mediante Decreto Supremo Nº 006-2019-JUS, se crea el Programa Nacional de Centros Juveniles – PRONACEJ, en el ámbito del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, con el objeto de fortalecer la reinserción social de las y los adolescentes en conflicto con la Ley Penal, a través de la atención especializada, ejecución de programas de prevención y tratamiento, y ejecución de medidas socioeducativas por medio de los Centros Juveniles, a nivel nacional;
Que, de acuerdo a lo establecido en los artículos 96 y 100 del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, aprobado por Decreto Supremo Nº 013-2017-JUS, el Programa Nacional de Centros Juveniles es un Programa adscrito al Ministerio de Justicia y Derechos Humanos y cuenta con personal comprendido dentro del régimen laboral del Decreto Legislativo Nº 728;
Que, el numeral 2.4 del artículo 2 del Decreto de Urgencia Nº 044-2021, Decreto de Urgencia que establece medidas extraordinarias y urgentes en materia de Gestión Fiscal de los Recursos Humanos del Sector Público, señala que la implementación de los instrumentos de la gestión fiscal de los recursos humanos del Sector Público se encuentra a cargo del Ministerio de Economía y Finanzas, a través de la Dirección General de Gestión Fiscal de los Recursos Humanos, que comprende la aprobación del Catálogo Único de Conceptos de Ingresos correspondientes a los recursos humanos del Sector Público; la aprobación de los lineamientos para la formulación, aprobación y modificación del Presupuesto Analítico del Personal (PAP); y, otros que contribuyan con la asignación y utilización eficientes de los fondos públicos, así como brindar opinión favorable sobre el PAP de cada entidad del Sector Público, previo a su aprobación;
Que, la Segunda Disposición Transitoria de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, vigente conforme a la Única Disposición Complementaria Derogatoria del Decreto Legislativo Nº 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público, establece que la Entidad, mediante la Resolución de su Titular, aprueba las propuestas de modificaciones al Presupuesto Analítico de Personal – PAP previo informe favorable de la Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces en la Entidad, sobre la viabilidad presupuestal;
Que, la Directiva Nº 0006-2025-EF/53.01 “Lineamientos para la formulación, aprobación y modificación del Presupuesto Analítico de Personal en las entidades del Sector Público del Gobierno Nacional y Gobiernos Regionales”, aprobada por Resolución Directoral Nº 0008-2025-EF/53.01, establece que el PAP es el documento de gestión institucional que sistematiza el presupuesto de las plazas vacantes y ocupadas que corresponden a los conceptos permanentes y periódicos de los ingresos del personal, incluyendo los aportes que por ley corresponda, comprendidos en el presupuesto institucional de las entidades del Sector Público, que cuenten con un crédito presupuestario aprobado; asimismo, la citada norma establece que el PAP es aprobado por el Titular del Pliego, o a quien éste delegue expresamente dicha función;
Que, conforme al procedimiento previsto en el numeral 13.1 del artículo 13 de la Directiva Nº 006-2025-EF/53.01, el 06 de marzo del 2025, la Unidad Ejecutora 004-1716: Centros Juveniles, a través del Módulo PAP, presentó la solicitud de opinión favorable para la aprobación del PAP de apertura de la mencionada Unidad Ejecutora, cuyo costo de los cargos del personal activo en el proyecto del Presupuesto Analítico de Personal 2025 ascendían a S/ 11 809 563,96 (Once Millones Ochocientos Nueve Mil Quinientos Sesenta y Tres con 96/100 Soles), con créditos presupuestarios suficientes para financiar dicha propuesta;
Que, de acuerdo al artículo 9 de la mencionada Directiva, el PAP tiene una vigencia anual y coincide con el año fiscal en el que ha sido aprobado, periodo durante el cual se afectan los ingresos de personal con cargo a los respectivos créditos presupuestarios de las unidades ejecutoras;
Que, el artículo 16 de la citada Directiva establece que, una vez notificada la opinión favorable de la Dirección General de Gestión Fiscal de los Recursos Humanos del Ministerio de Economía y Finanzas a través del Módulo PAP, la entidad tiene un plazo no mayor de diez (10) días hábiles para aprobar el PAP mediante acto administrativo emitido por el Titular del Pliego, o a quien éste delegue expresamente dicha función, el cual debe incluir como anexos los formatos descargados del Módulo PAP que fueron materia de opinión favorable;
Que, la Dirección General de Gestión Fiscal de los Recursos Humanos del Ministerio de Economía y Finanzas, comunicó la notificación del estado aprobado de la solicitud de opinión sobre la propuesta del Presupuesto Analítico del Personal para el Año Fiscal 2025 presentada a través del Módulo PAP, lo que se verifica del reporte OPINIÓN FAVORABLE PAP Nº 000430-2025, correspondiente a la Unidad Ejecutora 004-1716: CENTROS JUVENILES;
Que, mediante el Informe Nº 163-2025-JUS-OGRRHH, que adjunta el Informe Nº 862-2025-JUS-OGRRHH, la Oficina General de Recursos Humanos indica que mediante el Oficio Nº 000151-2025-PRONACEJ/UGRH la Unidad de Gestión de Recursos Humanos del Programa Nacional de Centros Juveniles - PRONACEJ, ha remitido los documentos que acreditan contar con la opinión favorable de la Dirección General de Gestión Fiscal de los Recursos Humanos del Ministerio de Economía y Finanzas, correspondiendo la aprobación del Presupuesto Analítico de Personal 2025 de la Unidad Ejecutora Nº 004-1716: CENTROS JUVENILES;
Que, asimismo, mediante Memorando Nº 0469-2025-JUS/OGPM, la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización remitió a la Oficina General de Recursos Humanos el Informe Nº 024-2025-JUS/OPRE que brinda opinión favorable a la propuesta de Presupuesto Analítico de Personal para el Año Fiscal 2025, correspondiente a la Unidad Ejecutora 004-1716 - Centros Juveniles;
Con los visados del Programa Nacional de Centros Juveniles; de la Oficina General de Recursos Humanos; de la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización; y, de la Oficina General de Asesoría Jurídica;
De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 29809, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos; la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto; el Decreto de Urgencia Nº 044-2021, Decreto de Urgencia que establece medidas extraordinarias y urgentes en materia de Gestión Fiscal de los Recursos Humanos del Sector Público; el Decreto Supremo Nº 013-2017-JUS, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos; y, la Resolución Directoral Nº 0008-2025-EF/53.01, que aprueba la Directiva Nº 0006-2025-EF/53.01 “Lineamientos para la formulación, aprobación, registro y aprobación del Presupuesto Analítico de Personal (PAP) en las entidades del Sector Público”;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Aprobar el Presupuesto Analítico de Personal 2025 de la Unidad Ejecutora Nº 004-1716: CENTROS JUVENILES, conforme se detalla en los Formatos: A.1, A.2, B y C que forman parte integrante de la presente Resolución.
Artículo 2.- Remitir copia de la presente Resolución a la Dirección General de Gestión Fiscal de los Recursos Humanos del Ministerio de Economía y Finanzas y al Programa Nacional de Centros Juveniles.
Artículo 3.- Disponer la publicación de la presente Resolución Ministerial y sus Anexos en la Sede Digital del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos (www.gob.pe/minjus), en la misma fecha de su publicación en el Diario Oficial El Peruano.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
JUAN ENRIQUE ALCÁNTARA MEDRANO
Ministro de Justicia y Derechos Humanos
2404636-1