Ordenanza que aprueba el Reglamento del proceso del Presupuesto Participativo basado en resultados del distrito de San Borja
ORDENANZA Nº 730-MSB
San Borja, 27 de mayo de 2025
EL ALCALDE DE SAN BORJA
POR CUANTO:
El Concejo Municipal del Distrito de San Borja, en la X-2025 Sesión Ordinaria de Concejo de la fecha;
Que, estando en uso de las facultades establecidas en el numeral 8 del artículo 9, en concordancia con el artículo 40 de la Ley Nº27972, Ley Orgánica de Municipalidades, y conforme con los Dictámenes Nº019-2025-MSB-CAL de la Comisión de Asuntos Legales, N°016-2025-MSB-CER de la Comisión de Economía y Rentas, N°009-2025-MSB-CDU de la Comisión de Desarrollo Urbano, N°007-2025-MSB-CDHS de la Comisión de Desarrollo Humano y Salud, N°003-2025-MSB-CSCMA de la Comisión de Servicios a la Ciudad y Medio Ambiente, N°014-2025-MSB-CPV de la Comisión de Participación Vecinal y N°004-2025-MSB-CSH de la Comisión de Seguridad Humana que proponen al Pleno del Concejo la Ordenanza que aprueba el Reglamento del Proceso del Presupuesto Participativo basado en resultados del Distrito de San Borja; el Concejo Municipal del Distrito de San Borja, por Unanimidad y con dispensa del trámite de aprobación del acta, aprobó la siguiente:
ORDENANZA QUE APRUEBA EL REGLAMENTO DEL PROCESO DEL PRESUPUESTO PARTICIPATIVO BASADO EN RESULTADOS DEL DISTRITO DE SAN BORJA
Artículo Primero.- APROBAR el Reglamento del proceso del Presupuesto Participativo basado en resultados del Distrito de San Borja, que consta de cinco (5) Títulos, treinta y dos (32) Artículos, tres (3) Disposiciones Complementarias y dos (2) Disposiciones Finales, el cual como Anexo forma parte integrante de la presente Ordenanza.
Artículo Segundo.- FACULTAR al alcalde a dictar, mediante Decreto de Alcaldía, las disposiciones normativas complementarias necesarias para la mejor aplicación de la presente ordenanza.
Artículo Tercero.- DEROGAR la Ordenanza Nº666-MSB, que aprobó el Reglamento del Proceso del Presupuesto Participativo basado en resultados del Distrito de San Borja y demás normas que deriven de esta, y que se opongan a la presente Ordenanza.
Artículo Cuarto.- ENCARGAR el cumplimiento de la presente Ordenanza a la Gerencia Municipal y a todo el Equipo Técnico del presupuesto participativo de la Municipalidad de San Borja.
Artículo Quinto.- ENCARGAR a Oficina General de la Secretaría del Concejo Municipal, la publicación de la Ordenanza en el Diario Oficial El Peruano y a la Oficina General de Tecnologías de la Información la publicación de la Ordenanza y su Anexo integro en el Portal de Transparencia Estándar de la Municipalidad Distrital de San Borja.
POR TANTO:
Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.
MARCO ANTONIO ÁLVAREZ VARGAS
Alcalde
2404383-1