Declaran concluido el procedimiento de Compra-Venta Directa por Causal de Proyecto de Interés Regional, establecido en el Acuerdo de Consejo Regional N° 052-2024-GORE-ICA, por el predio denominado “CARHUAZ 1”, ubicado en el sector de Comatrana, del distrito, provincia y departamento de Ica

ACUERDO DE CONSEJO REGIONAL

Nº 020-2025-GORE-ICA

Ica, 26 de mayo de 2025

El Consejo Regional del Gobierno Regional de Ica, en Sesión Ordinaria de fecha 20 de mayo de 2025. VISTO el Oficio Nº 189-2025-GORE-ICA/GR de fecha 12 de mayo de 2025, emitido por el Gobernador Regional de Ica, en relación a facultar a la Gobernación Regional para realizar los actos de disposición de venta, transferencia y/o alquiler de 15 predios de propiedad del Gobierno Regional de Ica; y demás actuados del procedimiento.

CONSIDERANDO:

Que, de conformidad con lo establecido por el artículo 191 de la Constitución Política del Perú, modificado por la Ley Nº 27680 - Ley de Reforma Constitucional, concordante con el artículo 2 de la Ley Nº 27867 - Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, los gobiernos regionales son personas jurídicas de derecho público, con autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia;

Que, de conformidad con lo establecido por el artículo 9 de la Ley Nº 27867 - Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, referido a las competencias constitucionales de los gobiernos regionales, el Gobierno Regional de Ica es competente para aprobar su organización interna y su presupuesto;

Que, los artículos 11 y 13 de la Ley Nº 27867 - Ley Orgánica de los Gobiernos Regionales, establece que el Consejo Regional es un órgano normativo y fiscalizador del Gobierno Regional, en virtud es atribución del Consejo Regional dictar Acuerdos de Consejo Regional, expresando su decisión sobre asuntos internos del Consejo Regional, de interés público, ciudadano o Institucional o declara su voluntad de practicar un determinado acto o sujetarse a una conducta o norma institucional conforme al artículo 39 de la acotada norma legal;

Que, mediante Informe Nº 009-2024-GORE.ICA-SGPA de fecha 12 de marzo del 2025, se solicita la “autorización para realizar actos de disposición sobre 15 predios de propiedad del Gobierno Regional de Ica”, con la finalidad de que se proceda con su aprobación en sustento al marco técnico y legal emitido por las áreas pertinentes;

Que, como ANTECEDENTE se tiene el Acuerdo de Consejo Regional Nº 040-2021-GORE-ICA, de fecha 22 de noviembre del 2021 donde se FACULTA a la Gobernación Regional “para realizar los actos de disposición de venta, trasferencia y/o alquiler del 26 Predios de propiedad del Gobierno Regional de Ica”, para que el órgano Ejecutivo Regional determine las formas contempladas en el TUO de la Ley Nº 29151 - Ley General del Sistema de Bienes Estatales y su Reglamento - Decreto Supremo Nº 008-2021-VIVIENDA;

Que, en relación con uno de los pedidos se tiene el Informe Nº 009-2024-GORE.ICA-SGPA, mediante el cual el Subgerente de Patrimonio del Gobierno Regional de Ica, refiere que: “Respecto al predio con P.R. Nº 11218085 se informa que, la compraventa Directa por Causal a favor del Sr. César Piscoya Romero con DNI Nº 21570069; se da por concluido, a razón del incumplimiento del numeral 6.20.1 Pago íntegro del precio establecido en la Directiva Nº DIR-00002-2022/SBN”;

Que, de conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27867 - Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, modificada por Ley Nº 27902, el Gobierno Regional de Ica, es una persona jurídica de derecho público, con autonomía política, económica y administrativa en asuntos de su competencia. Su misión se orienta a organizar y conducir la gestión pública regional de acuerdo a sus competencias exclusivas, compartidas y delegadas en el marco de las políticas nacionales y sectoriales, para contribuir al desarrollo integral y sostenible de la región;

Que, artículo 78 Delegación de Competencia, del Texto Único Ordenado de la Ley 27444 - Ley de Procedimiento Administrativo General, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 004-2019-JUS, precisa: 78.1 - Las entidades pueden delegar el ejercicio de competencia conferida a sus órganos en otras entidades cuando existan circunstancias de índole técnica, económica, social o territorial que lo hagan conveniente. Procede también la delegación de competencia de un órgano a otro al interior de una misma entidad;

Que, de acuerdo al Informe Legal Nº 089-2025-GORE.ICA-GRAJ de fecha 12 de marzo del 2025, la Gerencia Regional de Asesoría Jurídica indica: “Se solicita FACULTAR y AUTORIZAR a la Gerencia Regional de Asesoría Jurídica del Gobierno Regional de Ica en mérito: al artículo Nº 15 inciso i) de la ley Nº 27867, al ROF artículo 17.9 y a la delegación de facultades otorgadas mediante Resolución Ejecutiva Regional Nº 112-2025-GORE-ICA/GR de fecha 14 de abril del 2025 “Para determinar la modalidad de los actos de Disposición de Compraventa y/o Transferencia Interestatal de los Predios denominados en el punto 3.8 de propiedad del Gobierno regional de Ica” en aplicación del TUO de la Ley Nº 29151 - Ley General del Sistema de Bienes Estatales y su Reglamento - Decreto Supremo Nº 008-2021-VIVIENDA”;

Que, la Ley Nº 29151 - Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales precisa que: “c) Actos de disposición: Son los actos a través de los cuales el Estado, representado por la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales-SBN; los gobiernos regionales, que han asumido las competencias; y las demás entidades públicas aprueban acciones que implican desplazamiento del dominio de los bienes estatales”;

Que, asimismo, precisa que “Las entidades públicas que conforman el Sistema Nacional de Bienes Estatales realizarán los actos de adquisición, administración, disposición, registro y supervisión de los bienes estatales, de acuerdo con lo dispuesto por la presente Ley y su reglamento”, ello conforme a lo señalado en el artículo 11 de la Ley Nº 29151;

Que, al respecto de lo señalado en el numeral precedente, es de manifestar que teniendo en consideración la coyuntura financiera y social, por la cual atraviesa la Región Ica, es conveniente solicitar al Consejo Regional una aprobación expresa, sustentada en la aplicación de los literales j) y k) del artículo 26 Atribuciones del Pleno, del Capítulo II: Organización del Consejo Regional de Ica, del vigente Reglamento Interno del Consejo 2013, aprobado mediante Ordenanza Regional 015-2013-GORE- ICA del 26 de diciembre de 2013, de facultades al despacho de la Gobernación Regional como órgano ejecutor, a disponer las acciones y procedimientos administrativos necesarios que permitan realizar la venta y transferencia del bien inmueble;

Que, el Consejo Regional del Gobierno Regional de Ica, se reunió con la finalidad de evaluar el proyecto de Acuerdo de Consejo Regional para “FACULTAR A LA GOBERNACIÓN REGIONAL PARA REALIZAR LOS ACTOS DE DISPOSICIÓN SOBRE 15 PREDIOS DE PROPIEDAD DEL GOBIERNO REGIONAL DE ICA”, luego de su deliberación y valorándose los argumentos contenidos en los informes tanto técnico como legal, se ha podido verificar que resulta procedente su aprobación;

Que, sin embargo, se debe dejar sentado que la normatividad vigente establece que la responsabilidad para realizar actos de disposición de venta directa, transferencia y/o alquiler de los 15 predios de propiedad del Gobierno Regional de Ica, son de exclusiva responsabilidad del Órgano Ejecutivo Regional, siendo función de este Consejo Regional de ejercer su facultad impuesta por Ley de emitir el Acuerdo de Consejo Regional que autorice tales transferencias, sustentándose en el principio de confianza respeto al conocimiento y pericia técnica de los funcionarios del órgano ejecutivo regional que han expedido los informes técnicos y legales respectivos, sin que ello quiera decir la renuncia a la labor de fiscalización que también asiste a este cuerpo colegiado regional;

Que, por ello, cabe agregar que la pertinencia y oportunidad de tales actos de disposición recaen en el órgano ejecutivo regional y a este cuerpo político le compete autorizar el mismo, en base a la opinión e informado por los funcionarios regionales quienes se deben a los principios de veracidad, especialidad y confianza en el ejercicio de sus funciones;

Que, estando a lo acordado y aprobado por el pleno de Consejo Regional, en la Sesión Ordinaria de la fecha, contando con la dispensa del Dictamen, de la lectura y aprobación del Acta y en uso de las facultades y atribuciones conferidas por la Ley Nº 27867 - Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y sus modificatorias, la Ley Nº 28968, Ley Nº 31433 y el Reglamento Interno del Consejo Regional;

SE ACUERDA:

Artículo Primero.- DECLARAR por CONCLUIDO el procedimiento de Compra-Venta Directa por Causal de Proyecto de Interés Regional, establecido en el Acuerdo de Consejo Regional Nº 052-2024-GORE-ICA, por el predio denominado “CARHUAZ 1” inscrito en la Partida Registral Nº 11218085 del libro de propiedad inmueble de la Oficina Registral de Chincha, con un área de 384.5502 Has, ubicado en el sector de Comatrana, del distrito, provincia y departamento de Ica, a razón del incumplimiento del numeral 6.20.1 pago íntegro del precio establecido en la Directiva Nº DIR-00002-2022/SBN.

Artículo Segundo.- APROBAR la disposición de 15 predios de propiedad del Gobierno Regional de Ica, cuya relación corre en el Anexo 01, el que forma parte del presente Acuerdo de Consejo Regional.

Artículo Tercero.- FACULTAR y AUTORIZAR a la Unidad Orgánica competente, Gerencia Regional de Asesoría Jurídica del Gobierno Regional de Ica, para que determine la modalidad de los Actos de Disposición que corresponda a cada uno de los 15 predios materia del presente Acuerdo en estricta aplicación del TUO de la Ley Nº 29151 - Ley General del Sistema de Bienes Estatales y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 008-2021-VIVIENDA, así como las demás normas y disposiciones que corresponda.

Artículo Cuarto.- EXHORTAR al órgano ejecutivo del Gobierno Regional de Ica, dar cuenta al Consejo Regional sobre la forma y modo de ejecución de tal autorización, debiendo efectuarse ello en el marco de la Ley Nº 29151 y su reglamento, a efectos de ejercer su derecho y función de fiscalización, dentro del término de 48 horas bajo, responsabilidad.

Artículo Quinto.- ENCARGAR al Gerente General Regional y a la Gerencia Regional de Asesoría Jurídica del Gobierno Regional de Ica, realizar el seguimiento y la supervisión de las actuaciones establecidas en el presente Acuerdo del Consejo Regional ejecutando de manera permanente los controles técnicos y legales vigentes, bajo responsabilidad civil, penal y administrativa.

Artículo Sexto.- DISPONER que a la entrada de vigencia del presente Acuerdo de Consejo, se otorgará 5 días hábiles posteriores a la publicación de la presente, con la finalidad de que cualquier persona natural o jurídica pueda plantear los mecanismos legales que sean pertinentes de ser el caso de sentirse afectado.

Artículo Sétimo.- ENCARGAR a la Subgerencia de Gestión Documentaria y Atención al Ciudadano del Gobierno Regional de Ica y a la Secretaría General del Consejo Regional de Ica, publicar y difundir el presente Acuerdo del Consejo Regional, en el diario encargado de las publicaciones judiciales de la región y en el portal electrónico de la institución, en cumplimiento de lo dispuesto por el artículo 42 de la Ley Nº 27867 - Ley Orgánica de Gobiernos Regionales.

POR TANTO:

Regístrese, publíquese y cúmplase.

Dado en la Sede del Consejo Regional de Ica, a los veinte días del mes de mayo de dos mil veinticinco.

WASHINGTON ALEXANDER SOTELO LUNA

Consejero Delegado

Consejo Regional de Ica

ANEXO 01

PARTIDA REGISTRAL

PROPIEDAD REGISTRAL

ÁREA REGISTRAL

DENOMINACIÓN

ACTO DE DISPOSICIÓN

1

11200369

GOBIERNO REGIONAL DE ICA

1064.92 m2

MZ A' LOTE 04 PARQUE INDUSTRIAL

- COMPRAVENTA POR SUBASTA PUBLICA

- COMPRAVENTA DIRECTA

2

11200370

GOBIERNO REGIONAL DE ICA

1071.31 m2

MZ A' LOTE 05 PARQUE INDUSTRIAL

- COMPRAVENTA POR SUBASTA PUBLICA

- COMPRAVENTA DIRECTA

3

11200371

GOBIERNO REGIONAL DE ICA

1206.90 m2

MZ A' LOTE 06 PARQUE INDUSTRIAL

- COMPRAVENTA POR SUBASTA PUBLICA

- COMPRAVENTA DIRECTA

4

11200372

GOBIERNO REGIONAL DE ICA

997.53 m2

MZ A' LOTE 07 PARQUE INDUSTRIAL

- COMPRAVENTA POR SUBASTA PUBLICA

- COMPRAVENTA DIRECTA

5

11200373

GOBIERNO REGIONAL DE ICA

997.53 m2

MZ A' LOTE 08 PARQUE INDUSTRIAL

- COMPRAVENTA POR SUBASTA PUBLICA

- COMPRAVENTA DIRECTA

6

11200374

GOBIERNO REGIONAL DE ICA

997.53 m2

MZ A' LOTE 09 PARQUE INDUSTRIAL

- COMPRAVENTA POR SUBASTA PUBLICA

- COMPRAVENTA DIRECTA

7

11200375

GOBIERNO REGIONAL DE ICA

999.48 m2

MZ A' LOTE 10 PARQUE INDUSTRIAL

- COMPRAVENTA POR SUBASTA PUBLICA

- COMPRAVENTA DIRECTA

8

11200376

GOBIERNO REGIONAL DE ICA

999.47 m2

MZ A' LOTE 11 PARQUE INDUSTRIAL

- COMPRAVENTA POR SUBASTA PUBLICA

- COMPRAVENTA DIRECTA

9

11200377

GOBIERNO REGIONAL DE ICA

999.48 m2

MZ A` LOTE 12 PARQUE INDUSTRIAL

- COMPRAVENTA POR SUBASTA PUBLICA

- COMPRAVENTA DIRECTA

10

11140841

GOBIERNO REGIONAL DE ICA

2099.83 m2

MZ A` LOTE 12 PARQUE INDUSTRIAL - PREDIO LOTE ACUMULADO REMANENTE

- COMPRAVENTA POR SUBASTA PUBLICA

- COMPRAVENTA DIRECTA

11

11208613

GOBIERNO REGIONAL DE ICA

5566.1168 Has.

PREDIO GORE STP-03

- COMPRAVENTA POR SUBASTA PUBLICA

- COMPRAVENTA DIRECTA

12

11208521

GOBIERNO REGIONAL DE ICA

5000.0001 Has.

PREDIO RURAL UBIC. RUR. STP-05

- COMPRAVENTA POR SUBASTA PUBLICA

- COMPRAVENTA DIRECTA

13

11064166

GOBIERNO REGIONAL DE ICA

1232.4040 Has.

PREDIO UBIC. RUR. GORE ICA 2- SECTOR CABEZA DE TORO (PISCO) Y PAMPA MENDOZA (CHINCHA) VALLE PISCO Y CHINCHA

- COMPRAVENTA POR SUBASTA PUBLICA

- COMPRAVENTA DIRECTA

14

11008315

GOBIERNO REGIONAL DE ICA

58.0000 Has.

UBIC. RUR. PREDIO SIN NOMBRE U.C 10158 - HUANCANO

TRANFERENCIA INTERESTATAL

15

11218085

GOBIERNO REGIONAL DE ICA

384.5502 Has.

PREDIO CARHUAZ 1

- COMPRAVENTA POR SUBASTA PUBLICA

- COMPRAVENTA DIRECTA

2404347-1