Autorizan viaje de servidores para participar en evento a realizarse en la República Francesa

Resolución Ministerial

N° 00138-2025-MINAM

Lima, 27 de mayo de 2025

VISTOS, el Informe N° 00003-2025-MINAM/DM-ST-OCDE de la Secretaría Técnica de la “Comisión para el seguimiento y conducción de las acciones del Ministerio del Ambiente, en el marco del proceso de adhesión del Perú a la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos (OCDE)”; el Informe N° 00119-2025-MINAM/VMGA/DGCA/DCCSQ de la Dirección de Control de la Contaminación y Sustancias Químicas de la Dirección General de Calidad Ambiental; los Memorandos N° s 00876-2025-MINAM/VMGA y 00877-2025-MINAM/VMGA del Viceministerio de Gestión Ambiental; el Informe N° 00122-2025-MINAM/SG/OGCAI de la Oficina General de Cooperación y Asuntos Internacionales; el Memorando N° 00588-2025-MINAM/SG/OGPP de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto; y, el Informe N° 00415-2025-MINAM/SG/OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y

CONSIDERANDO:

Que, mediante OF. RE (OCD) N° 2-21-C/149 de fecha 10 de abril de 2025, el Alto Representante del Perú para el proceso de adhesión a la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos (OCDE), traslada el documento ENV/EHS/BD/sc/2025.92 de fecha 08 de abril de 2025, del Jefe de la División de Salud y Seguridad Ambiental de la OCDE, a través del cual, extiende una invitación al Ministerio del Ambiente (MINAM) para participar de la Primera Evaluación de Acceso del Perú en el Comité de Químicos y Biotecnología (CBC, por sus siglas en inglés), de la OCDE, a realizarse en la ciudad de París, República Francesa, del 10 al 12 de junio de 2025;

Que, el objetivo del referido evento es revisar y evaluar el progreso técnico en el proceso de alineación de Perú a los instrumentos jurídicos evaluados en el CBC, así como a los estándares, principios y recomendaciones del indicado Comité. Asimismo, el CBC evaluará el compromiso y habilidad del país para implementar los siguientes instrumentos jurídicos: OECD/LEGAL/194: Mutua aceptación de datos (MAD), OECD/LEGAL/252: Buenas prácticas de laboratorio (BLP), OECD/LEGAL/400: Evaluación y ensayos seguros de nanomateriales,
OECD/LEGAL/440: Implementación de Registro de Emisiones
y Transferencia de Contaminantes (RETC), OECD/LEGAL/251: Aplicación del principio de contaminador-pagador a la contaminación accidental, OECD/LEGAL/111: Medidas para reducir emisiones de mercurio al ambiente, OECD/LEGAL/285: Declaración de reducción de riesgo por plomo, OECD/LEGAL/502: Marco Mundial sobre los Productos Químicos (GFC) y Posición del país en acuerdos multilaterales relativos al SAICM/GFC;

Que, el artículo 87 del Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del MINAM, aprobado por Resolución Ministerial N° 108-2023-MINAM, (en adelante el ROF del MINAM), establece que la Dirección General de Políticas e Instrumentos de Gestión Ambiental, es el órgano de línea responsable de diseñar y formular la Política Nacional de Ambiente e instrumentos de planificación ambiental de carácter nacional de gestión ambiental; asimismo, elaborar lineamientos para la formulación de políticas, estrategias y planes ambientales de carácter sectorial, nacional, regional y local en el marco del Sistema Nacional de Gestión Ambiental (SNGA), y realizar el seguimiento, evaluación y articulación de su implementación. Es responsable de conducir el Sistema Nacional de Evaluación de Impacto Ambiental (SEIA);

Que, el artículo 94 del ROF del MINAM señala que la Dirección General de Calidad Ambiental (DGCA), es el órgano de línea responsable de formular, proponer, fomentar e implementar de manera coordinada, multisectorial y descentralizada los instrumentos técnicos-normativos para mejorar la calidad del ambiente; además, el literal a) del artículo 100 del mencionado documento, establece que la Dirección de Control de la Contaminación y Sustancias Químicas, órgano de línea de la DGCA, es la responsable de elaborar los instrumentos técnicos-normativos referidos a la gestión ambiental sostenible de las sustancias químicas y materiales peligrosos y realizar su seguimiento, en el marco de sus competencias;

Que, mediante la Resolución Ministerial N° 033-2023-MINAM se creó la comisión de naturaleza temporal, dependiente del MINAM, denominada “Comisión para el seguimiento y conducción de las acciones del Ministerio del Ambiente, en el marco del proceso de adhesión del Perú a la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos (OCDE)” con el objeto de realizar el seguimiento de los avances en materia ambiental e impulsar la articulación entre las unidades de organización y los organismos públicos adscritos del MINAM, como parte del proceso de adhesión del Perú a la OCDЕ, y cuya Secretaría Técnica está a cargo de la Dirección General de Políticas e Instrumentos de Gestión Ambiental;

Que, con el Memorando N° 00876-2025-MINAM/VMGA, el Viceministerio de Gestión Ambiental remite el Informe N° 00119-2025-MINAM/VMGA/DGCA/DCCSQ, de la Dirección de Control de la Contaminación y Sustancias de la DGCA, mediante el cual se propone y se sustenta técnicamente la solicitud de viaje al exterior de la servidora Sonia Kathleen Farro Ríos, Especialista en Gestión de Sustancias Químicas de la indicada Dirección;

Que, a través del Memorando N° 00877-2025-MINAM/VMGA, el Viceministerio de Gestión Ambiental remite el Informe N° 00003-2025-MINAM/DM-ST-OCDE, del Secretario Técnico de la “Comisión para el seguimiento y conducción de las acciones del Ministerio del Ambiente, en el marco del proceso de adhesión del Perú a la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos (OCDE)”, mediante el cual se propone y se sustenta técnicamente la solicitud de viaje al exterior del servidor Yury Alfonso Pinto Ortiz, Director de la Dirección General de Políticas e Instrumentos de Gestión Ambiental y Secretario Técnico de la mencionada Comisión;

Que, mediante el Informe N° 00122-2025-MINAM/SG/OGCAI, la Oficina General de Cooperación y Asuntos Internacionales (OGCAI), emite opinión favorable sobre la participación de los servidores antes citados, en el evento propuesto, toda vez que, el mismo se encuentra alineado con la agenda internacional ambiental vigente y la Política Nacional de Cooperación Técnica Internacional (PNCTI) al 2030;

Que, asimismo, la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto (OGPP), a través del Memorando N° 00588-2025-MINAM/SG/OGPP remite el Informe N° 00221-2025-MINAM/SG/OGPP/OPM de la Oficina de Planeamiento y Modernización, mediante el cual emite opinión favorable sobre la solicitud de viaje al exterior de los servidores propuestos, toda vez que, la comisión a realizar se encuentra alineada al Plan Estratégico Sectorial Multianual (PESEM), a las actividades previstas en el Plan Operativo Institucional (POI) y a las funciones establecidas en el ROF del MINAM;

Que, conforme a lo expuesto, resulta de interés institucional la participación de los servidores Yury Alfonso Pinto Ortiz y Sonia Kathleen Farro Ríos en el evento citado, con la finalidad de presentar los avances en el alineamiento del Perú con los instrumentos legales de la OECD, y poder establecer comunicación con los otros miembros del CBC de la OCDE, en particular, con los de aquellos países que han manifestado su disposición de apoyar técnicamente en la implementación del Reglamento de la Ley de Gestión Integral de Sustancias Químicas, aprobado por el Decreto Legislativo N° 1570, así como, en el sistema de gestión de riesgos químicos;

Que, de acuerdo, a lo previsto en el artículo 1 del Decreto Supremo N° 047-2002-PCM, que aprueba las normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, la autorización de viajes al exterior de funcionarios y servidores públicos o de cualquier persona en representación del Estado y que irrogue algún gasto al Tesoro Público, se otorgará de acuerdo a lo dispuesto por la Ley N° 27619 y de conformidad a las disposiciones contenidas en la citada norma; además, para el caso de los servidores y funcionarios de los Ministerios, la autorización de viaje se otorgará por Resolución Ministerial del respectivo sector;

Que, de conformidad con el itinerario propuesto, resulta necesario autorizar el viaje de los servidores Yury Alfonso Pinto Ortiz y Sonia Kathleen Farro Ríos, siendo que los gastos por concepto de pasajes y viáticos serán cubiertos con cargo al presupuesto del MINAM, conforme se indica en el Memorando N° 00635-2025-MINAM/SG/OGA de la Oficina General de Administración, y según se detalla a continuación: i) Memorando N° 01190-2025-MINAM/SG/OGPP/OPPMI, a través del cual se aprueba la Certificación de Crédito Presupuestario N° 0000000562, que garantiza la disponibilidad presupuestal para la adquisición de los pasajes aéreos internacionales, y ii) Memorando N° 01192-2025-MINAM/SG/OGPP/OPPMI mediante el cual se aprueba la Certificación de Crédito Presupuestario N° 0000000560, que garantiza la disponibilidad presupuestal para los viáticos y asignación por comisión de servicios, ambos documentos emitidos por la Oficina de Presupuesto y Programación Multianual de Inversiones de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto (OGPP);

Con el visado del Viceministerio de Gestión Ambiental, de la Oficina General de Cooperación y Asuntos Internacionales, de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, y de la Oficina General de Asesoría Jurídica;

De conformidad con la Ley N° 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; el Decreto Legislativo N° 1013, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Creación, Organización y Funciones del Ministerio del Ambiente; el Decreto Supremo N° 047-2002-PCM, que aprueba normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio del Ambiente, aprobado por Resolución Ministerial N° 108-2023-MINAM; y, la Directiva N° 002-2023-MINAM/DM, “Disposiciones y procedimientos para la autorización de viajes, otorgamiento de viáticos y rendición de cuentas por comisiones de servicios en el exterior y en el territorio nacional”, aprobada mediante Resolución Ministerial N° 269-2023-MINAM y modificatoria;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Autorizar el viaje del servidor Yury Alfonso Pinto Ortiz, Director de la Dirección General de Políticas e Instrumentos de Gestión Ambiental y Secretario Técnico de la “Comisión para el seguimiento y conducción de las acciones del Ministerio del Ambiente, en el marco del proceso de adhesión del Perú a la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos (OCDE)”, y de la servidora Sonia Kathleen Farro Ríos, Especialista en Gestión de Sustancias Químicas de la Dirección de Control de la Contaminación y Sustancias Químicas de la Dirección General de Calidad Ambiental, a la ciudad de París, República Francesa, del 08 al 14 de junio de 2025; para los fines expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución Ministerial.

Artículo 2.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 1 de la presente Resolución Ministerial, serán cubiertos con cargo al presupuesto del Ministerio del Ambiente, de acuerdo al siguiente detalle:

Nombres y Apellidos

Pasajes Aéreos

Viáticos (5 días)

Total

Yury Alfonso Pinto Ortiz

S/. 12,456.00

S/. 9,971.10

S/. 22,427.10

Sonia Kathleen Farro Ríos

S/. 12,456.00

S/. 9,971.10

S/. 22,427.10

Artículo 3.- Disponer que dentro de los quince (15) días calendario siguientes de efectuado el viaje, los servidores autorizados mediante el artículo 1 de la presente Resolución Ministerial, presenten un informe detallado sobre el resultado del evento y las acciones realizadas durante el viaje autorizado que se deriven a favor del Ministerio del Ambiente.

Artículo 4.- La presente Resolución Ministerial no otorga derecho a exoneración o liberación de impuestos de aduana de cualquier clase o denominación.

Artículo 5.- Notificar la presente Resolución Ministerial al Viceministerio de Gestión Ambiental, a la Dirección General de Políticas e Instrumentos de Gestión Ambiental, a la Dirección General de Calidad Ambiental, a los servidores Yury Alfonso Pinto Ortiz y Sonia Kathleen Farro Ríos, y a la Oficina General de Recursos Humanos, para los fines correspondientes.

Artículo 6.- Disponer la publicación de la presente Resolución Ministerial en la sede digital del Ministerio del Ambiente (www.gob.pe/minam), en la misma fecha de su publicación en el Diario Oficial El Peruano.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

JUAN CARLOS CASTRO VARGAS

Ministro del Ambiente

2403600-1