Nombran fiscal provincial provisional del Distrito Fiscal de Lima Centro, designándola como adscrita al Despacho de la Fiscalía de la Nación

Resolución de la Fiscalía de la Nación

N° 1548-2025-MP-FN

Lima, 23 de mayo de 2025

VISTO Y CONSIDERANDO:

Mediante Resolución de la Fiscalía de la Nación N° 798-2025-MP-FN, de fecha 18 de marzo de 2025, se resolvió designar a la abogada Katherine Pilar Rocha Arias, fiscal adjunta provincial titular penal de Lima, Distrito Fiscal de Lima Centro, en el 5o Despacho Provincial Penal de la Segunda Fiscalía Corporativa Penal de San Isidro-Lince.

A través de los numerales 3 y 4 del artículo 65 de la Ley Orgánica del Ministerio Público, aprobada por el Decreto Legislativo N° 052 y modificada por el artículo único de la Ley N° 31718, se establece que corresponde a la Fiscal de la Nación el nombramiento de los fiscales provisionales de todos los niveles, así como la designación de los fiscales titulares y provisionales en el órgano fiscal respectivo.

Según el numeral 64.2 del artículo 64 de la Ley N° 30483, Ley de la Carrera Fiscal, modificada por la Ley N° 31718, los fiscales provisionales son aquellos fiscales titulares que en caso de vacancia, licencia o impedimento ocupan el nivel superior inmediato vacante y aquellos abogados que cumplen los requisitos para el nivel que se les designa.

De acuerdo al artículo 65 de la Ley N° 30483, Ley de la Carrera Fiscal, modificado por la Ley N° 31718, el fiscal llamado a cubrir provisionalmente una plaza superior es aquel que ocupe el puesto más alto en el cuadro de méritos de su nivel, como consecuencia del proceso de evaluación del desempeño parcial. En defecto de ello, el nombramiento se realiza respetando el orden de antigüedad, especialidad y experiencia en las funciones a desempeñar.

El Tribunal Constitucional en reiterada jurisprudencia ha manifestado que la “(…) provisionalidad constituye una situación fáctica que no genera más derechos que los inherentes al cargo que provisionalmente ejerce quien no ostenta titularidad alguna (…)” (STC N° 2770-2010-PA/TC); y, la Corte Interamericana de Derechos Humanos en la sentencia de fecha 24 de noviembre de 2020, caso Casa Nina vs. Perú, determinó que no debe extenderse indefinidamente en el tiempo y debe estar sujeta a una condición resolutoria.

En ese sentido y a la facultad concedida a la Fiscal de la Nación para dirigir, orientar y reformular la política del Ministerio Público, con la finalidad de coadyuvar a la labor fiscal y alcanzar el Objetivo Estratégico Institucional (OEI.01): “Incrementar la capacidad resolutiva de casos fiscales requeridos por la sociedad”, encontrándose pendiente de ocupar una plaza de fiscal provincial en el Despacho de la Fiscalía de la Nación, se ha considerado oportuno emitir el resolutivo correspondiente a fin de nombrar al fiscal que ocupe provisionalmente el cargo mencionado; en atención al marco normativo antes citado, previa verificación del cumplimiento de los requisitos de ley y considerando el informe N° 055-2025-MP-FN-OREF-EPCC, de fecha 23 de mayo de 2025.

Estando a lo expuesto y de conformidad con lo establecido por el artículo 65 de la Ley Orgánica del Ministerio Público, aprobada con el Decreto Legislativo N° 052 y modificada por el artículo único de la Ley N° 31718;

SE RESUELVE:

Artículo Primero.- Dar por concluida la designación de la abogada Katherine Pilar Rocha Arias, fiscal adjunta provincial titular penal de Lima, Distrito Fiscal de Lima Centro, en el 5o Despacho Provincial Penal de la Segunda Fiscalía Corporativa Penal de San Isidro-Lince, materia de la Resolución de la Fiscalía de la Nación N° 798-2025-MP-FN, de fecha 18 de marzo de 2025.

Artículo Segundo.- Nombrar a la abogada Katherine Pilar Rocha Arias, como fiscal provincial provisional del Distrito Fiscal de Lima Centro, designándola como adscrita al Despacho de la Fiscalía de la Nación, con retención de su cargo de carrera.

Artículo Tercero.- Disponer la notificación de la presente resolución a la Junta Nacional de Justicia, Despacho de la Fiscalía de la Nación, Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de Lima Centro, Coordinadora Nacional de las Fiscalías Penales a cargo de los Distritos Fiscales que integran el Grupo “A” y encargada, en adición a sus funciones, de los Distritos Fiscales que integran el Grupo “B”, Gerencia General, Oficina de Registro y Evaluación de Fiscales, Oficina General de Potencial Humano, Oficina de Imagen Institucional y a la fiscal mencionada.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

DELIA M. ESPINOZA VALENZUELA

Fiscal de la Nación

2403022-4