Aprueban el “Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del Instituto Nacional de Defensa Civil”

RESOLUCIóN JEFATURAL

N° 000060-2025-INDECI/JEF INDECI

San Isidro, 26 de mayo del 2025

VISTOS: El Informe Técnico N° 000078-2025-INDECI/OGPP, de fecha 23 de mayo de 2025, de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto; y; el Informe Legal N° 000136-2025-INDECI/OGAJ, de fecha 23 de mayo de 2025, de la Oficina de Asesoría Jurídica;

CONSIDERANDO:

Que, mediante Ley Nº 29664 y modificatoria, se creó el Sistema Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres - SINAGERD, como sistema interinstitucional, sinérgico, descentralizado, transversal y participativo; con la finalidad de identificar y reducir los riesgos asociados a peligros o minimizar sus efectos; así como evitar la generación de nuevos riesgos, y la preparación y atención ante situaciones de desastres mediante el establecimiento de principios, lineamientos de política, componentes, procesos e instrumentos de la Gestión del Riesgo de Desastres;

Que, el artículo 13 de la citada Ley N° 29664, en concordancia con el artículo 8 del Decreto Supremo N° 048-2011-PCM y modificatoria que aprueba el Reglamento de la Ley N° 29664 que crea el SINAGERD y la Sección Primera del Reglamento de Organización y Funciones del Instituto Nacional de Defensa Civil aprobado por Decreto Supremo N° 002-2025-DE, define al Instituto Nacional de Defensa Civil - INDECI como un Organismo Público Ejecutor, con autonomía técnica, funcional, administrativa, económica y financiera para su gestión, con Personería Jurídica de Derecho Público Interno y constituye un pliego presupuestal; conforma el Sistema Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres - SINAGERD; y, se encuentra adscrito al Ministerio de Defensa;

Que, mediante la Ley Nº 27658, Ley Marco de Modernización de la Gestión del Estado, se establece que el proceso de modernización de la gestión del Estado tiene como finalidad fundamental la obtención de mayores niveles de eficiencia del aparato estatal, de manera que se logre una mejor atención a la ciudadanía, priorizando y optimizando el uso de los recursos públicos; con el objetivo de alcanzar un Estado, entre otros, al servicio de la ciudadanía y transparente en su gestión;

Que, según lo dispuesto en el artículo 28 de la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, los Organismos Públicos son entidades desconcentradas del Poder Ejecutivo, con personería jurídica de Derecho Público, con competencias de alcance nacional y están adscritos a un Ministerio; asimismo, señala que los Reglamentos de Organización y Funciones se aprueban por decreto supremo con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros;

Que, por Decreto Supremo Nº 054-2018-PCM y modificatorias, se aprueban los Lineamientos de Organización del Estado, que regulan los principios, criterios y reglas que definen el diseño, estructura, organización y funcionamiento de las entidades del Estado;

Que, el artículo 43 de los Lineamientos de Organización del Estado, aprobados, señala que el Reglamento de Organización y Funciones es el documento técnico normativo de gestión organizacional que formaliza la estructura orgánica de la entidad; contiene las competencias y funciones generales de la entidad; las funciones específicas de sus unidades de organización, así como sus relaciones de dependencia;

Que, asimismo de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 44 y 45 de los citados Lineamientos, el Reglamento de Organización y Funciones se divide en las Secciones Primera y Segunda, esta última comprende el tercer nivel organizacional en adelante, señalando las funciones específicas asignadas a sus unidades de organización; la misma que es aprobada por resolución del titular de la entidad;

Que, asimismo, el Anexo 1 “Glosario de Términos” de los Lineamientos de Organización del Estado, define al Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones como el documento que consolida las Secciones Primera y Segunda del Reglamento de Organización y Funciones de un Ministerio u organismo público del Poder Ejecutivo, a fin de integrar el articulado de los órganos con el de sus respectivas unidades de organización. Para tal efecto, precisa, que se sigue una nueva secuencia de articulado debiendo cada artículo del Texto Integrado hacer referencia al artículo correspondiente de la Sección Primera o Segunda del Reglamento de Organización y Funciones aprobadas por decreto supremo y resolución del titular, respectivamente;

Que, mediante el Decreto Supremo Nº 002-2025-DE y la Resolución Jefatural Nº000058-2025-INDECI/JEF INDECI, se aprueban la Secciones Primera y Segunda del Reglamento de Organización y Funciones del Instituto Nacional de Defensa Civil INDECI, respectivamente;

Que, la Cuarta Disposición Complementaria Final del Decreto Supremo Nº 002-2025-DE, establece que el Instituto Nacional de Defensa Civil - INDECI, en un plazo no mayor a cinco (05) días hábiles, contados a partir del día siguiente de la publicación de la Resolución Jefatural que aprueba la Sección Segunda de su Reglamento de Organización y Funciones, consolida el Texto Integrado de su Reglamento de Organización y Funciones, que contiene las Secciones Primera y Segunda de dicho documento de gestión;

Que, bajo dicho marco normativo, mediante el Informe Nº 000078-2025-INDECI/OGPP, la Oficina de Planeamiento y Presupuesto propone y sustenta la necesidad de aprobar el “Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del Instituto Nacional de Defensa Civil” en el marco de la implementación del nuevo Reglamento de Organización y Funciones de la Entidad;

Que, a través del Informe Legal N° 000136-2025-INDECI/OGAJ, la Oficina de Asesoría Jurídica emite opinión legal considerando jurídicamente viable la aprobación del Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del Instituto Nacional de Defensa Civil;

Con la visaciones de la Gerencia General, del Jefe de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto y del Jefe de la Oficina de Asesoría Jurídica; y,

De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 27658, Ley Marco de Modernización de la Gestión del Estado; Ley N° 28158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; Ley Nº 29664 y modificatorias, Ley que crea el Sistema Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres y su Reglamento aprobado por el Decreto Supremo N° 048-2011-PCM y modificatorias; el Decreto Supremo Nº 054-2018-PCM y modificatorias, que aprueba los Lineamientos de Organización del Estado; el Decreto Supremo N° 002-2025-DE, Decreto Supremo que aprueba la Sección Primera del Reglamento de Organización y Funciones del Instituto Nacional de Defensa Civil -INDECI; y, la Resolución Jefatural N° 000058-2025-INDECI/JEF INDECI que aprueba la Sección Segunda del Reglamento de Organización y Funciones del Instituto Nacional de Defensa Civil -INDECI;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Aprobar el “Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del Instituto Nacional de Defensa Civil”, que consta de dos (02) títulos, setenta y nueve (79) artículos y un (01) Anexo, que contiene el Organigrama del Instituto Nacional del Defensa Civil - INDECI.

Articulo 2.- La implementación de lo dispuesto en la presente Resolución Jefatural se financia con cargo al presupuesto institucional del Instituto Nacional de Defensa Civil - INDECI, sin demandar recursos adicionales al Tesoro Público.

Artículo 3.- La presente Resolución Jefatural y el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del Instituto Nacional de Defensa Civil se publican en la Plataforma Digital Única para Orientación al Ciudadano (www.gob.pe) y en el Portal Institucional del Instituto Nacional de Defensa Civil - INDECI (www.gob.pe/indeci), el mismo día de la publicación de la presente resolución en el Diario Oficial El Peruano.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

JUAN CARLOS URCARIEGUI REYES

Jefe del Instituto Nacional de Defensa Civil

2403008-1