Convocan a ciudadanos para que asuman cargos de alcalde y regidor de la Municipalidad Provincial de Santa, departamento de Áncash

Resolución Nº 0184-2025-JNE

Expediente Nº JNE.2025001849

SANTA - ÁNCASH

VACANCIA

CONVOCATORIA DE CANDIDATO NO PROCLAMADO

Lima, 12 de mayo de 2025

VISTOS: los Oficios Nº 063-2025-SG/MPS y Nº 064-2025-SG/MPS, presentados el 30 de abril y 9 de mayo de 2025, mediante los cuales doña Norma Cristina Ching Jara, secretaria general de la Municipalidad Provincial de Santa, departamento de Áncash (en adelante, señora secretaria), remite documentación relacionada con la declaratoria de vacancia de don Luis Fernando Gamarra Alor, alcalde de la citada entidad edil (en adelante, señor alcalde), por la causal de muerte establecida en el numeral 1 del artículo 22 de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades (en adelante, LOM).

ANTECEDENTES

1.1. Con el primer oficio citado en el visto, la señora secretaria remitió, entre otros, la siguiente documentación relacionada con la declaratoria de vacancia del señor alcalde por la causal precisada en el numeral 1 del artículo 22 de la LOM:

a) Acta de Defunción del señor alcalde, registrada el 15 de abril de 2025.

b) Oficio Circular Nº 013-2025-MPS-SG, del 21 de abril de 2025, mediante el cual se convoca a los regidores del Concejo Provincial de Santa a Sesión Extraordinaria de Concejo, que se llevó a cabo el 29 de abril de 2025.

c) Acuerdo de Concejo Nº 025-2025-MPS, de la misma fecha.

1.2. Posteriormente, con el segundo oficio citado en el visto, la señora secretaria adjuntó el comprobante de pago de la tasa electoral correspondiente al procedimiento de convocatoria de candidato no proclamado solicitado mediante Oficio Nº 001474-2025-SG/JNE, del 8 de mayo de 2025.

CONSIDERANDOS

PRIMERO. SUSTENTO NORMATIVO (en adelante, SN)

En la LOM

1.1. El numeral 1 del artículo 22 prescribe que el cargo de alcalde o regidor se declara vacante por el concejo municipal en caso de muerte.

1.2. El artículo 24, respecto a los reemplazos de autoridades, dispone:

En caso de vacancia o ausencia del alcalde lo reemplaza el Teniente Alcalde que es el primer regidor hábil que sigue en su propia lista electoral.

En caso de vacancia del regidor, lo reemplaza:

1. Al Teniente Alcalde, el regidor hábil que sigue en su propia lista electoral.

2. A los regidores, los suplentes, respetando la precedencia establecida en su propia lista electoral.

En la jurisprudencia emitida por el Pleno del Jurado Nacional de Elecciones

1.3. La Resolución Nº 539-2013-JNE del Supremo Tribunal Electoral considera lo siguiente:

[R]esulta contrario, no solo a los principios de economía y celeridad procesal y de verdad material, sino atentatorio de la propia gobernabilidad de las entidades municipales, que en aquellos casos en los que se tramite un procedimiento de declaratoria de vacancia en virtud […] del fallecimiento de la autoridad municipal, tenga que esperarse […] el transcurso del plazo para la interposición de un recurso impugnatorio, esto es, para que el acuerdo de concejo que declara una vacancia por muerte, quede consentido y, recién en ese escenario, pueda el Jurado Nacional de Elecciones convocar a las nuevas autoridades municipales para que asuman los cargos respectivos[1].

En el Reglamento de notificaciones de pronunciamientos y actuaciones jurisdiccionales mediante Casilla Electrónica2 (en adelante, Reglamento)

1.4. El artículo 14, sobre la notificación de los pronunciamientos, contempla:

Artículo 14.- Sujetos obligados al uso de la Casilla Electrónica

Todas las partes de los procesos jurisdiccionales electorales y no electorales son notificadas con los pronunciamientos o actuaciones jurisdiccionales emitidos por el JNE y el JEE, según corresponda, únicamente a través de sus respectivas casillas electrónicas.

En caso de que los sujetos antes mencionados no cuenten con casilla electrónica o en caso de que esta se encuentre inhabilitada o desactivada, se entenderán por notificados con el pronunciamiento o actuación jurisdiccional a través de su publicación en el portal electrónico institucional del JNE, surtiendo efectos legales a partir del día hábil o calendario siguiente de su publicación, en los vínculos que se indican a continuación:

<https://plataformaelectoral.jne.gob.pe/bandeja/filtros>, para expedientes jurisdiccionales de procesos electorales, cuya nomenclatura inicia con la sigla del respectivo proceso electoral (ejemplos: ERM, EG, EMC, CPR, etc.).

<https://consultaexpediente.jne.gob.pe/>, para expedientes jurisdiccionales de procesos no electorales, cuya nomenclatura inicia con la sigla JNE.

De manera excepcional, en los expedientes no vinculados a procesos electorales, la parte procesal que no ha iniciado dicho expediente ante el JNE, que no tenga casilla electrónica, solo el primer pronunciamiento podrá ser notificado –por única vez– en formato papel en el domicilio registrado en el documento nacional de identidad.

SEGUNDO. ANÁLISIS DEL CASO CONCRETO

2.1. Acreditada la causal de vacancia prevista en el numeral 1 del artículo 22 de la LOM (ver SN 1.1.), conforme al acta de defunción del señor alcalde remitida por la señora secretaria3, corresponde dejar sin efecto la credencial que le fuera otorgada y convocar a la nueva autoridad, acorde con el artículo 24 de la LOM (ver SN 1.2.) y la jurisprudencia del Pleno del Jurado Nacional de Elecciones (ver SN 1.3.).

2.2. En ese sentido, el señor alcalde debe ser reemplazado por el primer regidor hábil que sigue en su propia lista electoral, esto es, por don Felipe Juan Mantilla Gonzales, identificado con DNI Nº 32904123, para que asuma el cargo de alcalde de la Municipalidad Provincial de Santa, para lo cual se le otorgará la credencial que lo faculte como tal.

2.3. Del mismo modo, para completar el número de regidores, respetando la precedencia establecida por ley, se debe convocar a don Darwin Alexander Cruz Neyra, identificado con DNI Nº 47304343, candidato no proclamado de la organización política Juntos por el Perú, a fin de que asuma el cargo de regidor del Concejo Provincial de Santa, para cuyo efecto se le debe conceder la credencial que lo faculta como tal.

2.4. Dichas convocatorias se realizan de acuerdo con el Acta de Proclamación de Resultados de Cómputo y de Autoridades Municipales Provinciales Electas, del 26 de octubre de 2022, emitida por el Jurado Electoral Especial de Santa, con motivo de las Elecciones Regionales y Municipales 2022.

2.5. La notificación del presente pronunciamiento debe diligenciarse según lo dispuesto en el artículo 14 del Reglamento (ver SN 1.4.).

Por lo tanto, el Pleno del Jurado Nacional de Elecciones, en uso de sus atribuciones,

RESUELVE

1. DEJAR SIN EFECTO la credencial otorgada a don Luis Fernando Gamarra Alor, con motivo de las Elecciones Regionales y Municipales 2022, por la causal de muerte, prevista en el numeral 1 del artículo 22 de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades.

2. CONVOCAR a don Felipe Juan Mantilla Gonzales, identificado con DNI Nº 32904123, para que asuma el cargo de alcalde de la Municipalidad Provincial de Santa, departamento de Áncash, a fin de completar el periodo de gobierno municipal 2023-2026, para lo cual se le otorgará la credencial que lo faculte como tal.

3. CONVOCAR a don Darwin Alexander Cruz Neyra, identificado con DNI Nº 47304343, para que asuma el cargo de regidor del Concejo Provincial de Santa, departamento de Áncash, a fin de completar el periodo de gobierno municipal 2023-2026, para lo cual se le otorgará la credencial que lo faculte como tal.

4. PRECISAR que los pronunciamientos que emita el Jurado Nacional de Elecciones serán notificados conforme a lo dispuesto en el Reglamento de notificaciones de pronunciamientos y actuaciones jurisdiccionales mediante Casilla Electrónica, aprobado mediante la Resolución N.º 117-2025-JNE; asimismo, para la presentación de escritos u otros documentos, se encuentra disponible la Mesa de Partes Virtual (MPV), en el portal electrónico institucional <www.jne.gob.pe>.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

SS.

BURNEO BERMEJO

MAISCH MOLINA

RAMÍREZ CHÁVARRY

TORRES CORTEZ

OYARCE YUZZELLI

Clavijo Chipoco

Secretaria General

1 Segundo párrafo del numeral 4, parte considerativa de la Resolución N.º 539-2013-JNE.

2 Aprobado mediante la Resolución N.º 117-2025-JNE, publicada el 19 de abril de 2025 en el diario oficial El Peruano.

3 Información corroborada con la consulta virtual del DNI N.º 32945775, correspondiente al señor alcalde, realizada en el portal web del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil.

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