Modifican el artículo 9A de la Resolución Jefatural N° 243-2024-INIA

RESOLUCIÓN JEFATURAL

N° 112-2025-MIDAGRI-INIA

Lima, 23 de mayo de 2025

VISTO:

El Informe N° 347-2025-MIDAGRI-INIA-GG-OAJ de la Oficina de Asesoría Jurídica, y;

CONSIDERANDO:

Que, el Instituto Nacional de Innovación Agraria (INIA) es un organismo técnico especializado adscrito al Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego, con personería jurídica de derecho público. Tiene competencia de alcance nacional y constituye un Pliego Presupuestal;

Que, con Resolución Jefatural N° 0243-2024-INIA, de fecha 30 de diciembre de 2024, la Jefatura del INIA, resolvió delegar en diversos funcionarios de la institución, funciones en materias: financiera, presupuestal, contrataciones con el Estado, laboral, contrataciones menores o iguales a ocho (8) Unidades Impositivas Tributarias, administrativa, recursos humanos, planeamiento y bienes estatales; entre otros. Las delegaciones autorizadas con la Resolución Jefatural antes mencionada se encuentran vigentes durante el Ejercicio Fiscal 2025;

Que, con Resolución Jefatural N° 081-2025-MIDAGRI-INIA, de fecha 16 de abril de 2025, se aprobó la incorporación del artículo 9A en la Resolución Jefatural N° 243-2024-INIA, cuyo tenor es el siguiente: “Artículo 9A.- DELEGAR en el/la Director/a de la Unidad de Comunicaciones e Imagen Institucional (aún Unidad de Imagen Institucional) del Instituto Nacional de Innovación Agraria - INIA, la facultad de solicitar ante el Jurado Nacional de Elecciones la autorización previa y presentar el reporte posterior de publicidad estatal, en el marco de lo dispuesto por la Resolución N° 0047-2024-JNE, Reglamento sobre Propaganda Electoral, Publicidad Estatal y Neutralidad en Periodo Electoral”;

Que, con fecha 19 de abril de 2025, se publicó en el Diario Oficial El Peruano el nuevo “Reglamento sobre propaganda electoral, publicidad estatal y neutralidad en período electoral”, aprobado con Resolución N° 0112-2025-JNE, el cual deja sin efecto la Resolución N° 0047-2024-JNE, que aprobó el Reglamento anterior;

Que, en atención a la publicación de la norma mencionada en el párrafo precedente, el Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego, a través de su Oficina General de Asesoría Jurídica emitió el Informe N° 0580-2025-MIDAGRI-SG/OGAJ, de fecha 30 de abril de 2025, complementario del Informe N° 0391-2025-MIDAGRI-SG/OGAJ, de fecha 01 de abril de 2025, en el cual precisa, entre otros, que, “(…) En vista de las continuas modificaciones de las normas electorales con rango de Ley que se vienen produciendo por parte del Congreso de la República, que originan, en muchos casos, la necesidad de actualizar las normas de menor rango jerárquico (reglamentos, directivas, lineamientos, guías, manuales, etc.), al momento de formular el proyecto modificatorio de dicha Resolución Ministerial, previendo tal eventualidad, se dispuso que la modificación no sólo se limitara al reemplazo del número de la norma derogada (Resolución Nº 0922-2021-JNE) por la (Resolución Nº 0047-2024-JNE) vigente, porque la denominación del Reglamento no había variado cada vez que había sido reemplazada (“Reglamento sobre propaganda electoral, publicidad estatal y neutralidad en periodo electoral”) sino que, además, se extendiera a la inclusión de una coda al final del literal: “sus modificatorias y/o sustitutorias”. Ello en el marco de la aplicación del principio de eficacia establecido por el numeral 1.10 del inciso 1, del artículo IV del Título Preliminar del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, aprobado por el Decreto Supremo N° 004-2019-JUS, según el cual, la finalidad del acto es privilegiarlo sobre las formalidades no esenciales, al ajustarse al marco normativo aplicable y su validez será una garantía de la finalidad pública que se busca satisfacer con la aplicación de este principio. (…)”;

Que, la Alta Dirección del Instituto Nacional de Innovación Agraria – INIA, con fecha 14 de mayo de 2025, deriva a la Oficina de Asesoría Jurídica el Memorando Múltiple N° 0063-2025-MIDAGRI-SG, a través del cual la Secretaría General del Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego, remite el Informe N° 0580-2025-MIDAGRI-SG/OGAJ;

Que, mediante Informe N° 347-2025-MIDAGRI-INIA-GG-OAJ, de fecha 21 de mayo de 2025, la Oficina de Asesoría Jurídica de INIA, en consideración a lo solicitado por la Alta Dirección y la recomendación efectuada por la Oficina General de Asesoría Jurídica del Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego, considera pertinente la modificación del artículo 9A, incorporado a la Resolución Jefatural N° 243-2024-INIA, mediante Resolución Jefatural N° 081-2025-MIDAGRI-INIA; con la finalidad de indicar la norma vigente, a la presente fecha, y agregar en el referido artículo una coda al final del literal que refiera a sus “modificatorias y/o sustitutorias”. La incorporación de la referida frase evitará que se efectúen modificaciones constantes a la Resolución Jefatural N° 243-2024-INIA; toda vez que la misma hace referencia a cualquier norma que modifique o que, incluso, pueda sustituir íntegramente el Reglamento sobre propaganda electoral, publicidad estatal y neutralidad en periodo electoral, aprobado con Resolución N° 0112-2025-JNE;

Con el visto de la Gerencia General y de la Oficina de Asesoría Jurídica;

De conformidad con las facultades conferidas en el Reglamento de Organización y Funciones del INIA, cuyas Secciones Primera y Segunda, fueron aprobadas por Decreto Supremo N° 014-2024-MIDAGRI y por Resolución Jefatural N° 0234-2024-INIA, respectivamente, y su Texto Integrado, aprobado con Resolución Jefatural N° 006-2025-INIA;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Modificar el artículo 9A de la Resolución Jefatural N° 243-2024-INIA, de fecha 30 de diciembre de 2024, modificada con Resolución Jefatural N° 081-2025-MIDAGRI-INIA, de fecha 16 de abril de 2025, y con Resolución Jefatural N° 097-2025-MIDAGRI-INIA, de fecha 07 de mayo de 2025, el cual quedará redactado de la siguiente manera:

Artículo 9A.- DELEGAR en el/la Director/a de la Unidad de Comunicaciones e Imagen Institucional (aún Unidad de Imagen Institucional) del Instituto Nacional de Innovación Agraria - INIA, la facultad de solicitar ante el Jurado Nacional de Elecciones la autorización previa y presentar el reporte posterior de publicidad estatal, en el marco de lo dispuesto por la Resolución N° 0112-2025-JNE que aprueba el Reglamento sobre Propaganda Electoral, Publicidad Estatal y Neutralidad en Periodo Electoral, sus modificatorias y/o sustitutorias”.

Artículo 2.- Dejar subsistente los demás extremos de la Resolución Jefatural N° 243-2024-INIA, modificada con Resolución Jefatural N° 081-2025-MIDAGRI-INIA y con Resolución Jefatural N° 097-2025-MIDAGRI-INIA, en todo lo que no se oponga a lo dispuesto en la presente Resolución.

Artículo 3.- Disponer que la Unidad de Informática publique la presente Resolución Jefatural en el Portal Institucional de la entidad (www.gob.pe/inia) y en el diario oficial El Peruano.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

JORGE JUAN GANOZA RONCAL

Jefe

Instituto Nacional de Innovación Agraria

2402707-1