Autorizan viaje de personal policial a la República de Colombia, en misión de estudios
Resolución Ministerial
Nº 0887-2025-IN
Lima, 23 de mayo de 2025
VISTOS, el Oficio Nº 902-2025-COMOPPOL/DIRASINT-DIVABI de la División de Administración de Becas Internacionales de la Dirección de Asuntos Internacionales de la Policía Nacional del Perú; y el Informe Nº 001489-2025-IN-OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica del Ministerio del Interior; y,
CONSIDERANDO:
Que, mediante Cartas Avn-021 y Avn-038, de fechas 4 de abril y 8 de mayo de 2025, respectivamente, el Jefe de Asesores de Aviación de la Sección para Asuntos Antinarcóticos y Aplicación de la Ley (INL) de la Embajada de los Estados Unidos de América en Lima se dirige a la Dirección de Aviación Policial de la Policía Nacional del Perú, a fin de comunicar la coordinación, actualización emitida por el Director de la Escuela de Aviación Policial (ESAVI) de la Policía Nacional de Colombia, y el cronograma correspondiente para la reincorporación de seis (6) representantes de la Dirección de Aviación Policial, quienes participarán en el “Curso Piloto Policial Ala Rotatoria”, el cual se realizará del 25 de mayo al 5 de agosto de 2025, en el municipio de San Sebastián de Mariquita del departamento del Tolima de la República de Colombia;
Que, a través de los Informes Nº 039-2025-COMASGEN-CO-PNP/DIRAVPOL-ESCAVI-DACA y Nº 043-2025-COMOPPOL-DIRAVPOL-ESCAVI-DACA, la Dirección de Aviación Policial de la Policía Nacional del Perú, comunica la designación del personal policial descrito en la parte resolutiva de la presente Resolución Ministerial, para que participen en el citado evento; asimismo, sustenta la importancia y viabilidad de la referida participación;
Que, con Hoja de Estudio y Opinión Nº 152-2025-COMOPPOL/DIRASINT-DIVABI, el Comando de Operaciones Policiales de la Policía Nacional del Perú estima conveniente se prosiga con el trámite de expedición de la Resolución Ministerial que autorice el viaje al exterior, en misión de estudios, del 25 de mayo al 5 de agosto de 2025, del personal policial descrito en la parte resolutiva de la presente Resolución Ministerial, a fin de que participe en el “Curso Piloto Policial Ala Rotatoria”, que se desarrollará del 25 de mayo al 5 de agosto de 2025, en el municipio de San Sebastián de Mariquita del departamento de Tolima de la República de Colombia; por cuanto, permitirá recibir entrenamiento especializado en el ámbito de la aviación policial, en componentes teóricos y prácticos, con énfasis en la gestión y resolución de situaciones críticas de vuelo; además, al culminar serán de efecto multiplicador, transmitiendo los conocimientos adquiridos a otros miembros de la institución policial;
Que, la participación del personal policial en el evento antes indicado, se encuentra en el ámbito de las competencias de la Policía Nacional del Perú, resultando por ello de interés institucional la realización del viaje al exterior antes referido, debiendo señalarse que los gastos que irroga dicha participación por concepto de pasajes aéreos (ida y retorno), es asumido por la Unidad Ejecutora 018: Dirección de Aviación Policial, del Pliego 007: Ministerio del Interior, conforme se precisa en la Certificación de Crédito Presupuestario Nota Nº 0000000149; asimismo, por compensación extraordinaria por los días que el personal policial se encuentre en el exterior por misión de estudios, es asumido por la Unidad Ejecutora 002: Dirección de Economía y Finanzas de la Policía Nacional del Perú, del Pliego 007: Ministerio del Interior, conforme se precisa en la Certificación de Crédito Presupuestario Nota Nº 0000001899;
Que, conforme al artículo 5 del Decreto Legislativo Nº 1267, Ley de la Policía Nacional del Perú, señala que “El personal policial tiene los siguientes derechos: (...) 3) Formación, capacitación, especialización y perfeccionamiento, conforme a la normatividad vigente. (...)”;
Que, el Reglamento de Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa, aprobado por Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG, en su artículo 3 establece que “Los viajes al exterior con carácter oficial comprenden las modalidades siguientes: Misión de estudios (...)”;
Que, el Decreto Supremo Nº 001-2009-IN, en su artículo 1, dispone “Hacer extensivo al personal policial y civil de la Policía Nacional del Perú los alcances del Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG (...)”;
Que, la Ley Nº 31953, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2024, en su artículo 10 establece que “10.1. Durante el Año Fiscal 2024, los viajes al exterior de los servidores o funcionarios públicos y representantes del Estado con cargo a recursos públicos deben realizarse en categoría económica (...) La autorización para viajes al exterior de las personas señaladas en el párrafo precedente se aprueba conforme a lo establecido en la Ley Nº 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, y sus normas reglamentarias. (...)”;
Que, mediante Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, se aprueban normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, el cual en su artículo 2, referido al contenido del acto de autorización, establece que “La Resolución de autorización de viajes al exterior de la República estrictamente necesarios, será debidamente sustentada en el interés nacional o en el interés específico de la Institución, y deberá indicar expresamente el motivo del viaje, el número de días de duración del viaje, el monto de los gastos de desplazamiento, viáticos y tarifa Corpac. (...)”;
Que, el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, en su artículo 1, establece que “(...) La autorización de viajes al exterior de personas, que viajen en representación del Poder Ejecutivo irrogando gasto al Tesoro Público, se otorgará mediante Resolución Ministerial del Sector correspondiente, siempre que se sustenten en el interés nacional o en el interés específico de la institución, conforme a la Ley Nº 27619 y el presente Reglamento”;
Que, asimismo, el artículo 4 del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM señala que “Las Resoluciones de autorización de viaje deberán publicarse en el Diario Oficial El Peruano (...)”;
Que, mediante Decreto Supremo Nº 262-2014-EF, se establece disposiciones respecto a montos por Compensación Extraordinaria por Servicios en el Extranjero en Misión Diplomática, Comisión Especial en el Exterior, Misión de Estudios, Comisión de Servicios y Tratamiento Médico Altamente Especializado de personal militar y civil del Sector Defensa e Interior;
Que, a través del informe de Vistos, la Oficina General de Asesoría Jurídica considera legalmente viable tramitar el proyecto de Resolución Ministerial que autorice el viaje al exterior, en misión de estudios, del personal policial mencionado en la parte resolutiva de la presente Resolución Ministerial, del 25 de mayo al 5 de agosto de 2025, al municipio de San Sebastián de Mariquita del departamento de Tolima de la República de Colombia;
Con el visado de la Comandancia General de la Policía Nacional del Perú y de la Oficina General de Asesoría Jurídica del Ministerio del Interior; y,
De conformidad con la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley Nº 27619, Ley que regula la Autorización de Viajes al Exterior de Servidores y Funcionarios Públicos; la Ley Nº 31953, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2024; el Decreto Legislativo Nº 1266, Ley de Organización y Funciones del Ministerio del Interior; el Decreto Legislativo Nº 1267, Ley de la Policía Nacional del Perú; el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, mediante el cual se aprueban las normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; y el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio del Interior, aprobado por Resolución Ministerial Nº 1520-2019-IN;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Autorizar el viaje al exterior, en misión de estudios, del 25 de mayo al 5 de agosto de 2025, al municipio de San Sebastián de Mariquita del departamento de Tolima de la República de Colombia, para los fines expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución, del personal policial que se detalla a continuación:
- Capitán PNP VICTOR AUGUSTO LOPEZ MORENO
- Capitán PNP PAOLA RUTH MENESES ESCALANTE
- Teniente PNP MIREYA MANSILLA PLACIDO
- Teniente PNP ROY MIGUEL PARRA TABOADA
- Teniente PNP RICARDO MONTALVAN CHIRRE
- Teniente PNP CARLOS DAVID CCORISAPRA DIAZ
Artículo 2.- Los gastos por concepto de pasajes aéreos (ida y retorno), incluyendo la tarifa de uso de aeropuerto, son cubiertos por la Unidad Ejecutora 018: Dirección de Aviación Policial, del Pliego 007: Ministerio del Interior, asimismo por concepto de compensación extraordinaria, del personal policial mencionado en el artículo precedente, son cubiertos por la Unidad Ejecutora 002: Dirección de Economía y Finanzas de la Policía Nacional del Perú, del Pliego 007: Ministerio del Interior, de acuerdo al siguiente detalle:
Importe |
Personas |
Total |
|
Pasajes aéreos |
US$ 710,00 |
6 |
US$ 4 260,00 |
Importe |
Días |
Personas |
Total |
|
Compensación extraordinaria Capitanes |
US$ 162,38 |
73 |
2 |
US$ 23 707,48 |
Compensación extraordinaria Tenientes |
US$ 163,28 |
73 |
4 |
US$ 47 677,76 |
Artículo 3.- El otorgamiento de la compensación extraordinaria mensual por misión de estudios se hará por los días reales y efectivos en el exterior, de acuerdo a las disposiciones establecidas en el Decreto Supremo Nº 262-2014-EF, con cargo al respectivo presupuesto institucional del año fiscal correspondiente.
Artículo 4.- Disponer que el personal policial cuyo viaje se autoriza, presente al Titular de la Entidad, dentro de los quince (15) días calendario siguientes a su retorno, un informe detallado donde describa las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado.
Artículo 5.- La presente Resolución Ministerial no da derecho a exoneración o liberación del pago de impuestos o derechos aduaneros, cualquiera sea su clase o denominación.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
CARLOS ALBERTO MALAVER ODIAS
Ministro del Interior
2402688-1