Autorizan viaje del personal FAP para el traslado de la señora Presidenta de la República y Comitiva Oficial a la República del Ecuador
Resolución Ministerial
Nº 00609-2025-DE
Lima, 23 de mayo del 2025
VISTOS:
El Oficio Extra FAP Nº 002032-2025-SECRE/FAP de la Secretaría General de la Comandancia General de la Fuerza Aérea del Perú; el Oficio Nº 01151-2025-MINDEF/VPD-DIGRIN de la Dirección General de Relaciones Internacionales; y el Informe Legal Nº 01023-2025-MINDEF/SG-OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica.
CONSIDERANDO:
Que, la Fuerza Aérea del Perú cuenta con aeronaves de alta performance, como el Learjet LJ-45XR asignados al Grupo Aéreo Nº 8, los cuales realizan vuelos en operación militar, vuelos en apoyo al desarrollo socio económico y vuelos en apoyo al sistema de Defensa Civil, así como vuelos a requerimiento de las más altas autoridades del Gobierno, a favor de la Casa Militar de la Presidencia de la Republica, despacho del Primer Ministro y los diversos Despachos Ministeriales dentro y fuera del país;
Que, mediante Informe Nº 000175-2025-DP/SSCG, la Secretaría de Seguridad de la Casa de Gobierno solicita a la Secretaría General del Despacho Presidencial gestionar, ante el Ministerio de Defensa, el apoyo de transporte aéreo para el traslado (ida y vuelta) de la señora Presidenta de la República y Comitiva Oficial a la ciudad de Quito, República del Ecuador, el 24 de mayo de 2025;
Que, a través del Informe Técnico Legal Nº 005-G8AJ-2025, el Asesor legal del Grupo Aéreo Nº 8 de la Fuerza Aérea del Perú y el 2do Comandante del Escuadrón Aéreo Nº 841 de la citada Institución Armada, opina que es legalmente viable autorizar el viaje al exterior, en comisión de servicio, del personal militar FAP que conforma la tripulación de la aeronave Learjet LJ-45XR FAP 526, encargada de realizar el traslado (ida y vuelta) de la señora Presidenta de la República y Comitiva Oficial a la ciudad de Quito, República del Ecuador, el 24 de mayo de 2025;
Que, conforme a lo señalado en la Exposición de Motivos, la Fuerza Aérea del Perú señala que resulta conveniente para los intereses institucionales autorizar el viaje al exterior del personal militar FAP que conforma la tripulación de la aeronave Learjet LJ-45XR FAP 526, encargada de realizar el traslado (ida y vuelta) de la señora Presidenta de la República y Comitiva Oficial a la ciudad de Quito, República del Ecuador, con la finalidad de participar en la ceremonia de Posesión de Mando del Presidente de Ecuador, permitiendo que el Estado Peruano fortalezca los lazos internacionales con el vecino país de Ecuador;
Que, con Hoja de Gastos Nº 84 DGVC-ME/SIAF-RP, la Institución Armada señala que los gastos por viáticos en comisión de servicio en el exterior se efectuarán con cargo al Presupuesto institucional del Año Fiscal 2025, de la Unidad Ejecutora Nº 005: Fuerza Aérea del Perú, de conformidad con el artículo 13 del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, concordante con lo establecido en el artículo 10 del Reglamento de Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa, aprobado con el Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG;
Que, con la Certificación de Crédito Presupuestario Nº 0000000004 la Fuerza Aérea del Perú garantiza el financiamiento del citado viaje al exterior;
Que, con el Oficio Extra FAP Nº 002032-2025-SECRE/FAP, la Secretaría General de la Comandancia General de la Fuerza Aérea del Perú solicita la autorización de viaje al exterior, en comisión de servicio, del personal FAP que conforma la tripulación de la aeronave Learjet LJ-45XR FAP 526, encargada de realizar el traslado (ida y vuelta) de la señora Presidenta de la República y Comitiva Oficial a la ciudad de Quito, República del Ecuador, el 24 de mayo de 2025;
Que, a través del Oficio Nº 01151-2025-MINDEF/VPD-DIGRIN y el Informe Técnico Nº 229-2025-MINDEF/VPD-DIGRIN-HMC, la Dirección General de Relaciones Internacionales emite opinión favorable para la autorización del citado viaje al exterior;
Que, mediante el Informe Legal Nº 01023-2025-MINDEF/SG-OGAJ, la Oficina General de Asesoría Jurídica del Ministerio de Defensa considera que resulta legalmente viable emitir la resolución ministerial que autorice el presente viaje al exterior, en comisión de servicio, por encontrarse conforme al marco normativo sobre la materia;
Con el visado del Despacho Viceministerial de Políticas para la Defensa; de la Dirección General de Relaciones Internacionales; y de la Oficina General de Asesoría Jurídica;
De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 1134, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Defensa; la Ley Nº 32185, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2025; la Ley Nº 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM; el Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG, que aprueba el Reglamento de Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa.
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Autorizar el viaje al exterior, en comisión de servicio, del personal FAP que se detalla a continuación, que conforma la tripulación de la aeronave Learjet LJ-45XR FAP 526, encargada de realizar el traslado (ida y vuelta) de la señora Presidenta de la República y Comitiva Oficial a la ciudad de Quito, República del Ecuador, el 24 de mayo de 2025.
TRIPULACIÓN PRINCIPAL
Comandante FAP SANTIAGO ALFONSO TELLO ANGULO, con NSA Nº 96805 y DNI Nº 40010124
Comandante FAP JULIO CÉSAR TORRES CASAS, con NSA Nº 96917 y DNI Nº 40096429
Técnico de Tercera FAP FERNANDO NAYRA YAJAHUANCA, con NSA Nº 610230 y DNI Nº 46630982
TRIPULACIÓN ALTERNA
Coronel FAP JIMMY OSWALDO RÍOS TÁVARA, con NSA Nº 96644 y DNI Nº 10863814
Comandante FAP JULIO HUMBERTO RIVAS EGO-AGUIRRE, con NSA Nº 97116 y DNI Nº 40863875
Suboficial de Primera FAP ÁNGEL LUIS OBANDO PARRA, con NSA Nº 610613 y DNI Nº 70026497
Artículo 2.- La participación de la tripulación alterna queda supeditada a la imposibilidad de participación de la tripulación titular.
Artículo 3.- La Fuerza Aérea del Perú efectúa los pagos que correspondan con cargo al Presupuesto Institucional del Año Fiscal 2025, de acuerdo al siguiente concepto:
Viáticos:
US$ 370.00 x 1 días x 3 personas US$ 1,110.00
Total a pagar: US$ 1,110.00
Artículo 4.- El Comandante General de la Fuerza Aérea del Perú queda facultado para variar la fecha de inicio y término de la autorización a que se refiere el artículo 1 de la presente Resolución Ministerial, sin exceder el total de días autorizados, y sin variar la actividad para la cual se autoriza el viaje, ni el nombre del personal autorizado.
Artículo 5.- El personal autorizado debe cumplir con presentar un informe detallado ante el titular de la entidad, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado, dentro de los quince (15) días calendario, contados a partir de la fecha de retorno al país. Asimismo, dentro del mismo plazo efectuará la sustentación de viáticos, conforme a lo indicado en el artículo 6 del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM y su modificatoria.
Artículo 6.- La presente autorización no otorga derecho a exoneración ni liberación de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
Walter Enrique Astudillo Chávez
Ministro de Defensa
2402686-1