Aprueban el Manual de Operaciones (MOP) del Programa de Compensaciones para la Competitividad (AGROIDEAS)
resolución ministerial
N° 0188-2025-MIDAGRI
Lima, 23 de mayo de 2025
VISTOS:
El Oficio N° D000472-2025-MIDAGRI-AGROIDEAS-DE del Director Ejecutivo del Programa de Compensaciones para la Competitividad; el Memorando Nº 0981-2025-MIDAGRI-SG/OGPP de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto; el Informe N° 0075-2025-MIDAGRI-SG/OGPP-OM de la Oficina de Modernización; y, el Informe N° 0640-2025-MIDAGRI-SG/OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y;
CONSIDERANDO:
Que, mediante la Ley Nº 31075, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego, se establece, entre otros, que el Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego (MIDAGRI) ejerce la rectoría sobre las políticas nacionales propias de su ámbito de competencia, las cuales son de obligatorio cumplimiento por los tres niveles de gobierno;
Que, el párrafo 38.1 del artículo 38 de la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, establece que los Programas y Proyectos Especiales son creados, en el ámbito de competencia del Poder Ejecutivo, en un Ministerio o en un Organismo Público, mediante decreto supremo con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros;
Que, mediante el Decreto Legislativo Nº 1077, Decreto Legislativo que crea el Programa de Compensaciones para la Competitividad, se crea el Programa de Compensaciones para la Competitividad (AGROIDEAS), con el objeto de elevar la competitividad de la producción agraria de los medianos y pequeños productores a través del fomento de la asociatividad y la adopción de prácticas y tecnologías agropecuarias ambientalmente adecuadas;
Que, la Tercera Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 31071, Ley de compras estatales de alimentos de origen en la agricultura familiar, otorga vigencia permanente a AGROIDEAS creado por el referido Decreto Legislativo Nº 1077;
Que, mediante la Resolución Ministerial N° 0128-2020-MINAGRI se aprueba el Manual de Operaciones de AGROIDEAS;
Que, por Decreto Supremo N° 098-2021-PCM se aprueba la calificación y relación de los Programas y Proyectos Especiales del Poder Ejecutivo, que dependen de cada Ministerio, calificando a AGROIDEAS, desde el punto de vista organizacional, como Programa;
Que, la Primera Disposición Complementaria Final del Decreto Supremo Nº 011-2024-MIDAGRI, que aprueba el Reglamento del Decreto Legislativo N° 1077, dispone que el MIDAGRI apruebe, mediante resolución ministerial, el Manual de Operaciones de AGROIDEAS;
Que, el literal a) del artículo 53 de los Lineamientos de Organización del Estado, aprobados por Decreto Supremo N° 054-2018-PCM, señala que el Manual de Operaciones (MOP) es el documento técnico normativo de gestión organizacional que formaliza, entre otros, la estructura funcional de los Programas y los Proyectos Especiales;
Que, asimismo, el artículo 55 de los referidos Lineamientos dispone que la propuesta del MOP se sustenta en un Informe Técnico elaborado por la Oficina de Planeamiento y Presupuesto o la que haga sus veces, el cual justifica su estructura y los mecanismos de control y coordinación, y, en un informe legal elaborado por la Oficina de Asesoría Jurídica o la que haga sus veces, que valida la legalidad de las funciones sustantivas asignadas en el MOP; y se aprueba, según corresponda, por resolución ministerial o por resolución del titular de un organismo público, en el caso del Poder Ejecutivo;
Que, conforme al marco normativo citado, mediante el Oficio Nº D000472-2025-MIDAGRI-AGROIDEAS-DE, el Director Ejecutivo de AGROIDEAS remite la propuesta del MOP, sustentado en el Informe Legal Nº D000077-2025-MIDAGRI-AGROIDEAS/UAJ, de su Unidad de Asesoría Jurídica, y los Informes Nº D000042 y D000043-2025-MIDAGRI-AGROIDEAS/UPPS, ambos de su Unidad de Planeamiento, Presupuesto y Seguimiento;
Que, mediante Memorando Nº 0981-2025-MIDAGRI-SG/OGPP, la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto del MIDAGRI hace suyo el Informe Nº 0075-2025-MIDAGRI-SG/OGPP-OM, de la Oficina de Modernización, a través del cual se emite opinión favorable a la propuesta del MOP de AGROIDEAS;
Que, con Informe N° 0640-2025-MIDAGRI-SG/OGAJ, la Oficina General de Asesoría Jurídica del MIDAGRI concluye que resulta viable aprobar el MOP de AGROIDEAS, mediante resolución ministerial;
Con las visaciones del Viceministro de Desarrollo de Agricultura Familiar e Infraestructura Agraria y Riego; del Secretario General; del Director Ejecutivo del Programa de Compensaciones para la Competitividad; del Director General de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto; y, del Director General de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y,
De conformidad con la Ley Nº 31075, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego; el Decreto Supremo Nº 054-2018-PCM, que aprueba los Lineamientos de Organización del Estado; el Decreto Legislativo N° 1077, Decreto Legislativo que crea el Programa de Compensaciones para la Competitividad; y, el Decreto Supremo Nº 011-2024-MIDAGRI, que aprueba el Reglamento del Decreto Legislativo N° 1077;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Aprobar el Manual de Operaciones
Se aprueba el Manual de Operaciones (MOP) del Programa de Compensaciones para la Competitividad (AGROIDEAS), dependiente del Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego (MIDAGRI), que consta de tres (3) títulos, treinta y dos (32) artículos y tres (3) anexos, el mismo que forma parte integrante de la presente Resolución Ministerial.
Artículo 2.- Derogación
Se deroga la Resolución Ministerial N° 0128-2020-
MINAGRI, que aprueba el MOP de AGROIDEAS, y su modificatoria, aprobada por Resolución Ministerial N° 0191-2020-MINAGRI.
Artículo 3.- Implementación
Se dispone que la Dirección Ejecutiva de AGROIDEAS emita las disposiciones necesarias para la adecuada y progresiva implementación del MOP aprobado en el artículo 1 de la presente Resolución Ministerial.
Artículo 4.- Comunicación
Se remite una copia de la presente Resolución Ministerial y del MOP de AGROIDEAS, así como de los Anexos de este último, a la Secretaría de Gestión Pública de la Presidencia del Consejo de Ministros en el plazo no mayor de quince (15) días hábiles, contado a partir de su aprobación, para los fines pertinentes.
Artículo 5.- Publicación y difusión
Se dispone la publicación de la presente Resolución Ministerial y del MOP, así como de los Anexos de este último, aprobado mediante el artículo 1, precedente, en la Plataforma Digital Única del Estado Peruano para Orientación al Ciudadano (www.gob.pe), en la sede digital del Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego (www.gob.pe/midagri) y, en la sede digital de AGROIDEAS (https://www.gob.pe/agroideas), el mismo día de la publicación de la presente Resolución Ministerial en el diario oficial El Peruano.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
ÁNGEL MANUEL MANERO CAMPOS
Ministro de Desarrollo Agrario y Riego
2402666-1