Nombran fiscal adjunta superior provisional del Distrito Fiscal de Junín
resolución de la fiscalía de la nación
Nº 1511-2025-MP-FN
Lima, 23 de mayo de 2025
VISTA:
La Resolución de la Fiscalía de la Nación Nº 957-2025-MP-FN, de fecha 28 de marzo de 2025, y;
CONSIDERANDO:
Mediante la Resolución de vista, se aceptó la renuncia de un fiscal adjunto superior de la Cuarta Fiscalía Superior Penal de Junín, generándose así una plaza por ocupar.
Con la Resolución de la Fiscalía de la Nación Nº 3610-2023-MP-FN, de fecha 22 de diciembre de 2023, se designó a la abogada Johana Pacheco Vila, fiscal provincial titular especializada contra la criminalidad organizada (corporativa) de Junín, Distrito Fiscal de Junín, en la Fiscalía Suprema Especializada en delitos cometidos por Funcionarios Públicos, y con Resolución de la Fiscalía de la Nación Nº 953-2025-MP-FN, de fecha 28 de marzo de 2025, se dispuso su destaque al Despacho de la Fiscalía de la Nación.
Los numerales 3 y 4 del artículo 65 de la Ley Orgánica del Ministerio Público, aprobada por el Decreto Legislativo Nº 052 y modificada por el artículo único de la Ley Nº 31718, establecen que corresponde a la Fiscal de la Nación el nombramiento de los fiscales provisionales de todos los niveles, así como la designación de los fiscales titulares y provisionales en el órgano fiscal respectivo.
Según el numeral 64.2 del artículo 64 de la Ley Nº 30483, modificada por la Ley Nº 31718, los fiscales provisionales son aquellos fiscales titulares que ocupan en caso de vacancia, licencia o impedimento el nivel superior inmediato vacante y aquellos abogados que cumplen los requisitos para el nivel que se les designa.
El artículo 65 de la Ley Nº 30483, Ley de la Carrera Fiscal, modificada por la Ley Nº 31718, establece que el fiscal llamado a cubrir provisionalmente una plaza superior es aquel que ocupe el puesto más alto en el cuadro de méritos de su nivel, como consecuencia del proceso de evaluación del desempeño parcial. En defecto de ello, el nombramiento se realiza respetando el orden de antigüedad, especialidad y experiencia en las funciones a desempeñar.
El Tribunal Constitucional, en reiterada jurisprudencia, ha manifestado que la “(…) provisionalidad constituye una situación fáctica que no genera más derechos que los inherentes al cargo que provisionalmente ejerce quien no ostenta titularidad alguna (…)” (STC Nº 2770-2010-PA/TC); y, la Corte Interamericana de Derechos Humanos en la sentencia de fecha 24 de noviembre de 2020, caso Casa Nina vs. Perú, determinó que no debe extenderse indefinidamente en el tiempo y debe estar sujeta a una condición resolutoria.
Estando a que el Ministerio Público ha establecido como Objetivo Estratégico Institucional (OEI. 01): “Incrementar la capacidad resolutiva de casos fiscales requeridos por la sociedad”; se considera necesario contar con fiscales que cuenten con experiencia en las funciones a desempeñar.
En ese sentido, conforme a las prerrogativas y a la facultad concedida a la Fiscal de la Nación para dirigir, orientar y reformular la política del Ministerio Público, con la finalidad de coadyuvar a la labor fiscal y alcanzar el Objetivo Estratégico Institucional (OEI.01): “Incrementar la capacidad resolutiva de casos fiscales requeridos por la sociedad”, así como alcanzar los objetivos establecidos en el Plan Estratégico Institucional (PEI), que guarda consonancia con la función del Ministerio Público prevista en la Constitución Política del Estado; estando a que la plaza de fiscal adjunto superior descrita en el primer párrafo se encuentra pendiente de ocupar, resulta oportuno emitir el resolutivo correspondiente a fin de nombrar y designar a la abogada Johana Pacheco Vila como fiscal adjunta superior provisional del Distrito Fiscal de Junín, para que ocupe el cargo en la Cuarta Fiscalía Superior Penal de Junín, con retención de su cargo de carrera; en atención al marco normativo antes citado, previa verificación del cumplimiento de los requisitos de ley y conforme al informe Nº 018-2025-MP-FN-OREF-MVCQ, de fecha 22 de mayo de 2025.
Estando a lo expuesto y de conformidad con lo establecido por los artículos 64 y 65 de la Ley Orgánica del Ministerio Público, aprobada con el Decreto Legislativo Nº 052 y modificada por el artículo único de la Ley Nº 31718;
SE RESUELVE:
Artículo Primero.- Dar por concluida la designación de la abogada Johana Pacheco Vila, fiscal provincial titular especializada contra la criminalidad organizada (corporativa) de Junín, Distrito Fiscal de Junín, en la Fiscalía Suprema Especializada en delitos cometidos por Funcionarios Públicos, y su destaque al Despacho de la Fiscalía de la Nación, materia de las Resoluciones de la Fiscalía de la Nación N°s. 3610-2023-MP-FN y 953-2025-MP-FN, de fechas 22 de diciembre de 2023 y 28 de marzo de 2025, respectivamente.
Artículo Segundo.- Nombrar a la abogada Johana Pacheco Vila, como fiscal adjunta superior provisional del Distrito Fiscal de Junín, designándola en la Cuarta Fiscalía Superior Penal de Junín, con retención de su cargo de carrera.
Artículo Tercero.- Hacer de conocimiento a la abogada Johana Pacheco Vila que debe efectuar la correspondiente entrega de cargo, conforme a las disposiciones señaladas en la Directiva General Nº 007-2002-MP-FN “Normas para la Entrega de Cargo”, aprobada por la Resolución de la Fiscalía de la Nación Nº 972-2002-MP-FN, de fecha 13 de junio de 2002.
Artículo Cuarto.- Disponer la notificación de la presente resolución a la Junta Nacional de Justicia, Despacho de la Fiscalía de la Nación, Fiscalía Suprema Especializada en delitos cometidos por Funcionarios Públicos, Presidencias de las Juntas de Fiscales Superiores de los Distritos Fiscales de Junín y Lima Centro, Coordinadora Nacional de las Fiscalías Penales a cargo de los Distritos Fiscales que integran el Grupo “A” y encargada, en adición a sus funciones, de los Distritos Fiscales que integran el Grupo “B”, Gerencia General, Oficina de Registro y Evaluación de Fiscales, Oficina General de Potencial Humano, Oficina de Imagen Institucional y a la fiscal mencionada.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
DELIA M. ESPINOZA VALENZUELA
Fiscal de la Nación
2402596-6