Disponen la publicación del proyecto de Decreto Supremo que aprueba el Reglamento de la Ley N° 29736, Ley de Reconversión Productiva Agropecuaria, así como del referido Reglamento y su exposición de motivos
RESOLUCIÓN MINISTERIAL
N° 0187-2025-MIDAGRI
Lima, 23 de mayo de 2025
VISTOS:
El Oficio N° D000004-2025-MIDAGRI-AGROIDEAS-DE y el Oficio N° D000425-2025-MIDAGRI-AGROIDEAS-DE del Programa de Compensaciones para la Competitividad; y, el Informe N° 0643-2025-MIDAGRI-SG/OGAJ, de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y,
CONSIDERANDO:
Que, la Ley N° 31075, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego, establece que el citado Ministerio ejerce la rectoría sobre las políticas nacionales propias de su ámbito de competencia, las cuales son de obligatorio cumplimiento por los tres niveles de gobierno y es competente en las materias de tierras de uso agrícola y de pastoreo, tierras forestales y tierras eriazas con aptitud agraria; agricultura y ganadería; recursos forestales y su aprovechamiento sostenible; flora y fauna silvestre; sanidad, inocuidad, investigación, extensión, transferencia de tecnología y otros servicios vinculados a la actividad agraria; recursos hídricos; riego, infraestructura de riego y utilización de agua para uso agrario; e infraestructura agraria;
Que, el numeral 2 del artículo 6 de la referida Ley, establece como funciones generales de este Ministerio, las funciones técnico-normativas que, comprende, entre otras, aprobar disposiciones normativas de su competencia, así como las demás que señale la ley;
Que, mediante la Ley N° 29736, Ley de Reconversión Productiva Agropecuaria, se declaró de interés nacional y carácter prioritario la reconversión productiva agropecuaria en el país, como política permanente del Estado en los tres niveles de gobierno y, regula el proceso de reconversión productiva agropecuaria, su alcance y actores involucrados;
Que, el artículo 4 de la Ley N° 29736, dispone que son órganos responsables de la dirección y ejecución de los programas o proyectos de reconversión productiva agropecuaria: a) En el nivel nacional, el Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego, a través del Programa de Compensaciones para la Competitividad, creado por Decreto Legislativo N° 1077, Decreto Legislativo que crea el Programa de Compensaciones para la Competitividad; b) En el nivel regional, los gobiernos regionales en su respectiva circunscripción territorial; y, c) En el nivel local, los gobiernos locales en su respectiva circunscripción territorial;
Que, mediante Decreto Supremo N° 019-2014-MINAGRI se aprueba el Reglamento de la Ley Nº 29736, Ley de Reconversión Productiva Agropecuaria, el cual es modificado posteriormente por el Decreto Supremo N° 019-2017-MINAGRI;
Que, mediante la Ley N° 31331 se modificaron los artículos 2, 4, 5, 6, 7 y 8 de la Ley N° 29736, Ley de Reconversión Productiva Agropecuaria, con el objeto de precisar sus alcances, respecto de las actividades productivas agropecuarias; que, principalmente, incorpora a las áreas otorgadas a través de contratos de cesión en uso para sistemas agroforestales en el marco de la Ley N° 29763, Ley Forestal y de Fauna Silvestre, siempre que, la reconversión se realice con cultivos en sistemas agroforestales o plantaciones forestales; asimismo, incorpora el Marco Orientador de Cultivos y el Plan Nacional de Desarrollo Ganadero, que sirven de referente obligatorio para la aplicación y ejecución de los programas y proyectos de reconversión productiva agropecuaria, entre otros aspectos; además, precisa que el Programa de Compensaciones para la Competitividad es el encargado de la dirección y ejecución de los programas o proyectos de reconversión productiva agropecuaria a nivel nacional;
Que, la Única Disposición Complementaria Final de la Ley N° 31331, dispone que el Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego (MIDAGRI) realiza las modificaciones al Reglamento de la Ley N° 29736, Ley de Reconversión Productiva Agropecuaria, para su adecuada aplicación;
Que, de conformidad con lo establecido en el artículo 114 del Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego, aprobado por Resolución Ministerial Nº 0080-2021-MIDAGRI y el Decreto Legislativo Nº 1077, el Programa de Compensaciones para la Competitividad (AGROIDEAS) es un programa del MIDAGRI que tiene por objeto elevar la competitividad de la producción agraria de los medianos y pequeños productores a través del fomento de la asociatividad y la adopción de prácticas y tecnologías agropecuarias ambientalmente adecuadas, en cuyo contexto, la formulación de la propuesta normativa se encuentra acorde a su objeto;
Que, mediante Oficio N° D000004-2025-MIDAGRI-AGROIDEAS-DE, el cual es complementado con el Oficio N° D000425-2025-MIDAGRI-AGROIDEAS-DE que contiene el Informe N° D000037-2025-MIDAGRI-AGROIDEAS-UPPS de la Unidad de Planeamiento, Presupuesto y Seguimiento, y el Informe N° D000075-2025-MIDAGRI-AGROIDEAS-UAJ, de la Unidad de Asesoría Jurídica, AGROIDEAS propone y sustenta la formulación del Reglamento de la Ley N° 29736, Ley de Reconversión Productiva Agropecuaria, con la finalidad de facilitar a los pequeños y medianos productores agrarios, así como a sus organizaciones agrarias el acceso a recursos no reembolsables a través del cofinanciamiento de programas y proyectos de reconversión productiva agropecuaria, que incluye las actividades forestales, a fin de participar y adaptarse a las oportunidades que ofrece el mercado con productos sostenibles y competitivos;
Que, por otro lado, el párrafo 4.10 del artículo 4 del Reglamento que establece disposiciones sobre publicación y difusión de normas jurídicas de carácter general, resoluciones y proyectos normativos, aprobado por Decreto Supremo Nº 009-2024-JUS, define a la publicación de proyectos normativos como la puesta en conocimiento de proyectos normativos a la ciudadanía, con el objeto de recabar sus comentarios, aportes u opiniones, garantizando el principio de transparencia y máxima divulgación, así como el principio de participación ciudadana y/o de los administrados, antes que, en ejercicio de la potestad normativa, se aprueben normas de carácter general que puedan afectar derechos, obligaciones e intereses;
Que, estando a la normativa glosada precedentemente, así como el sustento de AGROIDEAS contenido en los Oficios N° D000004-2025-MIDAGRI-AGROIDEAS-DE y N° D000425-2025-MIDAGRI-AGROIDEAS-DE, contando con la conformidad de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto y la Dirección General de Políticas Agrarias del MIDAGRI, corresponde disponer la publicación, mediante resolución ministerial, del proyecto de Decreto Supremo que aprueba el Reglamento de la Ley N° 29736, Ley de Reconversión Productiva Agropecuaria, su Reglamento así como su Exposición de Motivos que la sustenta, en la sede digital del Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego, a efecto de recibir los comentarios, aportes, opiniones y sugerencias de las entidades públicas o instituciones privadas, y de la ciudadanía en general, según corresponda;
Con las visaciones del Viceministro de Desarrollo de Agricultura Familiar e Infraestructura Agraria y Riego; del Director Ejecutivo del Programa de Compensaciones para la Competitividad; y, del Director General de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y,
De conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 31075, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego; y el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego, aprobado por Resolución Ministerial Nº 0080-2021-MIDAGRI;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Publicación del proyecto
Disponer la publicación del proyecto de Decreto Supremo que aprueba el Reglamento de la Ley N° 29736, Ley de Reconversión Productiva Agropecuaria, del referido Reglamento así como su Exposición de Motivos, en la sede digital del Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego (www.gob.pe/midagri), por un plazo de quince (15) días calendario, contado a partir del día hábil siguiente de la publicación de la presente Resolución Ministerial en el diario oficial El Peruano, a efecto de recibir comentarios, aportes, opiniones y sugerencias, de las entidades públicas o instituciones privadas, y de la ciudadanía en general, según corresponda.
Artículo 2.- Recepción de comentarios y consolidación
Disponer que el Programa de Compensaciones para la Competitividad se encargue de la recepción, consolidación, sistematización y análisis de los comentarios, aportes, opiniones y sugerencias, según corresponda, respecto del proyecto normativo, citado en el artículo precedente, los que se recibirán a través del documento denominado “Formato de comentarios, aportes, opiniones y sugerencias”, que en Anexo, forma parte integrante de la presente Resolución Ministerial, o vía correo electrónico institucional a la dirección electrónica propuestareconversion@agroideas.gob.pe, a fin de elaborar la propuesta final del acotado Reglamento.
Artículo 3.- Difusión
Disponer la publicación de la presente Resolución Ministerial en las sedes digitales del Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego (www.gob.pe/midagri) y del Programa de Compensaciones para la Competitividad (www.gob.pe/agroideas), el mismo día de su publicación en el Diario Oficial El Peruano.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
ÁNGEL MANUEL MANERO CAMPOS
Ministro de Desarrollo Agrario y Riego
ANEXO FORMATO DE COMENTARIOS, APORTES, OPINIONES Y SUGERENCIAS |
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MINISTERIO DE DESARROLLO AGRARIO Y RIEGO |
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Decreto Supremo que aprueba el Reglamento de la Ley N° 29736, Ley de Reconversión Productiva Agropecuaria El Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego (MIDAGRI), a través del Programa de Compensaciones para la Competitividad (AGROIDEAS), pone a consideración del público interesado el contenido del proyecto de Decreto Supremo que aprueba el Reglamento de la Ley N° 29736, Ley de Reconversión Productiva Agropecuaria, a fin de recibir comentarios, aportes, opiniones y sugerencias de las entidades públicas o instituciones privadas, y de la ciudadanía en general, según corresponda, los que se efectuarán por escrito al Programa de Compensaciones para la Competitividad; vía correo electrónico institucional: propuestareconversion@agroideas.gob.pe; o, a través de la mesa de partes virtual del Programa de Compensaciones para la Competitividad, dentro del plazo de quince (15) días calendario, de acuerdo al formato siguiente: |
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2402543-1