Autorizan Transferencia Financiera a favor del Fondo MIVIVIENDA S.A.

Resolución Ministerial

N° 141-2025-VIVIENDA

Lima, 22 de mayo de 2025

VISTOS:

El Memorándum N° 985-2025-VIVIENDA/VMVU-DGPPVU y el Informe N° 016-2025-VIVIENDA/VMVU-DGPPVU-CBM de la Dirección General de Programas y Proyectos en Vivienda y Urbanismo, el Memorándum N° 835-2025-VIVIENDA/OGPP de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, el Informe N° 0426-2025-VIVIENDA/SG-OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica, y;

CONSIDERANDO:

Que, la Ley N° 30156, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, establece que el Ministerio tiene por finalidad normar y promover el ordenamiento, mejoramiento, protección e integración de los centros poblados, urbanos y rurales, como sistema sostenible en el territorio nacional; asimismo, establece que tiene competencias en las materias de vivienda, construcción, saneamiento, urbanismo y desarrollo urbano, bienes estatales y propiedad urbana; ejerciendo competencias compartidas con los gobiernos regionales y locales en dichas materias;

Que, en el marco de la Ley N° 32185, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2025, (en adelante, la Ley N° 32185), mediante la Resolución Ministerial N° 477-2024-VIVIENDA se aprueba el Presupuesto Institucional de Apertura de Gastos correspondiente al Año Fiscal 2025 del Pliego 037: Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, por la suma de S/ 4 225 119 825,00 (CUATRO MIL DOSCIENTOS VEINTICINCO MILLONES CIENTO DIECINUEVE MIL OCHOCIENTOS VEINTICINCO Y 00/100 SOLES), por toda fuente de financiamiento;

Que, el literal b) del numeral 13.1 del artículo 13 de la Ley N° 32185, autoriza, en el presente Año Fiscal, la realización, de manera excepcional, de transferencias financieras que realice el Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento (MVCS) para el Fondo MIVIVIENDA S.A. que incluye gastos administrativos; las mismas que, según el numeral 13.2 de dicho artículo, se realizan mediante resolución del titular del pliego, previo informe favorable de la oficina de presupuesto o la que haga sus veces en la entidad, y es publicada en el diario oficial El Peruano; asimismo, el numeral 13.3 del mismo artículo dispone que, la entidad pública que transfiere es responsable del monitoreo, seguimiento y cumplimiento de los fines y metas para los cuales transfirieron los recursos;

Que, mediante el Memorándum N° 985-2025- VIVIENDA/VMVU-DGPPVU, sustentado en el Informe N° 016-2025-VIVIENDA/VMVU-DGPPVU-CBM, la Dirección General de Programas y Proyectos en Vivienda y Urbanismo (DGPPVU) informa que se ha suscrito el Convenio N° 039-2025-VIVIENDA “Convenio de transferencia de recursos para la administración del otorgamiento de bonos en el marco de la Ley N° 32185, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2025”, entre el MVCS y el Fondo MIVIVIENDA S.A., por lo que, solicita se expida la Resolución Ministerial que autorice la transferencia financiera a favor del Fondo MIVIVIENDA S.A., hasta por la suma de
S/ 23 000 000,00 (VEINTITRÉS MILLONES Y 00/100 SOLES), destinada a la administración del otorgamiento de bonos que promueve el MVCS, a través de la DGPPVU, en el marco de la autorización establecida en el literal b) del numeral 13.1 del artículo 13 de la Ley N° 32185;

Que, con el Memorándum N° 835-2025-VIVIENDA/OGPP, la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto remite el Informe N° 290-2025-VIVIENDA/OGPP-OP de la Oficina de Presupuesto, mediante el cual se emite opinión favorable en materia presupuestaria y propone el proyecto de Resolución Ministerial que autoriza la transferencia financiera del Pliego 037: Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, Unidad Ejecutora 001: Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento - Administración General, hasta por la suma de S/ 23 000 000,00 (VEINTITRÉS MILLONES Y 00/100 SOLES), en la fuente de financiamiento Recursos Ordinarios, a favor del Fondo MIVIVIENDA S.A., destinada a la administración del otorgamiento de bonos que promueve el MVCS, a través de la DGPPVU, para lo cual, señala que se ha suscrito el convenio correspondiente;

Que, mediante el Informe N° 0426-2025-VIVIENDA/SG-OGAJ, la Oficina General de Asesoría Jurídica señala que, en el marco de lo dispuesto en el literal b) del numeral 13.1 y el numeral 13.2 del artículo 13 de la Ley N° 32185, corresponde se expida la Resolución Ministerial que autorice la transferencia financiera a favor del Fondo MIVIVIENDA S.A.;

Que, en consecuencia, es necesario autorizar la transferencia financiera del Pliego 037: Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, Unidad Ejecutora 001: Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento - Administración General, hasta por la suma de S/ 23 000 000,00 (VEINTITRÉS MILLONES Y 00/100 SOLES), en la fuente de financiamiento Recursos Ordinarios, a favor del Fondo MIVIVIENDA S.A., para los fines señalados en los considerandos precedentes;

De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 32185, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2025; el Decreto Legislativo N° 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público; la Directiva N° 0001-2024-EF/50.01 “Directiva para la Ejecución Presupuestaria”, aprobada por la Resolución Directoral N° 0009-2024-EF/50.01, y modificatoria;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Transferencia Financiera a favor del Fondo MIVIVIENDA S.A.

Autorizar la Transferencia Financiera del Pliego 037: Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, Unidad Ejecutora 001: Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento - Administración General, hasta por la suma de S/ 23 000 000,00 (VEINTITRÉS MILLONES Y 00/100 SOLES), a favor del Fondo MIVIVIENDA S.A., destinada a la administración del otorgamiento de bonos que promueve el Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, a través de la Dirección General de Programas y Proyectos en Vivienda y Urbanismo, de acuerdo al detalle que en Anexo forma parte integrante de la presente Resolución Ministerial.

Artículo 2.- Financiamiento

La Transferencia Financiera autorizada por la presente Resolución Ministerial se atenderá con cargo al presupuesto aprobado en el presente Año Fiscal del Pliego 037: Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, Unidad Ejecutora 001: Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento - Administración General, Programa Presupuestal 9002. Asignaciones Presupuestarias Que No Resultan En Productos, Producto 3999999. Sin Producto, Actividad 5000405. Administración de Recursos Financieros, Fuente de Financiamiento 1. Recursos Ordinarios, Genérica del Gasto 4. Donaciones y Transferencias.

Artículo 3.- Limitación al uso de los recursos

Los recursos de la Transferencia Financiera autorizada por la presente Resolución Ministerial, bajo responsabilidad, no podrán ser destinados a fines distintos para los cuales son transferidos, conforme a lo dispuesto en el numeral 13.3 del artículo 13 de la Ley N° 32185, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2025, y el Convenio N° 039-2025-VIVIENDA.

Artículo 4.- Monitoreo, seguimiento y cumplimiento

La Dirección General de Programas y Proyectos en Vivienda y Urbanismo del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento es responsable del monitoreo, seguimiento y cumplimiento de los fines, metas físicas y financieras para lo cual se realiza la Transferencia Financiera, en el marco de lo dispuesto en el numeral 13.3 del artículo 13 de la Ley N° 32185, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2025, y el Convenio N° 039-2025-VIVIENDA.

Artículo 5.- Información

El Fondo MIVIVIENDA S.A. informará al Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, los avances físicos y financieros de las actividades a que se refiere el artículo 1 de la presente Resolución Ministerial, conforme a lo estipulado en el Convenio N° 039-2025-VIVIENDA.

Artículo 6.- Publicación

Disponer la publicación de la presente Resolución Ministerial y su Anexo en la sede digital del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento (www.gob.pe/vivienda), el mismo día de la publicación de la presente Resolución Ministerial en el diario oficial El Peruano.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

DURICH FRANCISCO WHITTEMBURY TALLEDO

Ministro de Vivienda, Construcción y Saneamiento

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