Autorizan viaje de servidores del SENASA a la República Popular China y Japón, en comisión de servicios
RESOLUCIÓN MINISTERIAL
N° 0182-2025-MIDAGRI
Lima, 22 de mayo de 2025
VISTOS:
El Oficio Nº D000232-2025-MIDAGRI-SENASA-JN, de la Jefa del Servicio Nacional de Sanidad Agraria; el Memorando Nº 1135-2025-MIDAGRI-SG/OGPP de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, que adjunta el Informe Nº 0283-2025-MIDAGRI-SG/OGPP-OCAI de la Oficina de Cooperación y Asuntos Internacionales; y el Informe Nº 0661-2025-MIDAGRI-SG/OGAJ, de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y,
CONSIDERANDO:
Que, la Ley de General de Sanidad Agraria, aprobada por el Decreto Legislativo N°1059, establece que el Servicio Nacional de Sanidad Agraria (SENASA) es un organismo público adscrito al Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego (MIDAGRI), el cual es el responsable de promover y participar en la armonización y equivalencia internacional de normas y medidas sanitarias y fitosanitarias;
Que, mediante Carta Nº D000014-2025-MIDAGRI-SENASA-JN, de fecha 6 de marzo de 2025, la Jefa del SENASA se dirige al Director General de la Administración General de Aduanas de China (GACC por sus siglas en inglés), solicitando sostener una reunión técnica bilateral el 28 de mayo de 2025; asimismo, menciona que la delegación de la República del Perú estará liderada por el Ministro del Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego (MIDAGRI), señor Ángel Manuel Manero Campos; la Jefa del Servicio Nacional de Sanidad Agraria (SENASA), señora Vilma Aurora Gutarra García, así como por los Directores Generales de la Dirección de Sanidad Vegetal y de la Dirección de Sanidad Animal;
Que, con la Carta Nº D000130-2025-MIDAGRI-SENASA-DSV de fecha 7 de marzo de 2025, la Dirección de Sanidad Vegetal del SENASA propone a la División de Protección Vegetal del Ministerio de Agricultura, Silvicultura y Pesca de Japón (MAFF por sus siglas en inglés), sostener una reunión técnica bilateral el 30 de mayo de 2025, indicando que la delegación estará conformada por los servidores Vilma Aurora Gutarra García, Jefa del SENASA; Orlando Antonio Dolores Salas, Director General de la Dirección de Sanidad Vegetal; y un especialista de la Dirección de Sanidad Vegetal;
Que, a través de la Carta Nº D000030-2025-MIDAGRI-SENASA-JN de fecha 21 de marzo de 2025, dirigida al Director General de la GACC, se proponen los temas de interés para nuestro país que deberían incluirse en la agenda de la reunión técnica bilateral; asimismo, se propone que la referida reunión se desarrolle los días 27 y 28 de mayo de 2025. Respecto al primer día, para discutir el establecimiento de los requisitos fitosanitarios de frutos frescos de granada, banana y pitahaya, así como carne de bovino, aves y cerdo; y, el segundo día, reunión de los Ministros de la GACC y del MIDAGRI, a fin de dar a conocer los acuerdos y suscripción de nuevos protocolos para la exportación de productos vegetales y productos pecuarios de nuestro país a la República Popular China;
Que, mediante el Oficio Nº D000076-2025-MIDAGRI-SENASA-DSV de fecha 24 de marzo de 2025, la Dirección de Sanidad Vegetal del SENASA comunica a la Dirección de Promoción Comercial del Ministerio de Relaciones Exteriores de la República del Perú, que el SENASA ha propuesto a la GACC ampliar a dos (2) días la reunión técnica bilateral, proponiendo como fechas el 27 y 28 de mayo de 2025; de la misma forma, se solicitó apoyo para que se realice seguimiento al trámite iniciado;
Que, con la Nota oficial Nº 6/shouan/7836 de fecha 28 de marzo de 2025, la División de Protección Vegetal del MAFF manifiesta estar de acuerdo con celebrar la reunión técnica el 30 de mayo de 2025 en Japón, en la que participarán las autoridades de cuarentena vegetal de Japón;
Que, a través del Oficio RE (PCO) Nº 22-6-BB/194 de fecha 01 de abril de 2025, la Dirección de Promoción Comercial del Ministerio de Relaciones Exteriores de la República del Perú comunica que la GACC ha reservado los días 27 y 28 de mayo de 2025 para sostener la reunión técnica bilateral con el SENASA;
Que, mediante la Carta Nº D000254-2025-MIDAGRI-SENASA-DSV de fecha 24 de abril de 2025, la Dirección de Sanidad Vegetal del SENASA agradece a la División de Protección Vegetal del MAFF su aceptación para sostener una reunión bilateral técnica; asimismo, informa que la delegación estará conformada por los siguientes servidores del SENASA: Vilma Aurora Gutarra García, Orlando Antonio Dolores Salas y Luis Gerson Aquino Campos, así como por funcionarios de la Embajada de la República del Perú en Japón;
Que, con el Oficio Nº D000115-2025-MIDAGRI-SENASA-DSV de fecha 09 de mayo de 2025, la Dirección de Sanidad Vegetal del SENASA comunica a la Dirección de Promoción Comercial del Ministerio de Relaciones Exteriores de la República del Perú que, respecto a las reuniones técnicas con la GACC, la delegación del SENASA estará conformada por los siguientes servidores: Vilma Aurora Gutarra García, Orlando Antonio Dolores Salas, Luis Gerson Aquino Campos y Jorge Arturo Pastor Miranda; del mismo modo, solicita que se ponga en conocimiento de la GACC la conformación precisada;
Que, mediante el Oficio Nº D000232-2025-MIDAGRI-SENASA-JN, la Jefa del SENASA solicita al Despacho Viceministerial de Políticas y Supervisión del Desarrollo Agrario, disponer el trámite de autorización del viaje al exterior de la señora Vilma Aurora Gutarra García, Jefa del SENASA; del señor Orlando Antonio Dolores Salas, Director General de la Dirección de Sanidad Vegetal; del señor Luis Gerson Aquino Campos, Especialista en Exportaciones III de la Subdirección de Cuarentena Vegetal para participar en reuniones técnicas bilaterales con la GACC, que se realizarán en la ciudad de Beijing los días 27 y 28 de mayo de 2025, y con el MAFF, en la ciudad de Tokio el 30 de mayo de 2025; así como la participación del señor Jorge Arturo Pastor Miranda, Director General de la Dirección de Sanidad Animal, para participar en reuniones técnicas bilaterales con la GACC, que se realizarán en la ciudad de Beijing los días 27 y 28 de mayo de 2025;
Que, para tal fin, se adjunta al referido Oficio el Informe Nº D000096-2025-MIDAGRI-SENASA-DSV de la Dirección de Sanidad Vegetal, y el Informe Nº D000035-2025-MIDAGRI-SENASA-DSA, de la Dirección de Sanidad Animal, en los que se exponen las razones técnicas que justifican la participación de los referidos servidores en las reuniones técnicas bilaterales, y se señalan los beneficios a obtenerse con su participación, tales como: (i) el acceso de productos agrícolas a nuevos mercados otorga alternativas para el crecimiento y desarrollo de nuestras agroexportaciones, que en los últimos años ha tenido un crecimiento sostenido, cuyo valor exportado en el año 2024 sumó a US$ 12,784 millones, lo que significó un incremento del 22.1% en comparación al año anterior; posicionándose como uno de los principales países exportadores del mundo; (ii) la apertura del mercado de la República Popular China para frutas frescas de granada, pecanas, castañas, frutas congeladas, frutas frescas de pitahaya, banano y cereza; (iii) la apertura del mercado de Japón para las frutas de arándano y cítricos; (iv) brindar mayores alternativas comerciales para el desarrollo de la agroexportación en nuestro país, del mismo modo, permitirá mejorar la demanda de estos productos e incentivará a productores peruanos y empresas a incrementar las áreas de cultivo, mejorando la economía del productor peruano y generando mayor empleo; (v) fortalecimiento de las relaciones técnicas entre el SENASA y las autoridades fitosanitarias de la República Popular China y el Japón; (vi) oportunidad para que el SENASA y las autoridades fitosanitarias de ambos países evalúen los avances en las gestiones de acceso de productos de mutuo interés; (vii); el acceso a nuevos mercados genera mayor demanda de empleos y servicios por las empresas exportadoras (impacto socio-económico); (viii) brindar mayores alternativas comerciales para el desarrollo del sector porcino, avícola y ganadero en nuestro país, incrementando la demanda de estos productos e incentivar a productores peruanos y empresas, lo que permitirá mejorar la economía de los actores de la cadena productiva (impacto socio-económico), entre otros;
Que, a través del Memorando Nº 1135-2025-MIDAGRI-SG/OGPP, la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto (OGPP), remite el Informe Nº 0283-2025-MIDAGRI-SG/OGPP-OCAI, de la Oficina de Cooperación y Asuntos Internacionales (OCAI), en el que se señala que el expediente de autorización de viaje de la señora Vilma Aurora Gutarra García, Jefa del SENASA; del señor Orlando Antonio Dolores Salas, Director General de la Dirección de Sanidad Vegetal; del señor Luis Gerson Aquino Campos, Especialista en Exportaciones III de la Subdirección de Cuarentena Vegetal; y del señor Jorge Arturo Pastor Miranda, Director General de la Dirección de Sanidad Animal, cumple con acompañar, debidamente visados, los anexos requeridos en el numeral 6.1.1.3 de la Directiva Sectorial Nº 002-2019-MINAGRI, denominada “Directiva del procedimiento para la autorización de viaje, otorgamiento y el control de pasajes, viáticos, y rendición de cuentas por comisión de servicios al exterior e interior del país”, aprobada por Resolución de Secretaría General Nº 0076-2019-MINAGRI, en adelante la Directiva;
Que, asimismo la OCAI señala que dada la naturaleza de las reuniones técnicas bilaterales, es de interés nacional e institucional autorizar el viaje de los referidos servidores del SENASA, en tanto permitirán la apertura del mercado de la República Popular China para frutas frescas de granada, pecanas, castañas, frutas congeladas, frutas frescas de pitahaya, banano y cereza, así como la apertura del mercado de Japón para las frutas de arándano y cítricos; asimismo, brindará mayores alternativas comerciales para el desarrollo de la agroexportación en nuestro país. Del mismo modo, permitirá mejorar la demanda de estos productos e incentivará a productores peruanos y empresas a incrementar las áreas de cultivo, mejorando la economía del productor peruano y generando mayor empleo;
Que, los gastos que irrogue el viaje de los servidores comisionados, por concepto de pasajes aéreos y viáticos, serán asumidos con cargo al Pliego Presupuestal 160: Servicio Nacional de Sanidad Agraria - SENASA, según lo señalado en la certificación de crédito presupuestario contenida en las Notas Nº 0000002564, N° 0000002566, N° 0000002573, Nº 0000002574, 0000002621, y 0000002637;
Que, el numeral 10.1 del artículo 10 de la Ley Nº 32185, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2025, prevé que los viajes al exterior de los servidores o funcionarios públicos y representantes del Estado, con cargo a recursos públicos, deben realizarse en categoría económica y se aprueban conforme a lo establecido en la Ley Nº 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, y sus normas reglamentarias;
Que, la Ley N° 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, tiene como objeto regular la autorización de viajes al exterior de los funcionarios y servidores públicos o representante del Estado que irrogue gastos al Tesoro Público y que se encuentren comprendidos en las entidades públicas sujetas al ámbito de control de la Ley de Presupuesto del Sector Público;
Que, los artículos 1 y 2 del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, que aprueba las normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, modificado por el Decreto Supremo N° 056-2013-PCM, establecen que la autorización de viajes al exterior de funcionarios y servidores públicos o de cualquier persona en representación del Estado que irrogue gastos al Tesoro Público, se otorga por resolución ministerial del respectivo Sector; siendo que la resolución de autorización debe sustentarse en el interés nacional o en el interés específico de la institución, y deberá indicar expresamente el motivo de viaje, el número de días de duración, viáticos, entre otros;
Que, el artículo 4 del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, señala que, las resoluciones de autorización de viaje que irroguen gastos al Tesoro Público, deberán publicarse en el Diario Oficial El Peruano, con anterioridad al viaje;
Que, mediante Informe N° 0661-2025-MIDAGRI-SG/OGAJ, la Oficina General de Asesoría Jurídica manifiesta que se ha cumplido con la normativa en materia de autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; y que, por tanto, debe procederse a la emisión del acto resolutivo de autorización del viaje de los servidores Vilma Aurora Gutarra García, Orlando Antonio Dolores Salas, Luis Gerson Aquino Campos y Jorge Arturo Pastor Miranda, con la finalidad de participar en las reuniones técnicas bilaterales en las ciudades de Tokio y Beijing, conforme a lo descrito en los párrafos precedentes;
Que, teniendo en consideración los itinerarios de los vuelos internacionales y con la finalidad de asegurar la participación de los servidores designados, resulta necesario autorizar el viaje de los servidores Vilma Aurora Gutarra García, Orlando Antonio Dolores Salas y Luis Gerson Aquino Campos del 24 de mayo de 2025 al 01 de junio de 2025; y, del servidor Jorge Arturo Pastor Miranda del 24 al 30 de mayo de 2025; conforme se señala en el Anexo 5 – Formato de Información del Servidor Civil para Viaje al Exterior – de la Directiva y a las reservas de vuelos que obran en el expediente, respecto a cada servidor;
Con las visaciones de la Viceministra de Políticas y Supervisión del Desarrollo Agrario; del Director General de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto; y, del Director General de la Oficina General de Asesoría Jurídica del Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego;
De conformidad con la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley N° 32185, Ley de Presupuesto para el Año Fiscal 2025; la Ley Nº 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; la Ley Nº 31075, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego; el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, Decreto Supremo que aprueba normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos y su modificatoria; el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego, aprobado por Resolución Ministerial Nº 0080-2021-MIDAGRI y, la Directiva Sectorial N° 002-2019-MINAGRI, denominada “Directiva del procedimiento para la autorización del viaje, otorgamiento y control de pasajes, viáticos y rendición de cuentas por comisión de servicios al exterior e interior del país”, aprobada por Resolución de Secretaría General Nº 0076-2019-MINAGRI-SG;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Se autoriza el viaje, en comisión de servicios, de la señora Vilma Aurora Gutarra García, Jefa del Servicio Nacional de Sanidad Agraria; del señor Orlando Antonio Dolores Salas, Director General de la Dirección de Sanidad Vegetal; y del señor Luis Gerson Aquino Campos, Especialista en Exportaciones III de la Subdirección de Cuarentena Vegetal de dicha entidad, a la ciudad de Beijing, República Popular China, y a la ciudad de Tokio, Japón, del 24 de mayo de 2025 al 1 de junio de 2025; y, del señor Jorge Arturo Pastor Miranda, Director General de la Dirección de Sanidad Animal del Servicio Nacional de Sanidad Agraria a la ciudad de Beijing, República Popular China, del 24 al 30 de mayo de 2025, para los fines expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución Ministerial.
Artículo 2.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolución Ministerial son cubiertos con cargo al presupuesto del Pliego Presupuestal 160: Servicio Nacional de Sanidad Agraria - SENASA, de acuerdo al siguiente detalle:
Lima- Beijing-Tokio-Lima – del 24 de mayo de 2025 al 1 de junio de 2025
Nombres y Apellidos |
Viáticos US $ 500 (3 días activ. + 2 días instalación) |
Pasajes Aéreos US $ |
Monto Total US $ |
Vilma Aurora Gutarra García |
2,500.00 |
5,186.68 |
7,686.68 |
Orlando Antonio Dolores Salas |
2,500.00 |
5,186.68 |
7,686.68 |
Luis Gerson Aquino Campos |
2,500.00 |
5,186.68 |
7,686.68 |
Lima-Beijing-Lima – del 24 al 30 de mayo de 2025
Nombres y Apellidos |
Viáticos US $ 500 (2 días activ. + 2 días instalación) |
Pasajes Aéreos US $ |
Monto Total US $ |
Jorge Arturo Pastor Miranda |
2,000.00 |
6,048.90 |
8,048.90 |
Artículo 3.- Dentro de los quince (15) días calendario siguientes a la culminación del viaje, los comisionados citados en el artículo 1 de la presente Resolución Ministerial, deben presentar ante el Titular del Sector y la Titular del Servicio Nacional de Sanidad Agraria, según corresponda, un informe detallado dando cuenta de las acciones realizadas, los resultados obtenidos durante el viaje autorizado y la rendición de cuentas por los viáticos entregados.
Artículo 4.- La presente Resolución Ministerial no otorga derecho a exoneración o liberación de impuestos o de derechos de aduana de cualquier clase o denominación.
Artículo 5.- Se dispone la publicación de la presente Resolución Ministerial en la sede digital del Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego (www.gob.pe/midagri), en la misma fecha de su publicación en el diario oficial El Peruano.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
ÁNGEL MANUEL MANERO CAMPOS
Ministro de Desarrollo Agrario y Riego
2402198-1