Autorizan viaje de personal naval a Ecuador, en comisión de servicios
Resolución Ministerial
N° 00605-2025-DE
Lima, 21 de mayo del 2025
VISTOS:
El Oficio N° 3674/51 de la Secretaría de la Comandancia General de la Marina de Guerra del Perú; el Oficio N° 00964-2025-MINDEF/VPD-DIGRIN de la Dirección General de Relaciones Internacionales; y, el Informe Legal N° 00975-2025-MINDEF/SG-OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica.
CONSIDERANDO:
Que, mediante Carta s/n de fecha 19 de marzo de 2025, el Comandante General de la Armada del Ecuador hace extensiva la invitación al Comandante General de la Marina de Guerra del Perú, para participar, entre otros, en el Ejercicio de Derrame de Hidrocarburos, a llevarse a cabo en Puerto Bolívar, Machala, República del Ecuador, del 28 al 30 de mayo de 2025;
Que, con Oficio Nº 0212/42, el Comandante General de la Marina de Guerra del Perú comunica al Comandante General de la Armada del Ecuador, que se ha dispuesto la participación de la Patrullera Marítima B.A.P. “RÍO LOCUMBA” (PM-209) en el citado ejercicio;
Que, a través del Informe Legal N° 067-2025, la Jefatura de la Oficina de Asesoría Jurídica de la Dirección General de Capitanías y Guardacostas de la Marina de Guerra del Perú opina que es viable autorizar el viaje al exterior, en comisión de servicio, del personal naval a bordo de la Patrullera Marítima B.A.P. “RÍO LOCUMBA” (PM-209), para participar en el Ejercicio Binacional de Derrame de Hidrocarburos, en el lugar y fechas programadas;
Que, en la Exposición de Motivos anexada al expediente, se señala que resulta conveniente para los intereses institucionales autorizar el presente viaje al exterior, en comisión de servicio, por cuanto le permitirá al personal designado adquirir experiencias y conocimientos técnicos para salvaguardar la vida humana, así como establecer mecanismos de organización, recursos y estrategias para hacer frente de una manera segura y eficiente a una emergencia, de contaminación del medio acuático, provocada por una fuga accidental, derrame de hidrocarburos o de otras sustancias contaminantes, empleando coordinadamente los recursos humanos y materiales disponibles, así como de las capitanías marítimas, organizaciones del sector público, empresas públicas y privadas, comercio organizado y población civil en general, con el fin de contrarrestar los posibles daños físicos, químicos, biológicos, sociales y económicos que puedan ocasionar este tipo de incidentes, permitiendo elevar el nivel de coordinación entre las autoridades marítimas de los países participantes y tener control de las actividades que se realizan en la zona de frontera marítima;
Que, de acuerdo con la Hoja de Gastos N° 092-2025, suscrita por el Jefe de la División de Pasaportes, Visas y Viáticos de la Dirección de Administración de Personal de la Marina de Guerra del Perú y por el Jefe de la Oficina de Gestión de Remuneraciones, Pasajes y Viáticos de dicha Institución Armada, el gasto por concepto de asignación especial por estadía en puerto extranjero se efectuará con cargo al Presupuesto Institucional del Año Fiscal 2025 de la Unidad Ejecutora 004: Marina de Guerra del Perú, conforme a lo establecido en el artículo 12 del Reglamento de Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa, aprobado con el Decreto Supremo N° 002-2004-DE/SG;
Que, mediante Hoja de Disponibilidad Presupuestaria N° 103-2025, el Jefe de la Oficina de Planes, Programas y Presupuestos de la Sub-Unidad Ejecutora 01 “Personal y Bienestar” de la Dirección General de Personal de la Marina de Guerra del Perú, detalla los recursos que se verán involucrados en la ejecución del presente viaje al exterior, en comisión de servicio; asimismo, con la Certificación de Crédito Presupuestario N° 0000000001, emitida por el Departamento de Evaluación y Ejecución Presupuestaria de la Dirección de Presupuesto de la citada Institución Armada, se garantiza su financiamiento;
Que, con Oficio N° 3674/51, la Secretaría de la Comandancia General de la Marina de Guerra del Perú solicita la autorización de viaje al exterior, en comisión de servicio, del personal naval (anexo A) a bordo de la Patrullera Marítima B.A.P. “RÍO LOCUMBA” (PM-209) para participar en el Ejercicio Binacional de Derrame de Hidrocarburos, a realizarse en Puerto Bolívar, Machala, República del Ecuador, del 28 al 30 de mayo de 2025; y de acuerdo con el itinerario previsto (anexo B) deberán zarpar del Puerto de Paita, República del Perú, el 27 de mayo de 2025, arribando a Puerto Bolívar, República del Ecuador, el 28 de mayo de 2025, así como el zarpe de retorno de Puerto Bolívar, República del Ecuador, el 30 de mayo de 2025, arribando al Puerto de Paita el 31 de mayo de 2025, con permanencia en puerto extranjero por un período de tres (3) días;
Que, el numeral 2.1 del artículo 2 del Decreto Supremo N° 262-2014-EF, que establece disposiciones respecto a montos por compensación extraordinaria por servicio en el Extranjero, en Misión Diplomática, Comisión Especial en el Exterior, Misión de Estudios, Comisión de Servicios y Tratamiento Médico Altamente Especializado de personal militar y civil del Sector Defensa e Interior, dispone que el monto de la compensación extraordinaria mensual por servicio en el extranjero, será reducido en la misma cantidad que la bonificación otorgada de conformidad con los literales a), b) o c) del artículo 8 del Decreto Legislativo N° 1132, Decreto Legislativo que aprueba la nueva estructura de ingresos aplicable al personal militar de las Fuerzas Armadas y policial de la Policía Nacional del Perú;
Que, asimismo, el numeral 2.2 del artículo 2 del Decreto Supremo N° 262-2014-EF establece que, en el caso que la comisión de servicios se realice a bordo de Unidades Navales de Superficie o Submarinas, el monto de la compensación extraordinaria por servicios en el extranjero será calculado teniendo en cuenta cada día de estadía en puerto extranjero y según los porcentajes del monto de la compensación extraordinaria determinada conforme a su artículo precedente y que se señalan en el Anexo 4 del citado decreto supremo;
Que, a través del Oficio N° 00964-2025-MINDEF/VPD-DIGRIN y el Informe Técnico N° 078-2025-MINDEF/VPD-DIGRIN-LAYC, la Dirección General de Relaciones Internacionales emite opinión favorable sobre la autorización de viaje al exterior referido en los considerandos precedentes;
Que, mediante el Informe Legal N° 00975-2025-MINDEF/SG-OGAJ, la Oficina General de Asesoría Jurídica considera que resulta legalmente viable emitir la resolución ministerial que autorice el presente viaje al exterior, en comisión de servicio, por encontrarse conforme al marco normativo sobre la materia;
Con el visado del Despacho Viceministerial de Políticas para la Defensa; de la Dirección General de Relaciones Internacionales; y, de la Oficina General de Asesoría Jurídica;
De conformidad con el Decreto Legislativo N° 1134, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Defensa; la Ley N° 32185, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2025; la Ley N° 27619, Ley que regula la Autorización de Viajes al Exterior de Servidores y Funcionarios Públicos; el Decreto Supremo N° 047-2002-PCM, que aprueba normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; el Decreto Supremo N° 002-2004-DE/SG, que aprueba el reglamento de Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa y sus modificatorias; y, el Decreto Supremo N° 262-2014-EF, que establece disposiciones respecto a montos por Compensación Extraordinaria por Servicios en el Extranjero, en Misión Diplomática, Comisión Especial en el Exterior, Misión de Estudios, Comisión de Servicios y Tratamiento Médico Altamente Especializado de personal militar y civil del Sector Defensa e Interior.
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Autorizar el viaje al exterior, en comisión de servicio, del personal naval a bordo de la Patrullera Marítima B.A.P. “RÍO LOCUMBA” (PM-209) que se detalla en la relación nominal del Anexo A, que forma parte integrante de la presente resolución ministerial, para participar en el Ejercicio Binacional de Derrame de Hidrocarburos, a realizarse a cabo en Puerto Bolívar, Machala, República del Ecuador, del 28 al 30 de mayo de 2025; y, de acuerdo al itinerario que se detalla en el Anexo B, el cual forma parte integrante de la presente resolución ministerial, deberán zarpar del Puerto de Paita, República del Perú el 27 de mayo de 2025 y arribar al citado puerto el 31 de mayo de 2025, con permanencia en puerto extranjero por un período de tres (3) días.
Artículo 2.- La Marina de Guerra del Perú efectúa los pagos que correspondan con cargo al Presupuesto Institucional del Año Fiscal 2025, de acuerdo a los siguientes conceptos:
Asignación Especial por Estadía en Puerto Extranjero:
Puerto Bolívar (República del Ecuador)
US$ 77.72 x 1 Oficial Superior x 3 días US$ 233.16
Puerto Bolívar (República del Ecuador)
US$ 64.76 x 5 Oficiales Subalternos x 3 días US$ 971.40
Puerto Bolívar (República del Ecuador)
US$ 61.67 x 29 Personal Subalterno x 3 días US$ 5,365.29
Puerto Bolívar (República del Ecuador)
US$ 38.86 x 2 Personal de Marinería x 3 días US$ 233.16
Total a pagar: US$ 6,803.01
Artículo 3.- El Comandante General de la Marina de Guerra del Perú queda facultado para variar el puerto de recalada, la fecha de zarpe o arribo y la duración de la estadía en puerto, que no amerite mayor asignación económica a la autorizada en el artículo 2 de la presente resolución ministerial, sin incrementar la asignación especial por estadía en puerto extranjero y sin variar la actividad para la cual se autoriza el viaje, así como en situaciones de urgencia que afecten el itinerario e impidan cumplir con los días establecidos, como las que se indican a continuación:
• Por condiciones meteorológicas desfavorables, averías mayores y cualquier situación logística de emergencia que pueda afectar la seguridad del personal o ponga en riesgo las unidades durante la navegación o en su permanencia en los puertos a recalar.
• Por evaluación de la situación política o de seguridad del país de recalada previo al arribo o durante su permanencia en él.
• Por condiciones de salud de algún tripulante de las dotaciones que requiera ser evacuado o trasladado para atención médica de emergencia.
Artículo 4.- El Comandante General de la Marina de Guerra del Perú, mediante Resolución de la Comandancia General de la Marina, queda facultado para reemplazar, desembarcar y/o disponer el retorno al Puerto de Paita, con cargo al presupuesto institucional, a cualquier tripulante que cometa infracciones disciplinarias graves o muy graves, por motivos de salud personal o de familiar directo, o en casos de fuerza mayor que requieran la presencia del tripulante.
Artículo 5.- El personal naval más antiguo comisionado debe cumplir con presentar un informe detallado ante el titular de la entidad, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado, dentro de los quince (15) días calendario contados a partir de la fecha de retorno al país.
Artículo 6.- La presente autorización no otorga derecho a exoneración ni liberación de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
WALTER ENRIQUE ASTUDILLO CHÁVEZ
Ministro de Defensa
Anexo A
RELACIÓN DEL PERSONAL NAVAL QUE PARTICIPARÁ A BORDO DE LA PATRULLERA MARÍTIMA B.A.P. “RÍO LOCUMBA” (PM-209) EN EL EJERCICIO BINACIONAL DE DERRAME
DE HIDROCARBUROS
Nº |
GRADO |
ESP. |
APELLIDOS Y NOMBRES |
CIP. |
DNI. |
1 |
C. de C. |
CG. |
YOKOTA BELAUNDE ROBERTO CARLOS |
00019446 |
42130814 |
2 |
Tte. 1° |
CG. |
ANDERSON BALAREZO NICHOLAS |
01017937 |
47045439 |
3 |
Tte. 2° |
CG. |
RAMIREZ NARREA MIGUEL ANGEL |
00131659 |
72706561 |
4 |
A. de F. |
CG. |
PEREYRA GAYOSO CARLOS MAURICIO |
00129719 |
72529693 |
5 |
A. de F. |
CG. |
VELIZ BELTRAN YELITZA ARLETH |
00129823 |
73985888 |
6 |
A. de F. |
CG. |
HUERTA RAMIREZ EVELYN ISABEL |
00122841 |
75853279 |
7 |
T2. |
MOT. |
NAVARRO HUARI FELIX GABRIEL |
00055025 |
40489845 |
8 |
T3. |
SEN. |
CORDOVA NUÑEZ JHOEL ISAC |
02058327 |
42579102 |
9 |
T3. |
MAN. |
DEZA GIRALDO DANNY MANUEL |
00083549 |
43296070 |
10 |
T3. |
MAN. |
VELA ZEVALLOS ANDERSON |
01018565 |
41825599 |
11 |
T3. |
ECO. |
ANTONIO REYES JHON DEILON |
00093646 |
43860279 |
12 |
T3. |
MOT. |
RAMOS VEGA RAUL HUMBERTO |
01033694 |
43523603 |
13 |
T3. |
MOT. |
DAGA HUARACA DANI DANIEL |
01011777 |
44808446 |
14 |
T3. |
CCG. |
QUISPE FLORES LUIS MARCOS |
00063885 |
43155077 |
15 |
OM1. |
ART. |
ZAMORA CASTRO JOSE ANTONIO |
01060582 |
43816869 |
16 |
OM1. |
MAQ. |
GAMARRA ANGULO JUAN JEYSON |
01100051 |
70563692 |
17 |
OM1. |
PAN. |
ISUIZA CHAVEZ CAMILO SEXTO |
00027674 |
44752147 |
18 |
OM1. |
ELE. |
TORRES SALINAS JEYSON DAVID |
00159153 |
46382984 |
19 |
OM1. |
HID. |
GARCIA ORIHUELA ANGELO EDUARDO |
01123324 |
76725481 |
20 |
OM1. |
ADM. |
UTURUNCO CABALLERO JORGE LUIS |
01160333 |
61663734 |
21 |
OM1. |
MAQ. |
CHIRI RUA DIEGO STIBEN |
01111346 |
73331321 |
22 |
OM1. |
MOT. |
TRUJILLO AMAYA GABRIEL LIZARDO |
01111486 |
72746377 |
23 |
OM1. |
CCG. |
COLQUE MACHACCA LUIS ALBERTO |
00120273 |
72254836 |
24 |
OM1. |
MAQ. |
VIDAL MOREY RICHARD MIGUEL |
01165240 |
47533286 |
25 |
OM2. |
SVC. |
PINTADO GIRON FRANCISCO JAVIER |
01117063 |
47463373 |
26 |
OM2. |
CCG. |
CUEVA BUSTAMANTE LEIVIS MANUEL |
01184234 |
48120509 |
27 |
OM2. |
ART. |
SANTIAGO ARIAS CESAR ALFONSO |
00174774 |
73785002 |
28 |
OM2. |
ART. |
RIOS ROJAS RIDER JEAMPIER |
01117877 |
70845563 |
29 |
OM3. |
TEL. |
ROMERO PINEDO YAMIL EDGARDO |
00142918 |
76570590 |
30 |
OM3. |
ENF. |
GIRON SANTOS JOSELUIS ANTONI |
02111822 |
71296202 |
31 |
OM3. |
ECO. |
TUESTA CHAVEZ FRANKLIN BENJAMIN |
00233201 |
72123564 |
32 |
OM3. |
ELE. |
SUCLUPE RIOJAS JAIME JHOEL |
00252050 |
75394362 |
33 |
OM3. |
ADM. |
ESCURRA ALBORNOZ FRANCISCO FABIAN |
00241283 |
78960727 |
34 |
OM3. |
CCG. |
SOLANO VASQUEZ FRANK REMIGIO |
00231241 |
74253467 |
35 |
OM3. |
TEL. |
VELASQUEZ ROSALES JOSE SANTIAGO |
00267284 |
73770452 |
36 |
GRU. |
SVC. |
HUAMAN CORDOVA ELI |
01261496 |
77149682 |
37 |
GRU. |
CUB. |
LAZARO SOTO STIVE ANTHONY |
01282451 |
74453694 |
Anexo B
ITINERARIO DEL EJERCICIO BINACIONAL DE DERRAME DE HIDROCARBUROS - B.A.P. “RÍO LOCUMBA” (PM-209)
2402051-1