Autorizan Transferencia Financiera a favor de la Organización de Aviación Civil Internacional (OACI)

Resolución Ministerial

N° 297-2025-MTC/01

Lima, 21 de mayo de 2025

VISTOS: El Memorando N° 1063-2024-MTC/09 de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, y el Memorando N° 0524-2024-MTC/12 de la Dirección General de Aeronáutica Civil; y,

CONSIDERANDO:

Que, el artículo 8 de la Ley N° 27261, Ley de Aeronáutica Civil del Perú, establece que el Ministerio de Transportes y Comunicaciones es la única Autoridad Aeronáutica Civil, siendo ésta ejercida por la Dirección General de Aeronáutica Civil como dependencia especializada del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, con autonomía técnica, administrativa y financiera necesaria para el cumplimiento de sus funciones;

Que, la Tercera Disposición Complementaria de la Ley N° 27261, Ley de Aeronáutica Civil del Perú, dispone que el Ministerio de Transportes y Comunicaciones suscribe o autoriza la suscripción de acuerdos de cooperación técnica con la Organización de Aviación Civil Internacional (OACI), organismo técnico de las Naciones Unidas, a fin de garantizar y asegurar los medios técnicos, profesionales y administrativos suficientes que permitan a la Dirección General de Aeronáutica Civil cumplir adecuadamente con todas las actividades de su competencia;

Que, mediante la Sexagésima Quinta Disposición Complementaria Final de la Ley N° 30372, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2016, se autoriza al Ministerio de Transportes y Comunicaciones, durante el año 2016, a celebrar un Acuerdo de Asistencia Técnica con la Organización de Aviación Civil Internacional (OACI), para que apoye a la Dirección General de Aeronáutica Civil a que cumpla adecuadamente de sus actividades; asimismo, autoriza al Ministerio de Transportes y Comunicaciones a transferir financieramente, a favor del mencionado organismo internacional, con cargo a su presupuesto institucional, los recursos correspondientes para la ejecución del referido Acuerdo de Asistencia Técnica. Dicha transferencia se aprueba mediante resolución del Titular del pliego del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, la misma que se publica en el Diario Oficial “El Peruano”;

Que, con fecha 23 de diciembre de 2016, el Ministerio de Transportes y Comunicaciones suscribe con la Organización de Aviación Civil Internacional (OACI), el Acuerdo de Asistencia Técnica N° PER/17/801, titulado “El fortalecimiento de la Aeronáutica Civil del Perú para el Desarrollo Aeronáutico y mejora continua de la Seguridad Operacional” (en adelante, el Acuerdo de Asistencia Técnica N° PER/17/801), mediante el cual las partes acuerdan que la Organización de Aviación Civil Internacional (OACI), a través del Proyecto PER/17/801, brinda asistencia técnica, acompañamiento, transferencia de conocimientos, fortalecimiento de capacidades, así como servicios de gestión y otros servicios de apoyo que requiera la Dirección General de Aeronáutica Civil, que le permitan cumplir adecuadamente con las actividades de su competencia, con el propósito de fortalecer la actividad aeronáutica civil en el Perú para el desarrollo aeronáutico y mejora continua de la seguridad operacional;

Que, el Anexo N° 01 del Acuerdo de Asistencia Técnica N° PER/17/801, establece que el mismo tiene un plazo de vigencia de cuatro (4) años y once (11) meses, desde el mes de febrero de 2017 hasta diciembre de 2021, y que el presupuesto del Proyecto PER/17/801 asciende a US$ 51 987 651,00 (Cincuenta y Un Millones Novecientos Ochenta y Siete Mil Seiscientos Cincuenta y Uno con 00/100 Dólares de los Estados Unidos de América), el cual es asumido por el Ministerio de Transportes y Comunicaciones;

Que, mediante la Décima Sexta Disposición Complementaria Final de la Ley N° 31084, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2021, se autoriza al Ministerio de Transportes y Comunicaciones, durante el Año Fiscal 2021, a suscribir una Adenda al Acuerdo de Asistencia Técnica N° PER/17/801, celebrado con la Organización de Aviación Civil Internacional (OACI), con el fin de ampliar sus objetivos, el plazo y modificar su presupuesto, para continuar con el apoyo a la Dirección General de Aeronáutica Civil del Ministerio de Transportes y Comunicaciones para el cumplimiento adecuado de las actividades de su competencia;

Que, con fecha 3 de diciembre de 2021, el Ministerio de Transportes y Comunicaciones y la Organización de Aviación Civil Internacional (OACI) suscriben la Adenda N° 01 al Acuerdo de Asistencia Técnica N° PER/17/801, en virtud de la cual las partes acuerdan: i) ampliar el plazo de duración del referido Acuerdo por cinco (5) años, de enero de 2022 a diciembre de 2026; ii) establecer que el presupuesto general para la ejecución del Proyecto en virtud de la Adenda N° 01 asciende a la suma de US$ 62 125 242,95 (Sesenta y Dos Millones Ciento Veinticinco Mil Doscientos Cuarenta y Dos y 95/100 Dólares de los Estados Unidos de América), distribuido en el periodo 2022 - 2026; y, iii) establecer los objetivos para el periodo 2022 - 2026, orientados al desarrollo e implementación de la planificación estratégica como instrumento técnico y de gestión, bajo un enfoque de procesos y gestión de riesgos, servicios de calidad, medio ambiente y seguridad, entre otros, para lograr el desarrollo equilibrado y sostenido de la aeronáutica civil;

Que, mediante el literal q) del numeral 13.1 y el numeral 13.2 del artículo 13 de la Ley N° 32185, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2025, se autoriza al Ministerio de Transportes y Comunicaciones para realizar, de manera excepcional, transferencias financieras, en el presente Año Fiscal, a favor de la Organización de Aviación Civil Internacional (OACI), en el marco de la Adenda N° 01 al Acuerdo de Asistencia Técnica N° PER/17/801, suscrita con dicha organización internacional; para que siga brindando el apoyo y sostenibilidad a la Dirección General de Aeronáutica Civil, a fin de seguir cumpliendo adecuadamente con las actividades de su competencia, disponiendo que dichas transferencias financieras se realicen con cargo al presupuesto institucional del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, sin demandar recursos adicionales al Tesoro Público, y se aprueban mediante resolución del Titular del Pliego, previo informe favorable de la Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces, la misma que debe ser publicada en el Diario Oficial “El Peruano”;

Que, con el Memorando N° 0524-2025-MTC/12, la Dirección General de Aeronáutica Civil remite el Informe N° 002-2025-MTC/12.00.02 de su Coordinación Administrativa, a través del cual sustenta la necesidad de aprobar una transferencia financiera hasta por la suma de S/ 32 290 104,00 (Treinta y Dos Millones Doscientos Noventa Mil Ciento Cuatro y 00/100 Soles), a favor de la Organización de Aviación Civil Internacional (OACI), considerando que el presupuesto para la ejecución de las actividades contempladas en la Adenda N° 01 al Acuerdo de Asistencia Técnica N° PER/17/801, establece que para el ejercicio fiscal 2025 corresponde realizar una transferencia de US$ 13 023 387,23 (Trece Millones Veintitrés Mil Trescientos Ochenta y Siete y 23/100 Dólares de los Estados Unidos de América), a favor del mencionado organismo internacional;

Que, por el Memorando N° 1063-2025-MTC/09, la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto hace suyo el Informe N° 0425-2025-MTC/09.03 de su Oficina de Presupuesto, a través del cual emite opinión favorable en materia presupuestal y propone el proyecto de Resolución Ministerial que autoriza la transferencia financiera a favor de la Organización de Aviación Civil Internacional (OACI), hasta por la suma de S/ 32 290 104,00 (Treinta y Dos Millones Doscientos Noventa Mil Ciento Cuatro y 00/100 Soles), en la fuente de financiamiento Recursos Ordinarios, para financiar la ejecución de la Adenda N° 01 al Acuerdo de Asistencia Técnica N° PER/17/801, en el marco de lo establecido en el literal q) del numeral 13.1 y el numeral 13.2 del artículo 13 de la Ley N° 32185, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2025;

Que, en consecuencia, corresponde autorizar una transferencia financiera a favor de la Organización de Aviación Civil Internacional (OACI) hasta por la suma de S/ 32 290 104,00 (Treinta y Dos Millones Doscientos Noventa Mil Ciento Cuatro y 00/100 Soles), con cargo al presupuesto institucional del Ministerio de Transportes y Comunicaciones para el Año Fiscal 2025, para financiar la ejecución de la Adenda N° 01 al Acuerdo de Asistencia Técnica N° PER/17/801;

De conformidad con lo dispuesto por la Ley N° 32185, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2025; la Ley N° 27261, Ley de Aeronáutica Civil del Perú; la Ley N° 29370, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; y, el Texto Integrado actualizado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, aprobado por Resolución Ministerial N° 658-2021-MTC/01;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Objeto

Autorizar una Transferencia Financiera a favor de la Organización de Aviación Civil Internacional (OACI), hasta por la suma de S/ 32 290 104,00 (Treinta y Dos Millones Doscientos Noventa Mil Ciento Cuatro y 00/100 Soles), para financiar la ejecución de la Adenda N° 01 al Acuerdo de Asistencia Técnica N° PER/17/801, titulado “El Fortalecimiento de la Aeronáutica Civil del Perú para el Desarrollo Aeronáutico y mejora continua de la Seguridad Operacional”, conforme a lo señalado en la parte considerativa de la presente Resolución Ministerial.

Artículo 2.- Financiamiento

La Transferencia Financiera autorizada por el artículo 1 de la presente Resolución Ministerial, se atiende con cargo al Presupuesto Institucional del Pliego 036: Ministerio de Transportes y Comunicaciones para el Año Fiscal 2025, Unidad Ejecutora 001: Administración General, en la fuente de financiamiento Recursos Ordinarios por la suma de S/ 32 290 104,00 (Treinta y Dos Millones Doscientos Noventa Mil Ciento Cuatro y 00/100 Soles), del Programa Presupuestal 0138: Reducción del Costo, Tiempo e Inseguridad en el Sistema de Transporte, Acciones Comunes 3000001: Acciones Comunes, Actividad 5000276 Gestión del Programa, Genérica del Gasto 2.4: Donaciones y Transferencias, Específica 2.4.1 2.1 99 A Otros Organismos Internacionales.

Artículo 3.- Limitación al uso de los recursos

Los recursos de la Transferencia Financiera aprobada por el artículo 1 de la presente Resolución Ministerial, no pueden ser destinados, bajo responsabilidad, a fines distintos para los cuales son transferidos.

Artículo 4.- Publicación

Disponer la publicación de la presente Resolución Ministerial en la sede digital del Ministerio de Transportes y Comunicaciones (www.gob.pe/mtc), el mismo día de su publicación en el Diario Oficial “El Peruano”.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

CÉSAR SANDOVAL POZO

Ministro de Transportes y Comunicaciones

2402010-1