Aprueban modificación de los “Lineamientos para el cumplimiento del Decreto Supremo Nº 001-2025-EF, Decreto Supremo que aprueba las compras corporativas obligatorias para la adquisición de papelería en general, útiles de oficina y materiales de aseo y limpieza, a través de los Catálogos Electrónicos de Acuerdo Marco y dicta otras disposiciones”

RESOLUCIÓN JEFATURAL-D

Nº 000008-2025-PERÚ COMPRAS-JEFATURA

San Isidro, 21 de mayo del 2025

VISTOS:

El Informe-D Nº 000013-2025-PERÚ COMPRAS-DECEM, de fecha 20 de mayo de 2025, emitido por la Dirección de Compras Electrónicas y Modalidades Eficientes; el Informe- D Nº 000004-2025-PERÚ COMPRAS-DETN, de fecha 21 de mayo de 2025, emitido por la Dirección de Estrategias y Técnica Normativa; y, el Informe-D Nº 000017-2025-PERÚ COMPRAS-OAJ, de fecha 21 de mayo de 2025, emitido por la Oficina de Asesoría Jurídica de la Central de Compras Públicas - PERÚ COMPRAS; y,

CONSIDERANDO:

Que, con Decreto Legislativo Nº 1018 se creó el Organismo Público Ejecutor denominado Central de Compras Públicas - PERÚ COMPRAS, adscrito al Ministerio de Economía y Finanzas, que tiene personería jurídica de derecho público, con autonomía técnica, funcional, administrativa, económica y financiera;

Que, por medio del Decreto Supremo Nº 052-2019-EF se aprobó el Reglamento de Organización y Funciones (ROF) de la Central de Compras Públicas – PERÚ COMPRAS;

Que, en el artículo 7 del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 30225, Ley de Contrataciones del Estado, en adelante el “TUO de la Ley de Contrataciones”, se dispuso que, varias Entidades pueden consolidar la contratación de bienes y servicios para satisfacer sus necesidades comunes, mediante un procedimiento de selección único, a fin de alcanzar condiciones más ventajosas para el Estado a través de la agregación de demanda, conforme a lo establecido en el reglamento;

Que, los numerales 107.1 y 107.2 del artículo 107 del Reglamento de la Ley Nº 30225, aprobado con Decreto Supremo Nº 344-2018-EF y modificatorias, previa que, mediante decreto supremo del Ministerio de Economía y Finanzas, con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros, se establecen los bienes y servicios en general que se contratan mediante Compras Corporativas Obligatorias, así como las Entidades participantes y las entidades que conforman el Comité Técnico Especializado, en este último caso, solo de corresponder; siendo la Central de Compras Públicas - PERÚ COMPRAS la Entidad encargada de realizar las Compras Corporativas Obligatorias a través de cualquier método de contratación, de acuerdo a lo establecido en el Decreto Legislativo Nº 1018; Decreto Supremo que se emita para tal efecto, así como, los dispositivos y documentos de orientación que emita PERÚ COMPRAS;

Que, el Decreto Supremo Nº 001-2025-EF, Decreto Supremo que aprueba las compras corporativas obligatorias para la adquisición de papelería en general, útiles de oficina y materiales de aseo y limpieza, a través de los Catálogos Electrónicos de Acuerdo Marco y dicta otras disposiciones, en adelante el “Decreto Supremo”, tiene como finalidad generar eficiencia en las compras públicas a través de los ahorros por economía de escala en las compras de papelería en general, útiles de oficina y materiales de aseo y limpieza a efectos de alcanzar condiciones más ventajosas en cuanto a calidad y precio;

Que, el artículo 1 del Decreto Supremo aprueba los bienes a adquirir, conforme al Anexo I: “Detalle de los bienes a adquirir en las compras corporativas obligatorias”. Asimismo, en el artículo 3 del Decreto Supremo se aprueba el listado de entidades participantes, conforme al Anexo II: “Entidades participantes de las compras corporativas obligatorias”;

Que, mediante Resolución Jefatural Nº 000023-2025-PERÚ COMPRAS-JEFATURA, de fecha 28 de febrero de 2025, se aprueba el documento denominado “Lineamientos para el cumplimiento del Decreto Supremo Nº 001-2025-EF, Decreto Supremo que aprueba las compras corporativas obligatorias para la adquisición de papelería en general, útiles de oficina y materiales de aseo y limpieza, a través de los Catálogos Electrónicos de Acuerdo Marco y dicta otras disposiciones”;

Que, el 24 de junio del 2024 se publica en el diario oficial “El Peruano”, la Ley Nº 32069, Ley General de Contrataciones Públicas, cuya Vigésima Novena Disposición Complementaria Final y Única Disposición Complementaria Derogatoria señalan que, la citada norma entra en vigor a los noventa días calendario contados a partir del día siguiente a la publicación de su reglamento, con algunas excepciones; asimismo, derogan la Ley
Nº 30225 y el Decreto Legislativo Nº 1018, entre otros;

Que, con fecha 22 de enero de 2025, se publica por el mismo medio, el Decreto Supremo Nº 009-2025-EF, Reglamento de la Ley Nº 32069, Ley General de Contrataciones Públicas; por lo que, la Ley Nº 32069, Ley General de Contrataciones Públicas y su Reglamento, se encuentran vigentes desde el 22 de abril de 2025;

Que, el 12 de abril de 2025, se publica el Decreto Supremo Nº 066-2025-EF, que aprueba la Sección Primera del Reglamento de Organización y Funciones de la Central de Compras Públicas - Perú Compras, cuya vigencia se encuentra condicionada a la entrada en vigor de la Ley Nº 32069, Ley General de Contrataciones Públicas, y su Reglamento; además deroga el Decreto Supremo Nº 052-2019-EF, según lo contempla la Primera Disposición Complementaria Final y la Única Disposición Complementaria Derogatoria del mencionado Decreto Supremo;

Que, con Resolución Jefatural Nº 000044-2025-PERÚ COMPRAS-JEFATURA se aprueba el “Cuadro de Equivalencias de los órganos de la Central de Compras Públicas – Perú Compras”, el cual señala que la Dirección de Acuerdos Marco y la Dirección de Compras Corporativas son equivalentes a la actual Dirección de Compras Electrónicas y Modalidades Eficientes;

Que, el artículo 2 de la Ley Nº 32069, Ley General de Contrataciones Públicas, establece que la misma tiene por finalidad maximizar el uso de recursos públicos en las contrataciones de bienes, servicios y obras por parte del Estado, en términos de eficacia, eficiencia y economía, de tal manera que dichas contrataciones permitan el cumplimiento oportuno de los fines públicos y mejoren las condiciones de vida de los ciudadanos;

Que, el numeral 37.2 del artículo 37 de la Ley Nº 32069 dispone que las compras corporativas pueden ser facultativas u obligatorias; en este último caso, se encuentran a cargo de Perú Compras, en concordancia con lo establecido en el literal f) del numeral 20.2 del artículo 20 de dicha Ley;

Que, el artículo 30 de la Sección Primera del Reglamento de Organización y Funciones de la Central de Compras Públicas - Perú Compras, señala que, la Dirección de Compras Electrónicas y Modalidades Eficientes es el órgano de línea encargado de la conducción y gestión de los Catálogos Electrónicos de Acuerdos Marco para bienes y servicios; así como, la administración de la plataforma de Catálogos Electrónicos. Además, se encuentra a cargo de promover, planificar, conducir y gestionar, entre otras, las compras corporativas;

Que, en mérito a las disposiciones establecidas y en el marco de la normatividad vigente, la Dirección de Compras Electrónicas y Modalidades Eficientes de la Central de Compras Públicas (Perú Compras), mediante Informe-D Nº 000013-2025-PERÚ COMPRAS- DECEM, propone y sustenta la modificación de la Resolución Jefatural Nº 000023-2025-PERÚ COMPRAS-JEFATURA en el extremo de la Base Legal, la Gestión de la Gran Compra y el Anexo Nº 01: Cronograma de la Compra Corporativa Obligatoria, en el marco del Decreto Supremo Nº 001-2025-EF, incorporando además el Anexo Nº 02 denominado “Formato de informe para contratar a través de los Catálogos Electrónicos de Acuerdos Marco”. Cabe precisar que, la mencionada propuesta cuenta con la opinión favorable de Dirección de Estrategias y Técnica Normativa;

Que, a través del Informe-D Nº 000017-2025-PERÚ COMPRAS-OAJ, la Oficina de Asesoría Jurídica concluye que, la propuesta de modificación presentada por la Dirección de Compras Electrónicas y Modalidades Eficientes y validada por la Dirección de Estrategias y Técnica Normativa, se encuentra conforme al marco legal vigente;

Con el visto bueno de la Dirección de Compras Electrónicas y Modalidades Eficientes, la Dirección de Estrategias y Técnica Normativa, y la Oficina de Asesoría Jurídica, y;

De conformidad con lo establecido en el Decreto Supremo Nº 001-2025-EF, Decreto Supremo que aprueba las compras corporativas obligatorias para la adquisición de papelería en general, útiles de oficina y materiales de aseo y limpieza, a través de los Catálogos Electrónicos de Acuerdo Marco y dicta otras disposiciones; la Ley Nº 32069, Ley General de Contrataciones Públicas; el Decreto Supremo Nº 009-2025-EF, Reglamento de la Ley Nº 32069, Ley General de Contrataciones Públicas; y, en uso de las atribuciones conferidas en el artículo 7 y el literal b) del artículo 8 de la Sección Primera del Reglamento de Organización y Funciones de la Central de Compras Públicas – Perú Compras, aprobado por el Decreto Supremo Nº 066-2025- EF;

SE RESUELVE:

Artículo Primero.- Aprobar la modificación de los “Lineamientos para el cumplimiento del Decreto Supremo Nº 001-2025-EF, Decreto Supremo que aprueba las compras corporativas obligatorias para la adquisición de papelería en general, útiles de oficina y materiales de aseo y limpieza, a través de los Catálogos Electrónicos de Acuerdo Marco y dicta otras disposiciones”, aprobada con Resolución Jefatural Nº 000023-2025-PERÚ COMPRAS-JEFATURA, que incluye el Anexo Nº 01 y Nº 02, los cuales, en siete (7) páginas, forman parte integrante de la presente Resolución.

Artículo Segundo.- El documento aprobado en el Artículo Primero de la presente Resolución, entrará en vigencia a partir de su aprobación.

Artículo Tercero.- Encargar a la Dirección de Compras Electrónicas y Modalidades Eficientes efectuar las gestiones para la emisión del comunicado de difusión del documento aprobado en el Artículo Primero de la presente Resolución.

Artículo Cuarto.- Disponer que la Oficina de Tecnologías de la Información realice la publicación de la presente Resolución y el documento aprobado en el Artículo Primero en la sede digital de la Central de Compras Públicas (Perú Compras) (www.gob.pe/perucompras), en la misma fecha de publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial El Peruano.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

JORGE ALBERTO ZAPATA GALLO

Jefe de la Central de Compras Públicas -

PERÚ COMPRAS

NOTA: La Central de Compras Públicas ha solicitado precisar que los Anexos de la RESOLUCIÓN JEFATURAL-D Nº 000008-2025-PERÚ COMPRAS-JEFATURA se visualizarán en sede digital https//www.gob.pe/perucompras

2401901-1