Autorizan viaje de oficiales de la Fuerza Aérea del Perú a la República del Paraguay, en comisión de servicios

Resolución Ministerial

N° 00597-2025-DE

Lima, 20 de mayo del 2025

VISTOS:

El Oficio Extra FAP N° 001135-2025-SECRE/FAP de la Secretaría General de la Comandancia General de la Fuerza Aérea del Perú; el Oficio N° 00762-2025-MINDEF/VPD-DIGRIN de la Dirección General de Relaciones Internacionales; y el Informe Legal N° 00957-2025-MINDEF/SG-OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica.

CONSIDERANDO:

Que, mediante SITFAGRAMA N°. Control: PAR-2025-004 el Oficial de Enlace del Sistema de Informática y Telecomunicaciones (SITFAA) hace extensiva la invitación de la Fuerza Aérea Paraguaya y la Fuerza Aérea de los Estados Unidos, para que dos (2) miembros integrantes del SICOFFA y un (1) delegado de la Fuerza Aérea del Perú participen en la LXV CONJEFAMER 2025 del SICOFAA, a realizarse en la ciudad de Asunción, República del Paraguay, del 16 al 21 de junio de 2025;

Que, a través de la Resolución de la Comandancia General de la Fuerza Aérea del Perú N° 0055 CGFA, se nombra al General del Aire Carlos Enrique CHÁVEZ CATERIANO como Representante de la Fuerza Aérea del Perú ante el Sistema de Cooperación de las Fuerzas Aéreas Americanas (SICOFAA), y al Coronel FAP Cristian EVERETT ALARCO, como Oficial de Enlace adjunto ante el Sistema de Cooperación de las Fuerzas Aéreas Americanas (SICOFAA);

Que, a través del Informe Legal SECRE N° 006-2025, el Jefe de la Oficina de Asesoría Jurídica de la Secretaría General de la Comandancia General de la Fuerza Aérea del Perú emite opinión favorable para autorizar el viaje al exterior, en comisión de servicio, del General del Aire CARLOS ENRIQUE CHÁVEZ CATERIANO, del Mayor General FAP Mariano Nieves RODRÍGUEZ LLERENA y del Coronel FAP Cristian EVERETT ALARCO, para que participen en la referida actividad;

Que, mediante la Exposición de Motivos, la Fuerza Aérea del Perú señala que resulta conveniente para los intereses institucionales autorizar el citado viaje al exterior, por cuanto, permitirá incrementar los conocimientos e intercambiar experiencias en aspectos operativos y logísticos, con miras a optimizar los recursos disponibles;

Que, con la Hoja de Gastos N° 37 DGVC-ME/SIAF-RP, la Institución Armada señala que los gastos por pasajes y viáticos en comisión de servicio en el exterior se efectuarán con cargo al Presupuesto institucional del Año Fiscal 2025, de la Unidad Ejecutora N° 005: Fuerza Aérea del Perú, de conformidad con el artículo 13 del Decreto Supremo N° 047-2002-PCM, concordante con lo establecido en el artículo 10 del Reglamento de Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa, aprobado con el Decreto Supremo N° 002-2004-DE/SG;

Que, con las Certificaciones de Crédito Presupuestario N° 0000000003 y N° 0000000004, la Fuerza Aérea del Perú garantiza el financiamiento del presente viaje al exterior;

Que, teniendo en consideración los itinerarios de los vuelos internacionales y con la finalidad de garantizar la participación oportuna del personal designado en la referida actividad, resulta necesario autorizar su salida del país con un (1) día de anticipación, así como su retorno un (1) día después del término de las mismas, sin que estos días adicionales generen gasto alguno al Tesoro Público;

Que, con el Oficio Extra FAP N° 001135-2025-SECRE/FAP, la Secretaría General de la Comandancia General de la Fuerza Aérea del Perú solicita autorizar el viaje al exterior, en comisión de servicio, del personal militar FAP que participará en la LXV CONJEFAMER 2025 del SICOFAA, a realizarse en la ciudad de Asunción, República del Paraguay, del 16 al 21 de junio de 2025, autorizando su salida del país el 15 de junio y su retorno el 22 de junio de 2025;

Que, a través del Oficio N° 00762-2025-MINDEF/VPD-DIGRIN y el Informe Técnico N° 059-2025-MINDEF/VPD-DIGRIN-LAYC, la Dirección General de Relaciones Internacionales emite opinión favorable para la presente autorización de viaje al exterior;

Que, mediante el Informe Legal N° 00957-2025-MINDEF/SG-OGAJ la Oficina General de Asesoría Jurídica del Ministerio de Defensa considera legalmente viable autorizar, por medio de resolución ministerial, el citado viaje al exterior, en comisión de servicio, por encontrarse conforme al marco normativo sobre la materia;

Con el visado del Despacho Viceministerial de Políticas para la Defensa; de la Dirección General de Relaciones Internacionales; y de la Oficina General de Asesoría Jurídica;

De conformidad con el Decreto Legislativo N° 1134, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Defensa; la Ley N° 32185, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2025; la Ley N° 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo N° 047-2002-PCM; el Decreto Supremo N° 002-2004-DE/SG, que aprueba el Reglamento de Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa.

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Autorizar el viaje al exterior, en comisión de servicio, del General del Aire CARLOS ENRIQUE CHÁVEZ CATERIANO, identificado con NSA N° 94564 y DNI N° 43656786, del Mayor General FAP Mariano Nieves RODRÍGUEZ LLERENA, identificado con NSA N° 95448 y DNI N° 43704349 y del Coronel FAP Cristian EVERETT ALARCO, identificado con NSA N° 96556 y DNI N° 43352521, para participar en la LXV CONJEFAMER 2025 del SICOFAA, a realizarse en la ciudad de Asunción, República del Paraguay, del 16 al 21 de junio de 2025, autorizando su salida del país el 15 de junio y su retorno el 22 de junio de 2025.

Artículo 2.- La Fuerza Aérea del Perú efectúa los pagos que correspondan con cargo al Presupuesto Institucional del Año Fiscal 2025, de acuerdo al siguiente concepto:

Pasajes aéreos: Lima – ciudad de Asunción (República del Paraguay) – Lima

clase económica

US$ 1,858.24 x 3 personas US$ 5,574.72

Viáticos

US$ 370.00 x 6 días x 3 personas US$ 6,660.00

Total a pagar en dólares americanos: US$ 12,234.72

Artículo 3.- El Oficial General más antiguo comisionado debe cumplir con presentar un informe detallado al Ministro de Defensa, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado, dentro de los quince (15) días calendario, contados a partir de la fecha de retorno al país. Asimismo, dentro del mismo plazo efectuará la sustentación de viáticos, conforme a lo indicado en el artículo 6 del Decreto Supremo N° 047-2002-PCM y su modificatoria.

Artículo 4.- La presente autorización no otorga derecho a exoneración ni liberación de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

Walter Enrique Astudillo Chávez

Ministro de Defensa

2401278-1