Ordenanza que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones - ROF de la Municipalidad Distrital de Santa María del Mar

ORDENANZA N° 002-2025-MDSMM

Santa María del Mar, 6 de mayo de 2025

EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SANTA MARIA DEL MAR.

POR CUANTO:

El Concejo Municipal, en Sesión Ordinaria N° 009-2025-MDSMM, de fecha 06 de mayo de 2025.

VISTOS:

El Informe N° 068-2025-MDSMM/GPPI emitido por la Gerencia de Planeamiento, Presupuesto e Informática, el Informe N° 240-2025-MDSMM/GAJ de la Gerencia de Asesoría Jurídica, el Informe N° 034-2025-MDSMM/GM de la Gerencia Municipal, respecto al Proyecto de Ordenanza que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones - ROF y la Estructura Orgánica de la Municipalidad Distrital de Santa María del Mar y;

CONSIDERANDO:

Que, el artículo 194° de la Constitución Política del Perú, modificada por la Ley de Reforma Constitucional N° 30305, establece que, los Gobiernos Locales tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; la misma que conforme al artículo II del Título Preliminar de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico;

Que, de acuerdo a lo establecido en el artículo 9°, numeral 8) de la Ley Orgánica de Municipalidades - Ley N° 27972 corresponde al Concejo Municipal la función de “Aprobar, modificar o derogar las ordenanzas y dejar sin efecto los acuerdos”;

Que, de acuerdo al artículo 9°, numeral 3), y el artículo 26° de la citada Ley, se establece como atribución del Concejo Municipal adoptar el régimen de organización interior y funcionamiento del gobierno local y administración municipal que debe de adoptar una estructura gerencial sustentándose en principios de programación, dirección, ejecución, supervisión, control concurrente y posterior.

Que, el artículo 40° de la Ley Orgánica de Municipalidades, sostiene que las ordenanzas de las municipalidades provinciales y distritales, en la materia de su competencia, son las normas de carácter general de mayor jerarquía en la estructura normativa municipal, por medio de las cuales se aprueba la organización interna, la regulación, administración y supervisión de los servicios públicos y las materias en las que la municipalidad tiene competencia normativa;

Que, el Reglamento de Organización y Funciones (ROF) de la Municipalidad Distrital de Santa María del Mar, fue aprobado mediante Ordenanza Municipal N° 241-2017-MDSMM, el mismo que consta de dos (02) Títulos, siete (07) capítulos y setenta (70) artículos;

Que, la Ley N° 27658, Ley Marco de Modernización de la Gestión del Estado modificado por el Decreto Legislativo N°1446, declara al Estado Peruano en proceso de Modernización en sus diferentes instancias, dependencias, entidades, organizaciones y procedimientos, con la finalidad de mejorar la gestión pública y construir un Estado democrático, descentralizado y al servicio del ciudadano;

Que, asimismo el artículo 6° de la referida Ley N° 27658, establece que el diseño y estructura de la Administración Pública, sus dependencias, entidades y organismos, se deben regir por los siguientes criterios: “a) Las funciones y actividades que realice la Administración Pública, a través de sus dependencias, entidades y organismos debe estar totalmente justificada y amparada en sus normas; b) las dependencias, entidades organismo e instancia de la Administración Pública no deben duplicar funciones o proveer servicios brindados por otras entidades ya existentes, y; c) en el diseño de la estructura orgánica pública prevalece el principio de especialidad, debiéndose integrar las funciones y competencias afines”;

Que, la Secretaría de Gestión Pública es el organismo responsable de proponer, articular, implementar y evaluar la Política Nacional de Modernización de la Gestión Pública para todas las entidades de la Administración Pública, incluidos los Gobiernos Regionales y Locales;

Que, mediante Decreto Supremo N° 054-2018-PCM y sus modificatorias, se aprueban los “Lineamientos de Organización del Estado”, con el objeto de regular los principios, criterios, y reglas que define el diseño, estructura, organización y funcionamiento de las entidades del Estado, dicha norma busca que las entidades del Estado, conforme a su tipo, competencias y funciones, se organicen de la mejor manera a fin de responder las necesidades públicas en beneficio de la ciudadanía;

Que, asimismo, el artículo 43° de los Lineamientos de Organización del Estado, dispone que el Reglamento de Organización y Funciones - ROF, es el documento técnico normativo de gestión organizacional que formaliza la estructura orgánica de la entidad. Contiene las competencias y funciones generales de la entidad; las funciones específicas de sus unidades de organización, así como sus relaciones de dependencia;

Que, el numeral 45.3 del artículo 45°, de los citados Lineamientos; establece que, las entidades que no formen parte del poder ejecutivo, aprueban su ROF de la siguiente manera: (…) “Las municipalidades y sus organismos públicos locales, por Ordenanza Municipal”;

Que, el numeral 46.1 del artículo 46° de los referidos Lineamientos, señalan asimismo: “los supuestos de modificación de la estructura orgánica requiriéndose para ello de la aprobación o modificación del Reglamento de Organización y Funciones - ROF,” por lo que la Gerencia de Planeamiento, Presupuesto e Informática o la que haga sus veces es la responsable de la propuesta de ROF y de elaborar el informe técnico que lo sustenta, el mismo que debe estar conforme con lo dispuesto en el artículo 47° de los citados Lineamientos;

Que, mediante Resolución de la Secretaría de Gestión Pública N° 005-2020-PCM-SGP, se aprobaron los Lineamientos N” 02-2020-SGP que establecen orientaciones sobre el Reglamento de Organización y Funciones - ROF y el Manual de Operaciones - MOP;

Que, el artículo 17° de la Directiva N°002-2021-SGP - “Directiva que regula el sustento técnico y legal de proyectos normativos en materia de organización, estructura y funcionamiento del Estado”, aprobada con Resolución de Secretaría de Gestión Pública N°00010-2021-PCM/SGP, establece que: “El expediente que sustenta la aprobación o modificación del ROF de un gobierno regional o de una municipalidad contiene la siguiente documentación, según corresponda: a. El proyecto de ordenanza regional u ordenanza municipal. b. El proyecto de ROF, el cual contiene títulos, capítulos y artículos. c. El informe técnico elaborado por el órgano de Planeamiento y Presupuesto del Gobierno Regional o municipalidad proponente. d. El informe legal elaborado por el órgano de Asesoría Jurídica del Gobierno Regional o municipalidad proponente, que valida la legalidad de las funciones sustantivas asignadas a las unidades de la organización. Por su parte, el artículo 18° de la referida Directiva, señala que: “El expediente que sustenta la propuesta de ROF es elevado por el Despacho de la Gobernación Regional o el Despacho de Alcaldía al Consejo Regional o Municipal, según corresponda, para su trámite de aprobación”;

Que, la Gerente de Planeamiento, Presupuesto e Informática presenta el Informe N° 068-2025-MDSMM/GPPI de fecha 16 de abril de 2025, el mismo que recoge y promueve la modificación del Reglamento de Organización y Funciones (ROF) de la entidad, conforme a los nuevos estándares de organización en Gobierno Locales incorporando estandarizadas competencias a las unidades orgánicas de la Municipalidad Distrital de Santa María del Mar a fin de contar con una adecuada estructura orgánica, con competencias y funciones de ámbito municipal con el objeto de atender las nuevas necesidades de organización vinculadas a asegurar la gestión por competencias y procesos con acento en el enfoque territorial y de acuerdo con los criterios de diseño y estructura de la Administración Pública que establece el Decreto Legislativo N°1446, que modifica la Ley N° 27658, Ley Marco de Modernización de Gestión del Estado;

Que, la Gerencia de Asesoría Jurídica a través del Informe N° 240-2025-MDSMM/GAJ de fecha 23 de abril de 2025, señala que de la revisión del proyecto se puede inferir que el mismo se ha formulado cumpliendo con los lineamientos del Decreto Supremo N° 054-2018-PCM, sus modificatorias y demás normas acotadas, que establecen fases claras para su aprobación, significando el diagnóstico, formulación y subsecuentemente corresponde su aprobación, por lo que emite opinión favorable desde el punto de vista legal, considerando que el Proyecto de Reglamento de Organización y Funciones de la Municipalidad Distrital de Santa María del Mar se someta a consideración de Concejo Municipal para su correspondiente pronunciamiento al amparo de las normas glosadas precedentemente;

Que, mediante Informe N° 034-2025-MDSMM/GM de fecha 24 de abril de 2025, la Gerencia Municipal en atención a la propuesta presentada por la Gerencia de Planeamiento, Presupuesto e Informática y, la opinión favorable de la Gerencia de Asesoría Jurídica, remite los actuados a la Secretaría General a fin que sea sometida a consideración del Concejo Municipal y su correspondiente aprobación;

Estando a lo expuesto, y de conformidad con lo establecido en numeral 8) del artículo 9° y artículo 40° de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, con la dispensa del trámite de lectura y aprobación del acta, el Concejo Municipal aprobó por UNANIMIDAD la siguiente:

ORDENANZA QUE APRUEBA EL

REGLAMENTO DE ORGANIZACIÓN Y

FUNCIONES- ROF DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SANTA MARÍA DEL MAR

Artículo Primero.- APROBAR el Reglamento de Organización y Funciones -ROF de la Municipalidad Distrital de Santa María del Mar, el cual consta de dos (02) títulos, siete (07) capítulos, setenta (70) artículos, conforme al Anexo N° 01 que forma parte integrante de la presente Ordenanza.

Artículo Segundo.- APROBAR la Estructura Orgánica de la Municipalidad Distrital de Santa María del Mar, estableciéndose como nuevo Organigrama Estructural, el contenido en el Anexo N° 02 que forma parte integrante de la presente Ordenanza.

Artículo Tercero.- FACULTAR al señor alcalde para que mediante Decreto de Alcaldía dicte las disposiciones necesarias para la correcta aplicación del Reglamento de Organización y Funciones (ROF) de la Municipalidad Distrital de Santa María del Mar, y la adecuación de los documentos de gestión municipal, conforme a las disposiciones legales vigentes.

Artículo Cuarto.- ENCARGAR, a la Gerencia Municipal y a la Gerencia de Planeamiento, Presupuesto e Informática el fiel cumplimiento y monitoreo del presente acuerdo.

Artículo Quinto.- DISPONER que la Gerencia Municipal y la Gerencia de Planeamiento, Presupuesto e Informática adopten las acciones necesarias para la implementación de la nueva estructura orgánica.

Artículo Sexto.- DEROGAR, la Ordenanza Municipal N° 241-2017-MDSMM y cualquier otra disposición que se opongan a la presente Ordenanza.

Artículo Séptimo.- ENCARGAR, a la Secretaría General disponga la publicación de la presente norma en el Diario Oficial “El Peruano”.

Artículo Octavo.- ENCARGAR, a la Subgerencia de Informática y Estadística la publicación de la presente Ordenanza en el Portal de Transparencia de la Municipalidad Distrital de Santa María del Mar (www.munisantamariadelmar.gob.pe) y en el Portal del Estado Peruano (www.peru.gob.pe).

DISPOSICIÓN COMPLEMENTARIA

FINAL

Única.- DISPONER que la implementación de la nueva estructura orgánica y Reglamento de Organización y Funciones ROF entre en vigencia una vez aprobado el Cuadro de Asignación de Personal Provisional (CAP-P) con la emisión del correspondiente informe de SERVIR.

Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.

HUGO MONTEVERDE CERRUTTI

Alcalde

2400997-1