Aprueban el Plan Operativo Institucional (POI) Multianual 2026-2028 del Instituto del Mar del Perú - IMARPE
RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA EJECUTIVA
N° 081-2025-IMARPE/PE
Callao, 15 de mayo del 2025
VISTOS:
La Resolución Ministerial N° 088-2024-PRODUCE, que aprueba el Plan Estratégico Sectorial Multianual (PESEM) 2024-2030 del Sector Producción; el Memorándum N° 237-2025-IMARPE/OGPP, de fecha 13 de mayo de 2025, de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto; el Informe N° 129-2025-IMARPE/OGAJ de fecha 14 de mayo de 2025, y;
CONSIDERANDO:
Que, el numeral 12 del artículo 2 del Decreto Legislativo N° 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público, establece que la Programación Multianual consiste en que el Presupuesto del Sector Público tiene una perspectiva multianual orientada al logro de resultados a favor de la población, en concordancia con las reglas fiscales establecidas en el Marco Macroeconómico Multianual y los instrumentos de planeamiento elaborados en el marco del Sistema Nacional de Planeamiento Estratégico (SINAPLAN);
Que, el artículo 7 de la Directiva N° 001-2017-CEPLAN/PCD, denominada “Directiva para la Actualización del Plan Estratégico de Desarrollo Nacional”, aprobada mediante Resolución de Presidencia del Consejo Directivo N° 026-2017/CEPLAN/PCD, y su modificatoria aprobada por Resolución de Presidencia del Consejo Directivo N° 009-2021/CEPLAN/PCD, establece que las políticas del Estado definen lineamientos generales que orientan el accionar del Estado en el largo plazo a fin de lograr el bienestar de las personas y el desarrollo sostenible del país y que las políticas institucionales se concretan en Planes Estratégicos y Planes Operativos (PEI-POI);
Que, el numeral 4.1 de la sección 4 de la Guía para el Planeamiento Institucional, aprobada mediante Resolución N° 033-2017-CEPLAN/PCD, establece que, a nivel institucional, las entidades del sector público elaboran un Plan Estratégico Institucional - PEI y un Plan Operativo Institucional - POI, los cuales orientan su accionar para el logro de los objetivos establecidos en la política institucional en el marco de las políticas y planes nacionales y territoriales;
Que, la Resolución Ministerial N° 088-2024-PRODUCE, aprueba el Plan Estratégico Sectorial Multianual (PESEM) 2024-2030 del Sector Producción, que contiene el marco estratégico sectorial, objetivos estratégicos, acciones estratégicas priorizadas, con sus respectivas metas e indicadores, señalando en su artículo 3 que el Ministerio de la Producción y sus organismos públicos adscritos efectúen la elaboración y/o adecuación de sus respectivos Planes Estratégicos Institucionales y Planes Operativos Institucionales al PESEM del Sector;
Que, la Directiva N° 002-2024-EF/50.01 “Directiva de Programación Multianual Presupuestaria y Formulación Presupuestaria” establece las disposiciones técnicas para que las entidades del Gobierno Nacional, los gobiernos regionales y los gobiernos locales, así como los organismos públicos y empresas no financieras de los gobiernos regionales y los gobiernos locales, programen y formulen su presupuesto institucional con una perspectiva multianual, orientado al logro de los resultados priorizados establecidos en las leyes anuales de presupuesto, los resultados sectoriales y los objetivos estratégicos institucionales y sujeto a la disponibilidad de recursos para los períodos correspondientes a las mencionadas fases del proceso presupuestario;
Que, con Resolución de Presidencia de Consejo Directivo N° 021-2024/CEPLAN/PCD, se aprueba la Directiva N° 001-2024-CEPLAN/PCD “Directiva General de Planeamiento Estratégico del Sistema Nacional de Planeamiento Estratégico”, que tiene por finalidad mejorar el proceso del planeamiento estratégico para el desarrollo inclusivo, en igualdad de oportunidades, competitivo, sostenible y descentralizado del país, estableciendo las disposiciones técnicas que regulan el proceso del planeamiento estratégico, en el marco del Sistema Nacional de Planeamiento Estratégico - SINAPLAN;
Que, el artículo 22 de la mencionada Directiva establece que el Plan Operativo Institucional - POI, es un instrumento de gestión que presenta la estrategia de corto plazo de la institución a fin de implementar el PEI; éste comprende la programación de las actividades operativas e inversiones necesarias para implementar las acciones estratégicas institucionales establecidas en el PEI durante su horizonte temporal. Asimismo, indica que es elaborado por las unidades ejecutoras de las entidades de la administración pública en coordinación con el órgano de planeamiento del pliego, y es aprobado por el Titular de la entidad;
Que, en ese sentido, mediante Memorándum N° 237-2025-IMARPE/OGPP, de fecha 13 de mayo de 2025, la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto remite el sustento y proyecto del POI Multianual 2026-2028 el Instituto del Mar del Perú - IMARPE; documento de gestión que contiene las actividades operativas e inversiones a desarrollar por tres años, para cumplir con las metas establecidas, asimismo, las actividades están articuladas con los objetivos y acciones estratégicas institucionales (PEI 2025-2030);
Que, asimismo, el mencionado Memorándum indica que el proyecto de POI Multianual, se elaboró de acuerdo a la estructura de contenido mínimo indicado en la Guía para el Planeamiento Institucional. En adición a ello, en el POI Multianual se registra la priorización de cada actividad operativa e inversión, según niveles establecidos sobre la ruta estratégica definida en el PEI, además contiene la programación física y de costeo para cada año;
Que, la a Oficina General de Asesoría Jurídica mediante Informe N° 129-2025-IMARPE/OGAJ de fecha 14 de mayo de 2025, indica que resulta jurídicamente viable aprobar el Plan Operativo Institucional (POI) Multianual 2026-2028 del Instituto del Mar del Perú;
Que, el Decreto Legislativo N° 1677, Decreto Legislativo para el Fortalecimiento y Modernización de la Gestión y Organización del Instituto del Mar del Perú - IMARPE, establece en su artículo 5 la nueva estructura orgánica del IMARPE en la cual se encuentran los cargos de la Presidencia Ejecutiva y las Gerencias General y Científica como parte de los órganos de la Alta Dirección del IMARPE;
Que, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 8 del mencionado Decreto Legislativo, la Presidencia Ejecutiva ejerce la titularidad del pliego, siendo la máxima autoridad ejecutiva de la entidad; por lo que, le corresponde aprobar el Plan Operativo Institucional (POI) Multianual propuesto por la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto;
Que, de acuerdo a las atribuciones conferidas por el Decreto Legislativo N° 1677, Decreto Legislativo para el fortalecimiento y modernización de la gestión y organización del Instituto del Mar del Perú - IMARPE, el Decreto Legislativo N° 1440 del Sistema Nacional de Presupuesto Público, la Directiva N° 001-2017-CEPLAN/PCD, “Directiva para la actualización del Plan Estratégico del Desarrollo Nacional”; la Directiva N° 001-2024-CEPLAN/PCD “Directiva General de Planeamiento Estratégico del Sistema Nacional de Planeamiento Estratégico”; y la Resolución Ministerial N° 088-2024-PRODUCE, que aprueba el Plan Estratégico Sectorial Multianual (PESEM) 2024-2030;
Con el visado de la Gerencia General; Gerencia Científica, Oficina General de Planeamiento y Presupuesto y Oficina General de Asesoría Jurídica;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Aprobar el Plan Operativo Institucional (POI) Multianual 2026-2028 del Instituto del Mar del Perú - IMARPE, documento que como Anexo forma parte integrante de la presente Resolución, el mismo que podrá ser modificado y/o reformulado durante el proceso de su ejecución a propuesta de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto.
Artículo 2.- Las Direcciones Generales, Oficinas Administrativas y Áreas Funcionales del IMARPE, son responsables del cumplimiento de las metas, actividades y tareas contenidas en el Plan Operativo Institucional (POI) Multianual 2026-2028 del Instituto del Mar del Perú- IMARPE.
Artículo 3.- La Oficina General de Planeamiento y Presupuesto efectuará el seguimiento del Plan Operativo Institucional (POI) Multianual 2026-2028 del Instituto del Mar del Perú - IMARPE.
Artículo 4.- Disponer la publicación de la presente Resolución en el diario oficial “El Peruano”, y su Anexo en el Portal de Transparencia Estándar del Instituto del Mar del Perú (www.imarpe.gob.pe) y en el Portal del Estado Peruano (www.peru.gob.pe).
Regístrese, comuníquese y publíquese.
JORGE PAZ ACOSTA
Presidente Ejecutivo (e)
2400622-1