Designan Gerente Zonal Lima Callao del SENCICO

RESOLUCIóN N° 000100-2025-02.00/SENCICO

San Borja, 19 de mayo de 2025

VISTOS:

El Informe N° 000612-2025-07.04/SENCICO, de fecha 15 de mayo de 2025, del Departamento de Recursos Humanos; el Informe N° 000255-2025-03.01/SENCICO e Informe N° 000258-2025-03.01/SENCICO, de fecha 15 y 16 de mayo de 2025, de Asesoría Legal; y,

CONSIDERANDO:

Que, el Servicio Nacional de Capacitación para la Industria de la Construcción - SENCICO es un organismo público ejecutor, adscrito al Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, que funciona con autonomía técnica, administrativa y económica, cuenta con patrimonio propio y es el encargado de la formación, capacitación integral, calificación y certificación profesional de los trabajadores de la actividad de la construcción, en todos sus niveles, y de realizar las investigaciones y estudios necesarios para atender a sus fines, de conformidad con lo establecido en la Ley N° 30156, el Decreto Legislativo N° 147 y el Decreto Supremo N° 097-2021-PCM;

Que, por Acuerdo N° 1350-01 adoptado por el Consejo Directivo Nacional en la Sesión Ordinaria 1350, llevada a cabo el 14 de enero de 2025, se delega la facultad de designar al personal de confianza, al Presidente Ejecutivo, entre ellos el cargo de Gerente Zonal Lima Callao, del Servicio Nacional de Capacitación para la Industria de la Construcción – SENCICO; por el periodo de cuatro meses, a partir del 15 de enero de 2025; fecha de publicación en el Diario Oficial El Peruano de la Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 000014-2025-02.00, por la cual se designó en dicho cargo al señor WALTER SANTAMARIA PORTOCARRERO;

Que, la Ley N° 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos, promulgada el 14 de diciembre de 20201, establece de forma expresa en su artículo 3°, referido a las “Funcionarios con cargo de confianza”, lo siguiente: La designación de funcionarios en cargo de confianza distintos a los comprendidos en el Artículo 1 de esta Ley se efectúa mediante Resolución Ministerial o del Titular de la Entidad correspondiente.

Que, el artículo 8° de la citada Ley N° 27594, “Disposición derogatoria”, establece que se deroguen, entre otras, las demás normas que se opongan a dicha ley, entre las que se encuentra la facultad del Consejo Directivo Nacional del Servicio Nacional de Capacitación para la Industria de la Construcción SENCICO, de designar a los funcionarios en los cargos de confianza, contenida en los literales c) y d) del artículo 29° de su Estatuto, aprobado por Decreto Supremo N° 032-2001-MTC, promulgado el 18 de julio de 2001;

Que, mediante Informe N° 000612-2025-07.04/SENCICO, de fecha 15 de mayo de 2025, el Departamento de Recursos Humanos, en el marco de sus funciones y competencias, informa sobre la necesidad de realizar el trámite respectivo para la continuidad de las funciones del citado cargo de Gerente Zonal Lima Callao, del señor WALTER SANTAMARIA PORTOCARRERO, por lo que recomienda su designación, ya que cumple con los requisitos previstos en el Manual de Clasificador de Cargos del SENCICO, aprobado por Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 227-2024-02.00, y no se encuentra impedido o inhabilitado para el ejercicio de la función pública;

Que, por Informe N° 000255-2025-02.00/SENCICO e Informe N° 000258-2025-03.01/SENCICO, de fechas 15 y 16 de mayo de 2025, el Asesor Legal, emite opinión señalando que corresponde a la Presidencia Ejecutiva, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 3° de la Ley N° 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos, emitir el acto resolutivo por el cual se designe a los funcionarios de los cargos de confianza, entre ellos el cargo de Gerente Zonal Lima Callao, al señor WALTER SANTAMARIA PORTOCARRERO, conforme a lo informado por el Departamento de Recursos Humanos;

Que, el artículo 17° del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado por Decreto Supremo N° 004-2019-JUS, establece que la autoridad podrá disponer, en el mismo acto administrativo, que este tenga eficacia anticipada a su emisión, solo si fuera más favorable a los administrados, y siempre que no lesione derechos fundamentales o intereses de buena fe legalmente protegidos a terceros y que existiera en la fecha a la que pretenda retrotraerse la eficacia del acto el supuesto de hecho justificativo para su adopción; disposición que también es aplicable a los actos de administración interna, según el artículo 7 del citado cuerpo legal;

Con los vistos del Jefe del Departamento de Recursos Humanos, del Asesor Legal y del Gerente General (e);

De conformidad con la Ley de Organización y Funciones del Servicio Nacional de Capacitación para la Industria de la Construcción - SENCICO, Decreto Legislativo Nº 147; Ley N° 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos, Ley N° 31419, Ley que establece disposiciones para garantizar la idoneidad en el acceso y ejercicio de la función pública de funcionarios y directivos de libre designación y remoción y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N° 053-2022-PCM; el literal j) del artículo 33 de su Estatuto, aprobado por Decreto Supremo Nº 032-2001-MTC, modificado por Decreto Supremo Nº 004-2006-VIVIENDA, y la Directiva DI/PE/OAF-RRHH/N°001-2021: “Designación, rotación y encargo de puestos y funciones en el SENCICO;

SE RESUELVE:

Artículo 1°.- Designar, al señor WALTER SANTAMARIA PORTOCARRERO , en el cargo de confianza de Gerente Zonal Lima Callao, del Servicio Nacional de Capacitación para la Industria de la Construcción SENCICO, con eficacia anticipada a partir del 16 de mayo de 2025.

Artículo 2°.- Encargar a la Jefa de la Oficina de Secretaría General, efectúe la publicación de la presente resolución en el Diario Oficial “El Peruano”.

Artículo 3°.- Disponer la publicación de la presente resolución en la página web del SENCICO.

Artículo 4°.- Se deja sin efecto toda resolución y/o acto administrativo que se opongan a la presente resolución.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

LUIS MARTÍN GUERRERO SILVA SOLÍS

Presidente Ejecutivo

SENCICO

2400552-1