Modifican la única disposición complementaria final de la Resolución de Superintendencia N° 000286-2024/SUNAT

RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA

N° 000166-2025/SUNAT

Lima, 16 de mayo de 2025

RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA QUE MODIFICA LA RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA N° 000286-2024/SUNAT

CONSIDERANDO:

Que, con Resolución de Superintendencia N° 016-2020/SUNAT se aprobó el procedimiento general “Manifiesto de carga” DESPA-PG.09 (versión 7) que regula la transmisión, registro y trámite del manifiesto de carga y sus documentos vinculados, manifiesto de carga desconsolidado o consolidado, y actos relacionados con el ingreso y salida de las mercancías y medios de transporte;

Que, mediante Resolución de Superintendencia N° 000286-2024/SUNAT se modifica el procedimiento general “Manifiesto de carga” DESPA-PG.09 (versión 7), entre otros fines, para incorporar el subliteral A.10 del literal A de la sección VII al referido procedimiento general , a fin de regular el uso de la guía de remisión electrónica para el traslado de mercancías extranjeras del terminal portuario o terminal de carga aéreo hacia un almacén aduanero o local considerado temporalmente zona primaria, disposición cuya vigencia se iniciaría el 30.06.2025, de conformidad con su única disposición complementaria final;

Que, con Resolución de Superintendencia N° 000240-2024/SUNAT se modificó el Reglamento de Comprobantes de Pago, aprobado por Resolución de Superintendencia N° 007-99/SUNAT, con la finalidad de integrar los procedimientos aduaneros a los tributarios y uniformizar el control del traslado de mercancías a nivel nacional, estableciendo que el traslado de bienes en zona primaria sin destinación aduanera o sin levante sea sustentado con la guía de remisión electrónica y se adicione un nuevo motivo de traslado en la guía de remisión electrónica remitente denominado “Traslado de mercancía extranjera”; cuya vigencia se iniciaría el 30.06.2025, de acuerdo con su única disposición complementaria final;

Que, con Resolución de Superintendencia N° 000133-2025/SUNAT se modifica la única disposición complementaria final de la Resolución de Superintendencia N° 000240-2024/SUNAT, a efectos de prorrogar hasta el 01.07.2026 la entrada en vigor de su única disposición complementaria derogatoria, con el objeto de permitir que los sujetos obligados a la emisión de la guía de remisión electrónica para el traslado de las mercancías a las que se refiere el considerando anterior, cuenten con un tiempo adicional para adecuar sus procesos y sistemas;

Que, en consecuencia, resulta necesario modificar la única disposición complementaria final de la Resolución de Superintendencia N° 000286-2024/SUNAT, para diferir el inicio de la vigencia del subliteral A.10 del literal A de la sección VII del procedimiento general “Manifiesto de carga” DESPA.PG.09 (versión 7);

En uso de las facultades conferidas por el artículo 5 de la Ley N° 29816, Ley de Fortalecimiento de la SUNAT y modificatorias, y por el inciso k) del artículo 10 de la sección primera del Reglamento de Organización y Funciones de la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria, aprobada por Decreto Supremo N° 040-2023-EF;

SE RESUELVE:

Artículo único.- Modificación de la única disposición complementaria final de la Resolución de Superintendencia N° 000286-2024/SUNAT

Modificar la única disposición complementaria final de la Resolución de Superintendencia N° 000286-2024/SUNAT que modifica el procedimiento general “Manifiesto de carga” DESPA-PG.09 (versión 7), conforme al siguiente texto:

“DISPOSICIÓN COMPLEMENTARIA

FINAL

Única.- Vigencia

La presente resolución entra en vigencia a partir del día siguiente de su publicación en el Diario Oficial El Peruano, salvo lo dispuesto:

- En el penúltimo párrafo del inciso a) del numeral 3, el segundo párrafo del numeral 5, el numeral 6 y el numeral 7 del subliteral A.3 del literal A de la sección VII del procedimiento general “Manifiesto de carga” DESPA-PG.09 (versión 7), así como lo dispuesto en el tercer párrafo del numeral 15 del literal A de la sección VII del procedimiento específico “Rectificación del manifiesto de carga, actos relacionados, documentos vinculados e incorporación” DESPA-PE.09.02 (versión 7) que entran en vigencia el 30 de junio de 2025.

- En el subliteral A.10 del literal A de la sección VII, cuya vigencia se inicia en la fecha de entrada en vigor de la única disposición complementaria derogatoria de la Resolución de Superintendencia N° 000240-2024/SUNAT, que modifica la normativa sobre guías de remisión para mejorar la trazabilidad de los bienes relacionados con operaciones de comercio exterior”.

DISPOSICIÓN COMPLEMENTARIA

FINAL

Única.- Vigencia

La presente resolución de superintendencia entra en vigencia al día siguiente de su publicación.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

MARILÚ HAYDEE LLERENA AYBAR

Superintendente Nacional

2400485-1