Aprueban el “Marco conceptual para la programación, ejecución y control de servicios que brinda el ITP y actividades de articulación con socios estratégicos”

RESOLUCIÓN EJECUTIVA

N° 000102-2025-ITP/DE

San Isidro, 16 de mayo del 2025

VISTOS:

El Memorando N° 703-2024-ITP/DEDFO, de fecha 29 de agosto de 2024, de la Dirección de Estrategia Desarrollo y Fortalecimiento de los CITE; el Memorando N° 6854-2024-ITP/OPPM, de fecha 28 de octubre de 2024, de la Oficina de Planeamiento, Presupuesto y Modernización; el Memorando N° 906-2024-ITP/DEDFO, de fecha 21 de noviembre de 2024, de la Dirección de Estrategia Desarrollo y Fortalecimiento de los CITE; el Memorando N° 588-2024-ITP/DSE, de fecha 22 de noviembre de 2024, de la Dirección de Seguimiento y Evaluación; el Memorando N° 7581-2024-ITP/OPPM, de fecha 26 de noviembre de 2024, de la Oficina de Planeamiento, Presupuesto y Modernización; el Informe N° 582-2024-ITP/OAJ, de fecha 04 de diciembre de 2024, de la Oficina de Asesoría Jurídica; el Memorando Múltiple N° 15-2025-ITP/DEDFO, de fecha 24 de abril de 2025, de la Dirección de Estrategia Desarrollo y Fortalecimiento de los CITE; el Memorando N° 308-2025-ITP/DSE, de fecha 25 de abril de 2025, de la Dirección de Seguimiento y Evaluación; el Memorando N° 2727-2025-ITP/OPPM, de fecha 28 de abril de 2025, de la Oficina de Planeamiento, Presupuesto y Modernización; el Memorando N° 325-2025-ITP/DEDFO de fecha 06 de mayo de 2025, de la Dirección de Estrategia Desarrollo y Fortalecimiento de los CITE; el Memorando N° 2864-2025-ITP/OPPM, de fecha 08 de mayo de 2025, de la Oficina de Planeamiento, Presupuesto y Modernización; el Memorando N° 335-2025-ITP/DEDFO, de fecha 12 de mayo de 2025, de la Dirección de Estrategia Desarrollo y Fortalecimiento de los CITE, el Informe N° 253-2025-ITP/OAJ, de fecha 15 de mayo de 2025, de la Oficina de Asesoría Jurídica;

CONSIDERANDO:

Que, mediante Decreto Legislativo N° 92, modificado por el Decreto Legislativo N° 1451, se crea el Instituto Tecnológico de la Producción (ITP), el que establece en su artículo 1, que el ITP es un Organismo Técnico Especializado adscrito al Ministerio de la Producción, con personería jurídica de derecho público interno, el cual tiene a su cargo la coordinación, orientación, concertación y calificación de los Centros de Innovación Productiva y Transferencia Tecnológica-CITE;

Que, mediante Decreto Legislativo N° 1228, Decreto Legislativo de Centros de Innovación Productiva y Transferencia Tecnológica - CITE, y su modificatoria, Ley N° 31524, los CITE tienen por objetivo contribuir a la mejora de la productividad y competitividad de las empresas y los sectores productivos a través de actividades de capacitación, asistencia técnica, asesoría especializada para la adopción de nuevas tecnologías; transferencia tecnológica; investigación, desarrollo e innovación productivas y servicios tecnológicos, difusión de información; interrelación de actores estratégicos y generación de sinergias, bajo un enfoque de demanda, generando mayor valor en la transformación de los recursos, mejorando la oferta, productividad y calidad de los productos, tanto para el mercado nacional como el mercado externo propiciando la diversificación productiva.

Que, con Resolución Ejecutiva N° 042-2021-ITP/DE, publicada en el Diario Oficial “El Peruano” con fecha 03 de junio de 2021, se aprobó i) El Marco conceptual para la programación, ejecución y control de servicios que brinda el ITP (en adelante el Marco Conceptual) y ii) La Metodología para la determinación de tarifas basadas en costos del Instituto Tecnológico de la Producción (en adelante la Metodología de Tarifarios);

Que, el numeral 6.2.21 de la Metodología de Tarifarios define al Marco Conceptual como el documento metodológico que orienta la identificación, clasificación y reconocimiento de los servicios tecnológicos que brindan los órganos del ITP a cargo de la ejecución de servicios tecnológicos. Expresa la política institucional del ITP, con objetivos e indicadores bien definidos, vinculados a los órganos del ITP a cargo de la ejecución de servicios tecnológicos, sujetos a seguimiento y evaluación, en línea con la clasificación de los servicios tecnológicos que brinda el ITP;

Que, asimismo, los numerales 5.2.1, 5.3.1 y 5.4.1 de la Metodología de Tarifarios regulan el procedimiento de modificación del Marco Conceptual, señalando que es responsabilidad de la Dirección de Estrategia Desarrollo y Fortalecimiento de los CITE (en adelante la DEDFO) proponer la actualización del Marco Conceptual, y de la Oficina de Planeamiento, Presupuesto y Modernización (en adelante la OPPM) y la Dirección de Seguimiento y Evaluación (en adelante la DSE) emitir opinión al respecto;

Que, mediante Memorando N° 703-2024-ITP/DEDFO, sustentado en el Informe N° 60-2024-ITP/CAS-DEDFO, ambos de fecha 29 de agosto de 2024, la DEDFO propone y sustenta la modificación del Marco Conceptual. Dicha propuesta contiene: i) Mejora en la redacción de las tareas; ii) Simplificación de los medios de verificación; iii) Inclusión de nuevas tareas; iv) Condiciones para la ejecución de servicios; y, v) Modificación en los niveles de complejidad;

Que, con Memorando N° 6854-2024-ITP/OPPM, de fecha 28 de octubre de 2024, sustentado en el Informe N° 139-2024-ITP/MODERNIZACIÓN, de fecha 24 de octubre de 2024, la OPPM emitió pronunciamiento favorable respecto de la propuesta de modificación del Marco Conceptual;

Que, mediante Memorando N° 906-2024-ITP/DEDFO, de fecha 21 de noviembre de 2024, sustentado en el Informe N° 02-2024-ITP/MCZ-DEDFO, de la misma fecha, la DEDFO efectúa precisiones respecto del procedimiento seguido para efectuar la propuesta del Marco Conceptual, así como de su implementación;

Que, con Memorando N° 588-2024-ITP/DSE, de fecha 22 de noviembre de 2024, sustentado en el Informe Técnico N° 05-2024-ITP/CHE-DSE de fecha 20 de noviembre de 2024, la DSE emitió pronunciamiento favorable respecto de la propuesta de modificación del Marco Conceptual;

Que, mediante Memorando N° 7581-2024-ITP/OPPM, de fecha 26 de noviembre de 2024, sustentado en el Informe Técnico N° 74-2024-ITP/MODERNIZACIÓN de la misma fecha, la OPPM emite pronunciamiento favorable respecto de la modificación del Marco Conceptual, esto incluyendo las precisiones efectuadas por la DSE y DEDFO;

Que, con Informe N° 582-2024-ITP/OAJ, de fecha 04 de diciembre de 2024, la Oficina de Asesoría Jurídica (en adelante la OAJ), emite pronunciamiento favorable respecto de la modificación del Marco Conceptual;

Que, mediante Memorando Múltiple N° 15-2025-ITP/DEDFO, de fecha 24 de abril de 2025, la DEDFO solicita a la DSE y a la OPPM emitir pronunciamiento y otorgar su validación a la propuesta de modificación del Marco Conceptual actualizada, a la cual se adicionó una parte introductoria con el fin de efectuar una descripción del documento;

Que, con Memorando N° 325-2025-ITP/DEDFO sustentado en el Informe N° 48-2025-ITP/MCZ-DEDFO, ambos de fecha 06 de mayo de 2025, complementado posteriormente con Memorando N° 335-2025-ITP/DEDFO, de fecha 12 de Mayo de 2025, la DEDFO consolida el Memorando N° 308-2025-ITP/DSE, sustentado en el Informe N° 003-2025-ITP/DSE-UFS, ambos de fecha 25 de abril de 2025, y el Memorando N° 2727-2025-ITP/OPPM sustentado en el Informe N° 51-2025-ITP/MODERNIZACIÓN, ambos de fecha 28 de abril de 2025, emitidos por la DSE y la OPPM, respectivamente, mediante los cuales, dichos órganos, emiten opinión favorable, respecto de la adición de una parte introductoria al Marco Conceptual; asimismo, en el referido Informe la DEDFO sustenta: i) La actualización de la propuesta de modificación del Marco Conceptual, a la cual se le adicionó una parte introductoria; y, ii) Medidas para la implementación de la propuesta de modificación de Marco Conceptual, a fin que no se interrumpan los servicios que brindan los CITE, puesto que la modificación del Marco Conceptual tendría impacto sobre otros documentos de gestión, tarifarios y sistemas informáticos;

Que, mediante Memorando N° 2864-2025-ITP/OPPM, sustentado en el Informe Técnico N° 34-2025-ITP/MODERNIZACIÓN, ambos de fecha 08 de mayo de 2025, la OPPM emite pronunciamiento favorable respecto de la actualización de la propuesta del Marco conceptual, efectuada por la DEDFO; asimismo, señala que ratifica su opinión favorable a la modificación del Marco Conceptual contenida en el Memorando N° 7581-2024-ITP/OPPM, de fecha 26 de noviembre de 2024, sustentado en el Informe Técnico N° 74-2024-ITP/MODERNIZACIÓN de la misma fecha;

Que, con Informe N° 253-2025-ITP/OAJ, de fecha 15 de mayo de 2025, la Oficina de Asesoría Jurídica señala que, conforme la Metodología de Tarifas, se ha seguido el procedimiento para la modificación del Marco Conceptual dado que la propuesta efectuada por la DEDFO ha recibido opinión favorable de la DSE y la OPPM, motivo por el cual esta Oficina, en línea con la opinión emitida en el Informe N° 582-2024-ITP/OAJ, considera viable se apruebe la propuesta de modificación del Marco Conceptual, derogando el vigente; y asimismo, respecto de las precisiones a su implementación, estas resultan necesarias para que la entrada en vigencia de la propuesta del Marco Conceptual no interrumpa las actividades operativas de la entidad y los servicios que se brindan, siendo que las mismas serán incluidas en la Resolución con la cual se apruebe la propuesta de modificación del Marco Conceptual;

Que, de igual manera la Oficina de Asesoría Jurídica en su referido informe señala que el artículo 41 del Decreto Supremo N° 005-2016-PRODUCE, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Instituto Tecnológico de la Producción – ITP, establece que los CITE son órganos desconcentrados del ITP, estando estos bajo la dependencia jerárquica de la Dirección Ejecutiva; en tal sentido, considera que el Marco Conceptual debe ser aprobado mediante resolución del Director Ejecutivo;

Con los vistos de la Secretaría General, la Dirección de Estrategia Desarrollo y Fortalecimiento de los CITE, la Dirección de Seguimiento y Evaluación; la Oficina de Planeamiento, Presupuesto y Modernización y de la Oficina de Asesoría Jurídica, en lo que corresponde a sus respectivas competencias; y,

De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo N° 92, modificado por el Decreto Legislativo N° 1451, que crea el Instituto Tecnológico de la Producción (ITP); Decreto Legislativo N° 1228 y su modificatoria la Ley N° 31524 y su reglamento Decreto Supremo N° 004-2016-PRODUCE; Decreto Supremo N° 005-2016-PRODUCE, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Instituto Tecnológico de la Producción – ITP; la Resolución Ejecutiva N° 042-2024-ITP/DE, publicada en el Diario Oficial “El Peruano” con fecha 03 de junio de 2021, que aprobó, los documentos de gestión denominados: i) Marco conceptual para la programación, ejecución y control de servicios que brinda el ITP; y, ii) Metodología para la determinación de tarifas basadas en costos del Instituto Tecnológico de la Producción;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Aprobar el “Marco conceptual para la programación, ejecución y control de servicios que brinda el ITP y actividades de articulación con socios estratégicos” (en adelante “Marco Conceptual”), el cual incluye el Anexo N° 1 “Clasificación Funcional de los servicios tecnológicos brindados por el ITP”, el Anexo N° 2 “Características de las intervenciones por Nivel de Complejidad Tecnológica”, el Anexo N° 3 “Líneas Temáticas” y el Anexo N° 4 “Otras actividades del CITE / UT”, los cuales forman parte integrante de la presente Resolución.

Artículo 2.- En todo documento de gestión interna del ITP en el que se haga referencia al “Marco conceptual para la programación, ejecución y control de servicios que brinda el ITP”, aprobado mediante el artículo 1 de la Resolución Ejecutiva N° 042-2021-ITP/DE, debe entenderse referido al Marco Conceptual aprobado mediante la presente Resolución.

Artículo 3.- Disponer, la adecuación de las normas de gestión interna del ITP, según corresponda, a fin de que sean concordantes con las disposiciones contenidas en el Marco Conceptual, en un plazo no mayor a noventa (90) días hábiles contados a partir del día siguiente de la publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial El Peruano.

Artículo 4.- La Oficina de Tecnologías de la Información (OTI), en coordinación con la Dirección de Estrategia Desarrollo y Fortalecimiento de los CITE (DEDFO) y la Oficina de Planeamiento, Presupuesto y Modernización (OPPM), debe actualizar las herramientas informáticas necesarias que permitan la prestación de los servicios tecnológicos, conforme lo dispuesto en la presente Resolución, en un plazo no mayor a noventa (90) días hábiles contados a partir del día siguiente de su publicación en el Diario Oficial El Peruano.

Artículo 5.- Los supuestos no previstos en el Marco Conceptual, así como cuestiones o vacíos que pudieran surgir en el marco de su implementación, son resueltos y/o interpretados por la Dirección de Estrategia Desarrollo y Fortalecimiento de los CITE, en coordinación con la Dirección de Seguimiento y Evaluación y con la OPPM, en lo que corresponde a sus respectivas competencias.

Artículo 6.- La OTI publica el Marco Conceptual y sus Anexos 1, 2, 3 y 4, así como las Listas N° 01 “Nuevos tipos de tareas” y N° 02 “Listado de Equivalencias”, en la sede digital del Instituto Tecnológico de la Producción (ITP) https://www.gob.pe/itp, en la misma fecha de la publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial “El Peruano”.

DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS

FINALES

Primera.- El Marco Conceptual rige a partir del día siguiente de su publicación, con excepción de los siguientes supuestos:

1. Servicios vinculados a los tipos de tareas contemplados en la Lista N° 01 “Nuevos tipos de tareas”, que forma parte integrante de la presente Resolución, en cuyo caso tales servicios podrán gestionarse cuando los documentos de gestión interna respectivos se encuentren debidamente actualizados, conforme a lo establecido en el artículo 3 de la presente Resolución.

2. Servicios vinculados con el tipo de tarea denominado “Soporte en Mantenimiento”, en cuyo caso el Marco Conceptual les resultará aplicable a partir del 1 de enero de 2026.

Segunda.- Derogar el “Marco conceptual para la programación, ejecución y control de servicios que brinda el ITP”, aprobado mediante el artículo 1 de la Resolución Ejecutiva N° 042-2021-ITP/DE, publicada en el Diario Oficial “El Peruano” con fecha 03 de junio de 2021.

DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS TRANSITORIAS

Primera.- El Marco conceptual aprobado mediante la Resolución Ejecutiva N° 042-2021-ITP/DE continúa rigiendo conforme al siguiente detalle:

a) Para los servicios cuya prestación se inició antes de la fecha de publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial “El Peruano”, hasta que finalice su ejecución y validación por parte de la Dirección de Seguimiento y Evaluación del ITP.

b) Para los servicios a que se refiere el numeral 2. de la Primera Disposición Complementaria Final, hasta el 31 de diciembre de 2025.

Segunda.- Para la prestación de los servicios derivados del Marco Conceptual en los que únicamente se modifica la denominación del servicio, del tipo de tarea y/o del tipo de servicio, se aplica las equivalencias contenidas en la Lista N° 02 “Listado de Equivalencias” que forma parte integrante de la presente Resolución, en tanto se realiza la adecuación de los respectivos documentos de gestión interna de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 3 de la presente Resolución.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

KITTY ELISA TRINIDAD GUERRERO

Directora Ejecutiva

2400463-1