Autorizan viaje de funcionarios diplomáticos a la República Federativa del Brasil, en comisión de servicios
Resolución Ministerial
N° 0315-2025-RE
Lima, 15 de mayo de 2025
VISTOS:
El Memorándum Nº DGA006572025 de la Dirección General de América, de 25 de abril de 2025; el Memorándum Nº IQU0014422025 de la Oficina Desconcentrada del Ministerio de Relaciones Exteriores en la ciudad de Iquitos, departamento de Loreto, de 30 de abril de 2025; la Hoja de Trámite (GAC) Nº 1799 del Despacho Viceministerial, de 28 de abril de 2025, y su proveído de 30 de abril de 2025; el Memorándum Nº OPP012192025 de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, de 9 de mayo de 2025, que otorgó certificación de crédito presupuestario al presente viaje; y, el Memorándum N° OAP014092025 de la Oficina de Administración de Personal, de 12 de mayo de 2025;
CONSIDERANDO:
Que, conforme al Reglamento General de los Comités de Frontera entre la República del Perú y la República Federativa del Brasil, el Comité de Frontera Amazónico Norte está integrado por el departamento de Loreto (Perú) y el Estado de Amazonas (Brasil) y constituye un foro bilateral destinado al tratamiento de asuntos de interés común en la zona de integración fronteriza entre ambos países, con el objetivo de fomentar el desarrollo mediante la integración y la cooperación;
Que, en la VII reunión de la Comisión Viceministerial de Integración Fronteriza (CVIF) Perú-Brasil, llevada a cabo el 28 de agosto de 2024, la República del Perú y la República Federativa del Brasil acordaron celebrar la II Reunión del Comité de Frontera Amazónico Norte Perú-Brasil durante el año 2025 en territorio brasileño;
Que, mediante Nota Nº DIBEP/41/BRAS.PER de 16 de abril de 2025, el Ministerio de Relaciones Exteriores de la República Federativa del Brasil propuso al gobierno peruano realizar la II Reunión del Comité de Frontera Amazónico Norte Perú-Brasil, en la ciudad de Manaos, del 20 al 21 de mayo de 2025;
Que, resulta necesaria la participación del Ministro en el Servicio Diplomático de la República Raúl Alberto Hidalgo Gallegos, Director de Desarrollo e Integración Fronteriza, de la Dirección General de América; del Ministro Consejero en el Servicio Diplomático de la República Waldo Guillermo Ortega Matías, Subdirector de Integración Fronteriza, de la Dirección de Desarrollo e Integración Fronteriza, de la Dirección General de América; del Primer Secretario en el Servicio Diplomático de la República Daniel Rama Alejandro Reátegui Ruiz Eldredge, Director de la Oficina Desconcentrada del Ministerio de Relaciones Exteriores en la ciudad de Iquitos, departamento de Loreto; y del Primer Secretario en el Servicio Diplomático de la República Gian Carlos Caballero Chávez, Asesor de la Dirección de Desarrollo e Integración Fronteriza, de la Dirección General de América; en la referida reunión, a fin de coordinar, participar y dar seguimiento a los compromisos asumidos en el marco del citado mecanismo;
Que, por cuestiones de itinerario, los mencionados funcionarios diplomáticos viajarán a la ciudad de Manaos, República Federativa del Brasil, entre el 19 y 23 de mayo de 2025; y,
De conformidad con la Ley N° 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos y su Reglamento, aprobado por el Decreto Supremo N° 047-2002-PCM; el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Relaciones Exteriores, aprobado por el Decreto Supremo N° 135-2010-RE; el Texto Único Ordenado de la Ley N° 28091, Ley del Servicio Diplomático de la República, aprobado por el Decreto Supremo N° 047-2021-RE y su Reglamento, aprobado por el Decreto Supremo N° 130-2003-RE; y, la Ley N° 32185, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2025;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Autorizar el viaje, en comisión de servicios, de los siguientes funcionarios diplomáticos a la ciudad de Manaos, República Federativa del Brasil, por los motivos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución:
Del 19 al 22 de mayo de 2025:
- Ministro en el Servicio Diplomático de la República Raúl Alberto Hidalgo Gallegos, Director de Desarrollo e Integración Fronteriza, de la Dirección General de América;
- Ministro Consejero en el Servicio Diplomático de la República Waldo Guillermo Ortega Matías, Subdirector de Integración Fronteriza, de la Dirección de Desarrollo e Integración Fronteriza, de la Dirección General de América; y,
- Primer Secretario en el Servicio Diplomático de la República Gian Carlos Caballero Chávez, Asesor de la Dirección de Desarrollo e Integración Fronteriza, de la Dirección General de América.
Del 19 al 23 de mayo de 2025:
- Primer Secretario en el Servicio Diplomático de la República Daniel Rama Alejandro Reátegui Ruiz Eldredge, Director de la Oficina Desconcentrada del Ministerio de Relaciones Exteriores en la ciudad de Iquitos, departamento de Loreto.
Artículo 2.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente resolución serán cubiertos por el pliego presupuestal del Ministerio de Relaciones Exteriores, Metas: (310) 0000917 “Implementación de los Planes de Desarrollo Fronterizo” y (0319) 0093947 “Oficinas Desconcentradas – Iquitos”; y, códigos POl: AOI00004500803 “Impulsar la integración fronteriza con Brasil” y AOI00004500411 “Realización de actividades para el fortalecimiento de las relaciones bilaterales”; debiendo rendir cuenta documentada en un plazo no mayor de quince (15) días calendario, al término del referido viaje, de acuerdo con el siguiente detalle:
Nombres y Apellidos |
Pasajes aéreos clase económica USD |
Viáticos por día USD |
Número de días |
Total de viáticos USD |
Raúl Alberto Hidalgo Gallegos |
2 576.85 |
370.00 |
2+1 |
1 110.00 |
Waldo Guillermo Ortega Matías |
2 576.85 |
370.00 |
2+1 |
1 110.00 |
Gian Carlos Caballero Chávez |
2 576.85 |
370.00 |
2+1 |
1 110.00 |
Daniel Rama Alejandro Reátegui Ruiz Eldredge |
2 400.00 |
370.00 |
2+1 |
1 110.00 |
Artículo 3.- Dentro de los quince (15) días calendario, posteriores a su retorno al país, los citados funcionarios diplomáticos deberán presentar al Ministro de Relaciones Exteriores, un informe detallado de las acciones realizadas y los resultados obtenidos en el viaje autorizado.
Artículo 4.- La presente Resolución Ministerial no libera ni exonera del pago de impuestos o de derechos aduaneros cualquiera sea su clase o denominación.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
ELMER SCHIALER SALCEDO
Embajador
Ministro de Relaciones Exteriores
2400457-1