Aprueban “Guía para la implementación del Sistema Local de Gestión Ambiental”
Resolución Ministerial
Nº 00128-2025-MINAM
Lima, 16 de mayo de 2025
VISTOS: el Informe N° 00145-2025-MINAM/VMGA/DGPIGA/DPIGA de la Dirección de Políticas e Instrumentos de Gestión Ambiental; el Memorando N° 00440-2025-MINAM/VMGA/DGPIGA de la Dirección General de Políticas e Instrumentos de Gestión Ambiental; el Memorando N° 00182-2025-MINAM/VMGA del Viceministerio de Gestión Ambiental; el Informe N° 00206-2025-MINAM/SG/OGPP/OPM de la Oficina de Planeamiento y Modernización; el Memorando N° 00545-2025-MINAM/SG/OGPP de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto; el Informe N° 00390-2025-MINAM/SG/OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y,
CONSIDERANDO:
Que, el artículo 15 de la Ley N° 28611, Ley General del Ambiente, señala que el Sistema Nacional de Gestión Ambiental (SNGA), integra los sistemas de gestión en materia ambiental, tales como los sistemas sectoriales, regionales y locales de gestión ambiental, así como otros sistemas específicos relacionados con la aplicación de instrumentos de gestión ambiental;
Que, mediante la Ley Nº 28245, Ley Marco del Sistema Nacional de Gestión Ambiental, se establecen disposiciones para el funcionamiento del Sistema Nacional de Gestión Ambiental (SNGA), el cual tiene por finalidad orientar, integrar, coordinar, supervisar, evaluar y garantizar la aplicación de las políticas, planes, programas y acciones destinadas a la protección del ambiente y contribuir a la conservación y aprovechamiento sostenible de los recursos naturales;
Que, el numeral 24.2 del artículo 24 de la precitada Ley, dispone que los Gobiernos Locales deben implementar el sistema local de gestión ambiental, sobre la base de los órganos que desempeñan diversas funciones ambientales que atraviesan el Gobierno Local y con la participación de la sociedad civil;
Que, con Decreto Supremo N° 014-2024-MINAM, se aprueba el Reglamento de la Ley Nº 28245, Ley Marco del Sistema Nacional de Gestión Ambiental, el cual tiene como finalidad lograr el adecuado funcionamiento del SNGA y la coherencia de las intervenciones de las entidades que conforman dicho Sistema en la implementación de la Política Nacional del Ambiente, sin afectar sus autonomías, contribuyendo a la protección del ambiente y la conservación y aprovechamiento sostenible de los recursos naturales;
Que, conforme al artículo 35 del referido Reglamento, el Sistema Local de Gestión Ambiental, está conformado por instituciones, principios, normas, procedimientos, técnicas e instrumentos de alcance local, a través de los cuales se organizan los gobiernos locales, con la participación de la sociedad civil y el sector privado, para cumplir con los objetivos de la Política Nacional del Ambiente, en sus respectivos ámbitos territoriales;
Que, el artículo 36 del Decreto Supremo N° 014-2024-MINAM, establece que la implementación de dicho Sistema es un proceso que comprende lo siguiente: i) Elaboración de la Matriz de identificación de actores que integran el Sistema Local de Gestión Ambiental, sus funciones y marco legal; ii) Creación y funcionamiento de las Comisiones Ambientales Municipales (CAM); iii) Elaboración y aprobación de la Matriz Local de Prioridades Ambientales y Climáticas; iv) Aprobación de la política ambiental local y de otros instrumentos en el marco de las competencias del gobierno local; y, v) El establecimiento de mecanismos de coordinación con las entidades públicas, sociedad civil y actores privados;
Que, el literal b) del artículo 7 del Decreto Legislativo N° 1013, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Creación, Organización y Funciones del Ministerio del Ambiente, señala que el Ministerio del Ambiente tiene la función de dirigir el Sistema Nacional de Gestión Ambiental;
Que, a través de la Resolución Ministerial N° 131-2021-MINAM, se aprueba la “Guía para el funcionamiento del Sistema Local de Gestión Ambiental (SLGA)”, la cual tiene como finalidad mejorar el desempeño de la gestión ambiental y climática local, en el marco del Sistema Nacional de Gestión Ambiental, en cumplimiento de la Política Nacional del Ambiente;
Que, debido a la incorporación de nuevas disposiciones en el Reglamento de la Ley Nº 28245, Ley Marco del Sistema Nacional de Gestión Ambiental, resulta necesario emitir una nueva “Guía para la implementación del Sistema Local de Gestión Ambiental (SLGA)” acorde con dicho marco normativo, con la finalidad de operativizar el proceso de implementación del Sistema de Gestión Ambiental a nivel local, que contribuya al fortalecimiento de la participación ciudadana en materia ambiental en este nivel de gobierno;
Que, mediante la Resolución Ministerial N° 00083-2025-MINAM, se dispuso la publicación del proyecto de Resolución Ministerial que aprueba la “Guía para la implementación del Sistema Local de Gestión Ambiental”, conforme a lo dispuesto en el artículo 39 del Reglamento sobre Transparencia, Acceso a la Información Pública Ambiental y Participación y Consulta Ciudadana en Asuntos Ambientales, aprobado por el Decreto Supremo N° 002-2009- MINAM; y, el numeral 19.1 del artículo 19 y el literal c) del numeral 20.1 del artículo 20 del Reglamento que establece disposiciones sobre publicación y difusión de normas jurídicas de carácter general, resoluciones y proyectos normativos, aprobado por Decreto Supremo Nº 009-2024-JUS, en virtud de la cual se recibieron aportes y comentarios al mismo;
Que, de acuerdo con el literal e) del artículo 88 del Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio del Ambiente, aprobado por la Resolución Ministerial N° 108-2023-MINAM, la Dirección General de Políticas e Instrumentos de Gestión Ambiental (DGPIGA), es el órgano de línea que tiene entre sus funciones proponer los instrumentos técnicos-normativos para el funcionamiento del Sistema Nacional de Gestión Ambiental;
Que, a través del Memorando N° 00440-2025-MINAM/VMGA/DGPIGA, la Dirección General de Políticas e Instrumentos de Gestión Ambiental remite el Informe N° 00145-2025-MINAM/VMGA/DGPIGA/DPIGA, de la Dirección de Políticas e Instrumentos de Gestión Ambiental, el cual sustenta la necesidad de la aprobación de una nueva “Guía para la implementación del Sistema Local de Gestión Ambiental”, conforme al vigente Reglamento de la Ley Nº 28245, Ley Marco del Sistema Nacional de Gestión Ambiental;
Que, mediante Memorando N° 00545-2025-MINAM/SG/OGPP, la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, en atención al Informe N° 00206-2025-MINAM/SG/ OGPP/OPM de la Oficina de Planeamiento y Modernización, emite opinión favorable sobre la propuesta efectuada por la Dirección General de Políticas e Instrumentos de Gestión Ambiental;
Que, con Informe N° 00390-2025-MINAM/SG/OGAJ, la Oficina General de Asesoría Jurídica emite opinión favorable respecto a la aprobación de la Resolución Ministerial que aprueba el proyecto de “Guía para la implementación del Sistema Local de Gestión Ambiental”;
Con el visado del Viceministerio de Gestión Ambiental, de la Dirección General de Políticas e Instrumentos de Gestión Ambiental, de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, y de la Oficina General de Asesoría Jurídica;
De acuerdo a lo establecido en el Decreto Legislativo N° 1013, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Creación, Organización y Funciones del Ministerio del Ambiente; la Ley N° 28611, Ley General del Ambiente; la Ley N° 28245, Ley Marco del Sistema Nacional de Gestión Ambiental y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo N° 014-2024-MINAM; y, la Resolución Ministerial N° 108-2023-MINAM, que aprueba el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio del Ambiente;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Aprobar la “Guía para la implementación del Sistema Local de Gestión Ambiental”, la misma que como Anexo, forma parte integrante de la presente Resolución Ministerial.
Artículo 2.- Dejar sin efecto la Resolución Ministerial N° 131-2021-MINAM, que aprueba la “Guía para el funcionamiento del Sistema Local de Gestión Ambiental (SLGA)”.
Artículo 3.- Disponer la publicación de la presente Resolución Ministerial y su Anexo en la sede digital del Ministerio del Ambiente (www.gob.pe/minam), el mismo día de la publicación de la presente Resolución en el diario oficial “El Peruano”.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
Juan Carlos Castro Vargas
Ministro del Ambiente
2400363-1