Prorrogan vigencia de la Ordenanza
N° 697/MDC, “Ordenanza que Regula el Procedimiento Administrativo de Visación de Planos de Trazado y Lotización para Viabilizar la Dotación de Servicios Básicos a Posesiones Informales ubicadas en el distrito de Comas”

DECRETO DE ALCALDÍA

N° 05-2025-AL/MDC

Comas, 14 de mayo de 2025

EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE

COMAS

VISTO: El Informe N°095-2025-SGOPC-GDU/MDC de fecha 12 de mayo de 2025, de la Subgerencia de Obras Privadas y Catastro; el Informe N°032-2025-GDU/MDC de fecha 12 de mayo de 2025, de la Gerencia de Desarrollo Urbano; el Informe N°455-2025-OGAJ/MDC de fecha 12 de mayo de 2025, de la Oficina General de Asesoría Jurídica y el Proveído N°412-2025-GM/MC de fecha 13 de mayo de 2025 de la Gerencia Municipal, respecto a la prórroga de la “Ordenanza Municipal N°697/MDC que Regula el Procedimiento Administrativo de Visación de Planos de Trazado y Lotización para Viabilizar la Dotación de Servicios Básicos a Posesiones Informales ubicadas en el distrito de Comas”, y;

CONSIDERANDO:

Que, el artículo 194° de la Constitución Política del Perú, modificado por Ley N°30305, Ley de Reforma Constitucional en concordancia con el Artículo II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley N°27972, prevé que las municipalidades provinciales y distritales son órganos de gobierno local y tienen autonomía económica y administrativa en los asuntos de su competencia dentro de su jurisdicción y con los límites que señala la Ley;

Que, el artículo 73° de la Ley N°27972, Ley Orgánica de Municipalidades, señala que las municipalidades se encuentran facultadas de emitir normas técnicas generales en materia de organizaciones del espacio físico y uso del suelo, así como sobre protección y conservación del ambiente, puesto que las municipalidades ejercen funciones promotoras, normativas y reguladoras, así como las de ejecución y de fiscalización y control, en las materias de su competencia, conforme a la citada ley;

Que, de conformidad con el artículo 195° de nuestra Carta Magna, los gobiernos locales promueven el desarrollo, la economía local y la prestación de servicios públicos de su responsabilidad, en armonía con las políticas y planes nacionales y regionales de desarrollo, de manera que son competentes para crear, modificar y suprimir contribuciones, tasas, arbitrios, licencias y derechos municipales, conforme a ley; así como también para planificar el desarrollo urbano y rural de sus circunscripciones, incluyendo la zonificación, urbanismo y el acondicionamiento territorial; y desarrollar y regular actividades y/o servicios en materia de saneamiento, ello en concordancia con el articulo IV del Título Preliminar de la Ley Nº27972, Ley Orgánica de Municipalidades;

Que, mediante Ordenanza Municipal N°697/MDC, publicada en el Diario Oficinal “El Peruano” el 24 de mayo de 2024, se Regula el Procedimiento Administrativo de Visación de Planos de Trazado y Lotización para Viabilizar la Dotación de Servicios Básicos a Posesiones Informales ubicadas en el distrito de Comas, dentro de este contexto, conforme a la quinta Disposición Complementaria y Final del mismo cuerpo normativo, en la que faculta al señor Alcalde para que mediante Decreto de Alcaldía se dicten normas reglamentarias y/o complementarias de la presente Ordenanza;

Que, con Decreto de Alcaldía N°014-2024-AL/MDC de fecha 20 de noviembre de 2024, se aprobó la prórroga de la vigencia de la Ordenanza Municipal N°697/MDC que Regula el Procedimiento Administrativo de Visación de Planos de Trazado y Lotización para Viabilizar la Dotación de Servicios Básicos a Posesiones Informales ubicadas en el distrito de Comas, por el plazo de ciento ochenta (180) días;

Que, mediante Informe N°095-2025-SGOPC-GDU/MDC de fecha 12 de mayo de 2025, la Subgerencia de Obras Privadas y Catastro, informa a la Gerencia de Desarrollo Urbano la necesidad de contar con un instrumento técnico que regule el procedimiento para evaluar y otorgar la aprobación de los planos visados, y en consecuencia proceder con emitir las constancias de posesión para que las viviendas accedan y cuenten con las respectivas conexiones domiciliarias de agua potable y alcantarillado, por lo que recomienda solicitar la ampliación de plazo de ciento veinte días (120) días de la vigencia de la Ordenanza Municipal N°697/MDC, debiendo emitirse el respectivo Decreto de Alcaldía, de conformidad con la Quinta disposición complementaria y final de la precipitada norma;

Que, mediante Informe N°032-2025-GDU/MDC de fecha 12 de mayo de 2025, la Gerencia de Desarrollo Urbano, informa a la Gerencia Municipal que es de opinión favorable a la ampliación de la vigencia de la Ordenanza Municipal N°697/MDC, por el periodo de 120 días, señalada en el Informe N°095-2025-SGOPC-GDU/MDC por lo que remite la propuesta presentada por la Subgerencia de Obras Privadas y Catastro, a fin de que continúe la prosecución del trámite correspondiente;

Que, mediante Informe N°455-2025-OGAJ/MDC de fecha 12 de mayo de 2025 la Oficina General de Asesoría Jurídica, señala que teniendo en consideración los informes emitidos por las áreas correspondientes, estima que es viable prorrogar la vigencia de la la Ordenanza Municipal N°697/MDC, “Ordenanza que Regula el Procedimiento Administrativo de Visación de Planos de Trazado y Lotización para Viabilizar la Dotación de Servicios Básicos a Posesiones Informales ubicadas en el distrito de Comas”, por el lapso de 120 días, toda vez que es necesario contar con un instrumento técnico que regule el procedimiento para evaluar y otorgar la aprobación de planos visados, y emitir las constancias de posesión para que las viviendas puedan acceder y cuenten con la conexiones domiciliarias de agua potable y alcantarillado; por lo que estando en el marco legal que la sustentan no contraviene dispositivos legales de carácter general y/o especial, para los fines en que se fundamenta; por lo que opina procedente prorrogar la vigencia de la Ordenanza Municipal N°697/MDC conforme a la propuesta presentada, debiendo emitirse el acto administrativo correspondiente;

Estando a lo expuesto, y en uso de las facultades previstas en los artículos 20° inciso 6 y 42° de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades;

DECRETA:

Artículo Primero.- PRORROGAR la vigencia de la Ordenanza Municipal N°697/MDC “Ordenanza que Regula el Procedimiento Administrativo de Visación de Planos de Trazado y Lotización para Viabilizar la Dotación de Servicios Básicos a Posesiones Informales ubicadas en el distrito de Comas”, por el plazo de ciento veinte (120) días.

Artículo Segundo.- ENCARGAR a la Gerencia de Desarrollo Urbano, Subgerencia de Obras Privadas y Catastro, y Subgerencia de Gestión del Riesgo de Desastre, el cumplimiento de lo dispuesto en el presente decreto, en adición a sus funciones establecidas en el Reglamento de Organización y Funciones de la Municipalidad Distrital de Comas, bajo responsabilidad funcional, técnica y legal.

Artículo Tercero.- ENCARGAR a la Oficina General de Secretaría del Concejo Municipal, su publicación en el Diario Oficial “El Peruano” y a la Oficina de Tecnología de la Información su publicación en la página web de la Municipalidad, www.municomas.gob.pe .

Regístrese, comuníquese y cúmplase.

ULISES VILLEGAS ROJAS

Alcalde

2400188-1