Autorizan viaje de miembro titular del Pleno del JNE a México, en comisión de servicios

RESOLUCIÓN N° 000093-2025-P/JNE

Lima, 15 de mayo del 2025

VISTOS:

Las comunicaciones del 1 y del 7 de abril de 2025, del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) de México, y del Instituto Nacional Electoral (INE) y del TEPJF de México, respectivamente; el Informe N.° 000035-2025-OCRI/JNE del 28 de abril de 2025 y el Memorando N.° 000052-2025-OCRI/JNE del 8 de mayo de 2025, de la Oficina de Cooperación y Relaciones Internacionales; y el Informe N.° 000311-2025-DGNAJ/JNE del 15 de mayo de 2025, de la Dirección General de Normatividad y Asuntos Jurídicos; y,

CONSIDERANDO:

Que, por comunicación del 1 de abril de 2025, dirigida al presidente del Jurado Nacional de Elecciones (JNE), el TEPJF de México cursa invitación, para su participación en el Programa Informativo Jurisdiccional para Personas Extranjeras, que se realizará el 29 de mayo de 2025; y por comunicación del 7 de abril de 2025, el INE y del TEPJF de México, cursan invitación, para su participación en el Programa de Atención para Personas Visitantes Extranjeras, a desarrollarse del 30 de mayo al 1 de junio de 2025; con ocasión de las Elecciones Extraordinarias del Poder Judicial Local y Federal, que se celebrará el 1 de junio de 2025, en la ciudad de México; expresándose que se programa como fecha de llegada, el 28 de mayo; y de partida, el 2 de junio de 2025. Asimismo, se informa que, en ambos eventos, asumirán los gastos de pasajes aéreos, hospedaje, alimentación y traslados internos; por lo que la Presidencia del JNE, mediante Oficio N.° 000241-2025-P/JNE, del 24 de abril de 2025, expresa que, en representación de la institución, participará el magistrado Rubén Torres Cortez, miembro titular del Pleno del JNE;

Que, con Memorando N.° 000052-2025-OCRI/JNE, la Oficina de Cooperación y Relaciones Internacionales expresa que la póliza de asistencia al viajero internacional con cobertura COVID-19, estará cubierto por el JNE; y por correo electrónico del 12 de mayo de 2025, se informa a la unidad orgánica de Logística, que el costo de dicho servicio es de US $ 120.00 (ciento veinte con 00/100 dólares americanos);

Que, con la Certificación N.° 01237-2025-DGPID/JNE del 13 de mayo de 2025, la Dirección General de Planeamiento, Innovación y Desarrollo otorga la certificación de existencia de crédito presupuestario aprobado para el ejercicio fiscal 2025, en el presupuesto del pliego 031 Jurado Nacional de Elecciones, por el importe de S/. 480.00 (cuatrocientos ochenta con 00/100 soles), para la adquisición de la póliza referida en el considerando precedente;

Que, mediante Resolución N° 0125-2025-JNE, publicada el 21 de marzo de 2025 en el diario oficial El Peruano, se declaró en sesión permanente al Pleno del JNE, a partir de tal fecha, hasta la culminación de los procesos electorales “Elecciones Municipales Complementarias 2025, Consulta Popular de Revocatoria del Mandato de Autoridades Municipales 2025 y de las Elecciones Generales 2026”; asimismo, se habilitó sábados, domingos y feriados, para la programación y realización de audiencias públicas, sesiones deliberativas, notificaciones, así como otras actuaciones procesales, en el marco de dichos procesos;

Que, la Dirección General de Normatividad y Asuntos Jurídicos, en el Informe N.° 000311-2025-DGNAJ/JNE, considera que es relevante nuestra participación institucional, como ente electoral, en los eventos objeto de invitación; considerando además que, tal como lo manifiesta la Oficina de Cooperación y Relaciones Internacionales en el Informe N.° 000035-2025-OCRI/JNE, se recomienda la participación del magistrado, dada la relevancia y trascendencia de dichos eventos;

Que, conforme a ello, la Dirección General de Normatividad y Asuntos Jurídicos concluye que es viable que la Presidencia del Jurado Nacional de Elecciones, por ser la máxima autoridad administrativa, autorice el viaje del magistrado Rubén Torres Cortez, sin afectar el despacho interno, por el periodo del 28 de mayo al 2 de junio de 2025; y así poder participar en los programas objeto de invitación;

Que, el artículo 4 del Decreto Supremo N° 047-2002-PCM, mediante el cual se aprueban normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, prevé que las resoluciones de autorización de viaje deberán publicarse en el diario oficial El Peruano, con anterioridad al viaje;

En uso de las atribuciones de las que está investida esta Presidencia;

SE RESUELVE:

Artículo Primero.- AUTORIZAR el viaje del magistrado Rubén Torres Cortez, en su condición de miembro titular del Pleno del Jurado Nacional de Elecciones, por el periodo comprendido del 28 de mayo al 2 de junio de 2025, a fin de que participe en el “Programa Informativo Jurisdiccional para Personas Extranjeras” y en el “Programa de Atención para Personas Visitantes Extranjeras”, que se realizarán el 29 de mayo de 2025, y del 30 de mayo al 1 de junio de 2025, respectivamente, en la ciudad de México.

Artículo Segundo.- OTORGAR PERMISO CON GOCE DE HABER por comisión de servicios al magistrado Rubén Torres Cortez, por el periodo comprendido del 28 de mayo al 2 de junio de 2025, para su participación como representante del Jurado Nacional de Elecciones, en los eventos descritos en el artículo precedente.

Artículo Tercero.- PRECÍSESE que por acuerdo del Pleno del Jurado Nacional de Elecciones, no se afectará el despacho interno de la institución.

Artículo Cuarto.- Esta entidad cubrirá los gastos del miembro titular del Pleno del Jurado Nacional de Elecciones, según el siguiente detalle:

Servicio de Asistencia al Viajero Internacional con cobertura COVID-19: USD$ 120.00 (ciento veinte con 00/100 dólares americanos).

Artículo Quinto.- Disponer que, dentro de los 15 (quince) días calendario siguientes de efectuado el viaje, el comisionado presente, a este despacho, un informe detallado, describiendo acciones realizadas y resultados obtenidos.

Artículo Sexto.- La presente resolución no da derecho a exoneración ni liberación de impuestos aduaneros, de ninguna clase o denominación.

Artículo Séptimo.- Transcribir la presente decisión a la Dirección General de Recursos y Servicios y al interesado, para su conocimiento y los fines consiguientes.

Artículo Octavo.- La presente resolución se publica en el diario oficial El Peruano.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

ROBERTO ROLANDO BURNEO BERMEJO

Presidente

2400016-1