Autorizan viaje del Gobernador del Gobierno Regional Lambayeque y de Consejeros Regionales a la ciudad de Roma, para su participación en la Misa Solemne de Inicio del Pontificado de su Santidad León XIV, a celebrarse en la Plaza San Pedro de la Ciudad del Vaticano
ACUERDO REGIONAL
Nº 000240-2025-GR.LAMB/CR [515825916 - 24]
Chiclayo, 15 de mayo de 2025
POR CUANTO:
El Consejo Regional del Gobierno Regional Lambayeque en Sesión Extraordinaria de fecha 15 de mayo del 2025, con la votación de los Consejeros Regionales hábiles consignada en el audio y video que obra en el Consejo Regional y conforme se consigna en la parte considerativa del presente Acuerdo Regional, así como lo previsto en la Constitución Política del Perú, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, Ley Nº 27867, y sus modificatorias, el Reglamento Interno del Consejo Regional de Lambayeque, y demás normas complementarias, acuerda lo siguiente:
CONSIDERANDO:
La Constitución Política del Perú, modificada por Ley Nº 27680 – Ley de Reforma Constitucional del Capítulo XIV del Título IV sobre Descentralización y Ley Nº 28607, en su artículo 191º establece que los Gobiernos Regionales tienen autonomía política, económica y administrativa, en los asuntos de su competencia; haciendo hincapié que “La estructura orgánica básica de estos gobiernos la conforman el Consejo Regional como órgano normativo y fiscalizador (...)”.
Los Gobiernos Regionales emanan de la voluntad popular, son personas jurídicas de derecho público con autonomía política, económica y administrativa, teniendo por misión organizar y conducir la gestión pública regional de acuerdo a sus competencias exclusivas, compartidas y delegadas en el marco de las políticas nacionales sectoriales, para contribuir al desarrollo integral y sostenible de la región, conforme lo expresan los artículos 2º, 4º y 5º de la Ley Nº 27867 - Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, sus normas y sus disposiciones se rigen por los principios de exclusividad, territorialidad, legalidad, y simplificación administrativa;
Conforme a lo señalado en el artículo 1º de la Ley Nº 27867 - Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y sus modificatorias, en adelante la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, mediante dicha norma se establece y norma la estructura, organización, competencias y funciones de los Gobiernos Regionales. Asimismo, define la organización democrática, descentralizada y del Gobierno Regional, conforme a lo previsto en los artículos 189º al 192º de la Constitución Política del Perú y a los artículos 7º al 12º de la Ley Nº 27783, Ley de Bases de la Descentralización;
Por su parte el artículo 13º de la Ley Orgánica de los Gobiernos Regionales - Ley Nº 27867 modificado por la Ley Nº 29053, prescribe que el Consejo Regional: “Es el Órgano normativo y fiscalizador del Gobierno Regional. Le corresponde las funciones y atribuciones que se establece en la presente ley y aquellas que le sean delegadas.
El artículo 37º inciso a) y 39º de Ley Orgánica de Gobiernos Regionales concordante con lo previsto en el artículo 46º del Reglamento Interno de Consejo Regional aprobado con Ordenanza Regional Nº 008-2016-GR.LAMB/CR dispone que: “Los Acuerdos Regionales expresan decisiones de carácter interno del Consejo Regional, de interés público, ciudadano o institucional o declara su voluntad de practicar un determinado acto o sujetarse a una conducta o norma institucional”.
Dentro de ésta perspectiva, en atención a las atribuciones que tiene el Consejo Regional Lambayeque conferidas por la Ley Nº 27867 – Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y el Reglamento Interno del Consejo Regional; en sesión extraordinaria realizada el día 15 de mayo del 2025, se tuvo a bien tratar el pedido realizado por el Gobernador Regional, Jorge Luis Pérez Flores, plasmado en el Oficio Nº 000397-2025-GR.LAMB/GR [515825916-16], donde solicita autorización de viaje en comisión de servicios, del 16 al 19 de mayo del 2025, a Roma, a efecto de participar del día domingo 18 del presente mes, en la Misa Solemne de Inicio del Pontificado de su Santidad León XIV, a celebrarse en la Plaza San Pedro de la Ciudad del Vaticano. Cabe indicar que mediante Oficio Nº 0004000-2025-GR.LAMB/GR [515825916], de fecha 15 de mayo del 2025, se solicitó que se considere que las fechas deberá ser desde el 16 hasta el 20 de mayo conforme lo tiene indicado en la cotización y el informe legal que forma parte del presente expediente.
Cabe indicar precisar que el interés específico que sustenta el pedido, se basa en que la participación a la citada ceremonia es de vital importancia, en razón a que refleja un testimonio de la profunda vinculación histórica y de cooperación entre la Región Lambayeque y la Santa Sede, sumado a la excepcional naturaleza del vínculo entre el Santo Padre y nuestra Provincia de Chiclayo.
Es importante hacer hincapié que con fecha 8 de mayo del 2025 fue elegido Sumo Pontífice de la Iglesia Católica, su Santidad León XIV quien como es de conocimiento tiene nacionalidad peruana, siendo su primer mensaje en la Plaza de San Pedro de la Ciudad del Vaticano, el saludo al Perú y con especial afecto a la Arquidiócesis de Chiclayo; en este sentido que lo solicitado permitirá expresar en nombre del Gobierno Regional y del pueblo lambayecano, el saludo protocolar y felicitación al recién elegido PAPA León XIV, quien represente un acontecimiento histórico y de alto valor simbólico, contribuyendo a que los ojos del mundo se posen en nuestra región. Del mismo modo, este importante acontecimiento representa una valiosa ventana para promover el turismo, la cultura y el potencial de Lambayeque ante la comunidad internacional.
Conforme puede verse del Informe Nº 000189-2025-GR.LAMB/ORPP-OFPR [515825916-9], de fecha 15 de mayo del 2025, la Oficina de Presupuesto indicó que se cuenta con disponibilidad presupuestal en la estructura funcional programática 0047 9001 3999999 5000002 Conducción y Orientación Superior para cubrir los gastos respectivos. Asimismo, se ha realizado el estudio de mercado y mediante Informe Legal Nº 000469-2025-GR.LAMB/ORAJ [515825916-13], se ha precisado que conforme a lo dispuesto en el artículo 5º del Decreto Supremo Nº 056-2013-PCM, corresponde otorgar por viaje a Europa la escala $ 540.00 por día, por concepto de viáticos, ascendiendo al monto total de $ 2160 (dos mil ciento sesenta dólares), y por concepto de pasajes el monto de $ 4977 (cuatro Mil novecientos sesenta y siete dólares).
Por su parte es importante indicar que en lo solicitado por el Gobernador Regional hace extensiva la invitación a los consejeros regionales que el Pleno autorice, precisándose que la justificación de su participación tiene sustento en que los consejeros regionales no sólo cumplen labor de fiscalización, sino que representan a la población lambayecana, siendo específicos a cada una de sus provincias: Chiclayo, Lambayeque y Ferreñafe.
Es importante indicar que para lo solicitado se debe tener en cuenta lo dispuesto en el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, Reglamento de la Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, en su artículo 1º señala que: “La autorización de viajes al exterior de funcionarios y servidores públicos o de cualquier persona en representación del Estado y que irrogue algún gasto al Tesoro Público, se otorgará de acuerdo a lo dispuesto por la Ley Nº 27619 y de acuerdo a las disposiciones contenidas en el presente Reglamento”. Asimismo, el artículo 2º señala: “La Resolución de autorización de viajes al exterior de la República estrictamente necesarios, será debidamente sustentada en el interés nacional o en el interés específico de la Institución, y deberá indicar expresamente el motivo del viaje, el número de días de duración del viaje, el monto de los gastos de desplazamiento, viáticos y tarifa Corpac. (…) Sin perjuicio de lo expuesto, toda autorización de viajes deberá sujetarse a las medidas de austeridad, racionalidad y transparencia del gasto público, bajo responsabilidad”;
En consecuencia, atendiendo al debate realizado, al interés público regional y teniendo en cuenta que el Consejo Regional busca declarar la voluntad de practicar de un determinado acto, es necesario emitir el Acuerdo conforme la votación en sesión extraordinaria.
Se deja constancia que los Consejeros Regionales hábiles fueron 06, aprobándose el presente acuerdo por UNANIMIDAD. No estuvo presente en la sesión el consejero regional Julio César Sevilla Exebio, consejera regional María Manuela Zeña Nanfuñay, consejera regional Luzanna Exebio Cabrera y consejero regional Juan Pablo Horna Santa Cruz.
En ejercicio de las atribuciones conferidas por el inciso a) y k) del artículo 15º, inciso a) del artículo 37º, y artículo 39º de la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, modificatorias, así como en los artículos 4º, 9º, inciso d) artículo 12º y 46º del Reglamento Interno del Consejo Regional aprobado mediante Ordenanza Regional Nº 008-2016-GR.LAMB/CR, y su modificatoria con Ordenanza Regional Nº 001-2019 GR.LAMB/CR, de conformidad con los considerandos expuestos, y en atención a lo aprobado por el Consejo Regional en su Sesión Extraordinaria.
SE ACUERDA:
Artículo Primero.- AUTORIZAR el viaje al exterior del Gobernador del Gobierno Regional Lambayeque, JORGE LUIS PÉREZ FLORES, a la ciudad de Roma, del 16 al 20 de mayo del 2025, para su participación en la Misa Solemne de Inicio del Pontificado de su Santidad León XIV, a celebrarse en la Plaza San Pedro de la Ciudad del Vaticano el día domingo 18 del presente mes.
PRECISAR, que los gastos que irrogue el cumplimiento del presente Acuerdo de Consejo Regional serán cubiertos por el pliego presupuestal del Gobierno Regional Lambayeque, por un importe para viáticos que asciende a $ 540.00 por día, por concepto de viáticos, ascendiendo al monto total de $ 2,160 (dos mil ciento sesenta dólares), y por concepto de pasajes el monto de $ 4,977 (cuatro Mil novecientos sesenta y siete dólares).
Artículo Segundo.- AUTORIZAR el viaje al exterior a los Consejeros Regionales del Gobierno Regional Lambayeque, RICARDO GUILLERMO LARA DOIG, GUSTAVO DACIO ESPINOZA SOTO, VICTOR YOMI OROSCO NUNTON y SUJEILY ENITH CAMACHO FERNÁNDEZ a la ciudad de Roma, del 16 al 20 de mayo del 2025, para su participación en la Misa Solemne de Inicio del Pontificado de su Santidad León XIV, a celebrarse en la Plaza San Pedro de la Ciudad del Vaticano el día domingo 18 del presente mes.
PRECISAR, que los gastos que irrogue el cumplimiento del presente Acuerdo de Consejo Regional serán cubiertos por el pliego presupuestal del Gobierno Regional Lambayeque, por un importe para viáticos que asciende a $ 540.00 por día, por concepto de viáticos, ascendiendo al monto total de $ 2,160 (dos mil ciento sesenta dólares), y por concepto de pasajes el monto de $ 4,977 (cuatro Mil novecientos sesenta y siete dólares). Cabe precisar que el importe antes citado es por cada consejero regional.
Artículo Tercero.- DISPONER, bajo responsabilidad, que la Oficina Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial brinde atención a los Oficio Nº 001589-2025-GR.LAMB/SCR [515825916-4] y Oficio Nº 001599-2025-GR.LAMB/SCR [515825916-15].
Artículo Cuarto.- NOTIFICAR al Gobernador Regional, Consejo Regional, Gerencia General Regional y a las instancias administrativas del presente acuerdo regional para su cumplimiento.
Artículo Quinto.- PUBLICAR, en el Diario Oficial El Peruano del presente Acuerdo Regional conforme a Ley.
Artículo Sexto.- PUBLICAR, el presente Acuerdo Regional a través del portal electrónico del Gobierno Regional de Lambayeque www.regionlambayeque.gob.pe.
Regístrese, comuníquese y cúmplase.
GUSTAVO DACIO ESPINOZA SOTO
Presidente del Consejo Regional
2399952-1