Modifican la Resolución de la Fiscalía de la Nación N° 160-2025-MP-FN
RESOLUCIÓN DE LA FISCALÍA DE LA NACIÓN
N° 1420-2025-MP-FN
Lima, 13 de mayo de 2025
VISTOS:
El Oficio N° 824-2025-MP-FN-GG, de la Gerencia General; el Informe N° 000439-2025-MP-FN-OGASEJ, de la Oficina General de Asesoría Jurídica; Informe N° 000011-2025-MP-FN-GG-OGLOG y el Memorando N° 000331-2025-MP-FN-GG-OGLOG, de la Oficina General de Logística, y el Informe N° 000068-2025-MP-FN-GG-OGINVER, de la Oficina General de Inversiones.
CONSIDERANDO:
A través de la Resolución de la Fiscalía de la Nación N° 160-2025-MP-FN, de fecha 22 de enero de 2025, se formalizó la delegación de facultades en materia de contrataciones del Estado en el marco de la Ley N° 30225 y su Reglamento.
Mediante publicación en el Diario Oficial El Peruano de fecha 24 de junio de 2024, se promulgó la Ley N° 32069, Ley General de Contrataciones Públicas, que deroga la Ley N° 30225, Ley de Contrataciones del Estado y sus modificatorias.
A través de la publicación en el Diario Oficial El Peruano de fecha 22 de enero de 2025, se emitió el Decreto Supremo N° 009-2025-EF, que aprueba el Reglamento de la Ley N° 32069, Ley General de Contrataciones Públicas y deroga el Decreto Supremo nº344-2018-EF, Reglamento de la Ley N° 30225 - Ley de Contrataciones del Estado.
Por medio de la Vigésima Novena Disposición Complementaria Final de la Ley N° 32069, se establece que la referida Ley entra en vigor a los noventa días calendario contados a partir del día siguiente a la publicación de su Reglamento. En tal sentido, considerando que el Reglamento de la citada Ley fue publicado el 22 de enero de 2025, esta entró en vigencia a partir del 22 de abril de 2025.
El numeral 25.2 del artículo 25 de la Ley N° 32069 -Ley General de Contrataciones Públicas, señala que “El titular de la entidad y la autoridad de la gestión administrativa de la entidad contratante pueden delegar, mediante resolución, las facultades que la presente ley les otorga, salvo las excepciones previstas en el reglamento”.
En ese contexto, con el propósito de continuar optimizando la fluidez de la marcha administrativa de la Entidad y a fin de garantizar la adecuada gestión en la administración de los recursos asignados en materia presupuestal, de contrataciones del Estado y en el ámbito administrativo, que permitan al Ministerio Público cumplir de manera oportuna y eficaz las funciones establecidas en su norma de creación y en sus respectivos instrumentos de gestión institucional, el Despacho de la Fiscal de la Nación ha delegado diversas facultades y atribuciones en el Gerente General, el Gerente Central de la Oficina General de Logística, la Gerencia Central de Inversiones, entre otros.
Con Informe N° 000011-2025-MP-FN-GG-OGLOG y Memorando N° 000331-2025-MP-FN-GG-OGLOG, de fechas 28 de abril de 2025 y 06 de mayo de 2025, respectivamente, la Oficina General de Logística considera que la Resolución de la Fiscalía de la Nación N° 160-2025-MP-FN, que formalizó la delegación de facultades en materia de contrataciones del Estado, se dio en el marco de la Ley N° 30225 y su Reglamento, por lo que debe continuar su vigencia y aplicarse a los procedimientos de selección que han sido convocados bajo dicho marco legal hasta su culminación, conforme a la Cuarta Disposición Complementaria Transitoria de la Ley N° 32069. Asimismo, recomienda que se modifique dicha resolución para adecuarla al contexto de la nueva Ley N° 32069, -Ley General de Contrataciones Públicas- y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo N° 009-2025-EF, incorporando las delegaciones correspondientes.
A través del Informe N° 000068-2025-MP-FN-GG-OGINVER, de fecha 07 de mayo de 2025, la Oficina General de Inversiones considera que, conforme a las Resoluciones de la Fiscalía de la Nación N° 160-2025-MP-FN y N° 983-2025-MP-FN, y en el marco de la nueva Ley General de Contrataciones Públicas, Ley N° 32069, y su Reglamento aprobado mediante Decreto Supremo N° 009-2025-EF, corresponde continuar con el trámite de actualización de las facultades otorgadas por el Titular de la Entidad a la Oficina General de Inversiones, en concordancia con la referida Ley y su Reglamento.
Mediante Informe N° 000439-2025-MP-FN-OGASEJ de fecha 09 de mayo de 2025, la Oficina General de Asesoría Jurídica señala que, conforme se desprende del numeral 25.2 del artículo 25 de la Ley N° 32069 -Ley General de Contrataciones Públicas, “El titular de la entidad y la autoridad de la gestión administrativa de la entidad contratante pueden delegar, mediante resolución, las facultades que la presente ley les otorga, salvo las excepciones previstas en el reglamento; por lo que resulta viable la modificación de la delegación de facultades propuestas por la Oficina General de Logística y de la Oficina General de Inversiones.
Contando con el visto bueno de la Gerencia General y la Oficina General de Asesoría Jurídica; y, en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 64 de la Ley Orgánica del Ministerio Público, aprobada por el Decreto Legislativo N° 052.
SE RESUELVE:
Artículo Primero.- INCORPORAR el literal c) en materia de contrataciones del Estado del ARTÍCULO PRIMERO de la Resolución de la Fiscalía de la Nación N° 160-2025-MP-FN de fecha 22 de enero de 2025, que delega en el/la Gerente General del Ministerio Público, las facultades y atribuciones que le corresponden al Titular del Entidad, el cual quedará redactado de la siguiente manera:
(…)
EN MATERIA DE CONTRATACIONES PÚBLICAS
c) Las siguientes facultades y atribuciones que le corresponden al Titular de la Entidad en el ámbito de la nueva Ley General de Contrataciones Públicas-Ley N° 32069 y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo N° 009-2025-EF:
c.1 Aprobar la contratación mediante procedimientos de selección no competitivos en los supuestos previstos en los literales b) y c) del numeral 55.1 del artículo 55 de la Ley.
c.2 Autorizar las prestaciones adicionales de obra, cuando le corresponda, bajo el sistema de entrega de solo construcción, conforme al numeral 64.3 del artículo 64 de la Ley.
c.3 Autorizar las prestaciones adicionales de obra, cuando le corresponde, bajo el sistema de entrega diseño y construcción, conforme al artículo 195 del Reglamento.
c.4 Resolver el recurso de apelación presentados en los encargos, cuando corresponda, conforme al numeral 239.4 del artículo 239 del Reglamento.
(…)
Artículo Segundo.- INCORPORAR el ARTÍCULO SEGUNDO A en materia de contrataciones del Estado de la Resolución de la Fiscalía de la Nación N° 160-2025- MP-FN de fecha 22 de enero de 2025, el cual quedará redactado de la siguiente manera:
(…)
ARTÍCULO SEGUNDO A.- Delegar en el/la Gerente Central de la Oficina General de Logística del Ministerio Público, las siguientes facultades y atribuciones que le corresponden al Titular de la Entidad en al ámbito de la nueva Ley General de Contrataciones Públicas-Ley N° 32069 y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo N° 009-2025-EF:
a) Aprobar el Cuadro Multianual de Necesidades (CMN).
b) Aprobar la contratación mediante procedimiento de selección no competitivo en los supuestos previstos en el literal k) del numeral 55.1 del artículo 55 de la Ley.
c) Suscribir la solicitud de compra centralizada como entidad encargante, conforme al numeral 231.1 del artículo 231 del Reglamento. y, aceptar el encargo como entidad contratante, conforme al numeral 232.4 del artículo 232 del Reglamento.
d) Aprobar el desistimiento de participar en una compra corporativa facultativa en los casos que señala el numeral 242.5 del artículo 242 del Reglamento.
e) Ejercer la representación legal del Ministerio Público para suscribir, modificar y/o resolver contratos referidos a bienes, servicios, consultorías de obras y consultorías en general cuyos montos de contratación sean menores o iguales a ocho (08) Unidades Impositivas Tributarias (UIT).
f) Suscribir y resolver contratos, así como contratos complementarios, salvo aquellos que se encuentren reservados al titular de la entidad, conforme lo dispuesto en el Reglamento.
Artículo Tercero.- INCORPORAR el ARTÍCULO TERCERO A en materia de contrataciones del Estado de la Resolución de la Fiscalía de la Nación N° 160-2025- MP-FN de fecha 22 de enero de 2025, el cual quedará redactado de la siguiente manera:
ARTÍCULO TERCERO A.- Delegar en el/la Gerente Central de la Oficina General de Inversiones del Ministerio Público, las siguientes facultades y atribuciones que le corresponden al Titular de la Entidad en al ámbito de la nueva Ley General de Contrataciones Públicas-Ley N° 32069 y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N° 009-2025-EF:
a) Autorizar la elaboración el expediente técnico de obra o documentos equivalentes de proyectos de inversión e inversiones de optimización, ampliación marginal, reposición y rehabilitación (IOARR).
b) Aprobar el expediente técnico de obra o documentos equivalentes y sus modificaciones en fase de ejecución de proyectos de inversión e inversiones de optimización, ampliación marginal, reposición y rehabilitación (IOARR).
c) Ejercer la representación legal del Ministerio Pública para la tramitación de licencias de edificación declaratoria de fábrica, factibilidad de servicios y otros requeridos para la aprobación de los expedientes técnicos, documentos equivalentes y ejecución de obra.
d) Designar inspectores de obra.
e) Suscribir el documento que permita formalizar el acuerdo de que permita diferir o postergar el inicio de plazo de ejecución contractual de la ejecución de obras.
f) Aprobar la Intervención Económica de la Obra, así como designar o remover al Interventor Económico de la Obra que representa a la Entidad.
g) Designar al Comité de Recepción de Obra, aprobar su reconformación, así como resolver las discrepancias surgidas por las observaciones o subsanación de observaciones al momento de la recepción de obra.
h) Aprobar las liquidaciones de obras, consultoría de obras y liquidación de cuentas.
Artículo Cuarto.- Disponer la publicación de la presente resolución en el diario oficial El Peruano y en la página web de la Institución.
Artículo Quinto.- Remitir copia de la presente Resolución a la Contraloría General de la República, Ministerio de Economía y Finanzas, Organismo Especializado para las Contrataciones Públicas Eficientes, Superintendencia Nacional de Bienes Estatales, Órgano de Control Institucional, Secretaría General de la Fiscalía de la Nación, Gerencia General, Oficina General de Logística, Oficina General de Inversiones, Oficina General de Finanzas, Oficina General de Potencial Humano, Oficina General de Planificación y Presupuesto, Oficina General de Asesoría Jurídica, Oficina General de Tecnologías de la Información, Oficina de Proyectos y Cooperación Técnica Internacional y Oficina de Control Patrimonial y Registro de Bienes Incautados, para los fines pertinentes.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
DELIA M. ESPINOZA VALENZUELA
Fiscal de la Nación
2399124-1