“Año de la recuperación y consolidación de la economía peruana”
“Año de la recuperación y consolidación de la economía peruana”
Carmen de la Legua - Reynoso, 7 de mayo de 2025
EL ALCALDE DISTRITAL DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CARMEN DE LA LEGUA - REYNOSO
VISTO:
El Memorando N° 787-2025-MDCLR/OPP de fecha 28 de abril de 2025, emitido por la Oficina de Planeamiento y Presupuesto, Informe N° 120-2025-MDCLR/OAJ de fecha 29 de abril de 2025, emitido por la Oficina de Asesoría Jurídica, Memorando N° 266-2025-GM/MDCLR de fecha 05 de mayo de 2025, emitido por la Gerencia Municipal, sobre “La Audiencia Pública de Rendición de Cuentas - Mayo 2025 de la Municipalidad Distrital de Carmen de la Legua Reynoso”.
CONSIDERANDO:
Que, de conformidad con el artículo 194º de la Constitución Política del Perú, en concordancia con lo dispuesto en el artículo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, establece que las municipalidades provinciales y distritales son órganos de gobierno local, los cuales tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, radicando dicha autonomía en la facultad de ejercer actos de gobierno administrativos y de administración. La autonomía que la Constitución Política establece para las municipalidades, radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al orden jurídico.
Que, el artículo 42° de la Ley Nº 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades, señala que los Decretos de Alcaldía establecen normas reglamentarias y de aplicación de las ordenanzas, sancionan los procedimientos necesarios para la correcta y eficiente administración municipal y resuelven o regulan asuntos de orden general y de interés para el vecindario, que no sean de competencia del Concejo Municipal.
Que, la Ley N° 31433, publicada en el Diario Oficial “El Peruano” el 06 de marzo de 2022, modifica determinados artículos de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, entre ellos, modifica el numeral 36) del artículo 20°, mediante el cual señala que se una atribución del Alcalde, convocar, bajo responsabilidad, como mínimo a dos audiencias públicas distritales o provinciales, conforme a la circunscripción de gobierno local;
Que, asimismo, la citada ley incorpora el artículo 119-A, a la Ley N° 27972, estableciendo que las audiencias públicas constituyen mecanismos de rendición de cuentas cuyo objetivo es dar a conocer la gestión del gobierno local, tanto en los aspectos presupuestales, como también en los referidos a los logros de la gestión y las dificultades que impidieron el cumplimiento de compromisos. Asimismo, establece que los gobiernos locales realizan como mínimo dos audiencias públicas municipales al año, una en mayo y la otra en setiembre, con la finalidad de evaluar la ejecución presupuestal y examinar la perspectiva de la institución con proyección al cierre del año fiscal;
Que, mediante Ordenanza Municipal N° 014-2021-MDCLR, de fecha 10 de setiembre de 2021, se aprueba el “Reglamento de Audiencias Públicas de Rendición de Cuentas de la Municipalidad de Carmen de la Legua Reynoso”;
Que, mediante Memorando N° 787-2025-MDCLR/OPP del 28 de abril de 2025, la Oficina de Planeamiento y Presupuesto, sustenta la propuesta de convocar a la Audiencia Pública de Rendición de Cuentas de la Municipalidad Distrital de Carmen de la Legua Reynoso, correspondiente al mes de mayo de 2025;
Que, mediante Informe N° 120-2025-MDCLR/OAJ, la Oficina de Asesoría Jurídica opina que resulta legalmente procedente continuar con el trámite de aprobación del Decreto de Alcaldía que tiene como objeto convocar a Audiencia Pública de Rendición de Cuentas de la Municipalidad Distrital de Carmen de la Legua Reynoso, correspondiente al mes de mayo;
Estando a lo expuesto y en uso de las facultades conferidas en el numeral 6) del artículo 20º y los artículos 42° y 44° de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades;
SE DECRETA:
Artículo Primero.- CONVOCAR a los vecinos del distrito de Carmen de la Legua Reynoso a la Audiencia Pública de Rendición de Cuentas de esta Municipalidad, para el día 30 de mayo de 2025, a horas 10:30 am, el cual se llevará a cabo en el Auditorio Municipal de este distrito, cuyo desarrollo estará basado en el Reglamento correspondiente aprobado mediante Ordenanza N° 014-2021-MDCLR.
Artículo Segundo.- ENCARGAR a la Gerencia municipal y Oficina de Planeamiento y Presupuesto el cumplimiento del presente Decreto de Alcaldía y a la Oficina de Imagen Institucional, la difusión oportuna a través de todos los medios disponibles, de la mencionada audiencia.
Artículo Tercero.- DISPONER a la Secretaría General la publicación del Decreto de Alcaldía en el Diario Oficial “El Peruano” y a la Unidad de Tecnología de la Información la publicación en el portal institucional de la Municipalidad Distrital de Carmen de la Legua Reynoso (www.municarmendelalegua.gob.pe).
Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase.
EDWARDS JAVIER INFANTE LÓPEZ
Alcalde
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