Convocan a elecciones para elegir a representantes de la Sociedad Civil ante el Consejo de Coordinación Local Provincial de la Municipalidad Provincial del Callao, para el período 2025-2027

DECRETO DE ALCALDÍA

Nº 010-2025-ALC/MPC

Callao, 9 de mayo de 2025

EL SEÑOR ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DEL CALLAO

VISTO:

El Informe N° 087-2025-MPC/OGMPI-OPM de la Oficina de Planeamiento y Modernización, el Informe N° 102-2025-MPC/OGPMPI de la Gerencia General de Planeamiento y Modernización, Presupuesto e Inversiones, el Memorando N° 227-2025-MPC/GPV de la Gerencia de Participación Vecinal, el Informe N° 103-2025-MPC/GPV-SGOS de la Subgerencia de Organizaciones Sociales, el Informe N° 009-2025-MPC/GPV de la Gerencia de Participación Vecinal, el Proveído N° 4056-2025 de la Gerencia Municipal, el Informe N° 142-2025-MPC/OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica, el Memorándum N° 1096-2025-MPC/GM de la Gerencia Municipal, y;

CONSIDERANDO:

Que, el artículo 194º de la Constitución Política del Perú, modificado por la Ley Nº 30305, Ley de Reforma Constitucional, señala que las Municipalidades Provinciales y Distritales son órganos de gobierno local, tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, en concordancia con el artículo II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972;

Que, el artículo 98 de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, establece que el Consejo de Coordinación Local Provincial es un órgano de coordinación y concertación de las Municipalidades Provinciales. Está integrado por el Alcalde Provincial que lo preside, pudiendo delegar tal función en el Teniente Alcalde, y los regidores provinciales; por los Alcaldes Distritales de la respectiva jurisdicción provincial y por los representantes de las organizaciones sociales de base, comunidades campesinas y nativas, asociaciones, organizaciones de productores, gremios empresariales, profesionales, universidades, juntas vecinales y cualquier otra forma de organización de nivel provincial;

Que, mediante Ordenanza Municipal N° 008-2011 de fecha 28 de abril de 2011, se aprueba el Reglamento para representantes de las Organizaciones de la Sociedad Civil, ante el Consejo de Coordinación Local Provincial, estableciendo y regulando los mecanismos y procedimientos a través de los cuales las organizaciones de la sociedad civil, designan a sus representantes ante el Consejo de Coordinación Local Provincial de la Provincia Constitucional del Callao;

Que, mediante la Resolución de Alcaldía N° 322-2023-ALC/MPC de fecha 29 de mayo de 2023, se CONVALIDA el proceso de elección de representantes de la Sociedad Civil ante el Consejo de Coordinación Local Provincial del Callao para el período 2023-2025, reconociendo como representantes a ocho personas de diversas organizaciones sociales, desde el 17 de mayo de 2023 hasta el 16 de mayo de 2025;

Que, al encontrarse próximo a culminar el período de vigencia de la representación de las personas elegidas como representantes de la Sociedad Civil ante el Consejo de Coordinación Local Provincial (CCLP) del Callao para el período 2023-2025, resulta necesario convocar a elecciones para elegir a los nuevos representantes de la Sociedad Civil ante el Consejo de Coordinación Local Provincial de la Municipalidad Provincial del Callao, de acuerdo con la normativa vigente, para el período 2025-2027;

Que, mediante el Informe Nº 103-2025-MPC/GPV-SGOS de fecha 21 de abril de 2025, la Subgerencia de Organizaciones Sociales remite a la Gerencia de Participación Vecinal el proyecto de Decreto de Alcaldía que convoca a elecciones para elegir a los representantes de las organizaciones sociales de la Sociedad Civil ante el Consejo de Coordinación Local Provincial de la Provincia del Callao, para el período 2025-2027. Dicho proyecto establece el cronograma del proceso electoral, la designación de los miembros del comité electoral y, como anexos, incluye la ficha de inscripción de delegado-elector y la ficha de inscripción de candidato a representante de la Sociedad Civil ante el mencionado Consejo para el mismo período; conforme a lo establecido en la Ordenanza Municipal Nº 008-2011;

Que, mediante Informe N° 146-2025-MPC/OGAJ de fecha 07 de mayo de 2025, la Oficina General de Asesoría Jurídica emite opinión legal favorable, respecto al proceso de elección de los representantes de la Sociedad Civil ante el Consejo de Coordinación Local Provincial de la Municipalidad Provincial del Callao periodo 2025-2027;

Que, mediante Memorándum N° 1096-2025-MPC/GM de fecha 07 de mayo de 2025, la Gerencia Municipal, corre traslado a la Secretaría General del Concejo Municipal los recaudos administrativos, a fin de proseguir el trámite correspondiente para su aprobación;

Estando a lo expuesto, con el visado de la Gerencia Municipal, Oficina General de Asesoría Jurídica, la Gerencia de Participación Vecinal y la Gerencia General de Planeamiento y Modernización, Presupuesto e Inversiones, en ejercicio de las atribuciones establecidas en el artículo 194° de la Constitución Política del Perú, y el artículo 20, inciso 6 de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades;

DECRETA:

Artículo 1.- CONVOCAR a elecciones para elegir a los representantes de la Sociedad Civil ante el Consejo de Coordinación Local Provincial de la Municipalidad Provincial del Callao, para el período 2025-2027.

Artículo 2.- APROBAR el Cronograma de Elecciones para la elección de los representantes de la Sociedad Civil ante el Consejo de Coordinación Local Provincial de la Municipalidad Provincial del Callao período 2025-2027.

CRONOGRAMA PROCESO DE ELECCIONES DE LOS REPRESENTANTES DE LA SOCIEDAD CIVIL ANTE EL CONSEJO DE COORDINACIÓN LOCAL PROVINCIAL PERÍODO 2025-2027

ACTIVIDAD

FECHA

Inscripción de delegados electores vía mesa de partes de la Municipalidad Provincial del Callao (Palacio Municipal) de 8:00 a.m. a 5:00 p.m.

12 de mayo al 15 de mayo de 2025

Notificación de observaciones a las solicitudes de inscripción de delegados-electores participantes sobre el cumplimiento de requisitos de forma. (vía correo electrónico)

16 y 17 de mayo de 2025

Presentación de subsanaciones a las observaciones de inscripción de delegados-electores participantes (vía correo electrónico).

18 y 19 de mayo de 2025

Publicación del Padrón de Delegados Hábiles en el Portal Web Institucional y Palacio Municipal.

22 de mayo de 2025

Inscripción de Candidatos (mesa de partes- Palacio Municipal de 8:00 am a 5:00 pm).

23 y 24 de mayo de 2025

Publicación Provisional de Candidatos para la elección en el Portal Web Institucional y Palacio Municipal.

26 de mayo de 2025

Periodo de Observación y Tachas (mesa de partes- Palacio Municipal de 8:00 am-5pm ).

31 de mayo de 2025

Traslado de Observación y Tachas a Candidatos (vía correo electrónico).

01 de junio de 2025

Respuesta de subsanación de Tachas y Observaciones (mesa de partes - Palacio Municipal de 8:00 am a 5:00 pm).

02 al 04 de junio de 2025

Resolución de Tachas e Impugnaciones por parte del Comité Electoral.

05 de junio de 2025

Publicación de Candidatos inscritos hábiles en el Portal Web Institucional y Palacio Municipal.

08 de junio de 2025

Campaña electoral.

09 y 10 de junio de 2025

Capacitación de los Miembros de Mesa.

13 de junio de 2025

Jornada Electoral y proclamación de ganadores.

15 de junio de 2025

Publicación de Resultados.

16 de junio de 2025

Acreditación a los representantes de la Sociedad Civil /Entrega de Constancia.

17 de junio de 2025

El Acto Electoral se realizará el día miércoles 15 de junio de 2025, a horas 10 a.m. hasta las 15:00 p.m. en el Auditorio de la Biblioteca Pública Municipal “Teodoro Casana Robles”, ubicada en el Cruce del Jr. Colón y Jr. Pedro Ruíz Gallo (Altura Cdra. 2 Av. Sáenz Peña-Callao).

Artículo 3.- DESIGNAR a los miembros del Comité Electoral, quienes serán responsables de la conducción y desarrollo del proceso de elección de representantes de la Sociedad Civil ante el Consejo de Coordinación Local Provincial de la Municipalidad Provincial del Callao, que estará conformado de la siguiente manera:

CARGO

UNIDAD ORGÁNICA

CONDICIÓN

1

PRESIDENTE

GERENTE DE PARTICIPACIÓN VECINAL

TITULAR

2

SECRETARIO

SECRETARIO GENERAL DEL CONCEJO MUNICIPAL

TITULAR

3

VOCAL

GERENTE DE LA OFICINA GENERAL DE ASESORÍA JURÍDICA

TITULAR

4

S/C

GERENTE DE DESARROLLO HUMANO

SUPLENTE

5

S/C

GERENTE DE DESARROLLO ECONÓMICO LOCAL Y COMERCIALIZACIÓN

SUPLENTE

Artículo 4.- ENCARGAR el cumplimiento del presente Decreto de Alcaldía a la Gerencia de Participación Vecinal, Secretaría General del Concejo Municipal, Oficina General de Asesoría Jurídica, Gerencia de Desarrollo Humano, Gerencia de Desarrollo Económico Local y Comercialización, Sub Gerencia de Organizaciones Sociales; debiendo ejecutar con las acciones correspondientes, para la difusión y cumplimiento del presente Decreto, y realizar las coordinaciones con los Organismos Electorales, a efectos de contar con la asistencia técnica en la organización y ejecución del proceso electoral.

Artículo 5.- ENCARGAR a la Secretaría General del Concejo Municipal la publicación del presente Decreto de Alcaldía en el Diario Oficial “El Peruano” y a la Oficina General de Tecnología de la Información y Telecomunicaciones, la publicación del Decreto y sus anexos, en el Portal Web Institucional.

Artículo 6.- El presente Decreto de Alcaldía entrará en vigencia a partir del día siguiente de su publicación, en el Diario Oficial El Peruano.

Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.

PEDRO SPADARO PHILIPPS

Alcalde

2398156-1