Declaran Patrimonio Cultural de la Nación cuatro unidades bibliográficas de dos títulos (1942-1954) de la producción intelectual de Arturo Demetrio Hernández del Águila, pertenecientes a la Biblioteca Nacional del Perú y a la Pontificia Universidad Católica del Perú
RESOLUCIÓN VICEMINISTERIAL
Nº 000107-2025-VMPCIC/MC
San Borja, 8 de mayo del 2025
VISTOS: el Oficio Nº 000189-2025-BNP-J de la Jefatura Institucional de la Biblioteca Nacional del Perú; la Hoja de Elevación Nº 000201-2025-OGAJ-SG/MC de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y,
CONSIDERANDO:
Que, el numeral 1.2 del artículo 1 de la Ley Nº 28296, Ley General del Patrimonio Cultural de la Nación establece que integran el Patrimonio Cultural de la Nación los bienes materiales muebles, entre los que se encuentran los documentos bibliográficos o de archivo y testimonios de valor histórico, manuscritos raros, incunables, libros, documentos, fotos, negativos, daguerrotipos y publicaciones antiguas de interés especial por su valor histórico, artístico, científico o literario y otros que sirvan de fuente de información para la investigación en los aspectos científico, histórico, social, político, artístico, etnológico y económico;
Que, de conformidad con lo establecido en el literal b) del artículo 7 de la Ley Nº 29565, Ley de creación del Ministerio de Cultura es competencia exclusiva de este ministerio, realizar acciones de declaración del Patrimonio Cultural de la Nación. Asimismo, el literal a) del artículo 14 de la norma señala que corresponde al Viceministerio de Patrimonio Cultural e Industrias Culturales la declaración, administración, promoción, difusión y protección del Patrimonio Cultural de la Nación;
Que, el artículo 19 de la Ley Nº 28296, Ley General del Patrimonio Cultural de la Nación dispone que el Ministerio de Cultura, la Biblioteca Nacional y el Archivo General de la Nación, están encargados de la identificación, inventario, inscripción, registro, investigación, protección, conservación, difusión y promoción de los bienes integrantes del Patrimonio Cultural de la Nación de su competencia;
Que, con el Oficio Nº 000189-2025-BNP-J la Jefatura Institucional de la Biblioteca Nacional del Perú remite la propuesta de declaratoria como Patrimonio Cultural de la Nación de cuatro unidades bibliográficas de dos títulos (1942-1954) de la producción intelectual de Arturo Demetrio Hernández del Águila, pertenecientes a la Biblioteca Nacional del Perú y a la Pontificia Universidad Católica del Perú;
Que, con el documento citado en el párrafo anterior, se alcanza el Oficio Nº 000584-2024-BNP-J, por el cual se comunica a la Pontificia Universidad Católica del Perú el inicio del procedimiento de declaración del Patrimonio Cultural de la Nación;
Que, a través del Informe Técnico Nº 000018-2025-BNP-J-DPC-UGPB de la Unidad Funcional de Gestión de Patrimonio Bibliográfico Documental desarrolla la importancia, el valor y significado de la unidad bibliográfica;
Que, Arturo Demetrio Hernández del Águila (1903-1970) fue un destacado escritor loretano, reconocido como el novelista de la selva amazónica y una figura importante de la corriente regionalista de la literatura peruana (Gauthier, 2016);
Que, sus obras Sangama: novela de la selva amazónica (1942) y Selva trágica (1954) presentan valor histórico y social, ya que por medio de ambas novelas se empieza a conocer la selva, ya no a través de la mirada externa del relato del misionero o el naturalista, sino desde adentro, por medio de las palabras de un hombre de esa tierra, el mismo Hernández (Núñez, 1954). Estas obras, por primera vez en un lenguaje accesible, expresan los misterios de la selva y exponen al habitante de la región con sus secretos, por lo que son consideradas como las novelas con las que Hernández incorporó la auténtica selva amazónica a la novela peruana (Núñez, 1954);
Que, los ejemplares seleccionados corresponden a las primeras ediciones de las obras. Respecto a la obra Sangama: novela de la selva amazónica (1942), esta edición destaca por presentar en la cubierta una ilustración del artista loretano Víctor Morey Peña (1900-1965), quien a través de su obra devela los misterios y costumbres de la Amazonía peruana (Morey, 2023). Debido a su reconocimiento, la Escuela Superior de Bellas Artes de Iquitos lleva su nombre. La obra fue impresa por la prestigiosa Imprenta Torres Aguirre (Lima, 1874-1960), que publicó las obras de los más importantes autores peruanos como Ricardo Palma, Teresa González de Fanning, Mercedes Cabello de Carbonera y Luis Alberto Sánchez, entre otros (Prado, 2018). En cuanto a la obra Selva Trágica (1954), fue editada por Juan Mejía Baca y P. L. Villanueva. Respecto a Mejía Baca (1912-1991), fue un destacado librero y ocupó la dirección de la Biblioteca Nacional del Perú entre 1986-1990. Asimismo, la edición de la obra cuenta con el prólogo de Estuardo Núñez Hague (1908-2013), reconocido escritor, historiador y crítico literario peruano;
Que, en términos materiales, en estas unidades bibliográficas encontramos singularidades que la diferencia de otros ejemplares y que las convierten en bienes culturales únicos. La materialidad de estos ejemplares, expresan importancia, valor y significado para la cultura peruana, por constituirse en registro y testimonio que contribuye a preservar la memoria de un destacado peruano que forja el desarrollo de la literatura amazónica y cultural del Perú;
Que, entre las singularidades presentes en las cuatro unidades bibliográficas destacan las dedicatorias autógrafas de Arturo D. Hernández al reconocido historiador, diplomático y maestro Raúl Porras Barrenechea (1897-1960), al polígrafo, periodista, literato y maestro universitario Aurelio Miró Quesada Sosa (1907-1998), al periodista y escritor Federico More Barrionuevo (1889-1955) y al escritor, historiador y crítico literario Estuardo Núñez Hague (1908-2013). Asimismo, en los ejemplares encontramos el exlibris y superlibris de Porras Barrenechea, así como sellos de la Biblioteca Nacional del Perú y de la Pontificia Universidad Católica del Perú;
Que, en atención a lo expuesto, las unidades bibliográficas descritas constituyen ejemplares relevantes para la cultura peruana y reúnen las condiciones de importancia, valor y significado para integrar el Patrimonio Cultural de la Nación, siendo esto así, el Informe Técnico Nº 000018-2025-BNP-J-DPC-UGPB y el Informe Nº 000080-2025-BNP-J-DPC constituyen parte integrante de esta resolución y se adjuntan en calidad de anexos;
Con los vistos de la Biblioteca Nacional del Perú y de la Oficina General de Asesoría Jurídica;
De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 28296, Ley General del Patrimonio Cultural de la Nación y la Ley Nº 29565, Ley de Creación del Ministerio de Cultura;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Declarar Patrimonio Cultural de la Nación cuatro unidades bibliográficas de dos títulos (1942-1954) de la producción intelectual de Arturo Demetrio Hernández del Águila, pertenecientes a la Biblioteca Nacional del Perú y a la Pontificia Universidad Católica del Perú, conforme al anexo de esta resolución.
Artículo 2.- Notificar la presente resolución a la Biblioteca Nacional del Perú y a la Pontificia Universidad Católica del Perú, conjuntamente con los anexos mencionados.
Artículo 3.- Disponer la publicación de la resolución en el diario oficial “El Peruano”. La resolución y sus anexos se publican en la sede digital del Ministerio de Cultura (www.gob.pe/cultura) el mismo día de la publicación en el diario oficial.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
MOIRA ROSA NOVOA SILVA
Viceministra de Patrimonio Cultural
e Industrias Culturales
2397763-1