Disponen la publicación del proyecto de Resolución de Superintendencia que modifica la Resolución de Superintendencia Nº 084-2016/SUNAT para incorporar los expedientes electrónicos del procedimiento de fiscalización parcial y definitiva aduanera al Sistema Integrado del Expediente Virtual, en la sede digital de la SUNAT
RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA
Nº 000151-2025/SUNAT
Lima, 6 de mayo de 2025
DISPONE PUBLICACIÓN DEL PROYECTO DE RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA QUE MODIFICA LA RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA Nº 084-2016/SUNAT PARA INCORPORAR LOS EXPEDIENTES ELECTRÓNICOS DEL PROCEDIMIENTO DE FISCALIZACIÓN PARCIAL Y DEFINITIVA ADUANERA AL SISTEMA INTEGRADO DEL EXPEDIENTE VIRTUAL, EN LA SEDE DIGITAL
DE LA SUNAT
CONSIDERANDO:
Que, con Resolución de Superintendencia Nº 084-2016/SUNAT y sus modificatorias, se aprueba el Sistema Integrado del Expediente Virtual (SIEV) que permite el llevado de diversos expedientes electrónicos; entre estos, los correspondientes al procedimiento de fiscalización y a los cruces de información, con excepción del procedimiento de fiscalización relativo a la obligación tributaria aduanera y al cumplimiento de las obligaciones formales relacionadas a esta;
Que, en atención a la política institucional de mejora continua y la estandarización de los procesos, resulta conveniente impulsar la gestión digital de los procesos aduaneros y mejorar de ese modo la eficiencia del procedimiento de fiscalización aduanera;
Que, es necesario modificar la Resolución de Superintendencia Nº 084-2016/SUNAT, a fin de permitir el uso de los expedientes electrónicos en los procedimientos de fiscalización definitiva y parcial de la obligación tributaria aduanera, de las obligaciones formales relacionadas con dicha obligación y de los cruces de información, así como para la presentación de escritos y solicitudes electrónicas respecto de estos;
Que, el inciso c) del artículo 4 de la sección primera del Reglamento de Organización y Funciones de la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria, aprobada por Decreto Supremo Nº 040-2023-EF, en adelante ROF de la SUNAT, dispone que la SUNAT tiene la función general de expedir, dentro del ámbito de su competencia, disposiciones en materia tributaria y aduanera, estableciendo obligaciones de los contribuyentes, responsables y/o usuarios del servicio aduanero, disponer medidas que conduzcan a la simplificación de los trámites correspondientes a los regímenes aduaneros, así como normar los procedimientos que se deriven de estos;
Que, por su parte, el inciso e) del artículo 14 del ROF de la SUNAT, señala que es función de la Superintendencia Nacional Adjunta de Aduanas proponer los proyectos de políticas, normas y resoluciones en materia aduanera, cuando así lo disponga la legislación vigente;
Que, en ese sentido la Superintendencia Nacional Adjunta de Aduanas remite el proyecto normativo que modifica la Resolución de Superintendencia Nº 084-2016/SUNAT;
Que, de acuerdo con el numeral 19.1 del artículo 19 del Reglamento que establece disposiciones sobre publicación y difusión de normas jurídicas de carácter general, resoluciones y proyectos normativos, aprobado por Decreto Supremo Nº 009-2024-JUS, los proyectos de normas jurídicas de carácter general deben ser publicados en las sedes digitales de las entidades de la Administración Pública a cargo de su elaboración o en otro medio, asegurando su debida difusión y fácil acceso. Precisa el artículo 21 que la publicación del proyecto normativo se aprueba mediante resolución del titular de la entidad;
Que, el proyecto normativo que modifica la Resolución de Superintendencia Nº 084-2016/SUNAT y su exposición de motivos corresponden a una norma de carácter general, por lo que resulta necesario efectuar su publicación en forma previa a su emisión, a fin de recoger la opinión y comentarios del público en general, lo que coadyuvará a mejorar el proyecto bajo comentario;
De conformidad con lo dispuesto en el Reglamento que establece disposiciones relativas a la publicación y difusión de normas jurídicas de carácter general, resoluciones y proyectos normativos, aprobado mediante el Decreto Supremo Nº 009-2024-JUS; y, en el inciso m) del artículo 10 de la sección primera del ROF de la SUNAT;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Publicación del proyecto normativo
Disponer la publicación del proyecto de Resolución de Superintendencia que modifica la Resolución de Superintendencia Nº 084-2016/SUNAT, con su correspondiente exposición de motivos, en la sede digital de la SUNAT (www.sunat.gob.pe), el mismo día de la publicación de la presente resolución en el diario oficial El Peruano, por el plazo de quince (15) días calendario, contado desde el día calendario siguiente de la publicación de la presente resolución, para recibir los comentarios, aportes u opiniones del público en general.
Artículo 2.- Mecanismo de participación
Disponer que los comentarios, aportes u opiniones del público en general pueden ser presentados en las unidades de recepción documental de la SUNAT o enviados a las siguientes direcciones de correo electrónico: jmunozc@sunat.gob.pe y laguilarvar@sunat.gob.pe, así como establecer que la Intendencia Nacional de Desarrollo e Innovación Aduanera se encuentra a cargo de su recepción, sistematización y análisis.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
JAVIER EDUARDO FRANCO CASTILLO
Superintendente Nacional (e)
2396814-1