“Año de la recuperación y consolidación de la economía peruana”
“Año de la recuperación y consolidación de la economía peruana”
Punta Hermosa, 7 de abril de 2025
EL CONCEJO MUNICIPAL DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE PUNTA HERMOSA
VISTO;
En Sesión Ordinaria de la fecha, el Memorándum N° 023-2025-MDPH-GDUCT de fecha 21 de marzo del 2025 de la Gerencia de Desarrollo Urbano y Control territorial, el Memorándum N° 089-2025-MDPH/OPPyM de fecha 22 de marzo del 2025 de la Oficina de Planeamiento, Presupuesto y Modernización, el Informe N° 132-2025-GDUCT/MDPH de fecha 26 de marzo del 2025 de la Gerencia de Desarrollo Urbano y Control Territorial, el Proveído N° 057-2025-GM de fecha 26 de marzo del 2025 de la Gerencia Municipal, el Informe N° 027-2025-JBQR-ULyCP-OAF/MDPH de fecha 28 de marzo del 2025 del Especialista en Control Patrimonial, Informe Nº 831-2025-ULYCP-OAF/MDPH de fecha 28 de marzo del 2025 de la Unidad de Logística y Control Patrimonial y el Memorándum N° 128-2025-GM/DMPH de fecha 05 de abril del 2025 de la Gerencia Municipal, y
CONSIDERANDO;
Que, el Art. 194º de la Constitución Política del Perú, concordante con el Articulo II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº27972 los Gobiernos Locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia. La autonomía que la constitución política del Perú establece para las municipalidades, radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción a ordenamiento jurídico, con la finalidad de organizar, reglamentar y administrar los servicios públicos locales de su responsabilidad;
Que, el Art. 20° numeral 25 de la Ley Orgánica de Municipalidades establece como atribución del Concejo Municipal aprobar la venta de sus bienes en subasta pública; del mismo modo el Art. 59° del mismo cuerpo legal prevé que la transferencia de propiedad de los bienes municipales se efectúa a través de subasta pública, conforme a Ley;
Que, mediante Ordenanza Municipal N° 294-MDPH, se aprobó el REGLAMENTO DE SUBASTA PÚBLICA PARA LA VENTA DE BIENES INMUEBLES DE DOMINIO PRIVADO DE PROPIEDAD DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE PUNTA HERMOSA;
Que, el Art. 5° de la norma señalada en el considerando precedente, establece que mediante Acuerdo de Concejo se determinará e individualizará el bien o bienes inmuebles de dominio privado de propiedad de la municipalidad, a subastar, los mismos que deben encontrarse registrados y libres de toda carga o gravamen;
Que, mediante Informe N° 132-2025-GDUC/MDPH de fecha 26 de marzo del 2025, la Gerencia de Desarrollo Urbano y Control Territorial sustenta ante la Gerencia Municipal la necesidad de proponer alternativas para generar los recursos financieros que permitan garantizar la ejecución de los Proyectos de Inversión Pública que a la fecha cuentan con Expedientes Técnicos aprobados, teniendo en consideración la información sobre la disponibilidad presupuestal con la que cuenta a la fecha la entidad, emitida por la Oficina de Planeamiento, Presupuesto y Modernización a través del Memorándum N° 089-2025-MDPH/OPPyM;
Que, a fin de atender lo solicitado por la Gerencia de Desarrollo Urbano y Control Territorial mediante Proveído N° 057-2025-GM/MDPH la Gerencia Municipal solicitó a la Unidad de Logística y Control Patrimonial informe sobre la existencia de bienes inmuebles de dominio privado de propiedad de la entidad, pasibles de ser puestos a la venta mediante Subasta Pública;
Que, mediante Informe N° 831-2025-ULyCP-OAF/MDPH la Jefatura de Logística y Control Patrimonial corre traslado del Informe N° 027-2025-JBQR-UlyCP-OAF/MDPH del Especialista en Control Patrimonial a través del cual se informa que a la fecha existen 71 predios de dominio privado cuya titularidad registral se encuentra a nombre de la entidad, los cuales, de la verificación de las respectivas Partidas Registrales, no cuentan con cargas y/o gravámenes que los afecten;
Que, asimismo, señala que, de los 71 predios identificados, cinco (05) se encuentran en posesión efectiva de la entidad, siendo que los restantes, esto es 66 predios, se encuentran en posesión de terceros. Respecto de este último grupo a la fecha se ha determinado de manera fehaciente que cuatro (04) predios vienen siendo ocupados en forma precaria, encontrándose los 58 predios restantes en proceso de verificación sobre la condición de su ocupación (posesión legitima o precaria);
Que, finalmente se informa que con relación al predio ubicado en la Mz A del Fundo F de la Zona Rústica San Bartolo, inscrito en la Partida Registral N° 15783198, conforme a la información proporcionada por la Sub Gerencia de Obras Privadas y Catastro, dicho predio se encuentra en proceso de Independización, apreciándose en el Plano de Independización correspondiente que dicho predio será independizado en tres (03) sub lotes, de los cuales uno se proyecta ser destinado al nuevo local de la Gerencia de Servicios a la Ciudad y Gestión Ambiental, siendo los dos (02) de libre disposición.
Que, estando a la información antes expuesta, y a fin de generar los ingresos necesarios para la ejecución de los proyectos de inversión pública que mantiene en cartera la entidad, cuya ejecución resulta de prioritarios intereses para el cumplimiento de los objetivos institucionales de la entidad además de contribuir al cierre de brechas de infraestructura y acceso a servicios públicos, la Gerencia Municipal solicita se someta a consideración del pleno del concejo la aprobación de la Subasta de los bienes inmuebles que se detallan a continuación, conforme a las atribuciones establecidas para dicho órgano en el numeral 25 del Art. 20 ° de la Ley Orgánica de Municipalidades:
N° |
UBICACIÓN |
PARTIDA |
ÁREA |
ESTADO DE OCUPACIÓN |
CONDICIÓN FÍSICA |
||
SECTOR |
MZ |
LOTE |
|||||
1 |
ZONA RUSTICA SAN BARTOLO |
A |
SUB LOTE A1 |
15783198 |
10,17.64 M2 |
EN POSESION DE LA MUNICIPALIDAD |
TERRENO SIN CONSTRUIR |
2 |
ZONA RUSTICA SAN BARTOLO |
A |
SUB LOTE A2 |
15783198 |
12.033.31 M2 |
EN POSESION DE LA MUNICIPALIDAD |
TERRENO SIN CONSTRUIR |
3 |
BALNEARIO NORTE |
E |
8 |
P03236725 |
205.40 M2 |
POSEEDOR PRECARIO |
CON EDIFICACION |
4 |
BALNERARIO CENTRAL |
G |
4 |
P03236842 |
94.21 M2 |
EN POSESION DE LA MUNICIPALIDAD |
TERENO SIN CONSTRUIR |
5 |
BALNERARIO CENTRAL |
L |
12 |
P03236914 |
264.35 M2 |
POSEEDOR PRECARIO |
CON EDIFICACION |
6 |
MIRAMAR |
F |
27 |
P03237720 |
220.22 |
EN POSESIONDE LA MUNICIPALIDAD |
TERENO SIN CONSTRUIR |
7 |
MIRAMAR |
F |
28 |
P03237721 |
196.27 |
EN POSESION DE LA MUNICIPALIDAD |
TERENO SIN CONSTRUIR |
8 |
MIRAMAR |
K |
2 |
P03237768 |
200.00 |
EN POSESION DE LA MUNICIPALIDAD |
TERENO SIN CONSTRUIR |
Estando a lo expuesto, y en ejercicio de las facultades conferidas en el Artículo 41º de la Ley Nº 27972 “Ley Orgánica de Municipalidades”, contando con MAYORIA de votos y con dispensa de la aprobación del Acta, se;
ACORDÓ:
Artículo Primero.- APROBAR la venta de sus bienes en subasta pública de los bienes inmuebles de dominio privado de propiedad de la Municipalidad Distrital de Punta Hermosa, que se detallan a continuación:
N° |
UBICACIÓN |
PARTIDA |
ÁREA |
ESTADO DE OCUPACIÓN |
CONDICIÓN FÍSICA |
||
SECTOR |
MZ |
LOTE |
|||||
1 |
ZONA RUSTICA SAN BARTOLO |
A |
SUB LOTE A1 |
15783198 |
10,17.64 M2 |
EN POSESION DE LA MUNICIPALIDAD |
TERRENO SIN CONSTRUIR |
2 |
ZONA RUSTICA SAN BARTOLO |
A |
SUB LOTE A2 |
15783198 |
12.033.31 M2 |
EN POSESION DE LA MUNICIPALIDAD |
TERRENO SIN CONSTRUIR |
3 |
BALNEARIO NORTE |
E |
8 |
P03236725 |
205.40 M2 |
POSEEDOR PRECARIO |
CON EDIFICACION |
4 |
BALNERARIO CENTRAL |
G |
4 |
P03236842 |
94.21 M2 |
EN POSESION DE LA MUNICIPALIDAD |
TERENO SIN CONSTRUIR |
5 |
BALNERARIO CENTRAL |
L |
12 |
P03236914 |
264.35 M2 |
POSEEDOR PRECARIO |
CON EDIFICACION |
6 |
MIRAMAR |
F |
27 |
P03237720 |
220.22 |
EN POSESIONDE LA MUNICIPALIDAD |
TERENO SIN CONSTRUIR |
7 |
MIRAMAR |
F |
28 |
P03237721 |
196.27 |
EN POSESION DE LA MUNICIPALIDAD |
TERENO SIN CONSTRUIR |
8 |
MIRAMAR |
K |
2 |
P03237768 |
200.00 |
EN POSESION DE LA MUNICIPALIDAD |
TERENO SIN CONSTRUIR |
Artículo Segundo.- ENCARGAR a la Gerencia Municipal, y al Comité de Subasta que se designe conforme al REGLAMENTO DE SUBASTA PÚBLICA PARA LA VENTA DE BIENES INMUEBLES DE DOMINIO PRIVADO DE PROPIEDAD DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE PUNTA HERMOSA, aprobado por la Ordenanza Municipal N° 294-MDPH, el cumplimiento del presente acuerdo conforme a sus atribuciones.
Artículo Tercero.- ENCARGAR a la Unidad Funcional de Tecnologías de la Información la publicación del presente Acuerdo en el portal institucional de la municipalidad.
Regístrese, comuníquese y cúmplase.
CARLOS GUILLERMO FERNANDEZ OTERO
Alcalde
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