Aprueban el Instructivo N° 0002-2025-EF/51.01 “Instructivo para la Presentación de la Información Financiera y Presupuestaria de las Empresas Públicas, Banco Central de Reserva del Perú, Caja de Pensiones Militar Policial, otros Fondos y Encargos Especiales para los Periodos Intermedios y el Cierre del Ejercicio Fiscal”
Resolución Directoral
Nº 0005-2025-EF/51.01
Lima, 30 de abril de 2025
CONSIDERANDO:
Que, de conformidad con el numeral 5.1 y los incisos 1, 2 y 5 del numeral 5.2 del artículo 5 del Texto Único Ordenado del Decreto Legislativo N° 1438, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Contabilidad, aprobado por Decreto Supremo N° 057-2022-EF, la Dirección General de Contabilidad Pública del Ministerio de Economía y Finanzas es el ente rector del Sistema Nacional de Contabilidad, y tiene entre sus funciones, ejercer la máxima autoridad técnico–normativa de dicho Sistema, emitir normas y procedimientos de contabilidad que deben regir en las entidades del Sector Público; así como elaborar la Cuenta General de la República y las Estadísticas de las Finanzas Públicas, procesando las rendiciones de cuenta remitidas por las entidades del Sector Público, de acuerdo a estándares internacionales vigentes;
Que, de acuerdo con lo establecido en el literal h) del artículo 128 del Texto Integrado Actualizado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Economía y Finanzas aprobado mediante la Resolución Ministerial Nº 331-2023-EF/41, la Dirección General de Contabilidad Pública mantiene actualizada y sistematizada la normativa del Sistema Nacional de Contabilidad;
Que, el numeral 4.1 del artículo 4 del citado Texto Único Ordenado, establece que el Sistema Nacional de Contabilidad es el conjunto de principios, procesos, normas, procedimientos, técnicas e instrumentos, mediante los cuales se ejecuta y evalúa el registro contable de los hechos económicos, financieros y patrimoniales del sector público, en armonía con la normativa contable internacional vigente;
Que, asimismo, el numeral 23.4 del artículo 23 del Texto Único Ordenado del Decreto Legislativo N° 1438, establece que la Dirección General de Contabilidad Pública emite las normas, procedimientos y plazos para la presentación de la información financiera e información presupuestaria de las entidades del Sector Público, correspondiente a períodos intermedios;
Que, mediante la Resolución Directoral Nº 018-2023-EF/51.01 se aprobó la Directiva N° 001-2023-EF/51.01 “Normas para la Preparación y Presentación de la Información Financiera y Presupuestaria de las Empresas Públicas, Banco Central de Reserva del Perú, Caja de Pensiones Militar Policial, Otros Fondos y Encargos Especiales para el Cierre del Ejercicio Fiscal y los Periodos Intermedios” y el “Instructivo para la Presentación de la Información Financiera y Presupuestaria de las Empresas Públicas, Banco Central de Reserva del Perú, Caja de Pensiones Militar Policial, Otros Fondos y Encargos Especiales para el Cierre del Ejercicio Fiscal 2023 y los Periodos Intermedios del año 2024”;
Que, teniendo en cuenta que el alcance del instructivo aprobado con la Resolución Directoral N° 018-2023-EF/51.01 ha concluido, la Dirección de Empresas Públicas de la Dirección General de Contabilidad Pública mediante informe N° 0006-2025-EF/51.06 ha sustentado la necesidad de aprobar un nuevo instructivo para la preparación y presentación de la información financiera e información presupuestaria por parte de las Empresas Públicas, Banco Central de Reserva del Perú, Caja de Pensiones Militar Policial, otros fondos y encargos especiales, con la finalidad de elaborar de la Cuenta General de la República;
Que, en consecuencia, resulta necesario emitir el instructivo que contiene disposiciones para la presentación de rendición de cuentas de los periodos intermedios y del cierre del ejercicio fiscal que permitan reflejar en dicha información, los impactos derivados de las transacciones y otros hechos económicos de las Empresas Públicas, Banco Central de Reserva del Perú, Caja de Pensiones Militar Policial, Otros Fondos y Encargos Especiales;
De conformidad con lo establecido en el Texto Único Ordenado del Decreto Legislativo N° 1438, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Contabilidad, aprobado mediante Decreto Supremo N° 057-2022-EF; y en el Texto Integrado Actualizado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Economía y Finanzas, aprobado mediante Resolución Ministerial N° 331-2023-EF/41;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Objeto
Apruébese el Instructivo N° 0002-2025-EF/51.01 “Instructivo para la Presentación de la Información Financiera y Presupuestaria de las Empresas Públicas, Banco Central de Reserva del Perú, Caja de Pensiones Militar Policial, otros Fondos y Encargos Especiales para los Periodos Intermedios y el Cierre del Ejercicio Fiscal”.
Artículo 2.- De las disposiciones derogadas de manera tácita del Instructivo
Difúndase la derogación tácita del “Instructivo para la Presentación de la Información Financiera y Presupuestaria de las Empresas Públicas, Banco Central de Reserva del Perú, Caja de Pensiones Militar Policial, Otros Fondos y Encargos Especiales para el Cierre del Ejercicio Fiscal 2023 y los Periodos Intermedios del año 2024”, aprobada con el artículo 2 de la Resolución Directoral N° 018-2023-EF/51.01.
Artículo 3.- Publicación
Disponer la publicación de la presente Resolución Directoral y el Instructivo N° 0002-2025-EF/51.01, en la sede digital del Ministerio de Economía y Finanzas (www.gob.pe/mef), en la misma fecha de publicación de la presente norma en el Diario Oficial El Peruano.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
OSCAR NUÑEZ DEL ARCO MENDOZA
Director General
Dirección General de Contabilidad Pública
2396108-1