Adecúan el Centro de Innovación Productiva y Transferencia Tecnológica Agroindustrial Moquegua – CITEagroindustrial Moquegua, a fin que se adicione a su ámbito de intervención el departamento de Tacna, y modifican la R.M. N° 035-2016-PRODUCE

RESOLUCIÓN DE CONSEJO DIRECTIVO

Nº 000003-2025-ITP/CD

San Isidro, 30 de abril del 2025

VISTO:

El Memorando Nº 769-2024-ITP/CITEAGRO-MOQUEGUA, de fecha 13 de diciembre de 2024, del Centro de Innovación Productiva y Transferencia Tecnológica Agroindustrial Moquegua – CITEagroindustrial Moquegua; el Memorando Nº 47-2025-ITP/DEDFO, de fecha 16 de enero de 2025, sustentado en el Informe Nº 05-2025-ITP/PPA-DEDFO, de la misma fecha, de la Dirección de Estrategia, Desarrollo y Fortalecimiento de los CITE; el Memorando Nº 214-2025-ITP/CITEAGRO-MOQUEGUA, de fecha 24 de marzo de 2025, y el Memorando Nº 219-2025-ITP/CITEAGRO-MOQUEGUA, de fecha 26 de marzo de 2025, ambos del Centro de Innovación Productiva y Transferencia Tecnológica Agroindustrial Moquegua – CITEagroindustrial Moquegua; el Memorando Nº 1243-2025-ITP/DO del 1 de abril de 2025, sustentado en el Informe Técnico Nº 36-2025-ITP/GEM-DO del 27 de marzo 2025 e Informe Técnico Nº 30-2025-ITP/VPP-DO del 31 de marzo de 2025, de la Dirección de Operaciones; el Memorando Nº 2131-2025-ITP/OPPM, sustentado en el Informe Nº 35-2025-ITP/PLANEAMIENTO, ambos de fecha 31 de marzo de 2025, y el Memorando Nº 2167-2025-ITP/OPPM, sustentado en el Informe Técnico Nº 48-2025-ITP/PLANEAMIENTO, ambos de fecha 1 de abril de 2025, de la Oficina de Planeamiento, Presupuesto y Modernización; el Memorando Nº 240-2025-ITP/CITEAGRO-MOQUEGUA, de fecha 2 de abril de 2025, del Centro de Innovación Productiva y Transferencia Tecnológica Agroindustrial Moquegua – CITEagroindustrial Moquegua; el Memorando Nº 270-2025-ITP/DEDFO, sustentado en el Informe Técnico Nº 9-2025-ITP/BEA-DEDFO, ambos de fecha 16 de abril de 2026, de la Dirección de Estrategia, Desarrollo y Fortalecimiento de los CITE; el Informe Nº 203-2025-ITP/OAJ, de fecha 22 de abril de 2024, de la Oficina de Asesoría Jurídica; el Memorando Nº 11-2025-ITP/SCD, de fecha 28 de abril de 2025 y Memorando Nº 13-2025-ITP/SCD, de fecha 30 de abril de 2025, de la Secretaria de Consejo Directivo;

CONSIDERANDO:

Que, mediante Decreto Legislativo Nº 92, modificado por el Decreto Legislativo Nº 1451, se crea el Instituto Tecnológico de la Producción (ITP), en cuyo artículo 1 establece que, el ITP es un Organismo Técnico Especializado adscrito al Ministerio de la Producción, con personería jurídica de derecho público interno, el cual tiene a su cargo la coordinación, orientación, concertación y calificación de los Centros de Innovación Productiva y Transferencia Tecnológica - CITE;

Que, el artículo 5 del Decreto Legislativo Nº 1228 dispone que los CITE tienen por objeto contribuir a la mejora de la productividad y competitividad de las empresas y los sectores productivos a través de actividades de capacitación y asistencia técnica; asesoría especializada para la adopción de nuevas tecnologías; transferencia tecnológica; investigación, desarrollo e innovación productiva y servicios tecnológicos, difusión de información; interrelación de actores estratégicos y generación de sinergias, bajo un enfoque de demanda, generando mayor valor en la transformación de los recursos, mejorando la oferta, productividad y calidad de los productos tanto para el mercado nacional como para el mercado externo, propiciando la diversificación productiva;

Que, de acuerdo con los artículos 14 y 15 del Reglamento del Decreto Legislativo de Centros de Innovación Productiva y Transferencia Tecnológica - CITE, aprobado por Decreto Supremo Nº 004-2016-PRODUCE (en adelante, Reglamento), los CITE Públicos son órganos desconcentrados del ITP y del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, cuando corresponda; se crean por Resolución Ministerial del Ministerio de la Producción, con excepción de los CITE artesanales y turísticos; debiendo indicar dicha norma, el objetivo general del CITE, así como la ubicación de su sede y demás aspectos que se consideren necesarios;

Que, con Resolución Ministerial Nº 035-2016-PRODUCE se crea el Centro de Innovación Productiva y Transferencia Tecnológica Agroindustrial Moquegua – CITEagroindustrial Moquegua (en adelante el CITE), el cual tiene como objetivo apoyar las acciones de transferencia tecnológica, capacitación, asistencia técnica a las unidades de negocio y asesoría especializada para la adopción de nuevas tecnologías con el fin de aumentar su competitividad, optimización de procesos, capacidad de innovación, y desarrollo de productos mejorados, generando mayor valor en la cadena productiva agroindustrial, siendo su ámbito territorial del CITE el departamento de Moquegua;

Que, mediante Resolución Ministerial Nº 294-2020-PRODUCE, de fecha 2 de setiembre de 2020, PRODUCE delegó al Consejo Directivo del ITP la facultad de aprobar la modificación de las condiciones y aspectos previstos en el acto de creación de los CITE, que tienen calidad de órganos desconcentrados del ITP;

Que, a través de la Resolución Ejecutiva Nº 050-2021-ITP/DE se aprobó la Directiva Nº 003-2021-ITP/DE denominada “Disposiciones para la Creación, Desarrollo Estratégico y Extinción de los Centros de Innovación Productiva y Transferencia Tecnológica – CITE públicos y Unidades Técnicas del ITP” (en adelante, la Directiva), que tiene por finalidad, uniformizar los criterios y los procedimiento específicos para la creación, el desarrollo estratégico y la extinción de los CITE públicos, a fin de contribuir a mejorar su eficiencia y eficacia;

Que, el numeral 8.3.1 de la Directiva señala que son materia de adecuación de un CITE público: i) La denominación, ii) La especialización y iii) El ámbito de acción; asimismo, el numeral 8.3.3 señala que son etapas del procedimiento de adecuación: i) Presentación y admisión de la solicitud de adecuación de un CITE Púbico; ii) Elaboración de la propuesta para la adecuación de un CITE público; iii) Evaluación de la propuesta para la adecuación de un CITE público; y, iv) Aprobación de la propuesta para la adecuación de un CITE público;

Que, teniendo en consideración el procedimiento referido en el párrafo anterior, tenemos que, para la etapa de presentación y admisión de la solicitud de adecuación de un CITE Púbico, el CITE mediante Memorando Nº 769-2024-ITP/CITEAGRO-MOQUEGUA, de fecha 13 de diciembre de 2024, remite a la Dirección de Estrategia, Desarrollo y Fortalecimiento de los CITE (en adelante la DEDFO), la solicitud para adecuación, esto conforme el Anexo Nº 4 de la Directiva;

Que, en la etapa de elaboración de la propuesta para la adecuación de un CITE público, el CITE, con Memorando Nº 214-2025-ITP/CITEAGRO-MOQUEGUA, de fecha 24 de marzo de 2025, remite a la DEDFO el diagnóstico de adecuación, el cual contiene el Diagnóstico de Seguimiento de Brecha Tecnológica (s-DBT). En la etapa antes indicada, con Memorando Nº 219-2025-ITP/CITEAGRO-MOQUEGUA, de fecha 26 de marzo de 2025, el CITE remite a la Oficina de Planeamiento, Presupuesto y Modernización (en adelante la OPPM) y a la Dirección de Operaciones (en adelante la DO), el Plan de Adecuación;

Que, con Memorando Nº 1243-2025-ITP/DO, sustentado en el Informe Técnico Nº 36-2025-ITP/GEM-DO e Informe Técnico Nº 30-2025-ITP/VPP-DO, la DO emite pronunciamiento favorable respecto del Plan de Adecuación;

Que, mediante Memorando Nº 2131-2025-ITP/OPPM, sustentado en el Informe Nº 35-2025-ITP/PLANEAMIENTO, ambos de fecha 31 de marzo de 2025, y Memorando Nº 2167-2025-ITP/OPPM, sustentado en el Informe Técnico Nº 48-2025-ITP/PLANEAMIENTO, ambos de fecha 1 de abril de 2025, la OPPM emite opinión favorable respecto del Plan de Adecuación remitido por el CITE;

Que, mediante Memorando Nº 270-2025-ITP/DEDFO, sustentado en el Informe Técnico Nº 9-2025-ITP/BEA-DEDFO, ambos de fecha 16 de abril de 2026, la DEDFO consolida los pronunciamientos contenidos en los documentos anteriores, señalando lo siguiente:

- “El Diagnóstico de Seguimiento de Brecha Tecnológica (s-DBT) determina que hay un número significativo de empresas con deficiencias en el acceso a servicios tecnológicos dentro de las cadenas productivas clave para el sector agroindustrial, las cuales han sido atendidas por el CITEagroindustrial Moquegua. Además, identifica a Tacna como una región con alto potencial para reducir estas brechas tecnológicas. Actualmente, ya se están implementando servicios de transferencia tecnológica en dicha zona, por lo que se considera oportuno ampliar el ámbito de intervención del CITE para abarcar esta región.”

- “Sobre el Plan de Adecuación, el CITE señala que no requerirá la adquisición de equipos adicionales, dado que la infraestructura y el equipamiento actual son suficientes para continuar atendiendo las demandas de la cadena agroindustrial. Asimismo, confirma que se mantendrá el presupuesto asignado para el 2025, ya que los recursos disponibles en personal, equipos e instalaciones permitirán cubrir las necesidades de las unidades productivas de esta cadena en Tacna. En virtud de lo expuesto, tanto la Dirección Operativa (DO) como la Oficina de Planeamiento y Presupuesto (OPPM) opinan favorablemente el Plan de Adecuación.”

- “La Dirección de Estrategia, Desarrollo y Fortalecimiento de los CITE (DEDFO), en el Informe de Viabilidad Técnica y Financiera (IVTF), emite una opinión técnica favorable respecto al proceso de adecuación para ampliar el ámbito de intervención del CITEagroindustrial Moquegua hacia el departamento de Tacna. Esto se sustenta en el crecimiento sostenido de los servicios brindados en transferencia tecnológica y en el aumento constante de Unidades Productivas atendidas en ambos territorios, lo que demuestra el impacto regional positivo del CITE en el fortalecimiento del sector agroindustrial del sur del país.”

- “Su ámbito de intervención será en el departamento de Moquegua y Tacna.”

- “Su objetivo será el de: “apoyar las acciones de transferencia tecnológica, capacitación, asistencia técnica a las unidades de negocios y asesoría especializada para la adopción de nuevas tecnologías con el fin de aumentar su competitividad, optimización de procesos, capacidad de innovación, y desarrollo de productos mejorados, generando mayor valor en la cadena productiva agroindustrial, mejorando la oferta, productividad y calidad de sus productos tanto para el mercado nacional como el externo; siendo, su ámbito territorial el departamento de Moquegua y Tacna”.

Que, la Oficina de Asesoría Jurídica mediante el Informe Nº 203-2025-ITP/OAJ de fecha 22 de abril de 2025, se pronuncia manifestando que se ha seguido con el procedimiento establecido en la Directiva, siendo que cada uno de los órganos intervinientes ha emitido opinión favorable al respecto; asimismo, que la DEDFO ha emitido su informe cumpliendo con los requisitos establecidos en la Directiva;

Que, igualmente, la Oficina de Asesoría Jurídica señala que, en virtud a la Resolución Ministerial Nº 294-2020-PRODUCE, de fecha 2 de setiembre de 2020, mediante la cual se delegó al Consejo Directivo del ITP la facultad de aprobar la modificación de las condiciones y aspectos previstos en el acto de creación de los CITE, dicho colegiado tiene la facultad para emitir la Resolución con la cual se adecua el CITE, variando su denominación, especialidad y funciones; aspectos contenidos en el acto de creación inicial del CITE;

Que, en la etapa de aprobación de propuesta, mediante Memorando Nº 11-2025-ITP/SCD, de fecha 28 de abril de 2025 y Memorando Nº 13-2025-ITP/SCD, de fecha 30 de abril de 2025, la Secretaría del Consejo Directivo del ITP comunica que, mediante acuerdo de Consejo Directivo Nº SO-002-005-2025-ITP/CD, el Consejo Directivo aprobó la adecuación del CITE;

Con los vistos de la Secretaría General, de la Dirección de Estrategia, Desarrollo y Fortalecimiento de los Centros de Innovación Productiva y Transferencia Tecnológica y de la Oficina de Asesoría Jurídica, en lo que corresponde a sus competencias;

De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 1228, Decreto Legislativo de Centros de Innovación Productiva y Transferencia Tecnológica – CITE; Decreto Supremo Nº 004-2016-PRODUCE, que aprueba el Reglamento del Decreto Legislativo de Centros de Innovación Productiva y Transferencia Tecnológica–CITE, Decreto Supremo Nº 005-2016-PRODUCE, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Instituto Tecnológico de la Producción; la Resolución Ejecutiva Nº 050-2021-ITP/DE, que aprueba la Directiva Nº 003-2021/DE, Directiva de las Disposiciones para la Creación, Desarrollo Estratégico y Extinción de los Centros de Innovación Productiva y Transferencia Tecnológica – CITE Públicos y Unidades Técnicas del ITP;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Adecuar el Centro de Innovación Productiva y Transferencia Tecnológica Agroindustrial Moquegua – CITEagroindustrial Moquegua, a fin que se adicione a su ámbito de intervención el departamento de Tacna.

Artículo 2.- Modificar el artículo 2 de la Resolución Ministerial Nº 035-2016-PRODUCE, que crea el Centro de Innovación Productiva y Transferencia Tecnológica Agroindustrial Moquegua – CITEagroindustrial Moquegua, el cual queda redactado de la siguiente manera:

“Artículo 2.- El Centro de Innovación Productiva y Transferencia Tecnológica Agroindustrial Moquegua – CITEagroindustrial Moquegua tiene como objetivo apoyar las acciones de transferencia tecnológica, capacitación, asistencia técnica a las unidades de negocios y asesoría especializada para la adopción de nuevas tecnologías con el fin de aumentar su competitividad, optimización de procesos, capacidad de innovación, y desarrollo de productos mejorados, generando mayor valor en la cadena productiva agroindustrial, mejorando la oferta, productividad y calidad de sus productos tanto para el mercado nacional como el externo; siendo, su ámbito territorial el departamento de Moquegua y Tacna.”

Artículo 3.- Mantener vigentes los demás extremos de la Resolución Ministerial Nº 035-2016-PRODUCE.

Artículo 4.- Notificar la presente Resolución a todas las dependencias del ITP, a fin de que realicen las acciones que correspondan en el marco de sus funciones.

Artículo 5.- Disponer que la Oficina de Tecnologías de la Información publique la presente Resolución en el Portal Institucional del Instituto Tecnológico de la Producción (https://www.gob.pe/itp), en la misma fecha de publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial El Peruano.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

KITTY ELISA TRINIDAD GUERRERO

Presidenta del Consejo Directivo

Instituto Tecnológico de la Producción

2395821-1