Desactivan el Comité de Promoción de la Inversión Privada del Sector Presidencia del Consejo de Ministros

resolución ministerial

N° 085-2025-PCM

Lima, 30 de abril de 2025

VISTOS: El Memorando N° D000303-2025-PCM-SA de la Secretaría Administrativa; y, la Nota de Elevación N° D000201-2025-PCM-OGPP, el Memorando N° D000249-2025-PCM-OGPP y los Informes N° D000057-2025-PCM-OM y N° D000059-2025-PCM-OM de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto;

CONSIDERANDO:

Que, mediante el artículo 1 de la Resolución Ministerial N° 224-2024-PCM se crea el Comité de Promoción de la Inversión Privada del Sector Presidencia del Consejo de Ministros, con el objeto de llevar adelante los proyectos de inversión privada en el ámbito de su competencia, conforme a lo dispuesto en el Texto Único Ordenado del Decreto Legislativo N° 1362, aprobado por Decreto Supremo N° 195-2023-EF, y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N° 240-2018-EF;

Que, la Única Disposición Complementaria Transitoria del Decreto Legislativo N° 1691, Decreto Legislativo que modifica el Decreto Legislativo N° 1362, Decreto Legislativo que regula la Promoción de la Inversión Privada mediante Asociaciones Público Privadas y Proyectos en Activos y el Decreto Legislativo N° 1543, Decreto Legislativo que dicta medidas para mejorar la gestión de proyectos y los procesos de promoción de la inversión privada, establece que las entidades públicas titulares de proyectos que no cuenten con proyectos en cartera promovidos por su Comité de Promoción de la Inversión Privada, o en cuyos proyectos en cartera participe Proinversión como Organismo Promotor de la Inversión Privada, proceden a desactivar los respectivos Comités;

Que, asimismo, la Primera Disposición Complementaria Transitoria del Decreto Supremo N° 277-2024-EF, que modifica el Reglamento del Decreto Legislativo N° 1362, Decreto Legislativo que regula la Promoción de la Inversión Privada mediante Asociaciones Público Privadas y Proyectos en Activos, aprobado por el Decreto Supremo N° 240-2018-EF, señala que, en caso se determine que no resulta necesaria la continuidad del Comité de Promoción de la Inversión Privada, corresponde que dicho comité sea desactivado mediante resolución del titular de la entidad pública titular del proyecto;

Que, mediante el artículo 1 del Decreto Supremo N° 020-2025-PCM, Decreto Supremo que aprueba la extinción del Proyecto Especial Legado, se aprueba la extinción del Proyecto Especial Legado, creado mediante el artículo 1 del Decreto Supremo Nº 002-2015-MINEDU, modificado por los Decretos Supremos Nº 009-2015-MINEDU, Nº 007-2020-MTC y Nº 084-2023-PCM, la misma que se efectiviza una vez culminada la transferencia dispuesta en el artículo 2 de la misma norma;

Que, posteriormente, a través del artículo 1 de la Resolución Ministerial N° 057-2025-PCM se aprueba la transferencia interestatal de propiedad predial a título gratuito, del predio denominado Parque Zonal Nº 026 (Villa Panamericana), ubicado en la intersección de las Avenidas El Sol y Pastor Sevilla, frente a la Prolongación de la Avenida Industria (hoy Bolivia), distrito de Villa El Salvador, provincia y departamento de Lima, inscrito en la Partida Registral Nº P03146016 del Registro de Predios de la Zona Registral IX - Sede Lima, de la Oficina Registral de Lima y de sus partidas independizadas (P03344092, P03344093, P03344094, P03344095, P03344096, P03344097, P03344098, P03344099, P03344100, P03344101, P03344102, P03344103 y P03344104) incluyendo las 95 unidades inmobiliarias de la Torre 5 independizadas correspondientes a la partida registral P03344092, de propiedad de la Presidencia del Consejo de Ministros, a favor del Ministerio de Educación, en el marco de lo dispuesto por el Decreto Supremo Nº 020-2025-PCM;

Que, en dicho contexto, mediante los Informes N° D000057-2025-PCM-OM y N° D000059-2025-PCM-OM, la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto propone y sustenta la desactivación del Comité de Promoción de la Inversión Privada del Sector Presidencia del Consejo de Ministros, señalando que, al haberse transferido la propiedad del predio en el cual se ejecutaría la Iniciativa Privada de Proyectos en Activos - IPPA “Nueva Villa Panamericana” al Ministerio de Educación, esta entidad no tiene facultad para disponer de dicho activo y no está habilitada legalmente para asumir el citado proyecto; por lo que, no cuenta con proyectos en cartera promovidos por el referido Comité y no es titular de otros proyectos a desarrollarse bajo las modalidades de Asociaciones Público Privadas y Proyectos en Activos;

Con el visado de la Secretaría Administrativa, de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto y de la Oficina General de Asesoría Jurídica, y;

De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; el Decreto Legislativo N° 1691, Decreto Legislativo que modifica el Decreto Legislativo N° 1362, Decreto Legislativo que regula la Promoción de la Inversión Privada mediante Asociaciones Público Privadas y Proyectos en Activos y el Decreto Legislativo N° 1543, Decreto Legislativo que dicta medidas para mejorar la gestión de proyectos y los procesos de promoción de la inversión privada; el Decreto Supremo N° 277-2024-EF, que modifica el Reglamento del Decreto Legislativo N° 1362, Decreto Legislativo que regula la Promoción de la Inversión Privada mediante Asociaciones Público Privadas y Proyectos en Activos, aprobado por el Decreto Supremo N° 240-2018-EF; y, el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones de la Presidencia del Consejo de Ministros, aprobado por la Resolución Ministerial N° 224-2023-PCM;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Desactivación del Comité de Promoción de la Inversión Privada del Sector Presidencia del Consejo de Ministros

Desactivar el Comité de Promoción de la Inversión Privada del Sector Presidencia del Consejo de Ministros, creado mediante la Resolución Ministerial N° 224-2024-PCM.

Artículo 2.- Deja sin efecto delegación

Dejar sin efecto la delegación efectuada mediante el artículo 3 de la Resolución Ministerial N° 224-2024-PCM.

Artículo 3.- Notificación y comunicación

Notificar la presente Resolución Ministerial a los miembros del Comité de Promoción de la Inversión Privada del Sector Presidencia del Consejo de Ministros, desactivado mediante el artículo 1, y remitir copia de la misma al Registro Nacional de Contratos de Asociaciones Público Privadas, administrado por el Ministerio de Economía y Finanzas.

Artículo 4.- Publicación

Publicar la presente Resolución Ministerial en la Plataforma Digital Única del Estado Peruano para Orientación al Ciudadano (www.gob.pe), así como en la sede digital de la Presidencia del Consejo de Ministros (www.gob.pe/pcm), el mismo día de su publicación en el Diario Oficial “El Peruano”.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

GUSTAVO L. ADRIANZÉN OLAYA

Presidente del Consejo de Ministros

2395455-1