Convocan a la Primera Audiencia Pública de Rendición de Cuentas del Año Fiscal 2025 de la Municipalidad Distrital de San Juan de Miraflores y aprueban cronograma de actividades
DECRETO DE ALCALDÍA
Nº 006-2025/MDSJM
San Juan de Miraflores, 29 de abril de 2025
LA ALCALDESA DEL DISTRITO DE SAN JUAN DE
MIRAFLORES
VISTO: El Proveído Nº 281-2025-GM/MDSJM; Informe Nº 170-2025-OGAJ/MDSJM de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y Memorándum Nº 304-2025-GPP/MDSJM de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto; sobre convocatoria a primera audiencia pública de rendición de cuentas; y,
CONSIDERANDO:
Que, el artículo 194º de la Constitución Política del Perú, modificado por el artículo Único de la Ley Nº 30305, establece que las municipalidades son órganos de gobierno local con autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; concordante con el artículo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972 - Orgánica de Municipalidades, que precisa dicha autonomía en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración con sujeción al ordenamiento jurídico;
Que, la referida Ley Orgánica de Municipalidades, en su artículo IX del Título Preliminar, precisa: “(...) El sistema de planificación tiene como principios la participación ciudadana a través de sus vecinos y organizaciones vecinales, transparencia, gestión moderna y rendición de cuentas”; señalando su artículo 41º: “Los decretos de alcaldía establecen normas reglamentarias y de aplicación de las ordenanzas, sancionan los procedimientos necesarios para la correcta y eficiente administración municipal y resuelven o regulan asuntos de orden general y de interés para el vecindario, que no sean de competencia del Concejo Municipal”; y su artículo 121º consigna: “Los vecinos ejercen los siguientes derechos de control: 1. Revocatoria de autoridades municipales.2. Demanda de rendición de cuentas”;
Que, la Ley Nº 27783 - de Bases de la Descentralización, en su artículo 17º, numeral 17.1 establece que: “Los gobiernos regionales y locales están obligados a promover la participación ciudadana en la formulación, debate y concertación de sus planes de desarrollo y presupuestos, y en la gestión pública. Para este efecto deberán garantizar el acceso de todos los ciudadanos a la información pública, con las excepciones que señala la Ley, así como la conformación y funcionamiento de espacios y mecanismos de consulta, concertación, control, evaluación y rendición de cuentas”; y su artículo 42º prescribe: “Competencias exclusivas: (...) g) Aprobar y facilitar los mecanismos y espacios de participación, concertación y fiscalización de la comunidad en la gestión municipal”;
Que, la Ley Nº 31433, en su artículo 2º, dispone la incorporación del artículo 119-A a la Ley Orgánica de Municipalidades, con el siguiente texto: “Las audiencias públicas constituyen mecanismos de rendición de cuentas cuyo objetivo es dar a conocer la gestión del gobierno local, tanto en los aspectos presupuestales, como también en los referidos a los logros de la gestión y las dificultades que impidieron el cumplimiento de compromisos…Los gobiernos locales realizan como mínimo dos audiencias públicas municipales al año, una en mayo y la otra en setiembre, con la finalidad de evaluar la ejecución presupuestal y examinar la perspectiva de la institución con proyección al cierre del año fiscal”;
Que, mediante Ordenanza Nº 549/MDSJM, publicada en el diario oficial “El Peruano” con fecha 29 de abril de 2025, se aprueba el reglamento que regula la realización de las audiencias públicas de rendición de cuentas de la Municipalidad Distrital de San Juan de Miraflores, cuyo Anexo, en su artículo 8º, señala que, mediante decreto de alcaldía, se realizará la convocatoria de las audiencias públicas de esta corporación municipal;
Que, con Informe Nº 117-2025-OPMyCT-OGPP /MDSJM, la Oficina de Planeamiento, Modernización y Cooperación Técnica alcanza el proyecto de decreto de alcaldía respecto a la Primera Audiencia Pública de Rendición de Cuentas del Año Fiscal 2025 de esta corporación municipal, en cumplimiento a lo aprobado por la ordenanza referida en el considerando precedente; proponiendo su realización el día 30 de mayo de 2025, a las 17:00 horas, en la Casa de la Juventud, ubicada en la avenida Pedro Miotta Nº 421 de nuestra jurisdicción; existiendo al respecto la conformidad de la Oficina de Presupuesto y Programación de Inversiones (Informe Nº 1268-2025-OPPI-OGPP/MDSJM), Oficina General de Planeamiento y Presupuesto (Memorándum Nº 304-2025-OGPP/MDSJM), así como la opinión legal favorable la Oficina General de Asesoría Jurídica (Informe Nº 170-2025-OGAJ/MDSJM) y la aprobación de la Gerencia Municipal (Proveído Nº 281-2025-GM/MDSJM; por lo que corresponde emitirse el respectivo acto administrativo;
De conformidad con los artículos 20º, numeral 6) y 43º de la Ley Nº 27972 – Orgánica de Municipalidades; así como Ordenanza Nº 549/MDSJM de esta entidad municipal;
DECRETA:
Artículo Primero.- CONVOCAR la Primera Audiencia Pública de Rendición de Cuentas del Año Fiscal 2025 de la Municipalidad Distrital de San Juan de Miraflores, que se realizará el día viernes 30 de mayo de 2025, a las 17:00 horas, en la Casa de la Juventud de la Municipalidad Distrital de San Juan de Miraflores, ubicada en Av. Pedro Miotta Nº 421, San Juan de Miraflores; en cumplimiento a lo dispuesto en la Ordenanza Nº 549/MDSJM de esta entidad municipal.
Artículo Segundo.- APROBAR el cronograma de actividades detallado en el Anexo 01, que forma parte integrante del presente decreto de alcaldía, para la Primera Audiencia Pública de Rendición de Cuentas del Año Fiscal 2025 de la Municipalidad Distrital de San Juan de Miraflores.
Artículo Tercero.- ENCARGAR a la Gerencia Municipal, Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, Gerencia de la Mujer y Desarrollo Social, así como a la Oficina General de Recursos Humanos, a través de sus respectivas unidades orgánicas, el cumplimiento de la presente norma; disponiendo asimismo que todas las unidades orgánicas de la corporación municipal presten su apoyo que se requiera.
Artículo Cuarto.- ENCARGAR a la Secretaría General la publicación del presente decreto en el diario oficial “El Peruano”; a la Oficina de Tecnología de la Información su publicación en el portal institucional: www.munisjm.gob.pe; y a la Oficina de Comunicaciones e Imagen Institucional su más amplia difusión a nivel distrital.
Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.
DELIA NELLY CASTRO PICHIHUA
Alcaldesa
ANEXO Nº 01
CRONOGRAMA DE ACTIVIDADES PARA LA
PRIMERA AUDIENCIA PÚBLICA DE RENDICIÓN DE
CUENTAS DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE
SAN JUAN DE MIRAFLORES 2025
ACTIVIDAD PROGRAMADA |
DESCRIPCIÓN |
Publicación de la convocatoria a través del Decreto de Alcaldía |
Fecha de Publicación 29 de abril de 2025 |
Difusión a través de las diferentes plataformas de la Municipalidad Distrital de San Juan de Miraflores |
Desde el 30 de abril al 30 de mayo de 2025 |
PRIMERA AUDIENCIA PÚBLICA DE RENDICIÓN DE CUENTAS |
Fecha viernes 30 de mayo de 2025; a horas 05:00 p.m.; Lugar: Casa de la Juventud de San Juan de Miraflores, Av. Pedro Miotta 421. |
Formulación de propuestas sobre las temáticas de la audiencia. |
Desde el 30 de abril al 14 de mayo de 2025 |
Lugar y Plazo para la inscripción de los participantes |
Subgerencia de Participación Vecinal Desde el 29 de abril al 30 de mayo de 2025 |
PROPUESTA DE AGENDA DE LA PRIMERA AUDIENCIA PÚBLICA DE RENDICIÓN DE CUENTAS DEL AÑO FISCAL 2025 DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN JUAN DE MIRAFLORES
TEMÁTICA PRIORIZADA MÍNIMA PARA RENDIR CUENTAS |
a) Nivel de ejecución presupuestal para el cumplimiento del Plan Operativo Institucional (POI), por temáticas como programas sociales, gestión de riesgo de desastres, seguridad ciudadana u otros temas priorizados de acuerdo con la realidad territorial. b) Cartera de proyectos de inversión priorizada, indicando el Código Único de Inversiones (CUI), nombre del proyecto, su estado actual, gestiones realizadas, responsables de ejecución y fecha de cumplimiento. c) Planes para mejorar la gestión y la calidad de servicios públicos específicos, así como los avances, dificultades y lecciones aprendidas en su ejecución, de acuerdo con la realidad territorial. d) Adopción de políticas públicas locales y el avance en su implementación, sobre todo, respecto de aquellas de interés para determinados grupos de la población. e) Las disposiciones municipales de relevancia e impacto para la ciudadanía, emitidas en el último semestre. f) Adquisiciones y contrataciones de bienes, servicios y obras, montos comprometidos, proveedores y consultorías contratadas, indicando las necesidades satisfechas. g) Acciones de prevención en gestión de riesgo de desastres. h) Acciones para promover la implementación de los mecanismos de transparencia e integridad en la gestión local. i) El informe de transferencia de gestión por cambio de titular, de corresponder. j) Funcionamiento de espacios de concertación, como el Consejo de Coordinación Local Distrital (CCLD), así como otros mecanismos de participación ciudadana que existan en el territorio. k) Funcionamiento de las Instancias de Concertación para erradicar la violencia contra las mujeres, de los comités de seguridad ciudadana, consejos de coordinación de salud y educación, consejos locales o mesas de trabajo para personas adultas mayores, comisiones de lucha contra la trata de personas y tráfico ilícito de migrantes, comisiones locales anticorrupción, entre otros que funcionen en el distrito. l) Otros temas que son informados de manera obligatoria en el Portal de Transparencia Estándar de la entidad y demás que las autoridades locales consideren de importancia. |
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