Convocan a la Primera Audiencia Pública de Rendición de Cuentas 2025 del distrito de San Isidro

DECRETO DE ALCALDÍA

Nº 005-2025-ALC-MSI

San Isidro, 29 de abril de 2025

LA ALCALDESA DE SAN ISIDRO

VISTO: el Informe Nº 625-2025-0510-SPP-GPPDC/MSI de la Subgerencia de Planeamiento y Presupuesto; y, el Informe Nº 104-2025-0500-GPPDC/MSI de la Gerencia de Planeamiento, Presupuesto y Desarrollo Corporativo, el Informe Nº186-2025-0400-GAJ/MSI de la Gerencia de Asesoría Jurídica; y,

CONSIDERANDO:

Que, los Gobiernos Locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia conforme lo establece el artículo 194º de la Constitución Política del Estado, modificado por la Ley de Reforma Constitucional Nº 27680 y en concordancia con el artículo II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972;

Que, el artículo 148º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, en su Título XII, Transparencia Fiscal y la Neutralidad Política, señala: que los Gobiernos Locales están sujetos a la transparencia y sostenibilidad fiscal y a otras conexas en su manejo de recursos públicos y que dichas normas constituyen un elemento fundamental para la generación de confianza de la ciudadanía para el accionar del Estado; así como para alcanzar un manejo eficiente de los recursos públicos;

Que, asimismo, el artículo 2º de la Ley Nº 31433, Ley que modifica la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, incorpora el artículo 119º-A, en el cual señala que las Audiencias Públicas constituyen mecanismos de rendición de cuentas cuyo objetivo es dar a conocer la gestión del gobierno local, tanto en los aspectos presupuestales, como también en los referidos a los logros de la gestión y las dificultades que impidieron el cumplimiento de compromisos. Los gobiernos locales realizan como mínimo dos Audiencias Públicas municipales al año, una en mayo y la otra en setiembre, con la finalidad de evaluar la ejecución presupuestal y examinar la perspectiva de la institución con proyección al cierre del año fiscal;

Que, el artículo 42º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, señala que: Los decretos de alcaldía, establecen normas reglamentarias y de aplicación de las ordenanzas, sancionan los procedimientos necesarios para la correcta y eficiente administración municipal y resuelven o regulan asuntos de orden general y de interés para el vecindario, que nos sean de competencia del concejo municipal;

Que, mediante Resolución de Secretaría de Descentralización Nº 015-2024-PCM/SD de la Presidencia del Consejo de Ministros, se aprobó el Instrumento Orientador para el desarrollo de las Audiencias Públicas de Rendición de Cuentas de Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, cuyo objetivo es brindar las pautas que contribuyan a que los gobiernos subnacionales desarrollen las audiencias públicas de rendición de cuentas, brindando información de calidad en base a los planes de desarrollo concertado;

Que, por su parte, mediante Resolución de Secretaría de Descentralización Nº 015-2024-PCM/SD, se aprobó el Instrumento Técnico Orientador para el desarrollo de audiencias públicas de rendición de cuentas de gobiernos regionales y gobiernos locales, cuyo objetivo es brindar pautas y orientaciones concretas que contribuyan a que los gobiernos regionales y gobiernos locales desarrollen las audiencias públicas de rendición de cuentas, brindando información de calidad en base a sus planes de desarrollo concertado, respetando la autonomía de los gobiernos descentralizados;

Que, mediante la Ordenanza Nº 615-MSI, se aprueba el “Reglamento que regula la realización de las Audiencias Públicas de Rendición de Cuentas del Distrito de San Isidro”;

Que, de acuerdo al artículo segundo de la Ordenanza Nº 615-MSI, “Reglamento que regula la realización de las Audiencias Públicas de Rendición de Cuentas del Distrito de San Isidro” se faculta al Titular de la Entidad, a dictar mediante Decreto de Alcaldía las disposiciones que coadyuven al cumplimiento de la referida Ordenanza, figura que es ratificada en la única disposición complementaria de dicho Reglamento;

Que, considerando los alcances de los artículos 10º y 11º del “Reglamento que regula la realización de las Audiencias Públicas de Rendición de Cuentas del Distrito de San Isidro”, y las competencias previstas en el artículo 15º de dicho Reglamento, la Gerencia de Planeamiento, Presupuesto y Desarrollo Corporativo, mediante el informe de visto, propone el cronograma - Primera Audiencia Pública de Rendición de Cuentas 2025;

Que, mediante el Informe Nº 186-2025-0400-GAJ/MSI, la Gerencia de Asesoría Jurídica opina que corresponde que la Titular de la Municipalidad de San Isidro apruebe, mediante Decreto de Alcaldía, el cronograma - Primera Audiencia Pública de Rendición de Cuentas 2025;

Que, estando a las opiniones favorables de la Gerencia de Planeamiento, Presupuesto y Desarrollo Corporativo, la Subgerencia de Planeamiento y Presupuesto, y la Gerencia de Asesoría Jurídica, según los documentos del visto; y,

De conformidad con lo establecido en el numeral 6) del artículo 20º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades;

DECRETA:

Artículo Primero.- CONVOCAR a las organizaciones públicas y privadas, organizaciones de la sociedad civil del distrito de San Isidro, y vecinos en general, a la PRIMERA AUDIENCIA PÚBLICA DE RENDICIÓN DE CUENTAS 2025 del distrito de San Isidro, según el siguiente cronograma:

Primera Audiencia Pública de Rendición de Cuentas 2025

Actividad

Lugar

Fecha y hora

1. Convocatoria Pública y difusión.

Portal institucional, redes sociales, etc

30 de abril de 2025

2. Inscripción de participantes con temas de interés.

Portal Institucional y
Plataforma de Atención al Ciudadano.
Calle Augusto Tamayo Nº 180 y Calle 21 Nº 765

Del 05 al 29 de mayo de 2025

3. Publicación de Resumen Ejecutivo.

Portal Institucional

23 de mayo de 2025

4. Publicación de participantes (que registran temas o preguntas de interés).

Portal Institucional

29 de mayo de 2025

5. Realización de Primera Audiencia Pública.

Centro Cultural “El Olivar”

Sala de usos múltiples
Calle República 455

30 de mayo de 2025
17:00 horas

Teniendo como agenda los siguientes temas a tratar, de acuerdo al artículo 10º del Reglamento de las Audiencias Públicas de Rendición de Cuentas de San Isidro:

• Información General: Logros de gestión, dificultades que impidieron el cumplimiento de compromisos.

• Primera Parte: Información sucinta sobre los Sistemas Administrativos de Gestión Pública.

• Segunda Parte: Principales Bienes y Servicios Públicos entregados.

Artículo Segundo.- ENCARGAR la supervisión y cumplimiento del presente Decreto de Alcaldía a la Gerencia Municipal.

Artículo Tercero.- ENCARGAR a la Secretaría General la publicación del presente Decreto de Alcaldía en el Diario Oficial “El Peruano”, y a la Gerencia de Comunicaciones e Imagen Institucional su publicación en el portal institucional de la Municipalidad de San Isidro (www.munisanisidro.gob.pe).

Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.

NANCY R. VIZURRAGA TORREJÓN

Alcaldesa

2395374-1