Ordenanza Regional que crea el Comité técnico de custodia e intangibilidad de los terrenos recuperados por la Procuraduría Pública Regional de propiedad y/o administrados por el Gobierno Regional de Arequipa

ORDENANZA REGIONAL

Nº 530-AREQUIPA

El Consejo Regional del Gobierno Regional de Arequipa, ha aprobado la Ordenanza Regional siguiente:

POR CUANTO:

Que por las consideraciones expuestas en la exposición de motivos, y al amparo de la Ley Nº 27783 de Bases de la Descentralización; Ley Nº 27867 Orgánica de Gobiernos Regionales, modificada por las Leyes 27902, 28013, 28926, 28961, 28968, 29053 y 31433; y en observancia del marco legislativo regional constituido por las Ordenanzas Regionales Nº 001-2007-GRA/CR-AREQUIPA, Nº 010-AREQUIPA y Nº 154-AREQUIPA y sus modificatorias dispuestas por Ordenanzas Regionales Nº 301-AREQUIPA, Nº 342-AREQUIPA, Nº 392-AREQUIPA, Nº 393-AREQUIPA y Nº 403-AREQUIPA.

SE HA APROBADO LO SIGUIENTE:

ORDENANZA REGIONAL QUE CREA

EL COMITÉ TÉCNICO DE CUSTODIA E INTANGIBILIDAD DE LOS TERRENOS RECUPERADOS POR LA PROCURADURIA PÚBLICA REGIONAL DE PROPIEDAD Y/O ADMINISTRADOS POR EL GOBIERNO

REGIONAL DE AREQUIPA

Artículo 1º.- Crear el Comité técnico de custodia e intangibilidad de los terrenos recuperados por la Procuraduría Pública Regional de su propiedad y/o administrados por el Gobierno Regional de Arequipa.

Artículo 2º.- El Comité Técnico estará conformado por:

- La Gerencia General Regional

- El Jefe de la Oficina Regional de Planeamiento, Presupuesto y Ordenamiento Territorial

- El Jefe de la Oficina Regional de Administración

- El Jefe de la Oficina de Gestión Patrimonial

Artículo 3º.- El objeto de la Comisión Técnica es asegurar la custodia e intangibilidad de los terrenos de propiedad y/o administrados por el Gobierno Regional de Arequipa recuperados por la Procuraduría Pública Regional en aplicación de la Ley 30230. Para ello, propone e implementa a través de las unidades orgánicas competentes, las acciones, actividades y planes para lograr que dichos terrenos no vuelvan a ser invadidos por terceros.

Artículo 4º.- La Procuraduría Pública Regional comunicará a la Gerencia General la recuperación de terrenos de propiedad y/o administrados por el Gobierno Regional de Arequipa, solicitando su custodia e intangibilidad.

Artículo 5º.- La Gerencia General convocará a reunión de trabajo al Comité Técnico para proponer y aprobar las acciones dirigidas a la custodia e intangibilidad de los terrenos recuperados y/o administrados por el GORE.

Artículo 6º.- Las unidades orgánicas competentes están en la obligación de dar prioridad funcional a las comunicaciones y acuerdos del Comité Técnico dirigido a la custodia es intangibilidad de los terrenos recuperados.

Artículo 7º.- El Comité Técnico, puede coordinar acciones con las Municipalidades Provinciales y Distritales para la efectividad de sus disposiciones para la custodia e intangibilidad de los terrenos recuperados por la Procuraduría Pública Regional de su propiedad o administrados por el Gobierno Regional de Arequipa.

Artículo 8º.- El Comité Técnico, remitirá un informe semestral dando cuenta al Consejo Regional de las acciones asumidas para la custodia e intangibilidad de los terrenos recuperados por la Procuraduría Pública Regional.

Artículo 9.- DISPONER que la presente Ordenanza entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial “El Peruano”.

Artículo 10º.- DISPONER la publicación de la presente Ordenanza Regional en el Diario Oficial “El Peruano”, y el diario de Avisos Judiciales; además en la página web institucional, de conformidad con lo regulado en el artículo 9º del D.S. Nº 001-2009-JUS.

POR TANTO:

Regístrese, comuníquese y cúmplase.

Comuníquese al señor Gobernador del Gobierno Regional de Arequipa para su promulgación.

En Arequipa, a los diecisiete días del mes de Diciembre del 2024

FERNANDO BENIGNO CORNEJO PACHECO

Presidente del Consejo Regional de Arequipa

POR TANTO:

Mando se publique y cumpla.

Dada en la Sede Central del Gobierno Regional de Arequipa, a los diez días del mes de enero del dos mil veinticinco.

ROHEL SANCHEZ SANCHEZ

Gobernador del Gobierno Regional de Arequipa

2395339-1