Ordenanza que modifica el plano de zonificación del distrito de Ate, aprobado por Ordenanza N° 2495
ORDENANZA N° 2724
LA REGIDORA METROPOLITANA DE LA MUNICIPALIDAD METROPOLITANA DE LIMA, ENCARGADA DEL DESPACHO
POR CUANTO:
El Concejo Metropolitano de Lima, en sesión ordinaria del 24 de abril de 2025; en uso de las facultades previstas en los artículos 9 y 40 de la Ley Orgánica de Municipalidades N° 27972; de conformidad con lo opinado por la Comisión Metropolitana de Desarrollo Urbano Vivienda y Nomenclatura mediante Dictamen N° 49-2025-MML/CMDUVN; por mayoría y con dispensa del trámite de aprobación del acta, para su inmediata ejecución;
Ha dado la ordenanza siguiente:
ORDENANZA QUE MODIFICA EL PLANO DE ZONIFICACIÓN DEL DISTRITO DE ATE, APROBADO POR ORDENANZA N° 2495
Artículo 1.- Aprobar el cambio de zonificación: de Industria Liviana (I2) a Otros Usos (OU) para el predio de 10,681.68 m², ubicado en sector Parcela N° 3, Parcelación Navamanuel, distrito de Ate, provincia y departamento de Lima, inscrito en la Partida N° 45039463 del Registro de Predios de la Oficina Registral de Lima, conforme a lo graficado en el anexo que forma parte de la presente ordenanza; solicitado por el Banco de la Nación, a través del Expediente N° 2025-0013384.
Artículo 2.- Aprobar la modificación del plano de zonificación del distrito de Ate, aprobado mediante Ordenanza N° 2495-2022, publicada el 3 de setiembre de 2022 en el Diario Oficial El Peruano, en virtud de lo dispuesto en el artículo precedente.
Articulo 3.- Disponer que la Municipalidad Distrital de Ate vele por que se culminen las obras de habilitación urbana, previo al otorgamiento de la licencia de edificación, debiendo cumplirse con presentar para el proyecto, el estudio de impacto urbano - vial y la dotación de estacionamientos dentro del predio, conforme lo establecido en la Ordenanza N° 2087 y en el Reglamento Nacional de Edificaciones.
Artículo 4.- Encargar al Instituto Metropolitano de Planificación de la Municipalidad Metropolitana de Lima la incorporación, en el plano de zonificación del distrito de Ate, aprobado mediante Ordenanza N° 2495, la modificación aprobada en la presente ordenanza.
Artículo 5.- Encargar a la Oficina General de la Secretaría del Concejo la notificación de la presente ordenanza al administrado y a la Municipalidad Distrital de Ate, así como su publicación en el Diario Oficial El Peruano.
Artículo 6.- Encargar a la Oficina de Gobierno Digital la publicación de la presente ordenanza, incluido su anexo, en el Portal de Transparencia Estándar de la Municipalidad Metropolitana de Lima: www.transparencia.gob.pe, el mismo día de su publicación en el diario oficial.
POR TANTO:
Al promulgarla, mando se registre, publique, comunique y cumpla.
Dado en el Palacio Municipal de Lima, a los veinticuatro días de abril del dos mil veinticinco.
FABIOLA MARÍA MORALES CASTILLO
Regidora Metropolitana
2395120-1