Aceptan renuncia de fiscal adjunto provincial provisional del Distrito Fiscal de Lima Centro

RESOLUCIÓN DE LA FISCALÍA DE LA NACIÓN

Nº 1299-2025-MP-FN

Lima, 28 de abril de 2025

VISTO Y CONSIDERANDO:

El oficio Nº 000342-2025-MP-FN-UFEC, de fecha 16 de abril de 2025, cursado por la Jefa de la Unidad Fiscal Especializada en Ciberdelincuencia del Ministerio Público con competencia nacional y Coordinadora Nacional de las Fiscalías Especializadas en Ciberdelincuencia, por el cual remite y expresa conformidad a la carta de fecha 16 de abril de 2025, suscrita por el abogado Juan Augusto Retes Vásquez, fiscal adjunto provincial provisional del Distrito Fiscal de Lima Centro, designado en el 3º Despacho Provincial de la Primera Fiscalía Corporativa Especializada en Ciberdelincuencia de Lima Centro, quien presenta su renuncia al cargo por motivos estrictamente personales.

En la carta de renuncia suscrita por el citado abogado señala como último día de labores el 16 de mayo de 2025, advirtiéndose que la misma fue comunicada a su jefe inmediato, cumpliendo así con los lineamientos establecidos en el oficio circular Nº 001-2022-MP-FN-PJFS, de fecha 20 de abril de 2022.

El numeral 3 del artículo 106 de la Ley Nº 30483, Ley de la Carrera Fiscal, prevé que el cargo de fiscal termina, entre otros, por motivo de renuncia desde que es aceptada. El artículo 183 del Reglamento de la Ley de Bases de la Carrera Administrativa y de Remuneraciones del Sector Público, aprobado por el Decreto Supremo Nº 005-90-PCM, establece que: “el término de la carrera administrativa se expresa por resolución del titular de la Entidad o de quien esté facultado para ello, con clara mención de la causal que se invoca y los documentos que acrediten la misma” (aplicación supletoria al régimen especial de carrera de los señores fiscales).

En virtud a la facultad concedida a la Fiscal de la Nación, conforme al marco normativo antes citado y en mérito a la evaluación de los actuados contenida en el informe Nº 040-2025-MP-FN-OREF-EPCC, de fecha 21 de abril de 2025, resulta necesario emitir el acto resolutivo que acepte la renuncia del referido fiscal, con efectividad al 17 de mayo de 2025.

Estando a lo expuesto y de conformidad con lo establecido en el artículo 64 del Decreto Legislativo Nº 052, Ley Orgánica del Ministerio Público;

SE RESUELVE:

Artículo Primero.- Aceptar la renuncia formulada por el abogado Juan Augusto Retes Vásquez, como fiscal adjunto provincial provisional del Distrito Fiscal de Lima Centro, y su designación en el 3º Despacho Provincial de la Primera Fiscalía Corporativa Especializada en Ciberdelincuencia de Lima Centro, materia de las Resoluciones de la Fiscalía de la Nación Nºs. 2040-2022-MP-FN, 2956-2024-MP-FN y 163-2025-MP-FN, de fechas 27 de septiembre de 2022, 30 de diciembre de 2024 y 22 de enero de 2025, respectivamente; a partir del 17 de mayo de 2025.

Artículo Segundo.- Hacer de conocimiento al abogado Juan Augusto Retes Vásquez que debe efectuar la entrega de cargo, conforme a lo dispuesto en la Directiva General Nº 007-2002-MP-FN “Normas para la Entrega de Cargo”, aprobada por Resolución de la Fiscalía de la Nación Nº 972-2002-MP-FN, de fecha 13 de junio de 2002.

Artículo Tercero.- Disponer la notificación de la presente resolución a la Junta Nacional de Justicia, Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de Lima Centro, Jefa de la Unidad Fiscal Especializada en Ciberdelincuencia del Ministerio Público con competencia nacional y Coordinadora Nacional de las Fiscalías Especializadas en Ciberdelincuencia, Gerencia General, Oficina de Registro y Evaluación de Fiscales, Oficina General de Potencial Humano, Oficina de Control de la Productividad Fiscal, Registro Nacional de Detenidos y Sentenciados a Pena Privativa de Libertad Efectiva, Oficina de Imagen Institucional y al fiscal mencionado.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

DELIA M. ESPINOZA VALENZUELA

Fiscal de la Nación

2395105-1