“Año de la recuperación y consolidación de la economía peruana”
“Año de la recuperación y consolidación de la economía peruana”
Cieneguilla, 25 de abril de 2025
EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CIENEGUILLA
VISTOS:
El Informe Nº 083-2025-GATR/MDC, de fecha 22 de marzo de 2025, de la Gerencia de Administración Tributaria y Rentas, el Informe Legal Nº 0102-2025-MDC/GAJ, de fecha 24 de abril de 2025, de la Gerencia de Asesoría Jurídica y el Memorándum Nº 369-2025-MDC/GM, de fecha 24 de abril de 2025, de la Gerencia Municipal, respecto a la Prórroga de la vigencia de la Ordenanza Nº 398-2025-MDC;
CONSIDERANDO:
Que, el Artículo 194º de la Constitución Política del Perú, modificado por Ley Nº 30305, en concordancia con lo establecido en el Artículo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades y modificatorias, establece que, los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; la autonomía radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico;
Que, el Artículo 42º de la Ley Nº 27972, señala que, los Decretos de Alcaldía establecen normas reglamentarias y de aplicación de las ordenanzas, sancionan los procedimientos necesarios para la correcta y eficiente administración municipal y resuelven o regulan asuntos de orden general y de interés para el vecindario, que no sean de competencia del Concejo Municipal;
Que, mediante Ordenanza Nº 398-2025-MDC, de fecha 30 de enero de 2025, se otorga beneficios tributarios para el pago del Impuesto Predial, Arbitrios Municipales y Multas Tributarias en el distrito de Cieneguilla “Amnistía Tributaria Total” y el Programa de Incentivos del Vecino Puntual de Cieneguilla; para el pago de las obligaciones tributarias de años anteriores, inclusive las que se encuentren en condición de cobranza ordinaria, coactiva y que no hayan sido cancelados, para todos los contribuyentes o responsables tributarios, sean personas naturales o jurídicas del distrito de Cieneguilla, que cumplan con las condiciones establecidas en la citada Ordenanza;
Que, la citada Ordenanza, establece en la Segunda de las Disposiciones Finales, facultar al señor Alcalde para que, mediante Decreto de Alcaldía, dicte disposiciones reglamentarias y/o complementarias que resulten necesarias para la adecuada aplicación de la citada Ordenanza; así como prorrogar la vigencia de la misma de ser necesario;
Que, con Informe Nº 083-2025-GATR/MDC, la Gerencia de Administración Tributaria y Rentas remite a la Gerencia de Asesoría Jurídica, el proyecto de Decreto de Alcaldía para opinión legal correspondiente; asimismo, concluye señalando que resulta necesario ampliar la vigencia de la Ordenanza Nº 398-2025-MDC hasta el 31 de mayo de 2025, para que los contribuyentes puedan cumplir con sus obligaciones tributarias y con la finalidad de continuar otorgándoles facilidades de pago para seguir acogiéndose a los beneficios de la citada ordenanza;
Que, mediante Informe Legal Nº 0102-2025-MDC/GAJ, la Gerencia de Asesoría Jurídica, luego del análisis de los actuados con los informes correspondientes, opina que resulta viable la aprobación del proyecto de Decreto de Alcaldía que prorroga hasta el 31 de mayo de 2025 la vigencia de la Ordenanza Nº 398-2025-MDC, recomendando derivar los actuados a la Secretaría General a fin de que el titular de la entidad emita el Decreto de Alcaldía, conforme a sus facultades;
Que, mediante Memorándum Nº 369-2025-MDC/GM, la Gerencia Municipal solicita a la Secretaría General la elaboración del respectivo Decreto de Alcaldía a ser suscrito por el titular de la entidad;
Que, estando a lo expuesto y en uso de las facultades conferidas por el numeral 6) del Artículo 20º y el Artículo 42º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades y modificatorias:
DECRETA:
Artículo Primero.- PRORROGAR, hasta el 31 de mayo de 2025, la vigencia de la Ordenanza Nº 398-2025-MDC, Ordenanza que otorga beneficios tributarios para el pago del impuesto predial, arbitrios municipales y multas tributarias en el distrito de Cieneguilla “Amnistía Tributaria Total” y el Programa de Incentivos del Vecino Puntual de Cieneguilla, para el pago de la deuda tributaria de años anteriores, correspondiente al impuesto predial, arbitrios municipales, fraccionamientos y multas tributarias; así como la deuda determinada por un proceso de fiscalización o mediante la regularización voluntaria de la declaración jurada, incluidas las realizadas en el presente ejercicio.
Artículo Segundo.- ENCARGAR, a la Gerencia de Administración Tributaria y Rentas, a la Subgerencia de Fiscalización Tributaria y Gestión de Recaudación, a la Subgerencia de Ejecución Coactiva y a la Subgerencia de Tecnologías de la Información y Comunicación, el cumplimiento del presente Decreto.
Artículo Tercero.- ENCARGAR, a la Secretaría General la publicación del presente Decreto en el Diario Oficial “El Peruano”, a la Subgerencia de Tecnologías de la Información y Comunicación, la publicación en la Plataforma Única del Estado Peruano (www.gob.pe/municieneguilla) y en el Portal de Transparencia Estándar de la entidad; y a la Subgerencia de Comunicaciones e Imagen Institucional, su adecuada difusión.
Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase.
EMILIO A. CHAVEZ HUARINGA
Alcalde
IVAN E. CARDENAS ESPINOZA
Secretario General
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