Autorizan viaje de oficial de la Marina de Guerra del Perú a la República de Corea, en misión de estudios
Resolución Ministerial
N° 00469-2025-DE
Lima, 28 de abril del 2025
VISTOS:
El Oficio N° 3092/52 de la Secretaría de la Comandancia General de la Marina de Guerra del Perú; el Oficio N° 00790-2025-MINDEF/VPD-DIGRIN de la Dirección General de Relaciones Internacionales; y, el Informe Legal N° 00803-2025-MINDEF/SG-OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica.
CONSIDERANDO:
Que, mediante Oficio KORDEF 25-031, el Agregado de Defensa de la República de Corea en Perú informa a la Marina de Guerra del Perú sobre la invitación del Departamento Académico del Ministerio de Defensa Nacional de la República de Corea, para que un Oficial calificado en submarinos participe en el Programa Internacional de Educación y Entrenamiento Submarino, a realizarse en la Base Naval de Jinhae-gu, provincia de Gyeongsangnam del Sur, República de Corea, del 19 de mayo al 11 de julio de 2025;
Que, a través del Oficio N° 2621/52, la Secretaría de la Comandancia General de la Marina de Guerra del Perú comunicó al citado Agregado la designación del Teniente Segundo Carlos Luis ZEGARRA URRIOLA, para participar en el Programa antes señalado;
Que, con Informe Legal N° 017-2025/OAL-DGE, el Jefe de la Oficina de Asesoría Legal de la Dirección General de Educación de la Marina de Guerra del Perú emitió opinión favorable para la autorización del viaje al exterior del Teniente Segundo Carlos Luis ZEGARRA URRIOLA, en misión de estudios, para participar en la referida actividad, en el lugar y fechas programadas;
Que, mediante la Exposición de Motivos, la Institución Armada señala que resulta conveniente para los intereses institucionales autorizar el viaje al exterior del citado Teniente, en misión de estudios, por cuanto, le permitirá desarrollar habilidades básicas en submarinos diésel y mejorar las capacidades operativas de submarinos; asimismo, los conocimientos y experiencias a adquirirse en una de las Instituciones Militares Extranjeras de alto prestigio redundarán en beneficio de la Marina de Guerra del Perú;
Que, con la Hoja de Gastos N° 068-2025, dicha Institución Armada señala que los gastos por pasajes aéreos internacionales (de ida y vuelta), pasajes terrestres y compensación extraordinaria por servicio en el extranjero, se efectuarán con cargo al Presupuesto Institucional del Año Fiscal 2025 de la Unidad Ejecutora N° 004: Marina de Guerra del Perú, de conformidad con lo establecido en el artículo 7 del Reglamento de Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa, aprobado por Decreto Supremo N° 002-2004-DE/SG;
Que, mediante Hoja de Disponibilidad Presupuestaria N° 080-2025, la Marina de Guerra del Perú detalla los recursos que se ejecutarán en la citada misión de estudios. Asimismo, con las Certificaciones de Crédito Presupuestario N° 0000000001, N° 0000000996 y N° 0000003247 garantizan el financiamiento correspondiente;
Que, teniendo en consideración los itinerarios de los vuelos internacionales y con la finalidad de garantizar la participación oportuna del personal designado, resulta necesario autorizar su salida del país con tres días de anticipación; así como, su retorno dos días después del término de la misma, sin que estos días adicionales generen gasto alguno al Tesoro Público;
Que, mediante Oficio N° 3092/52, la Secretaría de la Comandancia General de la Marina de Guerra del Perú solicita autorizar el viaje al exterior, en misión de estudios, del Teniente Segundo Carlos Luis ZEGARRA URRIOLA, para participar en el Programa Internacional de Educación y Entrenamiento Submarino, a realizarse en la Base Naval de Jinhae-gu, ubicada en la provincia de Gyeongsangnam del Sur, República de Corea, del 19 de mayo al 11 de julio de 2025; así como, autorizar su salida del país el 16 de mayo y su retorno el 13 de julio de 2025;
Que, el numeral 2.1 del artículo 2 del Decreto Supremo Nº 262-2014-EF, que establece disposiciones respecto a montos por Compensación Extraordinaria por Servicios en el Extranjero en Misión Diplomática, Comisión Especial en el Exterior, Misión de Estudios, Comisión de Servicios y Tratamiento Médico Altamente Especializado de personal militar y civil del Sector Defensa e Interior, dispone que el monto de la compensación extraordinaria mensual por servicio en el extranjero será reducido en la misma cantidad que la bonificación otorgada de conformidad con los literales a), b) o c) del artículo 8 del Decreto Legislativo N° 1132, que aprueba la nueva estructura de ingresos aplicable al personal militar de las Fuerzas Armadas y policial de la Policía Nacional del Perú;
Que, mediante el Oficio N° 00790-2025-MINDEF/VPD-DIGRIN e Informe Técnico N° 069-2025-MINDEF/VPD-DIGRIN-LAYC, la Dirección General de Relaciones Internacionales emite opinión favorable para la autorización de viaje al exterior del mencionado personal militar;
Que, con Informe Legal N° 00803-2025-MINDEF/SG-OGAJ, la Oficina General de Asesoría Jurídica considera legalmente viable autorizar, por medio de resolución ministerial, el citado al exterior, en misión de estudios, por encontrarse conforme al marco normativo sobre la materia;
Con el visado del Despacho Viceministerial de Políticas para la Defensa, de la Dirección General de Relaciones Internacionales, y de la Oficina General de Asesoría Jurídica;
De conformidad con el Decreto Legislativo N° 1134, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Defensa; la Ley N° 32185, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2025; la Ley N° 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo N° 047-2002-PCM, que aprueba normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, y modificatoria; el Decreto Supremo N° 002-2004-DE/SG, que aprueba el Reglamento de Viajes al Exterior de Personal Militar y Civil del Sector Defensa, y sus modificatorias; y el Decreto Supremo N° 262-2014-EF, que establece disposiciones respecto a montos por Compensación Extraordinaria por Servicios en el Extranjero, en Misión Diplomática, Comisión Especial en el Exterior, Misión de Estudios, Comisión de Servicios y Tratamiento Médico Altamente Especializado de personal militar y civil del Sector Defensa e Interior, modificado por Decreto Supremo N° 414-2019-EF.
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Autorizar el viaje al exterior, en misión de estudios, del Teniente Segundo Carlos Luis ZEGARRA URRIOLA, identificado con CIP. N° 01164582 y DNI. N° 70383651, para participar en el Programa Internacional de Educación y Entrenamiento Submarino, a realizarse en la Base Naval de Jinhae-gu, ubicado en la provincia de Gyeongsangnam del Sur, República de Corea, del 19 de mayo al 11 de julio de 2025; así como, autorizar su salida del país el 16 de mayo y su retorno el 13 de julio de 2025.
Artículo 2.- La Marina de Guerra del Perú efectuará los pagos que correspondan con cargo al presupuesto institucional del Año Fiscal 2025, de acuerdo a los siguientes conceptos:
Pasajes aéreos: Lima - Busan (República de Corea) - Lima (clase económica)
US$ 6,627.10 x 1 persona US$ 6,627.10
Pasajes terrestres: Busan - Jinhae-gu - Busan (República de Corea)
US$ 50.00 x 1 persona x 2 (ida y vuelta) US$ 100.00
Compensación extraordinaria por Servicio en el Extranjero:
US$ 6,608.53 / 31 x 13 días (may.) x 1 persona US$ 2,771.32
US$ 6,608.53 x 1 mes (jun.) x 1 persona US$ 6,608.53
US$ 6,608.53 / 31 x 11 días (jul.) x 1 persona US$ 2,344.96
Total a pagar: US$ 18,451.91
Artículo 3.- El Comandante General de la Marina de Guerra del Perú queda facultado para variar la fecha de inicio y término de la autorización a que se refiere el artículo 1 de la presente Resolución Ministerial, sin exceder el total de días autorizados, sin variar la actividad para la cual se autoriza el viaje ni el nombre del personal autorizado.
Artículo 4.- El Oficial Subalterno autorizado debe cumplir con presentar un informe detallado ante el Titular de la Entidad, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado, dentro de los quince días calendario, contados a partir de la fecha de retorno al país.
Artículo 5.- El mencionado Oficial Subalterno revistará en la Dirección General de Educación de la Marina de Guerra del Perú por el período que dure la misión de estudios en el exterior.
Artículo 6.- El mencionado Oficial Subalterno designado está impedido de solicitar su pase a la situación militar de disponibilidad o retiro, hasta después de haber servido en su respectiva Institución el tiempo mínimo, más el tiempo compensatorio dispuesto en la ley de la materia.
Artículo 7.- La presente autorización no da derecho a exoneración ni liberación de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
WALTER ENRIQUE ASTUDILLO CHÁVEZ
Ministro de Defensa
2394804-1