Prorrogan vigencia de la Ordenanza N° 700-MSS, que otorga un beneficio extraordinario por pronto pago aplicado a las cuotas pendientes de los arbitrios municipales del año 2025
DECRETO DE ALCALDÍA
N° 007-2025-MSS
Santiago de Surco, 25 de abril de 2025
EL ALCALDE DE SANTIAGO DE SURCO
VISTO:
El Memorándum N° 600-2025-GM-MSS de la Gerencia Municipal, el Informe N° 294-2025-GAJ-MSS de la Gerencia de Asesoría Jurídica, el Memorándum N° 205-2025-GAT-MSS de la Gerencia de Administración Tributaria, sobre el Decreto de Alcaldía que prorroga la vigencia de la Ordenanza N° 720-MSS que otorga un beneficio extraordinario por pronto pago aplicado a las cuotas pendientes de los arbitrios municipales del año 2025; y
CONSIDERANDO:
Que, el Artículo 194° de la Constitución Política del Perú, modificado por las Leyes de Reforma Constitucional N° 28607 y N° 30305, en concordancia con el Artículo II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades - Ley N° 27972, establece que los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia. La autonomía que la Constitución Política del Perú establece para las municipalidades radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico;
Que, el segundo párrafo del artículo 39° de la Ley Orgánica de Municipalidades - Ley N° 27972, establece que el alcalde ejerce las funciones ejecutivas de gobierno mediante decretos de alcaldía;
Que, el artículo 42º de la precitada Ley, señala que los decretos de alcaldía son normas reglamentarias y de aplicación de las ordenanzas, sancionan los procedimientos necesarios para la correcta y eficiente administración municipal y resuelven o regulan asuntos de orden general y de interés para el vecindario, que no sean de competencia del concejo municipal;
Mediante Ordenanza N° 720-MSS, se aprobó otorgar un beneficio extraordinario por pronto pago aplicado a las cuotas pendientes de los arbitrios municipales del año 2025. Conforme su Primera Disposición Final, la referida Ordenanza tiene vigencia hasta el 30 de abril de 2025;
Que, la Tercera Disposición Final de la Ordenanza
N° 720-MSS faculta al Alcalde para que mediante Decreto de Alcaldía dicte las disposiciones complementarias para la ampliación del plazo de su vigencia, difusión y mejor aplicación de lo dispuesto en la referida ordenanza;
Que, mediante Memorándum N° 205-2025-GAT-MSS de fecha 22.04.2025, la Gerencia de Administración Tributaria remite la propuesta de Decreto de Alcaldía que propone prorrogar la vigencia de la Ordenanza N° 720-MSS hasta el 30 de mayo de 2025, a fin de continuar motivando el cumplimiento de los contribuyentes. A mayor abundamiento, la Gerencia de Administración Tributaria, indica que la norma propuesta permite al vecino de Santiago de Surco, mediante la aplicación de un beneficio temporal de manera excepcional y extraordinaria, para el pago de los Arbitrios Municipales del año 2025, con los beneficios del Pronto Pago que se asocien al abono adelantado de los mismos, con la finalidad que puedan cumplir con sus obligaciones tributarias ante esta Administración, con ello se logrará mejorar los niveles de recaudación de la deuda del año corriente; asimismo, disminuirá la tasa de morosidad que se presenta en un sector de contribuyentes hasta la fecha, de tal forma que se incrementará la recaudación y se recuperarán las deudas tributarias tanto del Impuesto Predial como de los Arbitrios Municipales 2025, con la finalidad de contar con ingresos que permitan a esta Institución cumplir con sus fines públicos;
Que, con Informe N° 294-2025-GAJ-MSS del 22.04.2025, la Gerencia de Asesoría Jurídica, señala que es procedente la aprobación del presente Decreto de Alcaldía, toda vez que extiende los efectos de la Ordenanza N° 720-MSS hasta el 30 de mayo de 2025, norma que se encuentra orientada a otorgar beneficios por pronto pago aplicado a las cuotas pendientes de los arbitrios municipales del año 2025, constituyendo un activo a favor de los vecinos, en ese sentido opina, por lo que se eleven los actuados al Despacho de Alcaldía para que proceda a emitir el Decreto correspondiente;
Que, a través del Memorándum N° 600-2025-GM-MSS, la Gerencia Municipal con fecha 23.04.2025, solicita se emita el respectivo Decreto de Alcaldía que prorrogue el plazo de vigencia de la Ordenanza N° 720-MSS;
En uso de las facultades conferidas en el inciso 6) del artículo 20° de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades
DECRETA:
Artículo Primero.- PRORROGAR hasta el 30 de Mayo del 2025, la vigencia de la Ordenanza N° 700-MSS, que otorga un beneficio extraordinario por pronto pago aplicado a las cuotas pendientes de los arbitrios municipales del año 2025.
Artículo Segundo.- El presente Decreto de Alcaldía entrará en vigencia a partir del día 01 de mayo del 2025.
Artículo Tercero.- ENCARGAR a la Gerencia de Administración Tributaria, a la Gerencia de Tecnologías de la Información, a la Subgerencia de Recaudación Ordinaria y Coactiva Tributaria, a la Subgerencia de Registro y Control Tributario, el cumplimiento del presente Decreto de Alcaldía.
Artículo Cuarto.- ENCARGAR a la Secretaria General de la Municipalidad de Santiago de Surco, la publicación del presente Decreto de Alcaldía en del Diario Oficial El Peruano, en el Portal Institucional de la Municipalidad www.munisurco.gob.pe y en el Portal de Transparencia Estándar www.transparencia.gob.pe así como a la Gerencia de Comunicaciones e Imagen Institucional su difusión.
POR TANTO
Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.
CARLOS BRUCE MONTES DE OCA
Alcalde
2394391-1